CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA , Y POR LA OTRA PARTE  A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL CLIENTE”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA LIC. QUIENES SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:


DECLARACIONES

I.-DECLARA “EL ” 

A) Que tiene su domicilio (Fiscal) . Con Registro Federal de contribuyentes con clave. 

B) Que conforme a su objeto social realiza, entre otras actividades la presentación de todo tipo de servicios profesionales de: con la actividad de Honorarios asimilables a sueldos.

C) Que cuenta en lo personal, con la experiencia necesaria y propia para llevar a cabo la Prestación de Servicios aquí encomendada.

II.- DECLARA “EL CLIENTE”

A) Estar legalmente constituido conforme a las leyes mexicanas mediante escritura pública No. , TOMO , LIBRO , en la Ciudad de a los días de de . Otorgada ante la fé del Notario Público número # de la municipalidad de . LIC. .  Y debidamente inscrita en el Registro Público de la propiedad en la sección correspondiente.

B) Que tiene su domicilio en y clave de registro federal  de contribuyentes con la clave .

C) Que conforme a su objeto social realiza entre otras actividades: .

D) Que su representante cuenta con las facultades necesarias para obligar a su representada en virtud de habérse conferido el carácter de Representante Legal  mediante testimonio público, , libro de fecha de DE . Otorgado ante la fé del Notario Público número  # LIC. en la municipalidad de .

III.- AMBAS PARTES DECLARAN: 

Que cuenta con la capacidad legal y económica para obligarse como ahora se obligan y para hacer frente a las obligaciones que les derivan del presente contrato, así mismo declaran que conocen el contenido y alcances de todas y cada una de las disposiciones legales que se citan en el presente contrato, siendo su libre voluntad someterse al contenido de las siguientes:









PRIMERA:OBJETO DEL CONTRATO.- ” se obliga a proporcionar sus servicios profesionales en : La impartición de las Asignaturas de Redacción Jurídica, Garantías Individuales y Derecho Laboral con los requisitos que establece el programa de estudios y políticas de desempeño establecidas por EL INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LAS CALIFORNIAS, A.C.  Ya conocidas por el profesor.


SEGUNDA: DURACION En términos de vigencia del presente contrato es por el período comprendido del de al   de del   pudiendo finalizar por voluntad de cualquiera de las partes mediante notificación escrita con quince días de anticipación y la obligación de resolver y cumplir con todos los pendientes relativos a la prestación de los servicios encomendados. La renovación del presente contrato será únicamente y exclusivamente  por acuerdo de ambas partes.

TERCERA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. En virtud de este instrumento “ EL PROFESOR” se obliga y será responsable de la asignatura que corresponden a horas semanales, así como el cumplimiento del horario correspondiente, así como de las políticas y lineamientos que marque la institución.

En virtud de este instrumento “EL CLIENTE” se obliga:

A) Proporcionar a “ ” las instrucciones precisas para llevar a cabo la prestación de sus servicios.
B) Proporcionar a “”, las facilidades para el mejor desempeño de su labor como lo son la utilización de las instalaciones y libros de consulta todo esto con previa aprobación  del Consejo Técnico.

C) Pagar por la prestación de servicios profesionales al la cantidad de () por cada .

D) El pago correspondiente se considera gravado en el régimen fiscal de Honorarios asimilables a sueldo, “EL CLIENTE” efectuará retenciones por el impuesto sobre la renta y expedirá un comprobante al siempre y cuando solicite tal situación por escrito.

CUARTA: TIEMPO DE PAGO. EL CLIENTE se obliga a pagar a por la prestación de servicios profesionales que se contratarán en el ciclo mencionando en la cláusula segunda del presente contrato, los días   y de cada mes, de acuerdo a las horas realmente impartidas.

QUINTA: RESPONSABILIDAD LABORAL. Ambas partes acuerdan que el presente contrato no genera responsabilidad laboral para ninguno de los contratantes, esto por tratarse de un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales regulado por los artículos del 2605 al 2615 del Código Civil Federal para toda la República.

SEXTA: CAUSAS DE TERMINACION. El presente contrato se dará por concluido sin necesidad de declaración judicial previa notificación a la parte contraría, en los siguientes casos:


A) Por convenio expreso de las partes.
B) Por estar satisfecho el objeto de este instrumento.
C) Por incumplimiento de las obligaciones a cargo de la parte contraria, tanto las aquí mencionadas expresamente, como las que las leyes  y reglamentos le impongan. 


SEPTIMA: DEL INCUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN. Las obligaciones materia del presente contrato y de las cuales no se precise el lugar en el cual deban de cumplirse, deberán realizarse en el domicilio del  “CLIENTE”.


OCTAVA:REGULACION DE LEYES Y TRIBUNALES. Para la interpretación y ejecución del presente contrato, ambas partes se someten expresamente a los tribunales de la Ciudad de , renuncian, expresamente a la competencia que les pudiera corresponder en razón de sus domicilios presentes o futuros.
La relación que del  presente contrato nace entre las partes del mismo, es de carácter enteramente civil, por lo que en ningún momento se considerará que existe relación laboral o subordinación de “” con “EL CLIENTE”, por lo que se girará por lo dispuesto en el Código  Civil vigente.

El no ejercicio de acciones y derechos que correspondan a las partes en virtud de alguna violación a los términos o condiciones de este contrato por alguna de  las  parte, no se interpretará  como renuncia a dicho término o condición, siendo válido el mismo tratamiento en casos de futuras violaciones a los términos y condiciones del presente contrato. Ningún término o condición de este contrato se considerará que cuenta con la renuncia de alguna de las partes, salvo que dicha renuncia se haga constar por escrito.

NOVENA: Ambos contratantes acuerdan que no se pagarán las horas de clases en los días que marque suspensión el calendario institucional, o los que notifique por  causas de fuerza mayor.

DECIMA: TITULOS. Los títulos de las cláusulas del presente contrato son únicamente para facilitar su lectura y manejo, por lo que nunca se entenderá que definen o limiten las obligaciones a cargo de las partes.


Leído que fue por ambas partes este documento, y una vez enterados de su contenido y alcance, lo firman por duplicado y de común acuerdo en la ciudad de . el día de de .





“ “ EL CLIENTE”
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TESTIGOS


                                                                                                 
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