ENSAYO SOBRE EL NUEVO SISTEMA DE JUICIOS ORALES Y EL INTERROGATORIO DENTRO DEL JUICIO ORAL EN FUNCIÓN DEL CRIMINÓLOGO Y PERITO

ENSAYO SOBRE EL NUEVO SISTEMA DE JUICIOS ORALES Y EL INTERROGATORIO DENTRO DEL JUICIO ORAL EN FUNCIÓN DEL CRIMINÓLOGO Y PERITO
En este ensayo se escribirá sobre la importancia de algunos aspectos del nuevo sistema de juicios orales para que se puedan entender mejor sus etapas  que a pesar de ser una gran herramienta para el sistema de procedimientos penales mexicanos, no es una herramienta fácil de usar y si se tiene una mala praxis por cualquiera de las partes a pesar de haber una clara teoría del caso ;hoy en día ya no basta con eso y los agentes de las fiscalía  que son de lo que llamaríamos la de la vieja escuela ,muchos siguen pensando igual lo cual de manera muy cuadrada lo cual  nos lleva a situaciones que suceden ya en todo el país y seguirán sucediendo, donde a pesar de haber una causa probable y ciertos elementos facticos eso no garantiza que la fiscalía tenga el proceso ganado y sucede que  como tienden a confiarse por el mismo hecho de que son la fiscalía y antes en el viejo sistema era muy fácil que se les facilitara todo el caso en contra del imputado ya que era de una naturaleza inquisitiva que se encargaba de poner al imputado como principal autor de la cause por la cual se le imputo esto hizo que los agentes que representan a las fiscalía mal acostumbraron a ese sistema y los atrofio a nivel jurídico sin que se dieran cuenta ya que les cambio su manera de pensar ;hoy en día  pierden ya que no hacen investigaciones complementarias o las hacen mal debido a que no saben llevar correctamente la cadena de custodia o hace acusaciones en base a puras especulaciones y mucho de su personal le falta capacitación en muchos aspectos así que  el culpable del delito sale en libertad debido a las malas praxis de los servidores públicos.
Causa razonable o probable
Aquí es  dónde comienza todo este proceso ya que ante las fiscalía se presentara una serie de acusaciones las cuales el agente tendrá que analizar para saber si son constituyentes de una causa razonable; ante esto el agente de la fiscalía debe de poner mucha atención ya que de ser un acusación de un delito grave usualmente el juez va a ordenar prisión preventiva y de estar mal la acusación de la fiscalía desde ahí se puede empezar un  mal proceso que eventualmente se perderá y solo va a gastar recursos para el estado  tiempo valioso para muchas personas, malas experiencias y generar una infinidad de problemas secundarios para la persona que fue  acusada indebidamente; por el contrario también nos podemos encontrar con el caso de que si se  halla cometido un delito más la fiscalía no haga bien su trabajo debido a que no conocen correctamente las técnicas de cómo llevar los procesos a pesar de que pudieran parecer veteranos se años como en algunas ocasiones ya se ha podido observar en algunos casos famosos del sistema penal en México.
Audiencia de control
Si es que si se logra llegar a esta etapa se tratara de resolver por medio de los acuerdos reparatorios los cuales van a tratar de resolver la situación que se presenta siempre y cuando no sea un delito grave y se repare el daño a la parte afectada.
Etapa intermedia
Durante la etapa intermedia se llevaran un proceso escrito y uno oral, una de las ventajas que se tiene es que todavía es posible la aplicación de salidas alternas hasta antes que se dicte el auto de apertura de juicio oral;  también Se harán los descubrimientos probatorios por parte de la fiscalía y se generara de manera oficial la citación para la audiencia las pruebas anticipadas todavía se pueden dar hasta el final de la etapa intermedia.
Etapa de juicio oral
En el caso de que nos e hubiera podido llegar a la mediación de la situación en las etapas anteriores se procederá al juicio oral el cual es el corazón de este nuevo sistema, este juicio tendrá varias sub etapas dentro del mismo donde se probaran los hechos y los elementos por partes de ambas partes ante el tribunal que posterior mente dará su dictamen
El interrogatorio en el juicio oral
Anteriormente  ya se había hablado de nuestro nuevo sistema penal acusatorio y como uno de sus pilares donde está fundado es la oralidad, la cual  por ejemplo en el caso de los peritos no basta solo con que ellos presenten sus dictámenes por escritos ya que eso no nos garantiza que él sea realmente un experto ,ahora en el juicio oral el mismo perito a pesar de ser un profesional de su área dentro de este nuevo sistema cuando se llegue a la etapa de juicio oral; va a ser interrogado sobre ese dictamen que el dio por el litigante que se encuentra apoyándolo y la otra parte tratara de buscar incongruencias por medio de un contra interrogatorio .
