Formato CONTRATO DE GESTION DE VENTA

CONTRATO DE GESTION DE VENTA 


Entre nosotros, 

Xxxxxx  Xxxxx, mayor, estado civil, profesión, nacionalidad, vecino de xxxxx, titular del número de pasaporte o identificación xxxx, actuando en mí condición de axxxxxxxxxx con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx., cédula jurídica número xxx-xxxx-xxxx, domiciliada en xxxxxxx, dirección, en adelante LA EMPRESA o COMITENTE, y;

NOMBRE COMPLETO DEL COMERCIALIZADOR, quien es mayor, estado civil, portador del número de pasaporte o identificación xxxx, en adelante llamado EL GESTOR o COMISIONISTA,

Hemos convenido en celebrar el presente Contrato de Gestión de Ventas, que se regirá por las siguientes disposiciones: 

ANTECEDENTE:
            La empresa XXXXX XXXXXX S.A., como parte de su giro comercial, se dedica a XXXXXXXX XXXXXXX, lo anterior por medio de sistemas fotovoltaicos a gran escala. 
            Por otra parte el comisionista NOMBRE COMPLETOtiene la experiencia necesaria, cuenta con su propia estructura y organización económica, además de tener experiencia en promover ventas y proyectos fotovoltaicos, generando prospectos de ventas bajo su propio giro profesional, por lo que personalmente se dedica a nombre propio, pero por cuenta ajena, a promover estos proyectos ante terceros, denominados de ahora en adelante LOS CLIENTES.
            La relación comercial que ocupa a ambas partes se reduce en estos momentos a la gestión de ventas y proyección de prospectos con el fin de concretar a través del COMISIONISTA las ventas e instalación de proyectos fotovoltaicos.




CLAUSULAS:
1. DEL OBJETO
LA EMPRESA y EL COMISIONISTA han acordado que este último colaborará y acompañará a LA COMITENTE en la gestión de ventas de proyectos fotovoltaicos, pero también brindará el seguimiento y soporte post venta al cliente final hasta que termine la implementación del proyecto.


2. OBLIGACIONES DEL GESTOR O COMISIONISTA:
·     Promover ventas de sistemas fotovoltaicos a gran escala. 
·     Respetar las políticas de LA EMPRESA en cuanto a los precios fijados, el tamaño o capacidad de los proyectos, las zonas de interés para implementar los proyectos, y los clientes meta.
·     Coordinar con la empresa los aspectos técnicos de las ofertas.
·     Informar oportunamente los avances de las negociaciones que tenga con los clientes para que LA EMPRESA esté preparada ante la demanda de bienes y servicios al momento en que se susciten los cierres de las ventas. Sin que esto implique la obligación de confeccionar informes generales con cierta periodicidad. 
·     Liquidar sus honorarios una vez realizados y pagados los proyectos por parte de los clientes. Honorarios que se pagaran en acuerdo a la proporcionalidad de los pagos efectivamente realizados.
3.  OBLIGACIONES DE LA EMPRESA O COMITENTE:
·     Colaborar en todo lo necesario con El Gestor para que este cumpla sus objetivos. 
·      Brindar oportunamente toda la información requerida. 
·     Realizar los pagos oportunamente en acuerdo a los cierres que el gestor promueva y efectivamente se concreten. 

4. HONORARIOS DEL COMISIONISTA:
Las partes acuerdan que EL GESTOR recibirá honorarios por cada venta realizada, cerrada y pagada de acuerdo a la siguiente tabla de comisiones que se calcularán tomando como base los precios del proyecto contratado por LOS CLIENTES, anteriores al impuesto de ventas: 
            - Proyectos hasta los US$000.000,00 comisión del xx% 
            - Proyectos de los US$000.001,00 a US$500.000,00 comisión del xx% 
            - Proyectos de US$000.001,00 en adelante comisión del xx% 


5. TERMINACIÓN DEL CONTRATO:
Este contrato se firma por un término de 4 meses, prorrogable automáticamente si ninguna de las partes comunica a la contraparte su deseo de no renovarlo por lo menos con un mes de anticipación. De igual manera por la naturaleza contractual de este convenio, cualquiera de las partes puede dar por terminado este contrato con el solo aviso por escrito a la contraparte con por lo menos un mes de anticipación. 
En caso de terminación anticipada o por la no renovación del mismo, las partes acuerdan que deberán ser liquidadas las sumas correspondientes a cierres pendientes y clientes prospectos generados que materialicen la compra de un proyecto fotovoltaico incluso un año después de cesada la relación comercial entre las partes. 

