SOLICITUD DE ORDEN DE
APREHENSIÓN.
CON
FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 16 PÁRRAFO SEGUNDO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 141 PÁRRAFOS PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO, 142 Y
143 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, ESTA REPRESENTACIÓN SOCIAL
SOLICITA DE SU SEÑORÍA SE SIRVA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN EN CONTRA DE ***,
POR EL HECHO DELICTUOSO TIPIFICADO POR NUESTRA LEGISLACIÓN PENAL COMO DELITO DE
ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE
HABERSE COMETIDO VIOLENCIA, COMETIDO EN AGRAVIO DEL PATRIMONIO DE ***,
ILÍCITO PREVISTO Y SANCIONADO POR LOS ARTÍCULOS 287, 289 FRACCIÓN I, 290
FRACCIÓN I INCISO B, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6, 7, 8 FRACCIONES I Y III,
Y 11 FRACCIÓN I INCISO C) TODOS ELLOS DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE DEL ESTADO DE
MÉXICO, LO ANTERIOR EN BASE A LAS SIGUIENTES:
CONSIDERACIONES
PRIMERA.- QUE EN FECHA 12 DE MAYO DEL AÑO 2017, SE DIO
INICIO A LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN MARCADA CON EL NÚMERO ECA/ECA/ECA/034/ ***/17/05, POR EL HECHO DELICTUOSO DE ROBO
CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA, COMETIDO EN
AGRAVIO DEL PATRIMONIO DE ***, CARPETA DE INVESTIGACIÓN EN LA CUAL LA
VICTIMA DEL DELITO FORMULA IMPUTACIÓN FIRMA Y DIRECTA EN CONTRA DEL IMPUTADO.
SEGUNDA.- QUE EL DELITO POR EL QUE SE FORMULÓ DICHA DENUNCIA
Y QUE LO ES EL DE ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON
VIOLENCIA, SE ENCUENTRA PREVISTO Y SANCIONADO POR LOS ARTÍCULOS 287, 289
FRACCIÓN I, 290 FRACCIÓN I INICISO B), EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6, 7, 8
FRACCIONES I Y III, Y 11 FRACCIÓN I INCISO C) DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE EN LA
ENTIDAD, EL CUAL TIENE SEÑALADA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD.
TERCERA.- QUE DE LOS ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
REALIZADA POR ÉSTA FISCALÍA, SE DESPRENDEN DATOS SUFICIENTES QUE ESTABLECEN QUE
SE HA COMETIDO UN HECHO QUE LA LEY SEÑALA COMO DELITO, PRECISAMENTE EL DE ROBO
CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA, Y EXISTE LA
PROBABILIDAD DE QUE EL IMPUTADO ***,
INTERVINIERON EN SU COMISIÓN, LO ANTERIOR AL TENOR DE LOS HECHOS QUE A
CONTINUACIÓN SE SEÑALAN:
ES EL CASO QUE EL DÍA QUE EL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
DIECISIETE, SIENDO APROXIMADAMENTE LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS AL ESTAR ESPERANDO LA
VICTIMA ***, UN TAXI SOBRE LA CALLE ***,
COLONIA ***, EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, EN ESE MOMENTO SE LE
ACERCA UN SUJETO DEL SEXO MASCULINO Y SE COLOCA FRENTE A ELLA Y LE DICE SACA EL CELULAR, EL DINERO Y TODO LO QUE
TRAIGAS, NO TE PONGAS PENDEJA PORQUE SI NO AHORITA VAS A VALER MADRE, A LO
CUAL LE DICE QUE NO TENÍA Y CON UNA NAVAJA QUE SACO DE LA BOLSA DE LA SUDADERA
SE LA COLOCA A LA ALTURA DEL PECHO Y LE DICE ORALE PENDEJA, Y LA COMIENZA A
ESCULCAR ENTRE LA ROPA SACÁNDOLE DE LA BOLSA DELANTERA DERECHA DEL PANTALÓN LA
CANTIDAD DE SEISCIENTOS PESOS, CONSISTENTE
EN 1 BILLETE DE QUINIENTOS PESOS, 1
BILLETES DE A CIEN, LOGRANDO HUIR DEL
LUGAR.