Esto que se dijo anterior mente es para ir darnos cuenta que desde la fiscalía y la defensa se verán obligados a prepararse correctamente para su correcto desempeño, ya que de ser probado ante el juez una duda razonable es muy posible que cambie el desenlace de la situación que se está tratando de resolver y en cuanto a las personas que estaban danto testimonios errados incluso pudiera haber repercusiones; Para esto en algunos países que ya llevan tiempo practicando estos métodos han desarrollado algo que aquí también se practica mas no se domina aquí en México; estas son las metodologías que se pueden llevar acabo para el correcto desarrollo del interrogatorio y contrainterrogatorio dentro del juicio oral ,mediante estas técnicas se espera que se logre aumentar la eficiencia de las personas que participan en estos hechos ,logrando así buenos juicios orales que si logren su propósito que es el de resolver la situación que se presentó y resarcir el daño a la parte o partes afectadas.
Parámetros
Para estos nuevos juicios todo fue rediseñado entre ello las reglas de las personas que podrán asistir debido a su orden legal y público, también dentro de estas reglas se incluyen reglas de comportamiento que deberán de ser seguidas al pie de la letra o de lo contrario se puede incurrir en una falta y se les podrá poner una sanción o se les retirara de la sala de la audiencia.
Todas Las audiencias serán públicas y los medios de comunicación podrán acceder al lugar en el que se desarrolle la audiencia,  aun que existirán algunas condiciones que se mencionaran a continuación:
El Órgano jurisdiccional podrá limitar el ingreso del público a una cantidad determinada de personas, según la capacidad de la sala de audiencia.
Los periodistas, o los medios de comunicación acreditados deberán informar de su presencia al órgano jurisdiccional.
Usualmente El debate será público Excepto cuando se presente ciertas situaciones que Pueda afectar la integridad física o la privacidad de los miembros del Tribunal, de alguna de las parte, o de alguna persona citada para participar en él incluyendo El orden público o la seguridad del Estado ,Que peligre un secreto oficial, particular, comercial o industrial, cuya revelación indebida sea punible que Esté previsto en este código en otra ley también está prohibida la entrada a todo individuo que  este armado ,que sean partidarios de algún tipo de gremio o facción o cualquier otra persona que el órgano de jurisdicción llegue a considerar inadecuado para estar dentro de la audiencia.
 En estas situaciones la resolución del tribunal será fundada y constara en el registro del debate de juicio oral; una vez que desapareciera la causa, el tribunal volverá a preceder del público, es necesario entender que hay ciertos tipos de juicios y delitos que son de una naturaleza más privada y deben de ser resguardados de diferente manera para el cumplimiento de la ley.
Sobre la publicidad
En estos  nuevos juicios se hace mucho enfoque también en que sean de orden público ya que cuando son así ayudan de manera pasiva a todos los involucrados dentro del proceso que se está dando ya que se nos presentan intereses por medio de tres partes, el interés del imputado, el interés del estado y el interés de control ciudadano a continuación describiremos cada una de las partes anteriormente mencionadas:
Interés del imputado. Asegura un proceso equitativo y previene la arbitrariedad del juzgador.
Interés del estado. Uno de los instrumentos más idóneos para cumplir los efectos de prevención. Permite el control ciudadano sobre la actuación de los funcionarios públicos.
Una vez que se tienen controlados estos dos intereses automáticamente se logra el tercero que es el control ciudadano; mediante el uso adecuado de estos medios se obtiene que el proceso y las personas que intervienen se mantengas proactivos en algunas situaciones algunos autores mencionan que el aspecto de la publicidad puede ser contraproducente debido a como los eventos del juicio pueden perjudicar la percepción que la sociedad tienen sobre el individuo y puede llegar a discriminarlo o caer en la teoría del etiquetamiento.
Para que se lleve bien este proceso se ha hecho obligatoria la comparecencia que se encuentra marcada en el artículo trescientos sesenta del código nacional de procedimientos penales ,aquí se menciona que; “Toda persona tendrá la obligación de concurrir al proceso cuando sea citado y de declarar la verdad de cuanto conozca y le sea preguntado ”,
Tratándose de testigos que sean servidores públicos, la dependencia en la que se desempeñen adoptará las medidas correspondientes para garantizar su comparecencia; Si el testigo debidamente citado no se presentara a la citación o haya temor fundado de que se ausente o se oculte, se le hará comparecer en ese acto por medio de la fuerza pública a excepciones de Servidores públicos Federales, Servidores públicos Estatales, Extranjeros con inmunidad diplomática y en todo caso Por Enfermedad grave.
ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIAY EXPERTICIA
Para poder acreditar a las personas que participaran en los procesos se siguen ciertas metodologías por ambas partes las cuales se mencionaran a continuación mediante el examen directo; se revisara los testigos propios durante el desarrollo de juicio oral, a través de las preguntas formuladas por el litigante que los presenta para su correcta validación por parte del tribunal de juicio oral.
