PRINCIPIOS QUE DEBEN REGIR AL RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVOCACIÓN
Respecto a este tema, el destacado doctrinario Delgadillo Gutiérrez 37 los describe de manera tan clara y precisa que por su importancia, los enunciamos tal y como lo hace el citado autor: 1. Principio de legalidad objetiva Además de procurar la protección de los intereses de los administrados, se pretende mantener el empleo de la legalidad y justicia en el funcionamiento de la Administración. Este principio se encuentra claramente previsto en el artículo 132 del Código Fiscal de la Federación al establecer en su segundo párrafo lo siguiente: “La autoridad podrá corregir los errores que advierta en la cita de los preceptos que se consideren violados... Igualmente podrá revocar los actos administrativos cuando advierta una ilegalidad manifiesta y los agravios sean insuficientes, pero deberá fundar cuidadosamente los motivos por los que consideró ilegal el acto y precisar el alcance de su resolución”. El párrafo anterior hace referencia a los err...