Solicitud Orden de Aprehensión por el hecho delictivo de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA (Código Nacional de Procedimientos Penales aplicado)

SOLICITUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN.

NUC: TLA/TLA/FHM/100/***/16/11
NIC: TLA/FHM/00/MPI/064/***/16/11

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 20 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 127, 131, 141 fracción III 142, 143 y 145 párrafo primero del Código Nacional de Procedimientos Penales, solicito a su señoría tenga a bien librar ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de *** alias LA MOLE y ***, por el hecho delictivo de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, cometido en agravio de ***; ilícito previsto por el numeral 10, 241 párrafo primero, 245 fracción V inciso d) y sancionado por el artículo  59, 242 fracción II, en relación a los ordinales con los numerales 6, 7, 8 fracciones I y III, y 11 fracción I inciso d) todos del Código Penal vigente en el Estado de México.

Lo anterior en base a las siguientes: 

C O N S I D E R A C I O N E S 

PRIMERA.- Precede la DENUNCIA formulada por ***, por el hecho delictivo de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, registrada en la carpeta de investigación número TLA/TLA/FHM/100/***/16/11, en su agravio.

SEGUNDA.- La presente orden de aprehensión se solicita con fundamento en los artículos 141 fracción III, relacionado con el 153, 155 fracciones XIV, 165, 167 párrafo tercero, del Código Nacional de Procedimientos Penales, toda vez de que el hecho delictuoso de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, tiene señalada pena privativa de libertad y además amerita prisión preventiva oficiosa.

TERCERA.- El hecho delictivo que nos ocupa tiene la siguiente clasificación jurídica: HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, consumado instantáneamente, donde intervino el autor material en forma de acción dolosa ilícito previsto ilícito previsto por el numeral 10, 241 párrafo primero, 245 fracción V inciso d) y sancionado por el artículo  59, 242 fracción II, en relación a los ordinales con los numerales 6, 7, 8 fracciones I y III, y 11 fracción I inciso d) todos del Código Penal vigente en el Estado de México.

CUARTA.- De los antecedentes de la investigación realizada por ésta Representación Social, se desprenden datos suficientes que establecen que se ha cometido un hecho que la ley señala como delito, precisamente el de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA ya mencionado y existe la probabilidad de que *** alias LA MOLE y ***, intervinieron en la comisión del hecho delictivo, además que se satisfacen los supuestos necesarios que motivan la necesidad de cautela.

Existiendo datos de prueba que a consideración de esta Representación Social, resultan idóneos, pertinentes y en su conjunto suficientes para establecer que hace presumir razonadamente la existencia de un hecho que la ley señala como delito y que existe la probabilidad de que los investigados lo cometieran o participaran en su comisión, de acuerdo a la descripción típica que prevé los artículos ilícito previsto por el numeral 10, 241 párrafo primero, 245 fracción V inciso d) y sancionado por el artículo  59, 242 fracción II, en relación a los ordinales con los numerales 6, 7, 8 fracciones I y III, y 11 fracción I inciso d) todos del Código Penal vigente en el Estado de México.


Por lo que hace a la CALIFICATIVA DE VENTAJA, se puede establecer de manera razonadamente posible que existe ventaja, pues el acta de levantamiento de cadáver, la entrevista del oficial primer respondiente y las entrevistas de los testigos de identidad cadavérica, el informe de necropsia, el informe en materia de criminalística de campo, el certificado médico a favor de *** y su propia entrevista, las cuales se concatenan para establecer que la víctima al momento del hecho se encontraba inerme ante su victimario, además que no contaba  con  alguna arma con la cual pudiera repeler el ilícito actuar del activo, tan es así que no realiza  maniobras de lucha defensa o forcejeo al momento de suscitarse el hecho, aunado a que era superado por sus dos victimarios quienes portaban un instrumento punzocortante y un bastón de fierro, con la que logran su objetivo lesionándolo y causar su muerte; evidenciando que el pasivo se encontraba inerme ante sus victimarios, además que no contaba con algún arma con la cual pudiera repeler el ilícito actuar de los activos.

Teoría fáctica consistente:

Que el día 02 de noviembre de 2017 al ser aproximadamente las 02:40 horas, al arribar el hoy occiso *** en compañía del testigo presencial de los hechos *** a bordo de un vehículo de la Marca Chevrolet, Tipo Chevy, Color Blanco, Con Placas De Circulación *** del Estado de México, al domicilio ubicado en AVENIDA *** NUMERO 136, COLONIA ***, MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL, ESTADO DE MÉXICO precisamente al local comercial destinado a tienda denominado “DON CHENCHO”, lugar en el que ya se encontraban los investigados en compañía de un grupo de aproximadamente nueve personas entre hombres y mujeres; siendo ***, quien se acerca al occiso con la finalidad de saludarlo, para después acercarse ***, el cual le empieza a discutir con el occiso para después golpearlo entre los investigados, siendo el testigo presencial de los hechos quien intenta separarlos, pero es agredido por***quien lo golpea con el bastón que portaba; acercándose tres sujetos más del mismo grupo quienes también golpean a *** y *** quien ya se encontraba en el suelo, por lo que al estarse levantando observa como *** saca  de la cintura una navaja, la cual le entierra a *** en dos ocasiones, momento en el que***alias la MOLE dice “HAY QUE HIJO DE TU PINCHE MADRE, MUERETE”, para después *** lesionar en repetidas ocasiones al testigo presencial de los hechos diciéndole “TU TAMBIÉN MUERTE CABRON”, observando como los investigados y los sujetos que los golpearon abordan diversos vehículos para huir del lugar; momento en el que *** *** sube al hoy occiso al vehículo tipo Chevy, para trasladarlo a la Cruz Roja de San Cristóbal municipio de Ecatepec, Estado de México, lugar en donde al llegar le informan que *** ya había fallecido, y *** recibió atención médica y fue trasladado de inmediato al Hospital General de Zona número 68 del Instituto Mexicano del Seguro Social; siendo certificado por el médico legista quien realizó la “CLASIFICACIÓN PROVISIONAL: LESIONES QUE EN SU MOMENTO SI PUSIERON EN PELIGRO LA VIDA, TARDAN EN SANAR MAS DE QUINCE DÍAS, SI HOSPITAL”  
Hecho que se sustenta de manera razonada con los siguientes registros de la investigación:

