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Sentencia otorga Amparo contra Actos de Tortura

D.P. 106/2016-I. 1 Amparo directo 106/2016 D.P. 106/2016-I. Relacionado con el D.P. 384/2016 y D.P. 386/2016. QUEJOSOS: ** y ** , ambos de apellidos * y ** (Privados de su libertad) MAGISTRADO PONENTE: FROYLÁN BORGES ARANDA SECRETARIA: BERENICE DE LA ROSA ALMONTE Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México. Acuerdo del Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, correspondiente a la sesión de veintitrés de marzo de dos mil diecisiete. V I S T O S los autos para dictar sentencia, en el juicio de amparo D.P. 106/2016, promovido por ** y ** , ambos de apellidos ** y * por propio derecho, contra los actos de la entonces Primera Sala Colegiada Penal de Texcoco del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México (actualmente Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco); así como su ejecución atribuido al Tribunal de Juicio Oral del Distrito Judicial de Chalco, Estado de México, que estiman viola en su perjuicio sus derechos humanos fundamentales consagrados en los...

SOLICITUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN SECUESTRO, EN SU HIPÓTESIS DEL QUE PRIVE DE LA LIBERTAD A ALGUIEN CON EL PROPÓSITO DE CAUSARLE DAÑO A LA PERSONA PRIVADA DE LA LIBERTAD, CON LAS MODIFICATIVAS AGRAVANTES DE LLEVARLO A CABO EN GRUPO DE DOS O MAS PERSONAS; HABERLO REALIZADO CON VIOLENCIA; QUE PARA PRIVAR A LA PERSONA DE SU LIBERTAD SE ALLANE EL INMUEBLE EN EL QUE ÉSTE SE ENCUENTRA; QUE EN CONTRA DE LA VÍCTIMA SE HAYA EJERCIDO ACTOS DE TORTURA; Y QUE DURANTE O DESPUÉS DEL CAUTIVERIO, LA VICTIMA MUERA DEBIDO A CUALQUIER ALTERACIÓN DE SU SALUD QUE SEA CONSECUENCIA DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD (CÓDIGO NACIONAL PROCEDIMIENTOS PENALES APLICADO)

NUC TEM/TEJ/TEJ/***/***/16/11 C. ADMVA DELITO LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS EN MATERIA DE  SECUESTRO , REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN XXI DEL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Capítulo II De los Delitos en Materia de  Secuestro Artículo 9. Al que  PRIVE DE LA LIBERTAD  a otro se le aplicarán: I. De cuarenta a ochenta años de prisión y de mil a cuatro mil días multa, si la privación de la libertad se efectúa con el propósito de: c) Causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad …    Artículo 10. Las penas a que se refiere el artículo 9 de la presente Ley, se agravarán: I. De cincuenta a noventa años de prisión y de cuatro mil a ocho mil días multa, si en la privación de la libertad concurre alguna o algunas de las circunstancias siguientes: b) Que quienes la lleven a cabo obren en grupo de dos o más p...