Modelo de Sentencia de Sala Penal CDMX en cumplimiento a ejecutoria de Amparo por Exceso de Velocidad [Word/PDF]
### TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE [ESTADO/CIUDAD]
### [NÚMERO] SALA PENAL
**TOCA:** [NÚMERO DE TOCA]
**MAGISTRADO UNITARIO:** [GRADO ACADÉMICO Y NOMBRE DEL MAGISTRADO]
"[AÑO CONMEMORATIVO]"
[Ciudad/Estado], a [Día] de [Mes] de [Año].
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### VISTOS
Los autos para dar cumplimiento a la ejecutoria pronunciada por el [Juzgado de Distrito] en Materia Penal en [Jurisdicción], dictada el [Fecha de Dictamen de Amparo], dentro del juicio de amparo [NÚMERO DE AMPARO], promovido por la quejosa [NOMBRE DE LA QUEJOSA/VÍCTIMA], contra el acto reclamado de esta [NÚMERO] Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, consistente en la sentencia dictada el [Fecha de Sentencia de Apelación], dentro del Toca [NÚMERO DE TOCA], en la que se confirmó el auto de no vinculación a proceso emitido el [Fecha de Auto de No Vinculación], por la jueza de control [NOMBRE DE LA JUEZA DE CONTROL], dentro de la carpeta judicial [NÚMERO DE CARPETA], instruida en contra del imputado [NOMBRE DEL IMPUTADO 1] y otro, por el hecho que la ley señala como delito de [NOMBRE DEL DELITO, Ej. Lesiones Culposas]; y,
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### RESULTANDO
**1.** El [Fecha], se celebró la continuación de audiencia inicial sin detenido, dentro de la carpeta judicial [NÚMERO DE CARPETA], en la que la jueza de control [NOMBRE DE LA JUEZA DE CONTROL], no vinculó a proceso al imputado [NOMBRE DEL IMPUTADO 1], por el hecho que la ley señala como delito de [DELITO], en agravio de la víctima [NOMBRE DE LA VÍCTIMA].
**2.** Inconforme con la resolución anterior, el [Fecha], la agente del ministerio público [NOMBRE DE LA FISCAL], interpuso recurso de apelación.
**3.** El [Fecha], el asesor jurídico público [NOMBRE DEL ASESOR JURÍDICO], hizo valer su derecho de adhesión, formulando argumentos con los que controvierte la resolución impugnada.
**4.** El [Fecha], la defensora pública [NOMBRE DE LA DEFENSORA], dio contestación a los agravios expuestos por la recurrente principal.
**5.** El [Fecha], a través de la Unidad de Gestión Judicial correspondiente, se recibieron en este tribunal de alzada los registros relativos al recurso de apelación para su substanciación, registrándose con el número de Toca [NÚMERO DE TOCA].
**6.** El [Fecha], se admitieron de plano el recurso de apelación y la adhesión al mismo; y, en fecha [Fecha], esta Sala Penal, en funciones de tribunal de alzada, dictó sentencia que culminó con los siguientes puntos resolutivos:
> *"PRIMERO. Se confirma el auto de no vinculación a proceso, dictado el [Fecha], por la juez de control [NOMBRE DE LA JUEZA DE CONTROL], dentro de la carpeta judicial [NÚMERO DE CARPETA], a favor del imputado [NOMBRE DEL IMPUTADO 1], por el hecho que la ley señala como delito de [DELITO], en agravio de [NOMBRE DE LA VÍCTIMA].*
> *SEGUNDO. Gírese oficio correspondiente al subdirector de la Unidad de Gestión Judicial [NÚMERO DE UNIDAD], [NOMBRE DEL SUBDIRECTOR], acompañado de copia auténtica de la presente resolución, a fin de que notifique íntegramente el contenido de la misma a las partes procesales; debiendo remitir a este tribunal de alzada las constancias respectivas de la comunicación procesal, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento de conformidad con el Código Nacional de Procedimientos Penales.*
> *TERCERO. Téngase como información pública el contenido del presente fallo, con excepción de la información catalogada como confidencial, según lo dispuesto por la Ley de Transparencia aplicable."*
**7.** En contra de la resolución anterior, la víctima [NOMBRE DE LA VÍCTIMA], por propio derecho, promovió juicio de amparo indirecto que correspondió conocer al Juez de Distrito en Materia Penal, [NOMBRE DEL JUEZ DE DISTRITO], bajo el número [NÚMERO DE AMPARO], mismo que fue resuelto el [Fecha] y culminó con el siguiente punto resolutivo:
> *"ÚNICO. La Justicia de la Unión AMPARA Y PROTEGE a [NOMBRE DE LA VÍCTIMA], contra la autoridad y acto precisado en el considerando tercero, por los motivos expuestos en el diverso quinto y para los efectos precisados en el sexto."*
Respecto a la concesión de amparo, la potestad federal razonó esencialmente que los conceptos de violación resultaban fundados, toda vez que la resolución reclamada adolecía de una indebida fundamentación y motivación. Se determinó que no podía tenerse por actualizada la atipicidad por falta de elementos del tipo penal a favor del tercero interesado, ya que el tribunal de alzada consideró erróneamente que la conducta atribuida al conductor que circulaba a exceso de velocidad constituía únicamente una falta administrativa, pasando por alto que su actuar pudo haber contribuido al resultado típico bajo la figura de la concurrencia de culpas.
