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JURISPRUDENCIA OBLIGATORIA: PERSONALIDAD DEL APODERADO DE UNA PERSONA MORAL EN EL JUICIO LABORAL. PARA TENERLA POR RECONOCIDA ES SUFICIENTE QUE CUMPLA CON EL REQUISITO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 692, FRACCIÓN III, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Época: Décima Época  Registro: 2016590  Instancia: Segunda Sala  Tipo de Tesis: Jurisprudencia  Fuente: Semanario Judicial de la Federación  Publicación: viernes 13 de abril de 2018 10:17 h  Materia(s): (Laboral)  Tesis: 2a./J. 24/2018 (10a.)  PERSONALIDAD DEL APODERADO DE UNA PERSONA MORAL EN EL JUICIO LABORAL. PARA TENERLA POR RECONOCIDA ES SUFICIENTE QUE CUMPLA CON EL REQUISITO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 692, FRACCIÓN III, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Para tener por reconocida la personalidad de quien comparece al juicio laboral en representación de una persona moral, es suficiente que cumpla con el requisito establecido en el artículo 692, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo, es decir, que acredite su personalidad, entre otras formas, mediante testimonio notarial, previa comprobación de que quien le otorga el poder está legalmente facultado para ello, sin que sea necesario que también exhiba cédula profesional ...

DISMINUCIÓN DE PERDIDAS FISCALES

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1. Perdidas fiscales Los contribuyentes que al término del ejercicio fiscal hubieren efectuado deducciones autorizadas que resulten superiores a los ingresos acumulables, se encuentran en la circunstancia de haber obtenido una pérdida fiscal. Así lo establece el artículo 57 de la Ley en su primer párrafo, que a la letra dice: “ARTICULO 57.  La pérdida fiscal se obtendrá de la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio y las deducciones autorizadas por esta Ley, cuando el monto de estas últimas sea mayor que los ingresos. El resultado obtenido se incrementará, en su caso, con la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio en los términos del  artículo 123  de la  Constitución Política  de los Estados Unidos Mexicanos”. Con el fin de que las personas morales que hubieran pagado PTU en el ejercicio y ésta no se pueda disminuir de su utilidad fiscal por no haberla generado en dicho ejercicio, estén...

Formato Acta Asamblea RENUNCIA DEL ADMINISTRADOR ÚNICO Y COMISARIO, DESIGNACIÓN DE NUEVO ADMINISTRADOR ÚNICO Y COMISARIO, ASÍ COMO REVOCACIÓN DE PODERES DE PERSONA MORAL NOTARIA CIUDAD DE MEXICO

LIBRO NÚMERO Libro de Protocolo ****** . --------------------------------------------------------- INICIALES FJMN/VVG/MQG .--- --- INSTRUMENTO   *&Número de Protocolo ****** . ----------------------------------------------------------------------------------- En la Ciudad de México, a *&Fecha de Protocolo cuatro de mayo de dos mil dieciséis . ---------------------------------- NOTARIA ****** de la Ciudad de México , hago constar: -------------------------------------------------------- A.- LA RENUNCIA DEL ADMINISTRADOR ÚNICO Y COMISARIO; ----------------------------- B.- LA DESIGNACIÓN DE NUEVO ADMINISTRADOR ÚNICO Y COMISARIO; y -------------- C.- LA REVOCACIÓN DE PODERES de *&Intervencion “******”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE , que resultan de la protocolización del acta de Asamblea General Ordinaria de accionistas que realizo a solicitud de las señoras ****** y ****** , al tenor de los siguientes antecedentes y cláusulas:   -----...