Formato CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL

CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL CELEBRADO POR UNA PARTE POR  MEX, S.A. DE C.V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. ANDREA , A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “COMITENTE”, Y POR OTRA PARTE [*], REPRESENTADA A LA FIRMA DEL PRESENTE ACTO POR EL [*], QUIEN EN ADELANTE SERÁ DENOMINADA “COMISIONISTA”, MISMO QUE SE CELEBRA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES:

I. Declara el “Comitente”:
a) Declara  MEX, S.A. DE C.V., ser una sociedad de orden mercantil, constituida según las leyes mexicanas, tal y como consta en Escritura Pública 104,421, de 16 de enero de 2014, pasada ante la fe el Licenciado Alejandro Esquivel Macedo, Notario Público número 8 de la ciudad de Querétaro, Querétaro.
b) Estar representada a la firma del presente acto mercantil por el C. Andrea , quien goza y cuenta con facultades necesarias y suficientes para la celebración del negocio jurídico en cuestión, mismas que no le han sido revocadas, modificadas o disminuidas en sentido alguno que pudiera llegar a afectar la validez del mismo.
c) Tener su domicilio en Av. No. 119, Parque Industrial Querétaro, C.P. 76220, Santa Rosa Jáuregui, ubicado en el municipio Querétaro, Querétaro, México; y contar con Registro Federal de Contribuyentes EME140116AFA.
d) Que el motivo determinante de su voluntad, al celebrar y firmar el presente instrumento, lo es contratar los servicios del Comisionista para la venta y promoción de las plantas fotovoltaicas de  MEX, S.A. DE C.V., a través de sus propios recursos y personal, en forma autónoma e independiente, sin conferir exclusividad alguna; toda vez que, reconoce el Comitente, dicho Comisionista posee amplio conocimiento del mercado y potenciales clientes, en virtud de que, en el ámbito de sus actividades empresariales cuenta la oportunidad de entrar en contacto con sujetos interesados en el suministro de plantas fotovoltaicas en el mercado Mexicano. 



II. Declara el COMISIONISTA:
a) Declara [*], ser una sociedad de orden mercantil, constituida según las leyes mexicanas, tal y como consta en Escritura Pública número [*], de fecha [*]del mes [*]del año [*], pasada ante la fe del Notario Público [*]de la Ciudad de [*], Licenciado [*].
b) Estar representada a la firma del presente acto mercantil por el C. [*], quien goza y cuenta con facultades necesarias y suficientes para la celebración del negocio jurídico en cuestión, mismas que no le han sido revocadas, modificadas o disminuidas en sentido alguno que pudiera llegar a afectar la validez del mismo.
c) Tener su domicilio en calle Virgilio número [*], Interior [*], Departamento [*], de la colonia [*], Delegación [*], en la Ciudad de [*], Código Postal [*]; y contar con Registro Federal de Contribuyentes [*].
d) Que el motivo determinante de su voluntad, al celebrar y firmar el presente instrumento, lo es recibir y aceptar el encargo de gestionar los intereses de  MEX, S.A. DE C.V., consistentes en la venta y promoción de sus plantas fotovoltaicas,a cambio de cobrar una retribución, cuidando siempre del negocio como si le fuera propio, desempeñando la comisión en forma autónoma e independiente, a través de sus propios medios, toda vez que, dicho Comisionista, declara que posee amplio conocimiento del mercado y potenciales clientes, en virtud de que, en el ámbito de sus actividades empresariales cuenta con la oportunidad de entrar en contacto con sujetos interesados en el suministro de plantas fotovoltaicas en el mercado Mexicano, contando con la experiencia necesaria en el ramo de los servicios, capacidad técnica, industrial y de equipamiento en el área de ventas de Plantas Fotovoltaicas para obligarse a dar y ofrecer el mejor servicio posible al cliente final y cuenta con una amplia gama de Clientes potenciales que tienen demanda de estos productos.

