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Sentencia Interlocutoria Medida de Apremio en Multa por Incumplimiento de Régimen de Visitas y Convivencias

Ciudad de México, a cuatro de mayo de dos mil diecisiete. - - - V I S T O S, para dictar sentencia interlocutoria, en los autos del JUICIO ORDINARIO CIVIL, PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, promovido por  LÓPEZ BEATRIZ , en contra de JOSÉ ISABEL  NOVELLA,  expediente número /2016; y, C O N S I D E R A N D O S: - - - I.- Toda vez que mediante escrito recibido por este H. Juzgado el día veintiséis de septiembre del año dos mil dieciséis, la C. BEATRIZ  LÓPEZ, por su propio derecho promovió el incidente para ser oída en justicia, respecto de la medida disciplinaria impuesta por auto de fecha doce de septiembre del año dos mil dieciséis; ahora bien, siguiendo la secuela procesal, mediante proveído de fecha veintisiete del mismo mes y año, se señaló fecha y hora para que tuviera verificativo la audiencia a que hace referencia el artículo 63 del Código de Procedimientos Civiles; por lo que una vez celebrada la misma, se citó a las partes para dictar sentencia, c...

Auto Inicial a Demanda de Regimen de Convivencias

La C. Secretaria de Acuerdos “B”, Licenciada  da cuenta con un escrito recibido en fecha treinta de enero de dos mil diecinueve, dada la excesiva carga de trabajo, y a la falta de personal en el juzgado. Ciudad de México a trece de febrero de dos mil diecinueve. - - - Con el escrito de cuenta y anexos que se acompañan fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno bajo el número que le corresponda. Se tiene por presentado a JORGE IVÁN  HERNÁNDEZ , por su propio derecho, promoviendo en VÍA DE CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR, REGIMEN DE CONVIVENCIAS, por lo que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 55 y 72 del Código de Procedimientos Civiles para esta Ciudad, se desecha la demanda que intenta plantear por las cuestiones siguientes: Del escrito que se provee, JORGE IVÁN  HERNÁNDEZ pretende se le decrete un régimen de visitas a su favor con la señora TERESA  Y CAMPOS, manifestando que es su abuela por afinidad; por lo que, en primer ...

OPINIÓN LEGAL EN TORNO A LA INTERPRETACIÓN DE LA OBLIGACIÓN CONTENDIDA EN LOS ARTÍCULOS 5.49 Y 5.50 DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN MATERIA DE AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO, PARA LA CONSTITUCIÓN DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO.

OPINIÓN LEGAL EN TORNO A LA INTERPRETACIÓN DE LA OBLIGACIÓN CONTENDIDA EN LOS ARTÍCULOS 5.49 Y 5.50 DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN MATERIA DE AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO, PARA LA CONSTITUCIÓN DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO. La elaboración de esta opinión jurídica fue responsabilidad de la División de Consultoría y Litigio Administrativo, con la supervisión de la Dirección General. 03 de febrero de 2017. *** LIC. ***. PRESENTE. En relación con la solicitud formulada a nuestra Firma, para que hagamos de su conocimiento la interpretación de la obligación contendida en los artículos 5.49 y 5.50 del Código Administrativo del Estado de México, en torno a contar previamente de la autorización de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la entidad, para la constitución del régimen de propiedad en condominio, de uso habitacional, que implique el desarrollo de nueve viviendas o menos, le informa...