LOS
HECHOS ANTES REFERIDOS SE ENCUENTRAN ACREDITADOS PRIMORDIALMENTE CON:
1.- CON LA ENTREVISTA
DE ***, DE FECHA 12 DE MAYO DEL 2017 PRACTICADA
A LAS 12:00 HRS: Quien refiere que el día 11 de mayo del año
dos mil diecisiete, siendo aproximadamente las once horas con treinta minutos,
me encontraba esperando un taxi en la calle
***, colonia ***, a la altura de la parroquia de san Juan, en el
Municipio de Ecatepec de Morelos, en ese momento se me acerca un sujeto del
sexo masculino y se coloca frente a mí y
me dice SACA EL CELULAR, EL DINERO Y TODO LO QUE TRAIGAS, NO TE PONGAS PENDEJA
PORQUE SI NO AHORITA VAS A VALER MADRE, a lo cual le digo que no tenía y con
una navaja que saco de la bolsa de la sudadera me la coloca a la altura del
pecho y dice ORALE PENDEJA, y la comienza a esculcar entre la ropa sacándole de
la bolsa delantera derecha del pantalón la cantidad de seiscientos pesos,
consistente en un billete de quinientos pesos y un billete de cien pesos,
haciéndome la indicación este sujeto que caminara y que no volteara, por lo que
comencé a caminar rápidamente; es por lo que en este acto presento mi formal
denuncia por el delito de ROBO CON VIOLENCIA cometido en mi agravio y en contra
de quien o quienes resulten responsable, la media filiación del sujeto estatura
1.70, complexión media, tez moreno clara , cabello corto de los lados y con copete color negro, frente
media, cejas pobladas, labios delgados, boca grande, con barba escasa de tipo
candado, ojos medianos color café
oscuro, nariz mediana y recta, de unos
treinta y dos a treinta y cinco años de
edad.
2.- INSPECCION EN EL LUGAR DE LOS HECHOS.- Realizada por el agente de
la Policía de Investigación ***, EN
FECHA 12 DE MAYO DEL 2017 a las 15: 00 hrs , quien se trasladó y constituyo
precisamente en el domicilio ubicado en calle
***, colonia ***, Municipio de Ecatepec, México, en donde se aprecia una calle
de aproximadamente de 10 metros de
ancho con circulación en ambos sentidos
con banquetas en sus extremos la cual corre de oriente a poniente y viceversa misma que se aprecia asfaltada y
por su lado noreste observa la parroquia denominada NUESTRA SEÑORA DE SAN JUAN
DE LOS LAGOS, la cual está pintada en color azul deslavado; lo que informo a la Representación para los
fines a los que haya lugar.
3.- INFORME DE AVANCE DE INVESTIGACION DE FECHA 19 DE MAYO
DEL 2017.- En
donde el Agente de la Policía ministerial encargado de la Investigación *** al
estar realizando parte de la investigación en fecha diecinueve de mayo del
2017, siendo las diez horas recibe informe por el área de la coordinación de la
policía ministerial de la zona Ecatepec, que
se había logrado la detención de un sujeto del sexo masculino que responde al
nombre de *** de 32 años de edad, el cual
se presume se dedicaba a robar a los peatones en las colonias de ***,
San Miguel Xalostoc e Industrial Xalostoc, por lo que procedo a buscar a la
denunciante *** con la finalidad que el Ministerio publico proceda a Realizar
la diligencia de Reconocimiento, Haciendo del conocimiento que el antes
mencionado se encuentra en el centro de justicia de San Cristóbal Ecatepec,
informando la denunciante que se trasladaría con el suscrito, por lo cual lo
dejo en el área abierta de estas oficinas de Ministerio público de San
Cristóbal, para que se realicen las diligencias correspondientes.
LAS DILIGENCIAS ANTERIORMENTE SEÑALADAS FUERON
RECABADAS POR EL AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO LICENCIADA ISELA DE SIREN ROBLES
ROMERO.
4.- ENTREVISTA DEL
DEFENSOR PUBLICO DE NOMBRE ***. De FECHA 19 DE MAYO DEL 2017.- quien manifiesta lo siguiente: Que el motivo de mi
asistencia en la presente diligencia lo a efecto de verificar que no sean
vulnerados derechos y garantías del imputado *** a quien se le realizara el procedimiento para
reconocer personas, en relación al Número de Único de Causa ECA/ECA/XAL/034/***/17/05 relativa al
hecho delictuoso de robo con violencia cometido en agravio del patrimonio de la
C. ***, por lo que asisto al confrontado ***, siendo todo lo que deseo
manifestar por lo que previa lectura de mi dicho la ratifico y firmo al calce,
para su debida constancia legal.