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### CONSIDERANDO
**I. INSUBSISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.** En cumplimiento a la ejecutoria de amparo pronunciada por el [Juzgado de Distrito], dentro del juicio de amparo [NÚMERO DE AMPARO], se declara la insubsistencia de la resolución de fecha [Fecha de la Resolución Insubstistente], dictada dentro del Toca [NÚMERO DE TOCA], y en su lugar se dicta esta nueva resolución.
**II. COMPETENCIA DEL TRIBUNAL DE ALZADA.** Esta Sala Penal es competente para conocer y resolver el presente asunto de conformidad con los artículos constitucionales y orgánicos aplicables del [Estado/Ciudad]. Asimismo, se resuelve de manera unitaria al tratarse de un recurso contra un auto de no vinculación a proceso dictado por una jueza de control.
**III. OBJETO Y ALCANCE DEL RECURSO DE APELACIÓN.** De conformidad con el Código Nacional de Procedimientos Penales, este tribunal de apelación revisará la legalidad de la resolución recurrida basándose en los agravios expresados por el recurrente, con la obligación de aplicar de oficio la suplencia o revisión ante posibles violaciones a derechos fundamentales.
**IV. HECHOS IMPUTADOS.** Con base en la formulación de imputación de la representación social, el segmento fáctico consiste en:
El día [Fecha de los Hechos], a las [Hora], el imputado [NOMBRE DEL IMPUTADO 2] conducía un vehículo [DETALLES DEL VEHÍCULO 2: MARCA, MODELO, COLOR, PLACAS] a exceso de velocidad de [VELOCIDAD 2] sobre [CALLE/AVENIDA] e ingresó a la intersección con [CALLE/AVENIDA] ignorando la luz roja del semáforo, impactando al vehículo [DETALLES DEL VEHÍCULO 1: MARCA, MODELO, COLOR, PLACAS], conducido a su vez a exceso de velocidad de [VELOCIDAD 1] por el coimputado [NOMBRE DEL IMPUTADO 1], quien cruzaba con la luz del semáforo en verde. Como consecuencia del impacto y posteriores colisiones contra la infraestructura vial, resultó lesionada la víctima [NOMBRE DE LA VÍCTIMA], quien viajaba como pasajera, cuyas lesiones fueron clasificadas como aquellas que ponen en peligro la vida.
La representación social considera que el hecho constituye el delito de [DELITO, Ej. Lesiones Culposas], previsto y sancionado en los artículos aplicables del Código Penal local, señalando como formas de comisión la violación a un deber de cuidado por inobservancia de los límites de velocidad permitidos en el Reglamento de Tránsito.
**V. DATOS DE PRUEBA EXPUESTOS POR LA FISCALÍA:**
1. Entrevista del policía preventivo [NOMBRE DEL POLICÍA], quien acudió al lugar del percance automovilístico y constató la posición y daños de los vehículos involucrados.
2. Entrevista de la testigo [NOMBRE DE LA TESTIGO], tripulante de uno de los vehículos, refiriendo la mecánica del impacto.
3. Informe de la Policía de Investigación respecto a la inspección vehicular y localización de cámaras de videovigilancia.
4. Opinión técnica en materia de fotografía forense.
5. Opinión técnica en materia de tránsito terrestre realizada por la perito [NOMBRE DE LA PERITO], donde se detalla el límite de velocidad de la zona ([LÍMITE DE VELOCIDAD, Ej. 50 km/h]) y las velocidades estimadas de los vehículos.
