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Mostrando las entradas etiquetadas como revocacion

PRINCIPIOS QUE DEBEN REGIR AL RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVOCACIÓN

Respecto a este tema, el destacado doctrinario Delgadillo Gutiérrez 37  los describe de manera tan clara y precisa que por su importancia, los enunciamos tal y como lo hace el citado autor: 1. Principio de legalidad objetiva Además de procurar la protección de los intereses de los administrados, se pretende mantener el empleo de la legalidad y justicia en el funcionamiento de la Administración. Este principio se encuentra claramente previsto en el  artículo 132  del  Código Fiscal de la Federación  al establecer en su segundo párrafo lo siguiente: “La autoridad podrá corregir los errores que advierta en la cita de los preceptos que se consideren violados... Igualmente podrá revocar los actos administrativos cuando advierta una ilegalidad manifiesta y los agravios sean insuficientes, pero deberá fundar cuidadosamente los motivos por los que consideró ilegal el acto y precisar el alcance de su resolución”. El párrafo anterior hace referencia a los err...

¿ES INCONSTITUCIONAL LA REVOCACIÓN DE MANDATO A NIVEL LOCAL?

Es insostenible la postura de que la revocación de mandato popular a nivel local es inconstitucional, afirma el autor, al analizar por qué en las entidades federativas se pueden establecer figuras de control ciudadano a los representantes, como la revocación del mandato. A firman algunos juristas y juzgadores constitucionales que la revocación de mandato a nivel local es inconstitucional. Esa idea deriva de dos jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitidas en las acciones de inconstitucionalidad 63/2009 y 8/2010. En ellas la Corte no entró al estudio de las competencias de las entidades federativas para regular la figura y las premisas de las que partió no fueron idóneas para afirmar de forma absoluta que la regulación de la figura a nivel local es inconstitucional. En la acción de inconstitucionalidad 63/2009 se advierten dos argumentos principales: 43 1.  La Constitución general sólo prevé las responsabilidades civil, penal, administrativa y po...

PROTOCOLIZACIÓN DEL ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS: REVOCACIÓN y OTORGAMIENTO de poderes

ESC . No. 31,350     VOL . No . 680 ESCRITURA NÚMERO TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA .           VOLUMEN NÚMERO SEISCIENTOS OCHENTA . ------------------------------ ---En Naucalpan de Juárez, Estado de México, a los tres días del mes de mayo del año dos mil diecisiete , Yo, el Licenciado GUILLERMO EDUARDO VELÁZQUEZ QUINTANA , Notario Público número Veintiuno del Estado de México, actua ndo en el Protocolo Ordinario a mi cargo, hago constar: --------------------------------------------------------------------------- ---La PROTOCOLIZACIÓN DEL ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la sociedad denominada, “ INDEVIM COMERCIALIZADORA ”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE , celebrada con fecha treinta de noviembre del dos mil dieciséis, que contiene: ----------------------------------------- ---I.- La REVOCACIÓN y OTORGAMIENTO de poderes. --------------------- --- Que realizo a solicitud de...