5.- ACTA PORMENORIZADA DE REGISTRO DE
PROCEDIMIENTO PARA RECONOCER PERSONAS, REALIZADA POR EL AGENTE DEL MINISTERIO
PUBLICO LIC. ***, En Ecatepec de Morelos, Estado de México, en fecha 19 de mayo del año
dos mil diecisiete, siendo las once horas con treinta minutos, el suscrito
Agente del Ministerio Público, en términos de lo dispuesto por los artículos
277 Párrafo Primero, Segundo, Tercero y Cuarto del Código Nacional de
Procedimientos Penales vigente en la Entidad, se traslada a la CÁMARA DE
CONFRONTACIÓN, del centro de atención ciudadana de San Cristóbal con residencia
en Ecatepec, Estado de México, en compañía de la Victima de nombre ***, y del defensor público Licenciado *** mismo que se ubican en el área de
seguridad anexo al centro de justicia en mención, el cual cuenta con una puerta
de acceso de un metro de ancho por dos metros de alto a un cubículo de un metro
de ancho por un metro de largo en el cual se observa un vidrio de color oscuro,
detrás del cual se le ponen a la vista de manera libre y espontánea UN GRUPO DE
CUATRO PERSONAS, DE IZQUIERDA A DERECHA EL PRIMERO
QUE RESPONDE AL NOMBRE DE ***
1.- con domicilio en calle *** NUMERO 37 COLONIA SAN MIGUEL DEL ALTO
APAN ESTADO DE HIDALGO, quien viste las siguientes ropas: playera color blanco lisa, con la siguiente
media filiación estatura 1.67,
complexión media, tez moreno clara , cabello corto, color castaño, frente normal, cejas pobladas,
labios delgados, boca grande, con barba,
ojos medianos color café oscuro, nariz recta de unos treinta y cinco años de edad, EL SEGUNDO QUE RESPONDE AL NOMBRE DE ***.- quien viste las siguientes ropas, playera blanco lisa,
domicilio en CALLE CONOCIDO ***, MUNICIPIO DE TLALPUHAUAC, ESTADO DE MICHOACAN,
y presenta la siguiente media
filiación estatura 1.70, complexión media, tez moreno
clara , cabello corto de los lados y con
copete color negro, frente media, cejas pobladas, labios delgados, boca grande,
con barba escasa de tipo candado, ojos
medianos color café oscuro, nariz mediana y recta de unos treinta y dos años de
edad; TERCERO QUE RESPONDE AL NOMBRE DE *** quien viste las siguientes ropas, playera blanco lisa,
domicilio en calle *** sin número en colonia Hank González en el municipio de
Ecatepec, Estado de México, y presenta la siguiente
media filiación complexión regular de tez moreno, cara ovalada de
aproximadamente un metro con setenta centímetros de estatura, cabello lacio, de
color negro, cejas pobladas, boca mediana labios medianos, ojos grandes, de
aproximadamente 34 años de edad, CUARTO
QUE RESPONDE AL NOMBRE DE *** quien
viste las siguientes ropas, playera blanco lisa, domicilio en calle Marie curie
colonia san miguel de arco, apan estado de Hidalgo, Estado de México, y
presenta la siguiente media
filiación estatura 1.75, complexión media, tez moreno ,
cabello con copete y con color negro,
frente media, cejas pobladas, labios delgados, boca grande, con barba de tipo
candado, ojos medianos color café
oscuro, nariz mediana y recta de unos treinta y tres años de edad, mismos
sujetos que se colocan de frente y de ambos perfiles con vista hacia la
entrevistada ***; los cuales coinciden con la media filiación del
confrontado , Cada uno de los mencionados con número consecutivo del uno
al cuatro, cerciorándose la Representación Social que la persona que es objeto
de la confrontación, al igual que los otros participantes, son de
