Entradas

Mostrando las entradas etiquetadas como demandada

Comparecencia de la Demandada en la Unidad de Gestión Judicial dándose por emplazada aplicando el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares CNPCF

  EN LA CIUDAD DE MEXICO, SIENDO LAS TRECE HORAS CON TREINTA Y DOS MINUTOS DEL DÍA OCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, presente en el local de la UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL TIPO DOS EN MATERIA FAMILIAR DE ETAPA POSTULATORIA, NÚMERO UNO, ante la presencia de la SUBDIRECTORA, MAESTRA EDITH DÍAZ MEZA , comparece personalmente la C. IRMA LIZETH XXX , quien se identifica con credencial para votar con fotografía, con clave de elector CSBTIRXXX expedida por el Instituto Nacional Electoral, documento del que se da fe haberlo tenido a la vista y en este acto se le devuelve a la parte interesada, quién en el uso de la palabra manifiesta que comparece ante la presencia Judicial y expone lo siguiente: Que habiendo sido enterada de la presente demanda y en este acto solicita se le emplace en términos de Ley, con base a lo anterior, notifico a la compareciente la demanda instaurada en su contra por el C. OSWALDO RODRIGO XXX , en cumplimien...

FORMATO ACUERDO REBELDÍA DE LA DEMANDADA Y SEÑALANDO FECHA DE AUDIENCIA EN JUICIO ORDINARIO CIVIL

LA SECRETARIA “A” DA CUENTA A USTED CON LA PROMOCIÓN NUMERO 83 PRESENTADA ANTE LA OFICIALÍA DE PARTES DE ESTE JUZGADO A LAS 13:23 HORAS, DEL DÍA VEINTISEIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, POR LA PARTE ACTORA.- LICENCIADO LEONARDO IGNACIO ROSAS LÓPEZ. Ciudad de México, a veintiocho de abril del año dos mil diecisiete. Ciudad de México, a veintiocho de abril del año dos mil diecisiete. A los autos del expediente número XXX/2016 , el escrito de la parte ACTORA, en términos de su escrito se tiene por hechas sus manifestaciones y tomando en consideración que dentro del término de quince días concedidos a la parte demandada para dar contestación a la demanda instaurada en su contra , término que transcurrió del ocho al veinticinco de marzo del año dos mil diecisiete, sin que hasta la fecha la demandada haya dado contestación, por lo que con fundamento en el artículo 133 del Código de Procedimientos Civiles, se tiene por acusada la rebeldía y por precluido ...