DOY CUENTA A USTED CON UN ESCRITO PRESENTADO ANTE LA
OFICIALÍA DE PARTES COMÚN DE ESTE TRIBUNAL EL DIA DOCE DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS Y ANTE LA OFICIALÍA DE
PARTES DEL JUZGADO A LAS 09:00 HORAS DEL DIA TRECE DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, CON 04 ANEXOS Y 01 JUEGO(S) DE
COPIAS SIMPLES DE TRASLADO SECRETARIA "A" CONSTE. CIUDAD
DE MÉXICO, A DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECISÉIS
CIUDAD DE MÉXICO, A DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL DIECISÉIS.
Con el escrito de cuenta, documentos mismos que se mandan guardar en el
seguro del juzgado, del promovente fórmese expediente y regístrese en el
Libro de Gobierno bajo el número ***/2016, con fundamento en lo dispuesto
por el artículo 257 del Código de Procedimientos Civiles, SE PREVIENE AL
(LOS) OCURSANTE (S) PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE
CINCODÍAS - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Que aclare el hecho
IV del escrito que se provee, en virtud de ser oscuro en su formulación.
SEGUNDO.-Que aclare el proemio del escrito que se provee, respecto de
que señale el nombre y domicilio “y/o de quien detente el inmueble objeto
del presente juicio” Debiendo exhibir copia del escrito en el que desahogue
la presente prevención para correr traslado. Se apercibe al promovente que
en caso de no desahogar la presente prevención en tiempo y forma NO se
dará curso a la presente DEMANDA que plantea.Asimismo se hace del
conocimiento de los interesados que con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 15 del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Tribunal
Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, así
como el contenido del Acuerdo General del Consejo de la Judicatura del
Distrito Federal numero 22-02-2012, una vez que se concluya el presente
juicio, se procederá a la destrucción del expediente, los interesados que
hayan presentado pruebas, muestras y documentos, en los asuntos nuevo y
en tramite, una vez concluido el juicio, deberán de acudir al local del Órgano
Jurisdiccional correspondiente, a solicitar la devolución de los documentos,
dentro del termino de NOVENTA DÍAS NATURALES contados a partir de la
notificación correspondiente.NOTIFÍQUESE.- LO PROVEYÓ Y FIRMA LA C.
JUEZ SEGUNDO CIVIL LICENCIADA MARÍA MAGDALENA MALPICA
CERVANTES QUIEN ACTÚA CON SECRETARIO DE ACUERDOS
LICENCIADO LEONARDO IGNACIO ROSAS LÓPEZ QUE AUTORIZA Y DA
FE DOY FE.-