6. Entrevista y querella de la víctima [NOMBRE DE LA VÍCTIMA].
7. Formatos médicos y notas de alta hospitalaria que acreditan los diagnósticos físicos de la víctima.
8. Opinión técnica en materia de medicina forense realizada por el perito [NOMBRE DEL PERITO MÉDICO], concluyendo que las lesiones ponen en peligro la vida.
9. Dictamen en materia de psicología suscrito por la perito [NOMBRE DE LA PERITO PSICÓLOGA], que determina afectación psicológica en la víctima y el costo correspondiente de su tratamiento para la reparación del daño.
**VI. RESOLUCIÓN IMPUGNADA.** La jueza de control dictó auto de no vinculación a proceso a favor de [NOMBRE DEL IMPUTADO 1], argumentando que la violación al deber de cuidado (conducir a exceso de velocidad) no fue el factor determinante que causó el accidente, sino que este se originó exclusivamente por la conducta del diverso conductor al pasarse la luz roja del semáforo, catalogando la velocidad del primer implicado como una mera infracción administrativa.
**VII. RESUMEN DE AGRAVIOS Y CONTESTACIONES.**
* **Ministerio Público y Asesor Jurídico:** Alegan indebida motivación y violación a los principios valorativos de la prueba, argumentando que el exceso de velocidad del imputado impidió que este pudiera frenar o realizar maniobras evasivas, configurándose una concurrencia de culpas que contribuyó activamente al resultado lesivo.
* **Defensa Pública:** Sostiene que la resolución es correcta, ya que el origen del siniestro fue el desacato al semáforo por parte del coimputado, manteniendo que la conducta de su defendido se limitó a una falta administrativa que no rompió con la licitud del tránsito en luz verde.
**VIII. ESTUDIO DE FONDO Y REASUNCIÓN DE JURISDICCIÓN.**
Este órgano revisor declara formalmente **fundados** los agravios relativos a la indebida motivación del auto de no vinculación a proceso.
Atendiendo a los lineamientos fijados por la ejecutoria de amparo, se establece que en el derecho penal es inadmisible la *compensación de culpas* en delitos culposos. Cuando en la producción de un resultado material lesivo concurren diversas violaciones al deber de cuidado por parte de dos o más personas implicadas, la conducta de una no exonera ni compensa la responsabilidad de la otra.
En la especie, si bien el coimputado vulneró el deber de cuidado al ignorar la luz roja del semáforo, el imputado [NOMBRE DEL IMPUTADO 1] también infringió de forma flagrante el Reglamento de Tránsito al circular a una velocidad significativamente mayor a la permitida de [LÍMITE DE VELOCIDAD]. Esta inobservancia se vincula directamente con la previsibilidad del evento; el conductor está obligado a respetar los límites de velocidad en todo momento, precisamente para mantener el control del vehículo ante contingencias viales o conductas antirreglamentarias de terceros. El derecho de preferencia que otorga la luz verde del semáforo no autoriza a los automovilistas a eximirse de los límites de velocidad vigentes.
Por consiguiente, al concurrir datos de prueba idóneos y suficientes que acreditan tanto la materialidad del hecho delictivo de lesiones que ponen en peligro la vida, como la probabilidad de que el imputado intervino en su comisión mediante la omisión de un deber de cuidado exigible, se determina que la resolución de la jueza de control resulta contraria a derecho.
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### PUNTOS RESOLUTIVOS
**PRIMERO.** Se **REVOCA** el auto de no vinculación a proceso dictado en fecha [Fecha], por la jueza de control [NOMBRE DE LA JUEZA DE CONTROL], dentro de la carpeta judicial [NÚMERO DE CARPETA], a favor de [NOMBRE DEL IMPUTADO 1].
**SEGUNDO.** En reasunción de jurisdicción, se dicta **AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO** en contra de [NOMBRE DEL IMPUTADO 1], por su probable participación en el hecho que la ley señala como delito de [DELITO], cometido en agravio de la víctima [NOMBRE DE LA VÍCTIMA].
**TERCERO.** Comuníquese la presente resolución mediante oficio al [Juzgado de Distrito] en Materia Penal, para acreditar el estricto cumplimiento dado a la ejecutoria de amparo dentro del juicio de amparo [NÚMERO DE AMPARO].
**CUARTO.** Notifíquese a las partes procesales en términos de ley y remítanse las constancias correspondientes a la Unidad de Gestión Judicial de origen para los efectos conducentes.
Así lo resolvió y firma el [GRADO ACADÉMICO Y NOMBRE DEL MAGISTRADO], Magistrado Unitario de la [NÚMERO] Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia.