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Mostrando las entradas etiquetadas como derechos humanos

Principios generales de los Derechos Humanos

Principio de Universalidad. Son universales porque responden a todas las personas ya que sin excepción, todas poseen la misma dignidad humana, no distinguen entre raza, religión, sexo, idioma, nacional, entre otros, y son derechos aceptados por todos los Estados. Principio de Interdependencia. La palabra interdependencia, por su etimología, conviene definirla como la vinculación que existe entre todos los derechos, puesto que los derechos humanos establecen relaciones mutuas entre ellos.  Se entiende que la interdependencia se mide sobre el disfrute de uno o varios derechos y que su existencia va a depender de la realización de uno o más derechos,  es decir, para que se pueda ejercer un derecho será necesaria la intervención de otro u otros derechos. En relación a este principio, podemos señalar, a manera de ejemplo, que el derecho a la educación tiene aparejada relaciones con los derechos de salud, alimentación, vivienda digna, entre otros, por lo ta...

CONCEPTOS DOCTRINALES DE DERECHOS HUMANOS

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Los derechos humanos se encuentran destinados a contribuir al desarrollo integral de la persona, ya sea en lo individual o en lo colectivo. De ahí la importancia de conocer los alcances y límites de las barreras conceptuales de la expresión “derechos humanos” en la doctrina jurídica, así como diferenciar claramente los distintos conceptos que son considerados sinónimos de la expresión tales como derechos subjetivos; derechos fundamentales y garantías individuales, sociales y constitucionales. En la doctrina jurídica podemos encontrar diversas definiciones en torno a los derechos humanos, unas de naturaleza descriptiva; otras que apelan a ciertos valores; algunas de derecho positivo y de derecho natural, lo que deriva en la falta de uniformidad sobre el concepto. Los derechos humanos cumplen con la finalidad de evitar el abuso de poder por parte de las autoridades en contra de los gobernados, es decir, se impide la intervención de los órganos del Estado de cualquier jera...

Auto presencia de Derechos Humanos en las Visitas y Convivencias con menor

Ciudad de México, a dieciséis de diciembre del dos mil dieciséis.- - - - Se da cuenta al C. Juez con un oficio recibido por este Juzgado el día nueve de diciembre del año en curso, que se provee en los siguientes términos: Agréguese a sus autos el oficio número DEOCDH/DDH/165/2017, enviado por la C. Directora Ejecutiva de Orientación Ciudadana y Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia de esta Ciudad, por enterado el Suscrito de su contenido, atento al mismo se autoriza a personal adscrito a la citada dirección ejecutiva para estar presentes en el desarrollo de las convivencias ordenadas entre el señor JOSE ISABEL NOVELLA y la hija de las partes XIMENA  RAMIREZ, el sábado de cada semana de las doce a las trece  horas, para que estén presentes en calidad de observadores, para salvaguardar el interés superior de la niña; envíese el oficio correspondiente a la citada Dirección Ejecutiva para conocimiento de lo autorizado; para los efectos legales a que haya lugar.- N...

PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS. SU NATURALEZA Y FUNCIÓN EN EL ESTADO MEXICANO.

Época: Décima Época  Registro: 2019325  Instancia: Segunda Sala  Tipo de Tesis: Jurisprudencia  Fuente: Semanario Judicial de la Federación  Publicación: viernes 15 de febrero de 2019 10:17 h  Materia(s): (Constitucional, Común)  Tesis: 2a./J. 35/2019 (10a.)  PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS. SU NATURALEZA Y FUNCIÓN EN EL ESTADO MEXICANO. El principio de progresividad que rige en materia de los derechos humanos implica tanto gradualidad como progreso. La gradualidad se refiere a que, generalmente, la efectividad de los derechos humanos no se logra de manera inmediata, sino que conlleva todo un proceso que supone definir metas a corto, mediano y largo plazos. Por su parte, el progreso implica que el disfrute de los derechos siempre debe mejorar. En tal sentido, el principio de progresividad de los derechos humanos se relaciona no sólo con la prohibición de regresividad del disfrute de los derechos fundamenta...

DERECHO A LA NO AUTOINCRIMINACIÓN. SI LOS POLICÍAS CAPTORES, POR SÍ Y SIN LA CONDUCCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO, TOMARON LA DECLARACIÓN AUTOINCRIMINATORIA DEL IMPLICADO –CONTENIDA EN EL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO– ES LEGAL QUE EL JUEZ DE CONTROL, EN SU DECISIÓN, NO LA CONSIDERE Y LA EXCLUYA DEL MATERIAL PROBATORIO.

