RAZÓN.- TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO, SIETE (07) DE SEPTIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECISIETE (2017), CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL
ARTÍCULO 1.118 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES LA SECRETARIA DA
CUENTA A LA JUEZ DEL CONOCIMIENTO CON LA PROMOCIÓN NÚMERO 9861/2017
ACOMPAÑA LOS DOCUMENTOS QUE SE DETALLAN EN EL SELLO DE OFICÍALIA DE
PARTES COMÚN, DEL EXPEDIENTE 977/2017.
CONSTE
JUEZ SECRETARIO
AUTO. Tlalnepantla, México, (07) siete de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
Con el escrito de cuenta se tiene por presentado a JOAQUIN ZARATE LORENZANA,
promoviendo por su propio derecho, en la vía del PROCEDIMIENTOS JUDICIAL NO
CONTENCIOSO, PARA ACREDITAR DEPENDENCIA ECONOMICA, en base a los
hechos y disposiciones de derecho que consideró pertinentes, acompañando además, los
documentos justificativos de su solicitud; por consecuencia.
FÓRMESE EXPEDIENTE Y REGÍSTRESE.
PREVENCIÓN
CONTENIDO DEL DOCUMENTO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1.77, 1.78, 1.134, 1.138, 1.164, 2.100, 2.108, 2.109, 3.1, 3.2 y 3.4 del Código de Procedimientos Civiles, se admite en la vía y
forma propuesta la misma.
Con fundamento en el artículo 3.4 del Código de Procedimientos Civiles, a efecto de que
tenga verificativo la AUDIENCIA DE RECEPCIÓN DE PRUEBAS se señalan las DOCE
HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL DIECISIETE. Por lo que, se previene al oferente que de no presentar a sus testigos
debidamente identificados con documentos oficiales, sin causa justificada se declarara
desierta ésta respecto de los testigos ausentes. Asimismo, se les hace saber que deberán
comparecer al local de este Juzgado a efecto que sean previamente identificados; para
ello, al oferente de igual forma deberá comparecer con documento oficial.
APERCIBIMIENTOS
Con el apercibimiento que en caso de no asistir la promovente y/o, se dará por concluido
el presente procedimiento de conformidad en el artículo 2.281 del ordenamiento legal en
consulta de aplicación análoga, ello en atención a que se trata de un procedimiento
sumario como lo establece el precepto legal 5.49 del código adjetivo de la materia en la
cual se dicta sentencia en la misma audiencia.
LEY DE TRANSPARENCIA
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o, 2o 7o, 19, 20, 21, 22, 25, 27 y 28
de Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de México y
Municipios, 1.2 fracción VI, 3.1 Fracción VII, 3.15, 3.16, 3.20, 3.22 y 4.9 del
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del
Estado de México y Municipios y 2o, 15 fracción III, 34, 36, 41 fracciones I y III, 45 y
46 fracción I del Reglamento de Transparencia y Acceso a la información Pública
del Poder Judicial del Estado de México, se requiere al promovente para que en el
término de TRES DÍAS contados a partir de que surta efectos el presente proveído,
otorguen su consentimiento por escrito para restringir el acceso público a su
información confidencial, en la inteligencia que en caso de omisión a desahogar
dicho requerimiento, se entenderá su negativa para que dicha información sea
pública
DOMICILIO PROCESAL
Con apoyo en lo dispuesto por los artículos 1.170 y 1.171 del Código de Procedimientos Civiles; toda vez que el domicilio se encuentra fuera de la circunscripción de este Juzgado
hágansele las subsecuentes notificaciones y aún las de carácter personal por lista y
Boletín Judicial.
AUTORIZACIONES
Por otra parte, en términos de los artículos 1.185, 1.93 y 1.94 del ordenamiento legal en
cita, se tienen por autorizadas a las personas que indica para dicho fin.
NOTIFÍQUESE
ASÍ LO ACUERDA Y FIRMA LICENCIADA LUZ MARIA CARRASCO HERNANDEZ
JUEZ NOVENO DE LO FAMILIAR DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO, QUE
ACTUA CON SECRETARIO DE ACUERDOS LICENCIADO RICARDO ARIAS
SALAZAR, QUE AUTORIZA Y FIRMA.
DOY FE
JUEZ SECRETARIO
RAZÓN.- Se registró bajo el expediente número 977/2017.
SECRETARIO.