Convenio de Confidencialidad para Trabajadores

CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD EMPLEADOS

CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD QUE CELEBRAN POR UNA PARTE ***, S.A. DE C.V., A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PATRÓN” Y POR LA OTRA EL SR. *** QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EMPLEADO”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

I.- Declara “EL PATRÓN” que:
A. Es una sociedad mercantil constituida conforme a las leyes mexicanas, quien tiene su domicilio en Carretera México- Qro. Parque Industrial Cuamatla Cuautitlan Izcalli, Estado de México y estar representadas en este acto por el Señor ***, quien cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente convenio.

B. Dentro de su patrimonio se encuentran diversos bienes tangibles e intangibles que se utilizan para cumplir con su actividad y objeto social, entre los cuales se encuentran de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:

Conocimientos técnicos, modos de trabajo adquiridos con el tiempo, diseños gráficos; estrategias de mercado, estrategias de competencia; distintivos, dibujos, pinturas, diseños, logotipos, lemas, marcas, patentes, derechos de autor y en general todo lo que la empresa necesite presente o futuro para cumplir con su objeto social; la administración de recursos materiales y humanos, operación y manejo de información de ***, S A DE C V; aprovechamiento de tiempos y movimientos; políticas de mercadotecnia; principios e ideales en la actividad laboral; catálogos; listas de precios; datos de proveedores de bienes y servicios; cartera de clientes; sistemas de comercialización y distribución; estadísticas gráficas y estudios de mercado; manuales de operación de maquinaria; estatutos y reglamentos de actividad laboral y en general toda clase de datos e información electrónica, escrita o verbal que será considerada como propiedad intelectual de “EL PATRÓN” y por tanto, es INFORMACIÓN CONFIDENCIAL que debe ser preservada y guardada en secreto.

II. Declara “EL EMPLEADO”.
A. Ser una persona física, con capacidad legal para suscribir el presente documento, y que lo hace de manera espontánea, sin violencia física o moral de ninguna índole.

B. Que existe una relación de carácter laboral con “EL PATRÓN”, según contrato de trabajo de fecha 1/12/1996.

C. Tener los suficientes conocimientos para desempeñar el puesto de Coordinador
de embarques y lo acredita con .

D. Que con motivo de su trabajo tiene acceso a información privilegiada la cual acepta guardar con escrupulosa confidencialidad, hasta por cinco (5) años posteriores a su salida de la empresa ***, S A DE C V
En virtud de lo anterior, ambas partes se someten a las disposiciones de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. Ambas partes aceptan que toda información señalada en la declaración “I-B” de este contrato y en general toda la información a la cual tenga acceso por o con motivo de su labor bajo la subordinación de “EL PATRÓN” es y será de su propiedad y la misma será considerada como INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, por lo tanto “EL EMPLEADO” se obliga a guardar secreto y confidencialidad mientras se encuentre laborando para “EL PATRON”, y hasta por un lapso de cinco años posteriores a la salida de ***, S.A. DE C.V., por lo que no podrá hacerla del conocimiento de persona alguna.

SEGUNDA. “EL EMPLEADO” se obliga a no divulgar la información que en forma
personal maneje, ni la proporcionará a terceras personas en forma verbal escrita; por medios electrónicos, magnéticos, o por cualquier otro; directa o indirectamente; por el contrario, se obliga a conservarla, no divulgarla y obligarse a denunciar cualquier acto que considere deshonesto para la empresa

TERCERA. Las obligaciones establecidas para “EL EMPLEADO”, inherentes a este convenio, subsistirán por tiempo indefinido a partir de su firma, independientemente de que la relación de trabajo termine por cualquier causa.

CUARTA. El incumplimiento o violación de cualquiera de las obligaciones aquí contraídas por “EL EMPLEADO” implicarán la rescisión de su contrato y relación individual de trabajo sin responsabilidad para “EL PATRÓN”, en virtud de considerarse faltas graves de probidad y lealtad.

QUINTA. “EL EMPLEADO” acepta de manera libre y espontanea que independientemente de la responsabilidad civil originada por el incumplimiento de las obligaciones consignadas en este convenio, según dispone el artículo 32 de la Ley Federal del Trabajo, podrá generarse responsabilidad de naturaleza penal.

SEXTA.- Este convenio forma parte del contrato individual de trabajo que tiene celebrado “EL EMPLEADO” con “EL PATRÓN”.

SÉPTIMA. Para todo lo relativo a la interpretación y ejecución del presente convenio, las partes se someten a las leyes y tribunales competentes de la ciudad de Cuautitlan Izcalli Estado de México renunciando al fuero que por cualquier otra causa pudiere corresponderles.

Las partes firman el presente convenio el día dos de marzo del dos mil doce.


ADMINISTRACION Y SERVICIO
CUAUTITLAN S A DE C V
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TRABAJADOR

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