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JURISPRUDENCIA OBLIGATORIA: RENTA. EL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS PARA DEDUCIR LOS PAGOS POR HONORARIOS MÉDICOS Y DENTALES, ASÍ COMO LOS GASTOS HOSPITALARIOS DE LAS PERSONAS FÍSICAS, NO TRANSGREDE EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DE 2014).

Época: Décima Época  Registro: 2017030  Instancia: Segunda Sala  Tipo de Tesis: Jurisprudencia  Fuente: Semanario Judicial de la Federación  Publicación: viernes 25 de mayo de 2018 10:30 h  Materia(s): (Constitucional)  Tesis: 2a./J. 47 /2018 (10a.)  RENTA. EL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS PARA DEDUCIR LOS PAGOS POR HONORARIOS MÉDICOS Y DENTALES, ASÍ COMO LOS GASTOS HOSPITALARIOS DE LAS PERSONAS FÍSICAS, NO TRANSGREDE EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DE 2014). El requisito formal establecido en el precepto citado, relativo a que los pagos por honorarios médicos y dentales, así como de los gastos hospitalarios se realicen a través de determinados medios, no transgrede el derecho a la protección de la salud reconocido por el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues dichos servicios son accesibles ...

Contrato de Arrendamiento

                                               CONTRATO   DE   ARRENDAMIENTO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que celebran por una parte el señor *** , en lo sucesivo “EL ARRENDATARIO” y por la otra parte el señor ***, en lo sucesivo “EL ARRENDADOR”, por así convenir a sus intereses y en base a los antecedentes que son del orden siguiente: A N T E C E D E N T E S 1.- Manifiesta el señor ***, que cuenta con la capacidad legal necesaria , para dar en arrendamiento un inmueble ubicado frente a la calle paseo de los *** 236 loca 2, en la Colonia San Isidro, en el Municipio de León Guanajuato. 2.- Que no existe impedimento o causa legal que limite a “EL ARRENDATARIO” el uso e instalación de los servicios de agua, luz, teléfono, entre otros. ...

DISMINUCIÓN DE LOS PAGOS PROVISIONALES DEL ISR, ¿YA EVALUÓ LA POSIBILIDAD DE SOLICITARLA? PERSONAS MORALES DEL RÉGIMEN GENERAL

Consideraciones preliminares A fin de que las personas morales del régimen general de la Ley del ISR no vean afectada su liquidez cuando deben efectuar pagos provisionales de impuestos por montos demasiado elevados, es recomendable hacer una proyección de los pagos que se deben realizar en el ejercicio, pues de esta manera se puede determinar si los mismos resultarán en exceso en relación con el impuesto que se causará al término de ese periodo. Considerando que en el segundo semestre del año se puede presentar la solicitud para disminuir los pagos provisionales de ISR, destacamos los lineamientos relacionados con esta opción a fin de que las personas morales interesadas que reúnan los requisitos para aplicarla tramiten de manera oportuna la solicitud correspondiente. Contribuyentes que pueden solicitar la disminución de los pagos provisionales De acuerdo con el artículo 14, último párrafo, inciso b, de la Ley del ISR, los contribuyentes que estimen que el coeficiente de u...

SENTENCIA PROCESO ESPECIAL DE DESAHUCIO

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Fecha y Hora de creación de este archivo: 28/08/2017 15:18 JUZGADO: JUZGADO PRIMERO CIVIL DE LERMA Pagina 1 de 10 Número de SENTENCIAS: 371/2017 Fecha de Registro: 28 de agosto de 2017 a las: 15:18 hrs. CONTENIDO DEL DOCUMENTO LERMA, MÉXICO VEINTICINCO (25) DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE (2017). Se procede a resolver en definitiva los autos del expediente del expediente número 658/2017, relativo al proceso ESPECIAL DE DESAHUCIO, promovido por SOCORRO LÓPEZ SANTANA, en contra de STUDENT TUTORING ENFORCEMENT PROGRAM MADE SIMPLE STEPS S.C., por conducto de su Apoderada Legal KARIN STEPHANIE KORKOWSKI KOZOROSKI. ANTECEDENTES PROCESALES 1. Por escrito y anexos presentados ante la oficialía de partes común y turnado a este juzgado, el actor SOCORRO LÓPEZ SANTANA, demandó en PROCESO ESPECI...