características físicas similares, no se encuentran disfrazados, que
las tres personas que acompañan a la persona que va a confrontarse son de
aspecto físico semejante; sujetos que han sido ingresados a la cámara de
confrontación, siendo el confrontado *** , quien ha
elegido libremente el sitio en que quiso colocarse en relación a los que lo
acompañan, en una fila ocupando el número
DOS, y después de obsérvalos detenidamente la denunciante
refiere EN EL USO DE LA VOZ LA DENUNCIANTE ***:QUE SI RECONOZCO
SIN TEMOR A EQUIVOCARME AL SUJETO QUE OCUPA EL SEGUNDO LUGAR Y QUE AHORA SABE
RESPONDE AL NOMBRE DE *** y es el mismo que me robara mis pertenencias ya
que es quien me dice SACA EL CELULAR, EL DINERO Y TODO LO QUE TRAIGAS,
NO TE PONGAS PENDEJA PORQUE SI NO AHORITA VAS A VALER MADRE, que a
esta persona nunca antes la había visto antes del robo, y que lo volvió a ver
el día de hoy en las instalaciones de este centro de justicia, precisamente en
el área de confrontación de la policía ministerial, cuando lo tuvo a la vista
junto con otras tres personas y que acudí a este lugar, porque se me indicó que
habían personas detenidas, que al parecer una de ellas era las que le había
robado y compareció para ver si eran ellas y que efectivamente reconoció sin
temor a equivocarse a la persona que dijo llamarse ***, ya que por los hechos
sucedidos no se le olvidan los rostros del sujeto que le robo, además de que
éste lo reconozco por la cara, por lo que,
ratifica su denuncia por el hecho delictuoso de robo con violencia y en
contra de ***. Haciéndole del conocimiento a su señoría que en dicha diligencia
intervino el perito en materia de fotografía, adscrito a la Dirección de
Servicios Periciales dependiente de la Fiscalía General de Justicia del Estado
de México, este de nombre ***.
6.- AMPLIACIÓN DE ENTREVISTA DE LA VÍCTIMA ***.- la cual manifestó QUE UNA VEZ QUE
SE HA PRACTICADO LA
DILIGENCIA DE RECONOCIMIENTO DE PERSONA Y QUE HE TENIDO A LA VISTA A QUIENES
AHORA SABE RESPONDEN AL NOMBRE DE *** LO RECONOZCO PLENAMENTE Y SIN TEMOR A EQUIVOCARME
COMO EL MISMO SUJETO QUE ME ROBO MI DINERO EL DÍA ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE,
SIENDO APROXIMADAMENTE LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, AL ENCONTRARME
esperando un taxi en la calle ***,
colonia ***, a la altura de la parroquia de san Juan, en el Municipio de
Ecatepec de Morelos, ME AMAGO CON UNA NAVAJA Y ME SACO DE LA BOLSA DELANTERA
DERECHA DEL PANTALÓN LA CANTIDAD DE SEISCIENTOS PESOS, CONSISTENTE EN UN
BILLETE DE QUINIENTOS PESOS Y UN BILLETE DE CIEN PESOS, POR LO QUE EN ESTE ACTO ES MI DESEO DE FORMALIZAR
MI DENUNCIA POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE
HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA COMETIDO EN MI AGRAVIO Y EN CONTRA DE QUIEN
AHORA SABE RESPONDEN AL NOMBRE DE ***, SIENDO TODO LO QUE DESEO MANIFESTAR LO CUAL
PREVIA LECTURA DE MI DICHO LA RATIFICO FIRMANDO AL MARGEN Y CALCE.
7.- ENTREVISTA DEL TESTIGO DE CAPACIDAD ECONÓMICA Y PROPIEDAD,
DE NOMBRE ***, QUIEN REFIERE QUE DESDE HACE APROXIMADAMENTE SIETE
AÑOS CONOZCO A LA SEÑORA *** YA QUE ES MI ESPOSA MANIFESTANDO QUE SE Y ME CONSTA QUE MI ESPOSA TIENE UN PUESTO
DONDE VENDE ROPA EN DONDE PERSIBE LA CANTIDAD DE TRES MIL QUINIENTOS PESOS A LA
SEMANA APROXIMADAMENTE, POR LO QUE SE
QUE TIENE LA CAPACIDAD ECONOMICA DE TRAER ESE DINERO QUE LE ROBARON.