1. ENTREVISTA DEL PRIMER RESPONDIENTE ***.- Entrevista recabada en fecha 02 de noviembre de 2016, por el elemento de la policía de investigación ***, en el que de manera sustancial refirió: “… Que me presento de manera voluntaria y me identifico con mi credencial laboral expedida por el Gobierno del estado de México marcada con el número de folio IP01280, la cual me acredita como policía de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana, teniendo como antigüedad tres años, teniendo a mi cargo actualmente para el desempeño de mis funciones la unidad número ***, así como el arma de fuego tipo revolver de la marca SMITH & WESSON, CALIBRE 38 ESPECIAL, con número de serie *** con un horario de labores de doce horas de trabajo por veinticuatro de descanso, ahora bien en relación a los hechos que se investigan deseo manifestar que el día de hoy dos de noviembre del año circulando sobre la Avenida Insurgentes a la altura de la Calle Juárez, municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México; me hace señas para detenerme un vehículo de la marca Chevrolet, tipo Chevy Monza, color Blanco, con placas de circulación ***, en el cual venían dos sujetos del sexo masculino, siendo que uno de ellos me indica que los querían asaltar en ***, por lo que venían heridos, así mismo me dicen que los acompañara a la clínica más cercana, trasladándolos a la Cruz Roja ubicada en avenida Insurgentes Colonia San Cristóbal, Municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, por lo que una vez que arribamos al lugar los atienden los paramédicos Marco Mejia y Nadia Ruiz, quien me indican que tenía que trasladar a uno de ellos quien ahora sé que responde al nombre de *** *** *** a la clínica 68, mismo que fue trasladado a bordo de la unida ***, así mismo el sujeto del sexo masculino que venía acompañando a dicha persona responde al nombre de *** *** quien ya no contaba con signos vitales, motivo por el cual proceso acordonar el lugar y pido el apoyo vía radio a mi centro de mando para que avanzara una unidad a la Fiscalía de Homicidios, a efecto de notificar lo sucedido, una vez que arriba el personal de la Fiscalía se procede a levantar el cadáver siendo todo lo que se y me consta, FORMULANDO MI DENUNCIA POR EL HECHO DELICTUOSO DE HOMICIDIO, COMETIDO EN AGRAVIO DE LA VIDA DE UN SUJETO DEL SEXO MASCULINO DE IDENTIDAD DESCONOCIDA Y/O *** ***, Y EN CONTRA DE QUIEN Y QUIENES RESULTE RESPONSABLE, ASÍ MISMO FORMULO MI DENUNCIA POR EL HECHO DELICTUOSO  DE LESIONES Y LO QUE RESULTE COMETIDO EN AGRAVIO DE UN SUJETO DEL SEXO MASCULINO DE IDENTIDAD DESCONOCIDA Y/O *** *** ***  Y EN CONTRA DE QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, por lo que en este acto ratifico en todas y en cada una de las partes del Informe Policial Homologado que elaboro el suscrito por los presentes hechos, así como el acta de Entrega – Recepción del lugar de intervención, dejando los mismos a disposición de la autoridad investigadora a efecto de que sean anexados a la presente Carpeta de Investigación y se continúe con el debido perfeccionamiento legal que ayude al esclarecimiento de los presentes hechos.

2. LEVANTAMIENTO DE CADÁVER. En Ecatepec de Morelos, Estado de México, en fecha Dos de Noviembre del año dos mil dieciséis, siendo las cuatro horas con treinta minutos, el Agente de la Policía Ministerial adscrito al Grupo de Homicidios de Ecatepec de nombre *** *** ***, asistido de peritos en materia de Criminalística de Campo de nombre Jennifer Tovar Arista. Con fundamento en los artículos 127, 132, 212, 215, 271, 272 del Código Nacional de Procedimientos Penales, nos trasladamos al domicilio ubicado en AVENIDA INSURGENTES #83, COLONIA SAN CRISTÓBAL CENTRO, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO.; precisamente al interior del área destinada a estacionamiento perteneciente a las Instalaciones de la CRUZ ROJA MEXICANA EN ECATEPEC, siendo que al constituirnos en dicho lugar se encuentra debidamente resguardado por el elemento de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana del Estado de México, de nombre ***, Elemento de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana del Estado de México, a cargo de la unidad *** siendo el primer respondiente, mismo que me hace entrega del Acta de Entrega-Recepción del Lugar de Intervención así como del Informe Policial Homologado (I.P.H.) Siendo el lugar de intervención, un lugar abierto, contando al momento de nuestra intervención con clima frio y buena luz artificial que proporciona buena visibilidad, apreciando que la AVENIDA INSURGENTES, cuenta con circulación vehicular y peatonal en este tramo de Oriente a Poniente y viceversa, compuesto por cinta asfáltica en regular estado de conservación que mide aproximadamente quince metros de ancho y forma cuatro carriles, corriendo del lado sur en dirección al Oriente y los carriles del lado Norte en dirección al Poniente, con sus respectivas aceras en los costados Norte y Sur que miden aproximadamente un metro con cincuenta centímetros de ancho; siendo del lado Norte donde se localiza un inmueble de dos niveles con su fachada en color crema, siendo el de nuestro interés al tratarse de las Instalaciones de la CRUZ ROJA MEXICANA en el municipio de Ecatepec de Morelos, misma que cuenta del lado Sur con un área destinada a estacionamiento y en la cual se encuentra el vehículo de la marca CHEVROLET, tipo CHEVY MONZA de color blanco, con placas de circulación *** del Estado de México y con número de serie ***, localizando sobre asientos posteriores de dicho vehículo el cuerpo sin vida de un sujeto del sexo masculino de identidad desconocida y/o *** de 36 años de edad, apreciándose al momento de nuestra intervención en posición decúbito ventral con la extremidad cefálica en dirección al Sur y dirigida hacia el piso del vehículo, con ambos miembros superiores semiflexionados por debajo de tórax y con ambos miembros inferiores semiflexionados dirigidos al Norte; presentando los siguientes signos tanatológicos: con los signos de muerte real y reciente, con temperatura corporal inferior a la del medio ambiente; por lo que se procede a realizar una minuciosa búsqueda de indicios de índole criminalístico en dicho lugar, localizando lo siguiente: Marcado como INDICIO 1 manchas hemáticas de proyección, apoyo y embarradura sobre toldo y puertas laterales traseras del vehículo y golpes en la parte superior derecha de parabrisas, mismos que causaron daño estrellando el mismo; marcado como INDICIO 2 una navaja de 24 cms. de longitud con una hoja metálica de un filo con terminación en punta con la leyenda GOOD WILL y una empuñadura de metal de color negro localizado sobre piso de conductor de vehículo y marcado como INDICIO 3 un teléfono celular de color negro de la marca MOTOROLA, una carátula para autoestéreo de la marca SONY y un llavero con tres memorias USB, localizados sobre asiento de copiloto del vehículo en mención. Por lo que al no haber más elementos que recabar en el lugar de investigación, enseguida se ordena el levantamiento de cadáver al perito en materia de Criminalística de Campo de nombre ***y su inmediato traslado e ingreso al Servicio Médico Forense de esta ciudad en Ecatepec de Morelos, Estado de México; asimismo se hace constar que al momento de desahogar la presente diligencia, se hace de nuestro conocimiento por el Primer Respondiente, que derivado de los presentes hechos resulto lesionado un sujeto del sexo masculino identificado como *** *** *** el cual fue trasladado por una ambulancia de la Cruz Roja Mexicana con número económico ***al Hospital General de Zona número 68 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mismo que presenta lesiones producidas por objeto punzo-cortante en abdomen. Siendo todo lo que se aprecia en el lugar; Con lo que se da por terminada la presente diligencia.

