Acuerdo Inicial PROCEDIMIENTOS JUDICIAL NO CONTENCIOSO, PARA ACREDITAR DEPENDENCIA ECONOMICA Estado de México


RAZÓN.- TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO, SIETE (07) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (2017), CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 1.118 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES LA SECRETARIA DA CUENTA A LA JUEZ DEL CONOCIMIENTO CON LA PROMOCIÓN NÚMERO 9861/2017 ACOMPAÑA LOS DOCUMENTOS QUE SE DETALLAN EN EL SELLO DE OFICÍALIA DE PARTES COMÚN, DEL EXPEDIENTE 977/2017.
CONSTE
JUEZ SECRETARIO
AUTO. Tlalnepantla, México, (07) siete de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
Con el escrito de cuenta se tiene por presentado a JOAQUIN ZARATE LORENZANA, promoviendo por su propio derecho, en la vía del PROCEDIMIENTOS JUDICIAL NO CONTENCIOSO, PARA ACREDITAR DEPENDENCIA ECONOMICA, en base a los hechos y disposiciones de derecho que consideró pertinentes, acompañando además, los documentos justificativos de su solicitud; por consecuencia.
FÓRMESE EXPEDIENTE Y REGÍSTRESE.
PREVENCIÓN
page1image11656
page1image11928
page1image12200
CONTENIDO DEL DOCUMENTO
page1image13112
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1.77, 1.78, 1.134, 1.138, 1.164, 2.100, 2.108, 2.109, 3.1, 3.2 y 3.4 del Código de Procedimientos Civiles, se admite en la vía y
forma propuesta la misma.
Con fundamento en el artículo 3.4 del Código de Procedimientos Civiles, a efecto de que tenga verificativo la AUDIENCIA DE RECEPCIÓN DE PRUEBAS se señalan las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. Por lo que, se previene al oferente que de no presentar a sus testigos debidamente identificados con documentos oficiales, sin causa justificada se declarara desierta ésta respecto de los testigos ausentes. Asimismo, se les hace saber que deberán comparecer al local de este Juzgado a efecto que sean previamente identificados; para ello, al oferente de igual forma deberá comparecer con documento oficial.
APERCIBIMIENTOS
Con el apercibimiento que en caso de no asistir la promovente y/o, se dará por concluido el presente procedimiento de conformidad en el artículo 2.281 del ordenamiento legal en consulta de aplicación análoga, ello en atención a que se trata de un procedimiento sumario como lo establece el precepto legal 5.49 del código adjetivo de la materia en la cual se dicta sentencia en la misma audiencia.
LEY DE TRANSPARENCIA
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o, 2o 7o, 19, 20, 21, 22, 25, 27 y 28
de Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de México y
Municipios, 1.2 fracción VI, 3.1 Fracción VII, 3.15, 3.16, 3.20, 3.22 y 4.9 del
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del
Estado de México y Municipios y 2o, 15 fracción III, 34, 36, 41 fracciones I y III, 45 y
46 fracción I del Reglamento de Transparencia y Acceso a la información Pública
del Poder Judicial del Estado de México, se requiere al promovente para que en el
término de TRES DÍAS contados a partir de que surta efectos el presente proveído,
otorguen su consentimiento por escrito para restringir el acceso público a su
información confidencial, en la inteligencia que en caso de omisión a desahogar
dicho requerimiento, se entenderá su negativa para que dicha información sea pública
DOMICILIO PROCESAL
Con apoyo en lo dispuesto por los artículos 1.170 y 1.171 del Código de Procedimientos Civiles; toda vez que el domicilio se encuentra fuera de la circunscripción de este Juzgado hágansele las subsecuentes notificaciones y aún las de carácter personal por lista y Boletín Judicial.
AUTORIZACIONES
Por otra parte, en términos de los artículos 1.185, 1.93 y 1.94 del ordenamiento legal en cita, se tienen por autorizadas a las personas que indica para dicho fin.
NOTIFÍQUESE
ASÍ LO ACUERDA Y FIRMA LICENCIADA LUZ MARIA CARRASCO HERNANDEZ JUEZ NOVENO DE LO FAMILIAR DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO, QUE ACTUA CON SECRETARIO DE ACUERDOS LICENCIADO RICARDO ARIAS SALAZAR, QUE AUTORIZA Y FIRMA.
DOY FE
JUEZ SECRETARIO
RAZÓN.- Se registró bajo el expediente número 977/2017.
SECRETARIO.