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Demanda de nulidad contra el IMSS (ART. 295 Ley del Seguro Social)

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_____________________________ R.F.C.  _______________________ ASUNTO: SE INTERPONE  DEMANDA DE NULIDAD. H. SALA REGIONAL  TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA _______________________, representante de la empresa, _________________, cuyo registro federal de contribuyentes es ________________ personalidad que acredito mediante la copia certificada del testimonio Notarial No.______________ Volumen ____________________, pasada ante la fe, del Lic. ___________________________, Notario Público No. _____, de esta Ciudad y Protocolización del acta No. ______, Volumen _______, ante la fe del Licenciado __________________________, Notario Público No. _____________ en de esta ciudad, donde se nombra al Lic. ___________________, Gerente General otorgándole poder general para ejercer los actos de dominio que permitan las Leyes, así como facultades para ejercitar ante toda clase de personas y de autoridades Judiciales y Administrativas, Civiles, Penales y del T...

Elementos básicos de integración salarial

Los elementos básicos de la integración salarial, encuentran su fundamento en el Artículo 27 , primer párrafo de la LSS , toda vez que define al salario base de cotización de la siguiente manera: El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: [...] Como se puede apreciar, la intención de la disposición, es la de integrar al salario base de cotización todas las cantidades o prestaciones otorgadas y derivadas del trabajo; consecuentemente, se debe cumplir con dos elementos fundamentales: 50 Que sean otorgadas y pagadas por el patrón al trabajador. Que sean otorgadas y derivadas del trabajo para el cual fue contratado. De estas características fundamentales...

¿PERDIÓ SU EMPLEO Y AÚN NO REÚNE LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR UNA PENSIÓN? AFÍLIESE A LA CONTINUACIÓN VOLUNTARIA EN EL RÉGIMEN OBLIGATORIO (MODALIDAD 40) PARA PODER OBTENERLA

Introducción En ocasiones, los trabajadores asegurados dejan de mantener una relación laboral antes de cumplir los requisitos para solicitar una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez, y por razones de edad no logran contratarse de nuevo con objeto de reunir las cotizaciones necesarias para obtener una pensión; por ello, la LSS señala un mecanismo de aseguramiento especial para que tales personas puedan conservar su derecho. Este mecanismo se refiere a la modalidad 40, denominada "Continuación voluntaria en el régimen obligatorio del seguro social", mediante la cual el trabajador podrá seguir cotizando hasta acumular las semanas requeridas, la edad o, en su caso, los fondos suficientes en la cuenta individual para obtener una pensión. Comentamos en qué consiste la continuación voluntaria en el régimen obligatorio y los requisitos para la inscripción en esta modalidad de aseguramiento. Pensiones en las que aplica la continuación voluntaria La relación ob...

CÁLCULO DE UNA PENSIÓN POR INVALIDEZ, CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ, CONFORME A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL 1973 (LSS 1973)

La Ley del Seguro Social publicada en el  DOF  el día doce de marzo de 1973, entró en vigor el día primero de abril del año de 1973. En esta ley, el sistema de pensiones aplicable era el conocido como sistema de Beneficios Definidos o también Pensión Definida. 5. 1 Cuándo procede y fundamento legal Aun cuando de la lectura de la LSS 1997 vigente al consultar los Artículos 152 a 157, 161 a 164 y sus correspondientes reformas, llegaríamos a la conclusión de que para acceder a una pensión de vejez o de cesantía en edad avanzada, tenemos que cotizar 1 250 semanas. No obstante lo anterior, en el Artículo tercero transitorio de la mencionada Ley, se contempla el beneficio que tienen los trabajadores que comenzaron a cotizar desde antes de la entrada en vigor de la ley vigente, de optar por pensionarse de acuerdo la Ley anterior (LSS 1973), de no ser así, se estarían afectando los derechos de aquellos trabajadores que han cotizado bajo el amparo de la primera ley. Por lo t...