3. DICTAMEN EN MATERIA DE CRIMINALÍSTICA DE CAMPO, de fecha 02 de noviembre de 2016, suscrito y firmado por la perito criminalística ***quien concluye lo siguiente: PRIMERA: Por lo observado e interpretado en el lugar se establece que este NO corresponde al lugar donde se suscitaron los presentes hechos así como SI se determina que este no preservo en su forma original a nuestra intervención criminalística SEGUNDA: Por lo observado en el lugar se establece que la posición que presento el cadáver Si corresponde a la última y original al ocurrirle su deceso. TERCERA: Tomando en cuenta el tipo y características de la lesión que presento el cadáver y señalada con el numeral 1 estamos en un alto grado de probabilidad que para dicho fin su víctima o victimarios utilizaron instrumento punzo cortante provisto de un filo (cuchillo, navaja, cuter, etc.). CUARTA: En base a la ausencia de desgarros, desabotonaduras sobre las prendas que vestía el ahora occisos establece que ahora occiso NO realizo ni fue objeto de maniobras de lucha y/o forcejeo momentos antes de su deceso. QUINTA: Tomando en cuenta el tipo y características de las lesiones que presento el cadáver y señalada con el numeral 3 estamos en un alto grado de probabilidad de determinar que el ahora occiso fue objeto de maniobras de defensa. 
4. DICTAMEN DE NECROPSIA, de fecha 02 de noviembre de 2016, suscrita y firmada por el C. Perito Médico Legista Forense Dr. *** en donde describe las siguientes lesiones al exterior: Siendo dos heridas por instrumento punzocortante siendo las siguientes: LA PRIMERA localizada en región pectoral derecha con bordes nítidos y béticas agudos superoexterno Inferointerno que mide 2.5 por un centímetro penetrante de cavidad situado a 4 centímetros por fuera de la línea media anterior y a 135 centímetros sobre el plano de sustentación; LA SEGUNDA localizada en región lumbar paravertebral derecha con bordes nítidos y béticas agudos superoexterno inferointerno que mide 2 por 1 centímetros penetrante de cavidad situada 2 centímetros por fuera de la línea media posterior y a 97 centímetros sobre el plano de sustentación; concluyendo que la causa de muerte fue la siguiente: 1.- La causa de muerte de quien se llamó JOSÉ de *** *** de 36 años de edad, falleció por PERFORACIÓN DE ARTERIA AORTA, lesión producida por o a consecuencia de (agente o mecanismo productor) producida por LESIÓN POR INSTRUMENTO PUNZOCORTANTE, PENETRANTE DE TÓRAX, LO QUE SE CLASIFICA DE MORTAL; 2.- Se estima una ventana de muerte de 4 a 6 horas antes de mi intervención.
5. ENTREVISTA TESTIGO DE IDENTIDAD DE NOMBRE ***, En Ecatepec de Morelos, Estado de México siendo las diez horas con treinta minutos del día dos de noviembre del año dos mil dieciséis se encuentra presente en estas oficinas de Representación Social quien dijo responder al nombre de *** quien en este momento se identifica con licencia de conducir expedida por la Secretaria de Movilidad de la Ciudad de México con número de folio ***, la cual cuenta con fotografía a color, que coincide con los rasgos físicos de quien la presenta, dejando copias simples previo cotejo con su original, así mismo una vez que se me hizo del conocimiento de mis derechos no es mi deseo ser asistido por un asesor jurídico persona que manifiesta: Que una vez que tuve a la vista al interior del Anfiteatro anexo al Centro de Atención Ciudadana de Ecatepec de Morelos, Estado de México, sobre una plancha anatómica el cuerpo son vida de una persona del sexo masculino a quien reconozco plenamente sin temor a equivocarme como el de mi HERMANO quien en vida respondiera al nombre de ***, a quien reconozco sin temor a equivocarme, mi hermano contaba con la edad de 36 años de edad, ya que nació el dia veintiuno de agosto del mil novecientos ochenta, era de nacionalidad Mexicana, originario del Distrito Federal, era hijo de mi señora madre de nombre *** y de mi padre de nombre ***, ocupando el quinto lugar de cinco hermanos siendo *** (HOY OCCISO) todos de apellidos ***, mismo que acredito con su acta de nacimiento expedida a favor del mismo, expedida en fecha diecisiete de octubre de mil novecientos ochenta, bajo el numero *** juzgado 24, foja 13852, suscrita y firmada por el LICENCIADO ***mi hermano teniendo como último domicilio en CALLE ***, NÚMERO EXTERIOR 56, COLONIA ***, MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL, ESTADO DE MÉXICO, con grado de estudios Secundaria, mi hermano se dedicaba  como persona de confianza del CLUB 51, ubicado en TORRE MÉXICO, mi hermano SI ingería bebidas alcohólicas, NO era afecto a las drogas, NO era afecto al tabaco comercial, NO tenía antecedentes penales, NO padecía ninguna enfermedad, NO tenia seguro de vida que yo sepa, NO tenia cuentas bancarias, NO tenía deudas importantes, NO tenía problemas legales, SI contaba con teléfono celular siendo el número *** de la compañía NEXTEL, SI tenía cuenta de Facebook,8+ el cual aparece como *** IZQUIERDO, actualmente mi hermano sostenía una relación sentimental en concubinato desde hace cuatro años aproximadamente con *** MENDOZA ***, relación de la cual procreo dos hijos menores de edad de iniciales reservadas X.I.M de tres años de edad y F.I.M de un año de edad, por otro lado en relación a la forma en que perdiera la vida mi hermano la desconozco por no ser testigo presencial de los hechos, siendo el caso que recibí una llamada telefónica de mi hermana de nombre ***, aproximadamente a las cuatro de la mañana del dia de hoy dos de noviembre del presente año, el cual me dice que mi hermano *** lo habían asaltado y que lo habían picado, pero que al parecer ya había perdido la vida, preguntándole que en donde se encontraba y me dijo que en la Cruz Roja de San Cristóbal por lo que de inmediato me traslade a la Cruz Roja, tardándome aproximadamente veinte minutos por lo que al llegar, observo que se encuentra el carro de mi hermano atravesado quedando enfrente de la Cruz Roja, siendo un vehículo de la marca CHEVROLET, tipo CHEVY color BLANCO, con placas de circulación *** del Estado de México, de igual forma observo que se encontraba resguardada la zona, acercándome a ver qué es lo que estaba pasando me dice uno de los oficiales que no podía pasar, refiriéndole que la persona que se encontraba dentro del vehículo era mi hermano; solicitándole me dejara acercar, al acércame observo que efectivamente la persona que se encontraba al interior del vehículo era mi hermano, pero ya no se movía únicamente estaba recostado en la parte trasera del  vehículo, haciendo de mi conocimiento los oficiales que se encontraban en ese momento, que teníamos que esperar al personal de actuaciones para el levantamiento del cuerpo de mi hermano por lo que en este acto formulo mi denuncia por el hecho delictuoso de HOMICIDIO cometido en agravio de mi HERMANO quien en vida respondiera al nombre de ***, en contra de quienes resulten responsables, solicitando a esta autoridad me sea devuelto el cuerpo de mi HERMANO para darle sepultura,  de igual forma manifiesto que hago la entrega de las llaves del vehículo de mi hermano siendo un carro de la marca CHEVROLET, tipo CHEVY MONZA; color BLANCO con placas de circulación *** del Estado de México, Siendo todo lo que deseo manifestar y una vez que leída la presente entrevista la ratifico en todas partes firmando al margen y al calce.