DATOS
DE PRUEBA QUE A CONSIDERACIÓN DE ESTA FISCALÍA RESULTAN IDÓNEOS, PERTINENTES Y
EN SU CONJUNTO SUFICIENTES PARA ESTABLECER RAZONADAMENTE LA EXISTENCIA DE UN
HECHO DELICTUOSO QUE LA LEY SEÑALA COMO DELITO DE ROBO CON MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA MORAL,
DATOS CON LOS CUALES SE PUEDE LLEGARSE A LA CONVICCIÓN QUE EL HOY IMPUTADO *** EFECTIVAMENTE DESPLEGO UNA CONDUCTA DE ACCIÓN DE CONSUMACIÓN
INSTANTÁNEA, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 7 Y 8 FRACCIÓN
III DEL CÓDIGO PENAL PARA ESTA ENTIDAD, EJECUTÁNDOLA MATERIALMENTE, REALIZANDO MOVIMIENTOS
CORPÓREOS PARA DESAPODERAR A LA VÍCTIMA ***
DE LA CANTIDAD DE SEISCIENTOS PESOS, EMPLEANDO COMO MEDIO COMISIVO LA VIOLENCIA MORAL.
SIENDO
EL OBJETO MATERIAL LA CANTIDAD DE SEISCIENTOS
PESOS EXISTIENDO ENTRE DICHO RESULTADO Y
LA CONDUCTA DESPLEGADA POR EL ACTIVO, UN
NEXO DE ATRIBUIBILIDAD YA QUE DE NO HABERSE DESPLEGADO LA MISMA NO SE
HUBIESE PRESENTADO EL RESULTADO CITADO. RECAYENDO EN EL CASO CONCRETO LA
CALIDAD DE SUJETO PASIVO DEL
DELITO EN LA VÍCTIMA
***. Y LA CALIDAD DE SUJETO ACTIVO EN
EL IMPUTADO ***.
TENIÉNDOSE
POR TANTO ACREDITADOS LOS ELEMENTOS OBJETIVOS DEL DELITO EN COMENTO
DESCRITOS POR EL ARTÍCULO 287 DEL CÓDIGO PENAL EN VIGOR, Y ASÍ MISMO
COMPROBADOS LOS ELEMENTOS NORMATIVOS, CONSISTENTES EN:
BIEN MUEBLE, ENTENDIENDO POR ESTOS BIENES, AQUELLOS
QUE POR SU NATURALEZA PUEDEN TRASLADARSE DE UN LUGAR A OTRO, YA SEA POR SI
MISMOS, O POR EFECTO DE UNA FUERZA EXTERIOR, ATENTO A LO DISPUESTO POR EL
ARTÍCULO 5.6 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE EN EL ESTADO DE MÉXICO, QUE EN EL
PRESENTE CASO LO CONSTITUYE: SEISCIENTOS PESOS. AJENEIDAD.- ELEMENTO QUE SE ENCUENTRA ACREDITADO TODA
VEZ QUE EL NUMERARIO, DEL QUE SE APODERO EL IMPUTADO, PERTENECEN A UNA PERSONA
EXTRAÑA DEL SUJETO ACTIVO DEL HECHO DELICTUOSO, SIENDO PROPIEDAD DE ***; LO CUAL QUEDO DEMOSTRADO CON LA TESTIMONIAL DE
MANUEL BENITEZ ROJAS, SIN QUE AL MOMENTO
OBRE DATO DE PRUEBA CONTRARIO.
APODERAMIENTO SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO. EL
SUJETO ACTIVO AL APODERARSE DEL OBJETO SEÑALADO CON ANTELACIÓN LO HIZO SIN
DERECHO ALGUNO AL NO HABER QUEDADO DEMOSTRADO QUE EL ACTIVO PUDIERA CONDUCIRSE
COMO DUEÑO RESPECTO DEL BIEN MUEBLE SEÑALADO Y SIN CONSENTIMIENTO DE LA VÍCTIMA
***. TAL Y COMO SE DESPRENDE DE
LA PROPIA ENTREVISTA DE LA DENUNCIANTE.
QUEDANDO ACREDITADA LA MODIFICATIVA
AGRAVANTE A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 290
FRACCIÓN I DEL CÓDIGO PENAL EN VIGOR,
RESPECTO QUE EL HECHO QUE SE INVESTIGA SE UTILIZO EN SU EJECUCIÓN
VIOLENCIA, CIRCUNSTANCIA QUE A CRITERIO DE ESTA AUTORIDAD SE ENCUENTRA ACREDITADA
CON LA ENTREVISTA DE LA VICTIMA, LA CUAL NARRA DETALLADAMENTE QUE EL DÍA Y HORA
DE LOS HECHOS LA AMAGARON CON UNA NAVAJA.