III. Declaran ambas partes:
a) Reconocen ambas partes que, tanto en el clausulado que informa el presente instrumento como en su operatividad, los actos a realizar son transitorios, aislados, que no crean relación de dependencia alguna; que la duración del contrato está limitada al tiempo necesario para la ejecución de los actos encomendados; y, que los actos encomendados son de naturaleza puramente mercantil.

Conforme a lo anteriormente expuesto, y reconociendo el valor del presente contrato, ambas partes se someten a las siguientes:
CLAUSULAS:
PRIMERA.El objeto del presente contrato lo constituyen las gestiones necesarias por parte del Comisionista para promover ventas de Plantas Fotovoltaicas de  MEX, S.A. DE C.V., de todas las capacidades dentro del territorio mexicano, promocionando los productos, mercancías y artículos del comitente, en calidad de consignación, a través de su propio personal, manifestando que cuenta con recursos y personal adecuado para realizar dicha venta y promoción, esto a través de la presentación de propuestas de proyecto que, una vez aceptadas por el Cliente y el Comitente, serán ejecutadas por  MEX, S.A. DE C.V. a través de sus propios medios.
Pudiendo, en todo caso el Comitente, presentarse o ausentarse cuando así lo desee al no ser este un elemento relevante en la relación contractual mercantil que se establece; sin que en forma alguna el presente contrato confiera exclusividad para ninguna de las partes, pudiendo ambas contratar con otros comisionistas, comitentes y clientes, realizando su actividad en forma independiente, sin subordinación alguna.
Para efectos de lo anterior, el Comitente se reserva el derecho exclusivo de aceptación, tanto del negocio como del precio final de las propuestas, y su consentimiento y aceptación por escrito serán esenciales para contraer derechos y obligaciones para con clientes y/o terceros, en todo caso, y respecto de las propuestas de proyecto aceptadas, el Comisionista contará con el respaldo total del Comitente para ser cumplidas.
SEGUNDA.Este contrato tendrá validez durante el tiempo que dure la comisión encomendada, y la ejecución de los actos de comercio materia de la cláusula inmediata anterior, quedando entonces y en todo caso la duración limitada al tiempo necesario para la ejecución del o de los actos que motivan su celebración.
TERCERA.Las partes se encuentran en libertad de contratarse en forma independiente, pero comprometiéndose a no incurrir en competencia desleal, obligándose cada una a respetar a los clientes de la otra parte, que, a través de proyectos de propuestas de ventas, documentos, comunicaciones, o cualquier otro tipo de mensaje, se hagan llegar, en el entendido de que se abstendrán en todo momento de contactar a los clientes de cada parte a través de cualquier medio.

En el caso que un Cliente contactado por el Comisionista haya adquirido los productos del Comitente, este último se obliga en un futuro a vender, instalar y dar mantenimiento a las plantas Fotovoltaicas exclusivamente a través del Comisionista, por un periodo de [*] años, y siempre que no existan desavenencias entre el Cliente y el Comisionista que pudieran perjudicar la actividad comercial y lucrativa del Comitente, caso en el cual el Comitente podrá negociar y comercializar directamente con el Cliente.
En el caso de que el Cliente decida no adquirir los productos y servicios por causas graves imputables al Comisionista, este último se obliga a no ofrecer los productos al Cliente por un tiempo mínimo de 5 años, circunstancia que deberá ser comunicada por el Comisionista al Comitente mediante escrito debidamente signado por el cliente y/o su representante legal.
Para el caso de que una propuesta de venta aceptada no llegare a concretarse por causas imputables al Comisionista, este último deberá pagar al Comitente como reparación del daño una cantidad equivalente al [*]% del monto total pactado para la operación. 
CUARTA.El Comitente se obliga a pagar como contraprestación al Comisionista una comisión de acuerdo con el siguiente esquema:
*INSERTAR TABLA*
Donde:
PB es el Precio Base comunicado por parte del Comitente al Comisionista, abajo del cual el Comisionista no puede negociar.
Factor es el coeficiente de multiplicación a aplicarse al PB por determinar la Comisión correspondiente por el Comisionista.
El Comisionista podrá entonces negociar con el Cliente un precio de venta que se encuentra entre el “PB x Factor” y el “PB”.