6. ENTREVISTA TESTIGO DE IDENTIDAD DE NOMBRE *** MENDOZA ***, En Ecatepec de Morelos, Estado de México siendo las once horas con treinta minutos del día dos de noviembre del año dos mil dieciséis se encuentra presente en estas oficinas de Representación Social quien dijo responder al nombre de *** MENDOZA *** quien en este momento se identifica con credencial de elector, expedida por el Instituto Federal Electoral, mismo que en este acto solicito me sea devuelta por así convenir mis intereses, dejando copia simples para que se agreguen a la presente carpeta de investigación. Por lo que en este acto manifiesto que el dia de hoy me traslade al Anfiteatro Anexo al Centro de Atención Ciudadana de Ecatepec de Morelos, Estado de México, y al tener a la vista sobre una de las planchas anatómicas el cadáver del sexo masculino marcado con el número uno, relacionado con la presente carpeta, lo reconozco plena y legalmente y sin temor a equivocarme como el de mi concubino quien en vida respondiera al nombre de ***, quien tenía la edad de 36 años de edad, ya que nació el 21 de agosto del mil novecientos ochenta, era de nacionalidad Mexicana, originario del Distrito Federal, con quien procree a dos hijos quienes actualmente tienen la edad del mayor 3 años ocho meses así como ocho meses, quienes responden a las iniciales X.I.M y F.I.M y con ultimo domicilio en CALLE ***, NÚMERO EXTERIOR 56, COLONIA ***, MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL, ESTADO DE MÉXICO, ya que vivía en ese domicilio con su mama de nombre *** *** VÁZQUEZ, así como su esposo *** IZQUIERDO ESTRADA, ocupaba el quinto lugar de cinco hermanos siendo ***, ***, ***, ***, *** (HOY OCCISO) todos de apellidos ***, mi concubino tenía escolaridad de carrera técnica en electrónica, de ocupación chofer en una empresa CLUB DE NEGOCIOS piso 51 en torre mayor sobre Reforma en la Ciudad de México, SI ingería bebidas alcohólicas, SI era afecto al tabaco comercial, NO ingería drogas, con religión católica, no se encontraba enfermo, SI tenía celular ***, sé que tenía seguro de vida en su trabajo, tenían cuenta de nómina y crédito en el banco Banorte., tenía bienes inmuebles tales como un vehículo de la marca Chevrolet, tipo chevy color blanco, tenía algunas deudas en la tienda departamental COOPEL, no tenía problema legal con nadie, era una persona tranquila y por lo que respecta a los hechos donde perdiera la vida mi concubino me entere de la siguiente manera el día de hoy aproximadamente a la una hora con treinta minutos, nos encontrábamos en mi domicilio en Lonas de Coacalco, unidad maple en el tercer piso ya que habíamos llegado de pedir calaverita mis dos hijos, todo estuvo norma solo sé que él ya estaba tomando ya que en el trascurso de la noche se tomó un aproximado   de ocho latas de cerveza y pues cuando llegamos a mi  casa fue que estuvimos platicando un poco, pero comenzó a llorar mi mejor hijo de iniciales F.I.M fue como mi concubino me dijo que lo fuera a acostar por lo que de inmediato y como ya estaba muy cansada fue que me quede dormida en el cuarto de mis hijos, pensando que mi concubino también aria lo mismo por lo que siendo un aproximado de las tres y media de la mañana comenzó a sonar mi celular y al contestar era mi mama de nombre *** ***  RAMOS, quien al comenzar hablar se escuchaba con un tono preocupada y fue que me pregunto cómo estamos por lo que le dije que estábamos bien pero ella muy insistente volvió a preguntarme por mi concubino y fue que le dije que me dejara buscarlo, por lo que de inmediato lo busque en la sala, en nuestro cuarto, también baje a buscarlo en la cochera y fue que no vi el chevy, por lo que al subir, fue que revise en la cocina y al abrir el refrigerador ya no estaba la botella de tequila así como tampoco estaba el refresco, por lo que pensé de inmediato que salió para seguir tomando, fue como le dije a mi mama que no estaba que solo mis hijos y yo estábamos en la casa que habíamos llegado bien pero mi concubino se salió sin saber con qué rumbo ni con que personas, le colgué a mi mama y de inmediato le marca  a la casa de mi suegra pero nadie contesto, después le marque al celular de mi cuñada *** quien al contestarme me dijo estate tranquilla porque *** fue asaltado y lo picaron, iba con su amigo ***, quien también lo picaron ya nos dijeron que *** está muy grave por lo que no nos dan esperanzas, fue como le pregunte y entonces que fue lo que paso, al tiempo que me dijo que según *** estaban en el kiosco el cual se encuentra en *** residencial Coacalco de Berriozábal, y fue ahí donde los pretendieron robar, fue lo único que me dijo, por lo que una vez que me entere de esto le colgué y de nuevo marque a mi mama quien me dijo que todo iba estar bien, que me tranquilizara sin que me dijera nada más y fue como aproximadamente las cinco de la mañana fue que llego mi mama a mi domicilio u me dijo que mi concubino ya había fallecido la escuchar esto no lo podía creer fue que también llego mi cuñada BLANCA *** ***, esposa de mi cuñado *** quien confirmo que mi concubino había fallecido, siendo esta la forma que me entere que perdiera la vida , pero sin que me conste los hechos, por lo que en este acto hago la denuncia por el delito de HOMICIDIO COMETIDO EN AGRAVIO de mi concubino quien en vida respondiera al nombre de *** y EN CONTRA DE QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, solicitando a esta autoridad en caso de no haber inconveniente legal alguno me sea entregado su cuerpo para darle su cristiana sepultura, así mismo quiero manifestar que todavía no sabemos en qué panteón le vamos a dar sepultar pero en cuanto lo sepa me comprometo a comparecer ante esta Representación Social  a efecto de proporcionarlo. Siendo todo lo que deseo manifestar y una vez que leída la presente entrevista la ratifico en todas partes firmando al margen y al calce para su constancia legal. 

7. NOTIFICACIÓN MEDICO LEGAL expedida por la CLÍNICA NO 68 del IMSS, en fecha 02 de noviembre de 2016, suscrita y firmada por la Dr. ***, en donde notifica el ingreso al área de urgencias de un sujeto del sexo masculino de 31 años de edad quien responde al nombre de *** quien menciona que al ser aproximadamente las 02:00 horas al encontrarse sobre la vía pública es agredido por terceras personas recibiendo heridas por arma blanca a nivel abdominal en región paraumbilical izquierda y flanco izquierdo con hematoma en la misma región, golpes contusos en cara con blefaroedema izquierdo.

8. DICTAMEN EN MATERIA DE QUÍMICA FORENSE de fecha 03 de noviembre de 2016 suscrito y firmado por el Q.F.B NORMA CANO LEAL quien concluye lo siguiente: ÚNICA: NO SE determino la presencia de fosfatasa acida prostática de proteína p30 ni de células espermáticas en tres hisopos con muestra de exudado balano prepucial y tres hisopos con muestra de exudado anal identificados como pertenecientes al occiso ***.

