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JURISPRUDENCIA OBLIGATORIA: PENSIONES CONCEDIDAS POR EL GERENTE GENERAL DE LA CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA PREVENTIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. EL TITULAR DE LA DEPENDENCIA PARA LA CUAL PRESTÓ SUS SERVICIOS EL SERVIDOR PÚBLICO A QUIEN SE OTORGAN, NO ES PARTE EN EL JUICIO DE NULIDAD PROMOVIDO CONTRA EL DICTAMEN RELATIVO.

Época: Décima Época  Registro: 2017564  Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito  Tipo de Tesis: Jurisprudencia  Fuente: Semanario Judicial de la Federación  Publicación: viernes 10 de agosto de 2018 10:18 h  Materia(s): (Administrativa)  Tesis: I.1o.A. J/18 (10a.)  PENSIONES CONCEDIDAS POR EL GERENTE GENERAL DE LA CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA PREVENTIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. EL TITULAR DE LA DEPENDENCIA PARA LA CUAL PRESTÓ SUS SERVICIOS EL SERVIDOR PÚBLICO A QUIEN SE OTORGAN, NO ES PARTE EN EL JUICIO DE NULIDAD PROMOVIDO CONTRA EL DICTAMEN RELATIVO. El artículo 50, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal abrogada, prevé que tendrán el carácter de parte demandada en el juicio de nulidad: i) los entes del gobierno central o delegacional que emitan, ordenen o ejecuten la resolución o acto administrativo impugnado; ii) el gerente general de la Caja de Previsión...

¿ES INCONSTITUCIONAL LA REVOCACIÓN DE MANDATO A NIVEL LOCAL?

Es insostenible la postura de que la revocación de mandato popular a nivel local es inconstitucional, afirma el autor, al analizar por qué en las entidades federativas se pueden establecer figuras de control ciudadano a los representantes, como la revocación del mandato. A firman algunos juristas y juzgadores constitucionales que la revocación de mandato a nivel local es inconstitucional. Esa idea deriva de dos jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitidas en las acciones de inconstitucionalidad 63/2009 y 8/2010. En ellas la Corte no entró al estudio de las competencias de las entidades federativas para regular la figura y las premisas de las que partió no fueron idóneas para afirmar de forma absoluta que la regulación de la figura a nivel local es inconstitucional. En la acción de inconstitucionalidad 63/2009 se advierten dos argumentos principales: 43 1.  La Constitución general sólo prevé las responsabilidades civil, penal, administrativa y po...