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Apuntes sobre Personas con Discapacidad en el ámbito jurídico

En nuestro sistema jurídico las personas gozan de los derechos humanos reconocidos constitucionalmente y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano es parte, así como las garantías para su protección, que no podrán restringirse ni suspenderse salvo los casos y condiciones que la propia Constitución establece; su interpretación será conforme a la aludida Carta Magna, así como con los tratados internacionales de la materia, otorgando a las personas la protección más amplia; las autoridades, en el ámbito de su competencia, están obligadas a respetar, proteger y garantizar esos derechos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, por lo que el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar sus violaciones,  según lo previsto por el artículo 1° constitucional.   Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constituci...