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JURISPRUDENCIA OBLIGATORIA: ACTA DE ASAMBLEA DE CAMBIO DE RÉGIMEN COMUNAL A EJIDAL. NO SE REQUIERE DE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL PARA ACREDITAR EL INTERÉS JURÍDICO DEL EJIDO EN EL AMPARO.

Época: Décima Época  Registro: 2017510  Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito  Tipo de Tesis: Jurisprudencia  Fuente: Semanario Judicial de la Federación  Publicación: viernes 10 de agosto de 2018 10:18 h  Materia(s): (Común)  Tesis: V.1o.P.A. J/1 (10a.)  ACTA DE ASAMBLEA DE CAMBIO DE RÉGIMEN COMUNAL A EJIDAL. NO SE REQUIERE DE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL PARA ACREDITAR EL INTERÉS JURÍDICO DEL EJIDO EN EL AMPARO. El acta de asamblea de cambio de régimen comunal a ejidal, al haberse dotado al ejido de un bien en el juicio agrario, demuestra un derecho adquirido sobre éste, y si dicho cambio se realizó mediante una asamblea convocada debidamente, donde los integrantes de la comunidad lo aprobaron en presencia de un visitador agrario, como representante de la Procuraduría Agraria, y ante la fe de un notario público, ese documento es de fecha cierta, por lo que es suficiente para acreditar el interés ju...