LA SECRETARIA “A” DA CUENTA A USTED CON LA PROMOCIÓN
NUMERO 83 PRESENTADA ANTE LA OFICIALÍA DE PARTES DE ESTE
JUZGADO A LAS 13:23 HORAS, DEL DÍA VEINTISEIS DE ABRIL DEL AÑO
DOS MIL DIECISIETE, POR LA PARTE ACTORA.- LICENCIADO
LEONARDO IGNACIO ROSAS LÓPEZ. Ciudad de México, a veintiocho de
abril del año dos mil diecisiete.
Ciudad de México, a veintiocho de abril del año dos mil diecisiete.
A los autos del expediente número XXX/2016 , el escrito de la parte
ACTORA, en términos de su escrito se tiene por hechas sus
manifestaciones y tomando en consideración que dentro del término de
quince días concedidos a la parte demandada para dar contestación a la
demanda instaurada en su contra , término que transcurrió del ocho al
veinticinco de marzo del año dos mil diecisiete, sin que hasta la fecha la
demandada haya dado contestación, por lo que con fundamento en el
artículo 133 del Código de Procedimientos Civiles, se tiene por acusada la
rebeldía y por precluido su derecho para hacerlo con posterioridad, y se
tienen por presuntamente confesos de los hechos que dejo de contestar , en
consecuencia hágasele a la parte demandada, esta y las subsecuentes
notificaciones aún las de carácter personal por Boletín Judicial atento a lo
dispuesto por el artículo 637 del Código de Procedimientos Civiles, y con
fundamento en el artículo 272 A del Código de Procedimientos Civiles, para
que tenga verificativo la audiencia previa de conciliación y de excepciones
procesales se señalan las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL
DIA NUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE debiendo
comparecer a la misma las partes por su propio derecho o por conducto de
apoderado con facultades para transigir.- Notifíquese lo proveyó y firma la C.
Juez Licenciada MARIA MAGDALENA MALPICA CERVANTES, quién actúa
con Secretario de Acuerdos Licenciado LEONARDO IGNACIO ROSAS
LOPEZ, que autoriza y da fe.- DOY FE