9. CERTIFICADO MEDICO (ESTADO PSICOFÍSICO Y DE LESIONES) de fecha 04 de noviembre de 2016 suscrito y firmado por el C. Perito Médico Legista Forense Dr. *** en donde establece lo siguiente: Que el C. *** *** GUERREO se encuentra consiente en tiempo, en lugar y persona, aliento no característico, discurso coherente y congruente palabra articulada, a reflejos y coordinación normales, marcha rectilínea, romberg negativo, edema y equimosis violácea bipalpebral y maxilar izquierdos, en un área de 7 x 6 centímetros, así como de frontal, orbital malar y maxilar derecho en un área de 7 x 8 centímetros, hemorragia subconjuntiuval izquierda, férula de miocroporo en pirámide nasal, equimosis violácea en cara anterior tercio medio de antebrazos de 3 x 2 centímetros para el derecho y 5 x 3 centímetros para el izquierdo, excoriaciones irregulares en región lumbar izquierda de 6 x 4 centímetros con vendaje de abdomen, nota medica de clínica 68 del IMSS de fecha de hora que se reporta fecha de ingreso 2/11/16 fecha de egreso 04/11-/16, diagnostico de ingreso: herida penetrante de abdomen por arma blanca poli contundida diagnóstico de egreso heridas de abdomen por arma blanca poli contundida cirugía realizada laparotomía exploradora/ cierre de heridas, en la misma refiere; herida por arma blanca a nivel de abdomen en región para umbilical lado izquierdo de aproximadamente 3 centímetros de bordes bien definidos, herida de borde definidos, herida a nivel de flanco izquierdo de aproximadamente 6 centímetros con hematoma a este nivel, se realiza laparotomía exploradora en la cual no se encuentra lesión  a órganos internos así como cierre de heridas, el día 4 de noviembre de 2016 se realiza interconsulta a Otorrinolaringología. CLASIFICACIÓN PROVISIONAL: NO EBRIO, LESIONES QUE NO PONEN EN PELIGRO LA VIDA Y TARDAN EN SANAR MAS DE 15 DÍAS SI AMERITA HOSPITAL.

10. ENTREVISTA DE ***.- Entrevista recabada en fecha 04 de noviembre de 2017, quien manifestó: “…Que siendo el día dos del mes de noviembre del año dos mil dieciséis, siendo aproximadamente las dos de la mañana  me encontraba con mi familia en mi domicilio ubicado en calle ***, número 32, fraccionamiento ***, municipio de Coacalco, estado de México, cuando recibo un mensaje de WhatsApp a mi teléfono, siendo mi número 55**, de mi compañero de trabajo de nombre ***, a quien tenía  de conocer desde hace aproximadamente  año y medio, ya que trabajamos en la empresa denominada CLUB PISO 51,  el cual es un club privado de industriales; mismo que se encuentra ubicado en reforma 505, piso 51, de la colonia Cuauhtémoc, delegación Cuauhtémoc, ciudad de México, siendo mi jefe directo su señor padre de nombre  *** IZQUIERDO ESTRADA,  motivo por el cual hice amistad con el hoy occiso; así las cosas, *** me dice que si yo me encontraba en mi casa, respondiéndole que sí, me dijo que si podía salir y yo le dije que si e incluso yo le pregunte si le andaba echando, haciendo referencia que si andaba consumiendo bebidas embriagantes y el me contesto que sí, terminando la conversación a las dos horas con dieciocho minutos, llegando a mi casa a los veinte minutos aproximadamente de que dejamos de mandarnos mensajes, en un vehículo tipo Chevy Monza color blanco, por lo que al escuchar que llega bajo de mi recamara donde me encontraba con mis hijos, acercándome al Chevy del cual descendió con una botella de tequila y refresco de manzana y comenzamos a platicar cosas de trabajo, cuando el me invita a beber, diciéndole que a  mí no me gusta el tequila y menos con refresco de manzana, por lo que él me dice pues te invito a tomar otra cosa, por lo que le dije que estaba bien que tomara unas cervezas pero en ese momento no traía y nos trasladamos a bordo de su vehículo de *** a la tienda denominada “DON CHENCHO”, ubicada en la  AVENIDA *** NUMERO 136, COLONIA ***, MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL, ESTADO DE MÉXICO, como referencia se encuentra a lado de una tortillería y en contra esquina la iglesia, al momento que descendemos del vehículo para comprar  unas cervezas, observo que a las afueras de la tienda se encontraban un grupo de aproximadamente  nueve  personas entre hombres y mujeres, instante  en el que se  acerca a quien solo conozco con el nombre de***alias “LA MOLE”, y saluda a *** eufóricamente y a mí solo me saluda de lejos, yo me dirigí a comprar y escucho que  *** le dice a ***alias “LA MOLE” NO MAMES HIJO DE TU PINCHE MADRE PENSÉ QUE NO ME IBAS A CONOCER,   fue justo en ese momento que  del grupo de sujetos se acerca  a quien conocíamos *** Y YO  con el nombre de ***,  el cual le empieza a  decir a OCTAVI “POR  QUE LE MIENTAS LA MADRE A***, HIJO DE TU PUTA MADRE”, contestando *** CÁLMATE  ***A***LO CONOZCO DE TODA LA VIDA ES MI CARNAL, pero para esto*** alias  LA MOLE comienza a enojarse y a ofendernos, yo trato de  intervenir para calmar las cosas pero *** me dice   TU CÁLLATE PINCHE GORDO, HIJO DE TU PINCHE MADRE,  y entre***Y  ***, comienzan a golpear a  mi amigo ***, trato de quitárselos de encima para ayudar a mi amigo ***, pero***alias “LA MOLE” con el bastón de metal que  traía  me da un golpe en la nariz  y en la cabeza,  lo que  hace que  me  maree,  acercándose tres sujetos más  del mismo grupo  y nos comienzan a golpear a *** Y A MI, jalo a mi  amigo  para meterlo a la vinatería;  pero el sujeto que la estaba  atendiendo  dicho negocio, junto con un sujeto de edad avanzada, nos dijeron que ahí no, nos  metiéramos  y  nos sacan a *** y a mí aventándonos  y  de forma inmediata bajan la cortina del local.  No omito hacer mención que antes de que empezaran a golpearnos, tanto el chavo de la vinatería como  el  señor de edad avanzada estaban platicando con el grupo de  nueve  personas   entre ellos  *** Y ***ya estand  afuera de la vinatería ***,*** alias “LA MOLE” y otros sujetos siguen golpeándonos, sintiendo golpes por todos lados  no podía respirar bien, lo que hago  es  hacerme  conchita, y en un movimiento  que hago para  tratar de levantarme, levanto la cara, viendo como *** saca  de la cintura una navaja,  la cual le entierra  a mi amigo ***, escuchando a mi amigo ***  que grita ¡¡¡HAY!!!, respondiendo*** alias  la MOLE “HAY QUE HIJO DE TU PINCHE MADRE, MUERETE”, instante en el que logro levantarme para ayudarle a ***, diciéndole a  ***,  NO MAMES CABRON YA LO PICASTE, e incluso me acerco  para ver cómo estaba ***, pero *** le saca  de la espalda  baja,  la navaja que le entierra a *** y trata de picarme a mí  yo  como pude le sostengo en la mano,  y trato de alejarlo para  evitar que me lesionara, pero como ya estaba muy golpeado, y no podía respirar  bien,   siento  como  *** me pica  a un lado  de las costillas de lado izquierdo y posteriormente siendo más piquetes en el abdomen, diciéndome TU TAMBIÉN MUERTE CABRON yo en ese momento  me desvanezco  y todos los que  nos estuvieron golpeando se echan a correr, pero   no sin antes que***ALIAS LA MOLE golpea  el parabrisas del vehículo de ***, una vez 3que se fueron yo me acerco  como pude  hacia ***, y él me dice HERMANO NO ME DEJES AQUÍ, YO LE DIJE QUE NO, QUE COMO CREÍA, QUE ES MI HERMANO, quiero hacer mención que dichos sujetos al momento de huir se suben a un vehículo de la marca Volkswagen, tipo   BEETLE color rojo, de modelo reciente, una camioneta cerrada  color gris, así como una motocicleta 125, tipo abonero de la cual no me percato de las características, yo como pude conduje hasta la cruz roja que se encuentra en san Cristóbal municipio de Ecatepec, estado de México y en el camino hablaba con ***, para que resistiera pero ya respiraba con dificultad, al llegar a la cruz roja me dicen que *** ya había fallecido, asimismo por lo que respecta a la media filiación de *** alias LA MOLE es la siguiente: es de una edad de unos veinticinco a treinta año, complexión robusta, estatura de un metro ochenta aproximadamente, tez.- blanca,  cabello:  lacio, corto negro, frente amplia, cejas semipobladas, nariz recta base ancha, boca mediana, labios medianos,  como seña particular traía una férula  en uno de sus  pies y  portaba bastón de fierro,  por lo que respecta  a la media filiación de *** es la siguiente: es de una edad  de unos veinticinco a treinta año, complexión robusta, estatura de un metro setenta aproximadamente, tez.- morena clara, cabello: rapado, frente media, cejas pobladas, nariz recta base  media, boca mediana, labios medianos,  como seña particular barba  en candado  y tatuajes  en sus brazos;  sujetos  de los cuales conozco aproximadamente  un año,  por medio de  ***  ya que eran amigos de *** e incluso  en ocasiones cuando llegamos a convivir ***  Y YO  en  algunas ocasiones, dichos  saludaban a  ***,  y mi cuate  me  dijo sus nombres y a que se dedicaban entre esos detalles que  ***trabajaba cobrando  a los tianguistas  por colocar sus puestos, incluso ***  me  dijo que ***vivía en gorriones, y***en líbanos de la colonia  parque  residencial Coacalco, domicilios de los cuales se llegar pero no recuerdo los número,  e  incluso  los llegue a ver  en varios ocasiones en las afueras de la tienda donde nos golpearon.  Por lo que en este acto   realizo mi denuncia  por el delito de HOMICIDIO cometido en agravio de mi amigo *** *** Y en contra de ***alias LA MOLE  y  ***, así como el delito de HOMICIDIO  EN GRADO DE  TENTATIVA  en mi agravio  y en contra de ***alias LA MOLE  y  ***.  Siendo todo lo que se y me consta por lo que previa lectura de mi dicho la ratifico firmando al margen y al calce para su debida constancia legal.

