MANUAL PARA LA IMPUGNACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES.
ASPECTOS A EXAMINAR.
Análisis
preliminar del crédito.
1.
Identificación de la autoridad emisora del crédito.
2.
Identificación de la vía legal para su
impugnación.
3.
Identificación de la fecha de notificación del crédito.
4.
Determinación de la fecha máxima de impugnación
del crédito.
* Considerar la procedencia del Juicio Fiscal
Federal en la “Vía Sumaria”. (Art. 58-2 CFPCA)
* Considerar la posibilidad de tramitar el Juicio Fiscal Federal en “Línea”.
(Art. 58-A CFPCA)
Identificación
de violaciones cometidas en la NOTIFICACIÓN del crédito.
1. Identificación
de violaciones cometidas en la elaboración del citatorio para notificación.
a. Citatorio.- es
ilegal el formato pre-elaborado que contiene datos que no es posible conocer
sino hasta el momento mismo en que se desahoga la diligencia respectiva.
Precedente número VII-P-1aS-140, publicado en la R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 8.
Marzo 2012. p. 87.
b.
2. Identificación
de violaciones cometidas en la elaboración de la notificación personal.
a. Que el
acto notificado contenga firma autógrafa. Ante el señalamiento de la parte
actora, en el sentido de que el acto notificado carece de firma autógrafa,
corresponde a la autoridad demandada la carga de la prueba para acreditar que
dicho acto sí contenía firma autógrafa.
[J]
10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012, Tomo 1; Pág. 770 Registro: 200 0361
Precedente
de Sala Superior número VII-P-1aS-110 publicado en la R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 7. Febrero 2012. p. 356.
b.
3.
Identificación
de violaciones cometidas en la determinación del crédito fiscal.
Violaciones de forma.
1.
Fundamentación del acto de autoridad.
i. Constatar
que el documento cuenta con firma autógrafa del funcionario competente.
a)
ii. Corroborar
que se hayan citado los fundamentos legales que acrediten la existencia de la
autoridad emisora del crédito.
iii. Corroborar
la cita de los fundamentos legales que acrediten la competencia de la autoridad
por cuantía, grado territorio y/o materia.
I. Violaciones
de fondo.