La suma por concepto de comisión se calculará con base en el importe íntegramente pagado de las facturas emitidas (una vez considerados el Impuesto al Valor Agregado, descuentos, costos del transporte y empaques indicados en las mismas facturas). 
En caso de pagos parciales por parte del cliente, las facturas emitidas por el Comisionista se relacionarán con dichos pagos, debiéndose hacer los pagos en atención estrictamente a las parcialidades efectivamente recibidas, sin que pueda el Comisionista reclamar pago total o pago superior al correspondiente según la parcialidad recibida. 
El Comitente se hará cargo de informar en forma inmediata, por correo electrónico, al Comisionista acerca de cada pago por parte del Cliente del que deba desprenderse un pago de comisión al Comisionista.  La liquidación de lo debido al Comisionista se llevará a cabo dentro de los 30 días naturales siguientes a la recepción de la factura que el Comisionista haga llegar.
Será siempre el Comitente quien emita la respectiva factura al Cliente y reciba el pago, procediendo inmediatamente después en los términos descritos en la presente cláusula.
QUINTA.La información confidencial sobre clientes, mercado, ventas, territorio, vías de comunicación, rutas de negocios, alianzas estratégicas, y en general, cualquiera otra obtenida por las partes, una de la otra, con motivo del cumplimiento del presente contrato, así como todos los derechos a tal información confidencial, que han sido o serán entregados, permanecerán como propiedad de cada una de ellas. 
Las partes no tendrán derecho alguno, de ningún tipo, sobre tal información, ni derecho a utilizarla, excepto para el cumplimiento del objeto del presente instrumento. 
Las partes se comprometen a no extraer, almacenar, ceder o distribuir, de forma directa o indirecta, información, diagramas de flujo y, en definitiva, documentación relativa a sus labores desarrolladas bajo su relación contractual. En todo caso, mantendrán la diligencia debida, responsabilizándose y comprometiéndose en todo momento a garantizar la seguridad física e intelectual de la información tratada en cumplimiento de la comisión.
En virtud de lo establecido en la presente cláusula, queda prohibida la divulgación de la información confidencial anteriormente mencionada, tanto durante la vigencia del presente contrato, como con posterioridad a la misma.
SEXTA.La responsabilidad civil, laboral, mercantil, administrativa y/o penal de “LAS PARTES” frente a terceros, recaerá sobre quien, según las leyes que rigen la materia resulte ser responsable, sin que exista pacto modificatorio alguno, por lo que, quien resulte responsable frente a terceros se obliga a sacar en paz y a salvo, por sus propios medios, de todo procedimiento judicial y/o administrativo a la otra parte.
SÉPTIMA.Para todo lo relativo a la interpretación, ejecución y/o cumplimiento del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales locales competentes del estado de Querétaro, Ciudad de Querétaro, renunciando al fuero de cualquier otro Tribunal que pudieran corresponderles por razón de sus domicilios, presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
De igual forma, en caso de contienda, para efectos procedimentales y de juicio, en términos de lo establecido por el artículo 1051 del Código de Comercio, las partes se someten en forma libre y preferente a las reglas procedimientales establecidas por el Libro Quinto, Título Especial, Capítulos I, II, II y IV del Código de Comercio, que regulan el Juicio Oral Mercantil.

En testimonio de lo anterior las partes, plenamente enteradas del contenido y de los efectos legales de este contrato, lo firman por duplicado en la ciudad de Querétaro el día [*] veintisiete del mes de [*] del año 2017.



ANDREA ,
REPRESENTANTE LEGAL DEL COMITENTE, 
 MEX, S.A. DE C.V.

[*],
REPRESENTANTE LEGAL DEL COMISIONISTA, 
[*].