11.  DICTAMEN EN MATERIA DE DACTILOSCOPIA de fecha 04 de noviembre de 2016, suscrita y firmada por el perito en identificación Dactiloscópica *** *** ***, donde concluye lo siguiente: ÚNICA.- después de la utilización de la técnica idónea y el reactivo físico revelador denominado “CARBONATO DE PLOMO” brocha de pluma de marabou para la aplicación del reactivo antes mencionado sobre la navaja de veinticinco centímetros de longitud, que consta de una hoja metálica de un filo con  terminación en punta de once centímetros de longitud, con la leyenda “GOOD WILL” y una empuñadura de metal de color negro de trece centímetros de longitud se localizó un fragmento dactilar, el cual al ser analizado se comprobó que NO ES ÚTIL por lo que no es levantado ni embalado
                   
12. AVANCE DE INVESTIGACIÓN. De fecha siete de noviembre de dos mil dieciséis, el cual se encuentra suscrito y firmado por el policía de investigación *** *** ***, en el que de manera sustancial refirió: “una vez que fuera recabada la entrevista del ***, y que por voz del testigo presencial fuera proporcionado el lugar en donde ocurrieran los hechos, es que nos trasladamos al local comercial que cuenta en su parte superior con un letrero con la leyenda “TECATE DON CHENCHO”, y de acuerdo a los medios electrónicos y la investigación de campo realizada en el lugar con locatarios, se logró establecer que el domicilio completo y correcto lo es él ubicado en AVENIDA D*** NÚMERO 136, COLONIA ***, MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL, ESTADO DE MÉXICO; por lo que anexo al presente inspección ocular del lugar señalado como el de los hechos.
  
13. ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR DEL LUGAR DE INTERVENCIÓN En Ecatepec de Morelos, Estado de México, siendo las trece horas con veinte minutos del día siete de noviembre de dos mil dieciséis, el agente de la Policía de Investigación adscrito al grupo de Homicidio del Valle de México con sede en Ecatepec de Morelos, de nombre *** *** ***, se constituyó plena y legalmente al domicilio ubicado en AVENIDA D*** NÚMERO 136, COLONIA ***, MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL, ESTADO DE MÉXICO, donde se tiene a la vista una calle asfaltada de aproximadamente dieciséis metros de ancho, misma que cuenta con doble circulación vehicular y peatonal, dividida por un camellón central con circulación de norte a sur y viceversa, con banquetas en sus extremos de aproximadamente un metro con cincuenta centímetros de ancho, encontrándose el inmueble marcado con el número 136, el cual se  encuentra de lado oriente con su frente dirigido al poniente, el cual mide aproximadamente cuatro metros de ancho, y que consta de una planta baja de construcción, con su fachada de color blanco con rojo, así como un anuncio comercial en su parte superior con la leyenda “TECATE DON CHENCHO”, el cual cuenta con dos entradas siendo la primera en una puerta de acceso peatonal de color blanco que mide aproximadamente un metro con veinte centímetros de ancho por dos metros y medio de largo, y la segunda es una cortina de metal abatible de color blanco que mide aproximadamente dos metros con cincuenta centímetros de ancho por tres centímetros de alto, mismo que al momento de nuestra intervención se encontraba cerrado; por lo que se realiza un recorrido en el lugar en búsqueda de algún indicio, haciendo notar que el lugar se aprecia lavado, por lo que al no habiendo más datos que recabar se da por terminada la presente diligencia.

14. AVANCE DE INVESTIGACIÓN. De fecha 16 de diciembre de 2016, suscrito y firmado por el elemento de policía de investigación *** *** ***, en el que de manera sustancial refirió: “Que al realizar las investigaciones de campo en relación al homicidio del hoy occiso *** ***, es que nos dimos a la tarea de constituirnos en el domicilio de del testigo presencial de los hechos ***, ubicado en CALLE ***, NUMERO 56, DEPARTAMENTO 2, COLONIA *** DE BERRIOZÁBAL, MUNICIPIO DE COACALCO  ESTADO DE MÉXICO; lugar en donde nos entrevistamos con una persona del sexo femenino quien no quiso proporcionar su nombre, pero refirió que a la persona que buscábamos no se encontraba en el domicilio por encontrarse recuperando de las lesiones que le fueran propiciadas en otro domicilio y que no estaba autorizada para proporcionar sus datos de localización; por lo que nos fue imposible hablar con el testigo para poder obtener mayores datos que apoyen a la investigación.