Una vez que se tiene claridad sobre la teoría del caso podemos pasar a la fase de selección de testigos donde  El testigo debe ser evaluado conforme a los siguientes parámetros:
A)   Conforme a su declaración en la fase de investigación
B)   . B) Debe ser coherente.
C)    C) Debe resultar creíble.
También existirán un cierto tipo de preguntas que son las que van a  ser válidas formular dentro del juicio, de ser una pregunta que este fuera del tipo que a continuación se va a mencionar si uno está litigando es necesario hacerle saber del error de la contraparte a la defensa, ahora veremos qué tipos de preguntas se usan dentro del examen directo;
Preguntas introductorias; estas se van a hacer destinadas para hacer entrar en un ambiente de confianza al testigo que declara
Preguntas de legitimación;  se ocupan para validar personalmente al testigo
Preguntas abiertas o cerradas; estas están formuladas para que el testigo pueda aportar lo más que pueda del caso.
Preguntas finales se ocupan para redondear el interrogatorio y dar una impresión positiva ante el tribunal.

EXAMEN DIRECTO DE PERITOS
No quisiera caer en conclusiones antes de tiempo más de cierta manera en este nuevo sistema penal básicamente se trata de los hechos que pueden ser probados ante el tribunal y para esto una de las figures más Fuertes con las que cuenta este Nuevo sistema es la del perito experto en criminalística o del área que sea requerida en su momento, estos peritos a su vez son expertos de su área de dominio y si se tienen buenos peritajes hechos por buenos peritos que pueden demostrar la legitimidad de sus dictámenes junto a un buen litigante penal es muy probable que la persona que este apoyada por ellos reciba una causa positiva a su favor por parte del tribunal..
El interrogatorio
Estos peritos a sus ves van a ser evaluados durante el juicio oral donde tendrán que defender su dictamen, primero el litigante que está en representación del perito debe de ser muy minucioso y proceder a efectuar sus preguntas de legitimación para acreditar lo mayor posible al perito ante el tribunal usando las preguntas que el litigante crea convenientes  como sobre la experiencia del perito, su nivel académico etc.
Es  muy importante que debido al cambio que se dio en el sistema el litigante sea de un nuevo tipo es cual debe saber manejar adecuadamente el léxico que usa para expresarse  su teoría del caso ,su lenguaje jurídico y su inteligencia emocional para poder probar al jurado que sus argumentos so sustentables.
Contra interrogatorio
Una vez que se presentan los interrogatorios en este nuevo sistema se tiene que proceder a los contrainterrogatorios; este contrainterrogatorio tiene como objetivos principal atacar la credibilidad de los testimonios que se presentaron en el interrogatorio por las contrapartes que se desea desacreditar ante el tribunal y dejar en evidencia las inconsistencias dentro de su teoría del caso ,al mismo tiempo se trata de que las partes que se contrainterrogan logren apoyar un testimonio que ayude a nuestra parte ;se trata de que ellos con sus expresiones cometan errores que para nosotros sean favorables e incluso podríamos introducir una prueba documental.
Este contrainterrogatorio estará controlado por una serie de reglas básicas y sencillas  las cuales no se pueden desobedecer, estas son:
1.-al contra examinar se deberá evitar repetir las mismas preguntas formuladas en el examen directo.
2.-está prohibido hacer una pregunta que no vaya a lugar, entiéndase como; sin un objetivo estratégico específico.
3.-no se podrán solicitar explicaciones.
4.-no se podrán formular preguntas cuya respuesta se desconoce.
5.-es fundamental que durante el contrainterrogatorio se usen preguntas sugestivas y cerradas.
Para llevar a cabo un buen interrogatorio existen algunas metodologías encargadas de hacerlo más eficientes como enfocarnos en algunos aspectos que mencionaremos atención, de seguir este tipo de estrategias es muy probable que se convenza al juez y al tribunal de lo que decimos es verdad.
Conclusiones
Con los trabajos que se han hecho creo que queda bastante claro que el nuevo sistema es bueno y si se le observa y se estudia con atención podemos  ver que no es algo malo solo que tiene algunos defectos que he notado ;como el hecho de que en algunos casos más de uno de los artículos que se ponen en nuestros códigos tienden a contradecirse y esto puede generar problemas de justicia más tarde  incluso contradicciones dentro de los juicios orales, ya que nuestro sistema de leyes por algo tiene la denominación de sistema ;cuando se hace una reforma considero que realmente se debe de pensar más a fondo ya que en un futuro no muy lejano los problemas legales que se generaran debido al choque de ciertos artículos van a afectar a la población mexicana o a uno mismo por otro lado el hecho de que ahora la gente se tenga que preparar en muchos aspectos creo que mejorara muchas de las injusticias que se estaban cometiendo debido a la falta de amor  a su profesión por parte de algunos elementos de algunas instituciones estaban desgarrando el tejido social desde la misma justicia pero ahora ya pueden ser corregidas de una manera más eficiente y no tardará mucho en ver los resultados que se nos presenten.