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JURISPRUDENCIA OBLIGATORIA: EMPLAZAMIENTO. LA OMISIÓN DEL ACTUARIO DE CERTIFICAR LA ENTREGA DE LAS COPIAS DE TRASLADO DE LA DEMANDA DEBIDAMENTE SELLADAS Y COTEJADAS CON SU ORIGINAL, OCASIONA LA ILEGALIDAD DE DICHA DILIGENCIA.

Época: Décima Época  Registro: 2017535  Instancia: Primera Sala  Tipo de Tesis: Jurisprudencia  Fuente: Semanario Judicial de la Federación  Publicación: viernes 10 de agosto de 2018 10:18 h  Materia(s): (Civil)  Tesis: 1a./J. 22/2018 (10a.)  EMPLAZAMIENTO. LA OMISIÓN DEL ACTUARIO DE CERTIFICAR LA ENTREGA DE LAS COPIAS DE TRASLADO DE LA DEMANDA DEBIDAMENTE SELLADAS Y COTEJADAS CON SU ORIGINAL, OCASIONA LA ILEGALIDAD DE DICHA DILIGENCIA. El emplazamiento es el acto procedimental por el cual las autoridades jurisdiccionales cumplen en un proceso o, en un procedimiento seguido en forma de juicio, con los derechos de audiencia y al debido proceso reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de ahí que todos los requisitos y formalidades establecidos en la legislación para su realización deben acatarse en su literalidad, porque son de aplicación estricta, a fin de cumplir con e...

JURISPRUDENCIA OBLIGATORIA: COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO POR UNA PERSONA RECLUIDA EN UN LUGAR DIVERSO AL EN QUE SE LE INSTRUYE UN PROCESO PENAL, CONTRA LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD DE DAR RESPUESTA A UNA PETICIÓN POR ESCRITO. SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO EN CUYA JURISDICCIÓN SE PRESENTÓ LA DEMANDA.

Época: Décima Época  Registro: 2016597  Instancia: Plenos de Circuito  Tipo de Tesis: Jurisprudencia  Fuente: Semanario Judicial de la Federación  Publicación: viernes 13 de abril de 2018 10:17 h  Materia(s): (Común)  Tesis: PC.III.P. J/15 K (10a.)  COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO POR UNA PERSONA RECLUIDA EN UN LUGAR DIVERSO AL EN QUE SE LE INSTRUYE UN PROCESO PENAL, CONTRA LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD DE DAR RESPUESTA A UNA PETICIÓN POR ESCRITO. SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO EN CUYA JURISDICCIÓN SE PRESENTÓ LA DEMANDA. El tercer párrafo del artículo 37 de la Ley de Amparo prevé que cuando el acto reclamado no requiera ejecución material, es competente para conocer del juicio de amparo en la vía indirecta, el Juez de Distrito en cuya jurisdicción se haya presentado la demanda; de ahí que si la omisión de la autoridad de contestar un escrito de petición constituye un acto negativo caren...