Época: Décima Época  Registro: 2019179  Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito  Tipo de Tesis: Aislada  Fuente: Semanario Judicial de la Federación  Publicación: viernes 01 de febrero de 2019 10:03 h  Materia(s): (Constitucional, Penal)  Tesis: XI.P.26 P (10a.)  DERECHO A LA NO AUTOINCRIMINACIÓN. SI LOS POLICÍAS CAPTORES, POR SÍ Y SIN LA CONDUCCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO, TOMARON LA DECLARACIÓN AUTOINCRIMINATORIA DEL IMPLICADO –CONTENIDA EN EL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO– ES LEGAL QUE EL JUEZ DE CONTROL, EN SU DECISIÓN, NO LA CONSIDERE Y LA EXCLUYA DEL MATERIAL PROBATORIO. De la interpretación conforme de los artículos 113, fracciones III y IV, 114 y 132, fracción X, del Código Nacional de Procedimientos Penales, se advierte que los policías captores, per se, no pueden recibir la declaración del imputado, sino que ello debe hacerse bajo el mando y la conducción del órgano técnico acusador, y con respeto a los derechos ...

QUEJA PRESENTADA ANTE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL, ACTUALMENTE CIUDAD DE MÉXICO. LA OMISIÓN DE RESOLVERLA CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO.

Época: Décima Época  Registro: 2018254  Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito  Tipo de Tesis: Aislada  Fuente: Semanario Judicial de la Federación  Publicación: viernes 26 de octubre de 2018 10:36 h  Materia(s): (Común)  Tesis: I.4o.A.139 A (10a.)  QUEJA PRESENTADA ANTE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL, ACTUALMENTE CIUDAD DE MÉXICO. LA OMISIÓN DE RESOLVERLA CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. El artículo 1o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, mientras que los diversos preceptos 103, fracción I y 107, fracción I, del propio ordenamiento fundamental disponen que el juicio de amparo procede contra normas generales, actos u omisiones de autoridad que los violen. En ese sentido, el artículo 5o., fracción II, de la Le...

Apuntes sobre Personas con Discapacidad en el ámbito jurídico

En nuestro sistema jurídico las personas gozan de los derechos humanos reconocidos constitucionalmente y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano es parte, así como las garantías para su protección, que no podrán restringirse ni suspenderse salvo los casos y condiciones que la propia Constitución establece; su interpretación será conforme a la aludida Carta Magna, así como con los tratados internacionales de la materia, otorgando a las personas la protección más amplia; las autoridades, en el ámbito de su competencia, están obligadas a respetar, proteger y garantizar esos derechos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, por lo que el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar sus violaciones,  según lo previsto por el artículo 1° constitucional.   Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constituci...

Sentencia Amparo/Criterio de Tesis Aislada: REASIGNACIÓN SEXO-GENÉRICA. EL ESTABLECIMIENTO DE UN PROCEDIMIENTO JURISDICCIONAL PARA MODIFICAR LAS ACTAS DE NACIMIENTO, A EFECTO DE HACERLA CONSTAR, SUPERA EL TEST DE PROPORCIONALIDAD EN SENTIDO ESTRICTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUANAJUATO).

AMPARO EN REVISIÓN ADMINISTRATIVA **. RECURRENTE PRINCIPAL: * QUEJOSO Y RECURRENTE ADHESIVO: ** * PONENCIA DEL MAGISTRADO: ARIEL ALBERTO ROJAS CABALLERO SECRETARIA: SILVIA VIDAL VIDAL. Guanajuato, Guanajuato, acuerdo del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosexto Circuito correspondiente al siete de septiembre de dos mil diecisiete. V I S T O para resolver el amparo en revisión administrativa número **, relativo al juicio de amparo *; y, RESULTANDO PRIMERO. Demanda de amparo. Por escrito presentado el diecinueve de septiembre de dos mil dieciséis, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado, con residencia en León, Guanajuato, recibido por razón de turno en la misma fecha en el Juzgado Cuarto de Distrito, compareció ****a solicitar la protección de la Justicia Federal. En ese libelo, señaló como autoridades responsables y acto reclamado, los que enseguida se indican: “II. NOMBRE Y DOMICILIO DE...

SENTENCIA AMPARO: SE CONCEDE EL AMPARO EN EL PRINCIPAL Y SE NIEGA EN EL ADHESIVO. SE ORDENA LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA QUE SE DESIGNE UN INTÉRPRETE AL QUEJOSO POR SU CALIDAD DE INDÍGENA.

JUICIO DE AMPARO: D.C. 872/2014-13. AMPARO PRINCIPAL: QUEJOSO (DEMANDADO):  * AMPARO ADHESIVO: TERCERO INTERESADO (ACTOR):  * MAGISTRADO PONENTE: ARTURO RAMÍREZ SÁNCHEZ. SECRETARIA: JANETH ROMERO DÍAZ Ciudad de México. Acuerdo del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito correspondiente a la sesión de cinco de abril de dos mil diecisiete. V I S T O S;  para resolver, los autos del juicio de amparo  D.C. 872/2014-13  promovido por  **,  por propio derecho, contra el acto que reclama del Juez Décimo Tercero Civil de Cuantía Menor de la Ciudad de México, que estimó violatorio de los artículos 14, 16 y 17 constitucionales, consistente en la resolución de treinta y uno de octubre de dos mil catorce, en los autos del juicio ejecutivo mercantil  **,  promovido por  **,  contra el ahora quejoso; y, R E S U L T A N D O: PRIMERO.  Por escrito...