6. NATURALEZA DE LA RELACIÓN
El presente contrato es por servicios de gestión brindados por un comisionista, por lo que no se constituye relación laboral de ninguna índole para las partes. LA EMPRESA no tendrá ningún tipo de responsabilidad ni obligación patronal respecto al comisionista, y demás personas subordinadas NOMBRE DEL GESTOR, quien a través de su propia estructura de negocios brindara por cuenta propia y en nombre de la empresa los servicios que conforman la presente contratación.

7. DE LOS GASTOS O COSTOS FINANCIEROS DEL GESTOR
El GESTOR cubrirá de su propio peculio, todos los gastos ordinarios y extraordinarios derivados del cumplimiento de este contrato. Asumirá todo tipo de cargas e impuestos inherentes a su actividad.

8. LEGISLACIÓN APLICABLEEste Contrato debe interpretarse y regirse de conformidad con la legislación de la República de Costa Rica
, en especial por las disposiciones aplicables en el Código de Comercio. 

9. PROTOCOLIZACIÓN Cualquiera de las Partes bajo su propio coste podrá comparecer ante Notario Público a protocolizar el presente contrato, y/o a poner razón de fecha cierta, sin que para ello requiera notificar a la otra Parte.

10. ACUERDO COMPLETOLas Partes reconocen que este contrato constituye y expresa el único acuerdo entre ellas en relación con los asuntos aquí referidos. Cualquier discusión, promesa, declaraciones y entendimientos previos han sido sustituidos en su totalidad por el presente contrato y por lo tanto son inaplicables.

11. ACUERDO MUTUOEste contrato ha sido el producto de mutuas negociaciones, por lo que cada cláusula ha estado sujeta a consultas y acuerdos entre ambas partes. Cualquier modificación al presente contrato será válida y eficaz en el tanto sea acordada por escrito por ambas partes. 

12. MODIFICACIONES Y RENUNCIASCualquier acuerdo de modificación o cambio, prórroga o terminación que acuerden las Partes al presente contrato, sea total o parcial, será válido en el tanto el mismo sea documentado mediante adendum por escrito y suscrito por ambas partes. 
Cualquier renuncia a los derechos y acciones que se derivan de este Contrato deberá realizarse por escrito y suscribirse por la parte renunciante. 

13. INDIVISIBILIDADSi alguna disposición de este Contrato resultare inválida o ilegal se tendrá por no puesta, pero la legalidad y validez del resto del Contrato no se verá afectada o limitada por dicha omisión.

14. ARBITRAJETodas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse del presente Contrato,o el negocio y la materia a la que este se refieresu ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, se resolverán por medio de arbitraje de derecho de conformidad con los reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, a cuyas normas las partes se someten en forma voluntaria e incondicional. El conflicto se dilucidará de acuerdo con la ley sustantiva de Costa Rica.  El lugar del arbitraje será el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica en  San José, República de Costa Rica.  El arbitraje será resuelto por un tribunal arbitral de derecho compuesto por tres árbitros. Los árbitros serán designados por el Centro. El laudo arbitral se dictará por escrito, será secreto, definitivo, vinculante para las Partes e inapelable, salvo el recurso de revisión o de nulidad. Una vez que el laudo se haya dictado y se encuentre firme, producirá los efectos de cosa juzgada material y las Partes deberán cumplirlo sin demora. Los gastos relacionados con el arbitraje y los honorarios de los árbitros serán asumidos por las Partes en igual proporción conforme el procedimiento avance. Los honorarios de los respectivos asesores y abogados serán asumidos por cada Parte.

15. NOTIFICACIONESPara la recepción de las notificaciones y comunicaciones de cualquier índole que las Partes deban dirigirse entre sí, con ocasión del presente contrato, las partes fijan los siguientes domicilios contractuales, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° de la “Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales” y el numeral 174 bis del Código Procesal Civil: 

- La empresa: Dirección y email. 
- El Gestor: Dirección y email


16. ESTIMACIÓN FISCAL Por su naturaleza este contrato es inestimable. 

En fe de lo cual, firmamos en dos tantos San José el día xx de xxxxx del año 20xx. 




_____________________________             ______________________________ 
         XXXX XXXXXX XXXXX                                      XXXXX XXXXXX XXXXX
             POR LA EMPRESA                                               EL GESTOR