POR LO
QUE HACE A: LA FORMA DE INTERVENCIÓN.-
LA FORMA DE INTERVENCIÓN DEL IMPUTADO ***,
EN LA COMISIÓN DEL HECHO DELICTUOSO DE ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE
HABERSE COMETIDO CON VIOLENCIA,
LO FUE COMO AUTOR MATERIAL, EN TÉRMINOS DE LOS DISPUESTO
POR EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN I INCISO C) DEL CÓDIGO PENAL EN VIGOR, POR HABER
SIDO EL IMPUTADO QUIEN REALIZO TODOS LOS
MOVIMIENTOS CORPOREOS PARA REALIAZAR LA CONDUCTA DELICTIVA QUE LO ES EL
APODERAMIENTO DE LOS BIENES AJENOS MUEBLES DESCRITOS, HABIENDO QUEDADO EVIDENCIADO QUE EL INVESTIGADO EN TODO MOMENTO TUVO EL DOMINIO
DEL HECHO YA QUE PUDO HABER EVITADO O HACER CESAR EL HECHO DELICTIVO QUE LE ES
ATRIBUIBLE, SIN EMBARGO DECIDIÓ LLEVARLO A CABO.
ASÍ
MISMO SE CONSIDERA QUE EL IMPUTADO DESPLEGO UNA CONDUCTA CONOCIENDO LOS
ELEMENTOS DEL TIPO PENAL Y QUERIENDO EL RESULTADO TÍPICO DEL MISMO,
EVIDENCIANDO UN ACTUAR DOLOSO
EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 8º FRACCIÓN I DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE PARA EL ESTADO
DE MÉXICO;
QUE LA
CONDUCTA DESPLEGADA POR EL IMPUTADO NO SE VE AMPARADA POR CAUSA DE
JUSTIFICACIÓN O LICITUD ALGUNA Y POR EL CONTRARIO, LA MISMA SÍ CONTRAVIENE LA
LEGISLACIÓN PENAL VIGENTE, POR LO QUE RESULTA
ANTIJURÍDICA.
FINALMENTE
SE ESTABLECE EL ELEMENTO DE CULPABILIDAD
ADVIRTIÉNDOSE QUE EL IMPUTADO NO ACTUÓ CON INCAPACIDAD PSICOLÓGICA DE CONOCER
LA ANTIJURIDICIDAD DE SU PROCEDER, NI REALIZO SU CONDUCTA BAJO ERROR DE TIPO O
PROHIBICIÓN INVENCIBLE O BIEN, QUE SE ENCUNETREN CONSTREÑIDOS EN SU
AUTODETERMINACIÓN, QUE LES HAYA IMPEDIDO ADECUAR SU CONDUCTA A OTRA DIVERSA.
POR LO
ANTES DICHO, SE SOLICITA DE SU SEÑORÍA SE SIRVA LIBRAR LA CORRESPONDIENTE ORDEN
DE APREHENSIÓN EN CONTRA DE ***, POR
EL DELITO DE ROBO CON LA MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON
VIOLENCIA, PREVISTO Y SANCIONADO POR LOS ARTÍCULOS 287, 289 FRACCIÓN I, 290
FRACCIÓN I EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6, 7, 8 FRACCIÓN I Y III, Y 11
FRACCIÓN I INCISO C) DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE EN LA ENTIDAD.
HAGO DE
SU CONOCIMIENTO QUE EL INVESTIGADO CUENTA CON LOS SIGUIENTES DATOS DE
IDENTIFICACIÓN:
NOMBRE:
1.- ***: QUIEN TIENE LA SIGUIENTE MEDIA FILIACIÓN: ESTATURA
1.70, COMPLEXIÓN MEDIA, TEZ MORENO CLARA, CABELLO CORTO DE LOS LADOS Y CON COPETE COLOR NEGRO, FRENTE
MEDIA, CEJAS POBLADAS, LABIOS DELGADOS, BOCA GRANDE, CON BARBA ESCASA DE TIPO
CANDADO, OJOS MEDIANOS COLOR CAFÉ
OSCURO, NARIZ MEDIANA Y RECTA DE UNOS TREINTA Y DOS AÑOS DE EDAD; CON DOMICILIO
EN DOMICILIO
CONOCIDO ***, MUNICIPIO DE TLALPUHAUAC, ESTADO DE MICHOACAN.