15. AVANCE DE INVESTIGACIÓN. De fecha treinta de enero de dos mil diecisiete, suscrito y firmado por el elemento de policía de investigación *** *** ***, en el que de manera sustancial refirió: “Que al realizar las investigaciones de campo en relación al homicidio del hoy occiso *** ***, nos entrevistamos con el testigo presencial de los hechos ***, en el domicilio ubicado en CALLE ***, NUMERO 56, DEPARTAMENTO 2, COLONIA *** DE BERRIOZÁBAL, MUNICIPIO DE COACALCO  ESTADO DE MÉXICO; quien  nos refirió que en relación a los sujetos que los agredieron a quienes conoce como***alias LA MOLE y ***, sabe que son vecinos de la colonia ***, y que como refirió en su entrevista solo sabía llegar a dichos domicilios ya que no recordaba los números exactos, e incluso los llegue a ver en varios ocasiones en las afueras de la tienda donde nos golpearon; por lo que le solicitamos nos acompañara a realizar un recorrido para poder realizar la ubicación del domicilios de dichas personas; por lo que nos constituimos en el domicilio ubicado en CALLE ***NÚMERO 129, COLONIA ***, ESTADO DE MÉXICO, en que por voz del testigo corresponde al domicilio en el que sabe que vive ***; así mismo nos trasladamos al domicilio que de acuerdo al testigo refirió ser al de***ALIAS “LA MOLE”, señalándonos una casa color naranjada con una reja de color blanco en líneas horizontales la cual corresponde al domicilio ubicado en CALLE ***MANZANA 30 LOTE 1, CASA 6-B, EN LA COLONIA ***, ESTADO DE MÉXICO; siendo así que se logra establecer los domicilios completos y correctos de los investigados son los siguientes: de ***, lo es el ubicado en CALLE ***NÚMERO 129, COLONIA ***, ESTADO DE MÉXICO y de***alias “LA MOLE” lo es el ubicado en CALLE ***MANZANA 30 LOTE 1, CASA 6-B, EN LA COLONIA ***, ESTADO DE MÉXICO; lo que se informa para los fines legales a los que haya lugar.

16. AVANCE DE INVESTIGACIÓN. De fecha seis de marzo de dos mil diecisiete, suscrito y firmado por el elemento de policía de investigación *** *** ***, en el que de manera sustancial refirió: “Que al realizar las investigaciones de campo en relación al homicidio del hoy occiso *** ***, y en relación a los datos proporcionados por el testigo presencial de los hechos, es que nos constituimos en diferentes días y horas en el domicilio de***ALIAS “LA MOLE”, ubicado en CALLE ***MANZANA 30 LOTE 1, CASA 6-B, EN LA COLONIA ***, ESTADO DE MÉXICO; en donde nos dimos a la tarea de preguntar entre locatarios y vecinos con quienes una vez que nos identificamos como elementos de la policía de investigación, no quisieron proporcionar sus nombres, pero fueron coincidentes en referir que las personas que habitaban dicho domicilio, era un muchacho que al parecer estaba discapacitado por utilizar una andadera o un bastón de apodo “LA MOLE”, así como al parecer su madre y con su hermana; lo que se informa para los efectos legales a los que haya lugar.
17. NUEVA ENTREVISTA DE ***.- En Ecatepec de Morelos, en fecha veintiocho de marzo del año dos mil diecisiete siendo las doce horas con diez minutos; se presenta al interior de estas oficinas de representación social quien dijo responder al nombre de ***, quien es de generales ya conocidos en el presente asunto, y que en relación a los hechos que se investigan es su deseo manifestar: Que me presento de manera voluntaria al interior de estas oficinas de representación social, y que el motivo de mi nueva comparecencia lo es con la finalidad de referir que con el paso del tiempo y debido a que soy vecino de la Colonia ***, es que al platicar con algunos conocidos de la colonia me pudieron proporcionar el nombre completo de quien en mi primer entrevista mencione como***alias “LA MOLE”, quien responde a la siguiente media filiación es la siguiente: es de una edad de unos veinticinco a treinta año, complexión robusta, estatura de un metro ochenta aproximadamente, tez blanca,  cabello:  lacio, corto negro, frente amplia, cejas semipobladas, nariz recta base ancha, boca mediana, labios medianos, mismo que vive en el domicilio ubicado en CALLE ***MANZANA 30 LOTE 1, CASA 6-B, EN LA COLONIA ***, ESTADO DE MÉXICO, y quien ahora se responde al nombre completo y correcto de******; así mismo en este acto presento una hoja tamaño carta impresa por una sola de sus caras y que cuenta con dos fotografías, la del lado izquierdo corresponde a quien responde al nombre de *** el cual responde a la siguiente media filiación de una edad de unos veinticinco a treinta años, complexión robusta, estatura de un metro setenta aproximadamente, tez morena clara, cabello rapado, frente media, cejas pobladas, nariz recta base media, boca mediana, labios medianos, por lo regular usa barba de candado y tiene tatuajes en sus brazos; quien puede ser localizado en el domicilio ubicado en CALLE ***NÚMERO 129, COLONIA ***, ESTADO DE MÉXICO; así también aparece en la impresión del lado derecho****** alias “LA MOLE”; personas de las que no tengo duda de su identidad ya que como he referido conocí desde hace aproximadamente un año, por medio de mi amigo *** hoy occiso, ya que eran sus amigos; siendo todo lo que deseo manifestar firmando al margen y al calce para debida constancia legal.
18. COPIA CERTIFICADA DE EXPEDIENTE MEDICO a favor de ***, consistente en 52 fojas útiles, expedido por el DR. ***, Director del Hospital General de Zona número 68.
19. CERTIFICADO MÉDICO a favor de ***, de fecha 16 de mayo de 2017, suscrito y firmado por la Doctora *** en el que informo: “Consciente y orientado en sus tres esferas neurológicas, con discurso coherente y congruente, cooperador al interrogatorio y a la exploración física; ANTECEDENTES: Refiere sufrir agresión física el día 02 de noviembre de 2016, presenta notas médicas del expediente clínico del IMSS, Hospital General de Zona 68 Tulpetlac: 1. Triage y nota inicial del servicio de urgencias de fecha 02 de noviembre de 2016 con IDX Herida penetrante de abdomen/choque hipovolémico grado I/Descartar lesión visceral, firmado por la DRA. R. ***. 2. Nota de ingreso, de fecha 02/11/2016, que refiere “…Presencia de gram panículo adiposo, abdomen globoso a expensas de panículo adiposo con heridas en región para umbilical izquierda de tres centímetros de bordes sangrantes, perístasis no audible…” firmado por la doctora Aguilar. 3. Nota de evolución matutina de fecha 03/11/2016 con diagnóstico: Heridas penetrantes de abdomen por arma/policontundido. Posoperatorio de laparotomía exploradora/cierre de heridas. Firmado por DR. CORTES, MIP MENDOZA. Lesiones que el médico legista concluyo: “CLASIFICACIÓN PROVISIONAL: LESIONES QUE EN SU MOMENTO SI PUSIERON EN PELIGRO LA VIDA, TARDAN EN SANAR MAS DE QUINCE DÍAS, SI HOSPITAL”   
Indicios que a consideración de esta representación social resultan suficientes para acreditar la probable comisión del hecho que la ley señala como el delito de HOMICIDIO y a su vez nos permite establecer la existencia de:

HECHO QUE LA LEY SEÑALA COMO DELITO: Que de los datos de prueba que se han señalado, se establece que se desplegó una CONDUCTA DE ACCIÓN en términos de lo establecido por el artículo 7 y 8 fracciones III del Código Penal vigente en la entidad, esto es, un comportamiento positivo consistente EN LA INTENCIÓN DE PRIVAR DE LA VIDA A ***, hecho acontecido en fecha 02 de noviembre de 2017 al ser aproximadamente las 02:40 horas, al arribar el hoy occiso *** en compañía de la víctima  *** a bordo de un vehículo de la Marca Chevrolet, Tipo Chevy, Color Blanco, Con Placas De Circulación *** del Estado de México, al domicilio ubicado en AVENIDA *** NUMERO 136, COLONIA ***, MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL, ESTADO DE MÉXICO precisamente al local comercial destinado a tienda denominado “DON CHENCHO”, lugar en el que ya se encontraban los investigados en compañía de un grupo de aproximadamente nueve personas entre hombres y mujeres; siendo ***, quien se acerca al occiso con la finalidad de saludarlo, para después acercarse ***, el cual le empieza a discutir con el occiso para después golpearlo entre los investigados, siendo el testigo presencial de los hechos quien intenta separarlos, pero es agredido por***quien lo golpea con el bastón que portaba; acercándose tres sujetos más del mismo grupo quienes también golpean a *** y *** quien ya se encontraba en el suelo, por lo que al estarse levantando observa como *** saca  de la cintura una navaja, la cual le entierra a *** en dos ocasiones, momento en el que***alias la MOLE dice “HAY QUE HIJO DE TU PINCHE MADRE, MUERETE”, para después *** lesionar en repetidas ocasiones al testigo presencial de los hechos diciéndole “TU TAMBIÉN MUERTE CABRON”, observando como los investigados y los sujetos que los golpearon abordan diversos vehículos para huir del lugar; momento en el que *** *** sube al hoy occiso al vehículo tipo Chevy, para trasladarlo a la Cruz Roja de San Cristóbal municipio de Ecatepec, Estado de México, lugar en donde al llegar le informan que *** ya había fallecido, es que la víctima es trasladado al Hospital General de Zona número 68 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en donde recibe la atención médica necesaria salvaguardar su integridad; y de quien sus lesiones fueran clasificadas: “LESIONES QUE EN SU MOMENTO SI PUSIERON EN PELIGRO LA VIDA, TARDAN EN SANAR MAS DE QUINCE DÍAS, SI HOSPITAL”.

Derivado de lo anterior se puede establecer el elemento substancial que se encuentra plasmado en  el artículo 10 del código penal vigente para el Estado de México, esto es así porque se tuvo la intención de privar de la vida a las personas que arribaron al lugar y se exteriorizo la actividad que debería de consumar el delito como lo fue enterrar una navaja en contra del pasivo, pero por una causa ajena a la voluntad del agente activo no se consuma este hecho, puesto que gracias a su reacción de manera pronta y oportuna es que pudo trasladarse a la cruz roja, lugar en donde le prestaron los primeros auxilios y su traslado al Hospital General de Zona número 68 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en donde recibió la atención médica adecuada para salvar su vida, sin embargo las lesiones que presento, si pusieron en peligro su vida; ya que el pasivo del hecho que nos ocupa estuvo internado y fue intervenido quirúrgicamente para salvaguardar su integridad física, tal y como queda acreditado con su entrevista lo cual se ve concatenado con la reclasificación médico legal y el expediente clínico expedido por el hospital en donde recibió su atención médica, con los que se acredita que innegablemente se determina que el pasivo sufrió lesiones por un instrumento punzocortante y las cuales fueron certificadas  por el médico legista y de donde infiere las dos lesiones en región paraumbilical de tres centímetros de bordes sangrantes y a nivel de flaco izquierdo, ambas de bordes bien definidos y sangrantes; las cuales fueron LESIONES QUE EN SU MOMENTO SI PUSIERON EN PELIGRO LA VIDA, TARDAN EN SANAR MAS DE QUINCE DÍAS, SI HOSPITAL; información que se desprende de la entrevista de la víctima, así como de la notificación caso médico legal, el expediente médico y el propio certificado, datos de prueba que se ven robustecidos con todos y cada uno de los datos de prueba que obran en la presente carpeta de investigación; es por lo anterior que podemos considerar la existencia de un RESULTADO FORMAL, dado que solamente se puso en peligro la vida de un ser humano puesto que entre la conducta desplegada por los sujetos activos *** alias LA MOLE y ***UARDADA DE INICIALES D.P.H.G produjo una afectación de tipo formal, ya que la víctima estuvo hospitalizada por lesiones que le fueran producidas por los activos del hecho y que derivado de la pronta y eficaz atención en su persona, *** logra sobrevivir.
Acreditándose así la PROBABLE RESPONSABILIDAD de los investigados *** ALIAS LA MOLE Y ***, en el hecho delictivo que nos ocupa y al analizar los datos de prueba que integran la carpeta de investigación, a criterio de esta Representación Social los mismos se advierten idóneos, pertinentes y en su conjunto suficientes que permiten suponer razonadamente que los investigados intervinieron en su comisión, ya que se hace evidente con cada una de las diligencias que obran hasta este momento en la presente carpeta de investigación que los investigados ejecutaron las acciones CON LA INTENCIÓN DE PRODUCIR UN RESULTADO  al realizar la conducta descrita con antelación, y lo cual queda plenamente demostrado con la imputación firme directa y categórica que realiza la victima del hecho, ya que señala de momento a momento los actos materiales que  realizaron de forma particular de cada uno de los activos, motivo de su imputación y denuncia en su contra pues se evidencia que se le ocasionaron lesiones, las cuales pusieran en peligro su vida, que es el bien jurídico tutelado por la norma; situación que se encuentra debidamente concatenados con todos y cada uno de los registros que obran dentro de la carpeta de investigación, siendo el levantamiento de cadáver en donde se establece que la víctima presentaba heridas producidas por un instrumento punzocortante y en el lugar se localizar un vehículo tipo Chevy, en el que se trasladara la víctima en conjunto con el hoy occiso a la Cruz Roja de Ecatepec, y donde se fuera informado que derivado de los presentes hechos resulto lesionado un sujeto del sexo masculino identificado como *** *** *** el cual fue trasladado por una ambulancia de la Cruz Roja Mexicana con número económico ***al Hospital General de Zona número 68 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mismo que presenta lesiones producidas por objeto punzo-cortante en abdomen; lo cual quedo debidamente establecido en la diligencia correspondiente, lo cual se ve robustecido con el expediente médico, mismo que contiene los procedimientos que el pasivo tuvo que realizar para lograr su recuperación, así como el certificado médico en donde realiza una “CLASIFICACIÓN PROVISIONAL: LESIONES QUE EN SU MOMENTO SI PUSIERON EN PELIGRO LA VIDA, TARDAN EN SANAR MAS DE QUINCE DÍAS, SI HOSPITAL”, y por ser recabadas con las formalidades de ley, son hasta este momento suficientes para establecer razonadamente la probable intervención de los investigados en calidad de COAUTORES MATERIALES CON DOMINIO DEL HECHO, lo anterior en términos de lo que establece el artículo 11 fracción I inciso D) del Código Penal vigente en el Estado de México. 
Lo anterior es así ya que los investigados a través de un acuerdo previo realizaron un aporte conductual el cual se establece de la siguiente manera:

Siendo ***, quien comienza a discutir con el occiso, para después sacar de la altura de su cintura una navaja, la cual le entierra al hoy occiso en dos ocasiones provocándole lesiones que a la postre le causaran la muerte, al tiempo que******, quien portaba un bastón de metal con el golpeo primeramente al hoy occiso, para continuar golpeando a *** e incitar a *** diciendo “HAY QUE HIJO DE TU PINCHE MADRE, MUERETE”; siendo *** quien también lesiona al pasivo del presente hecho en dos ocasiones diciéndole “TU TAMBIÉN MUERTE CABRON”, para después abordar diversos vehículos y huir del lugar.

Demostrándose así que cada uno de los activos se adhirieron a una conducta especifica  sabiendo que la intención era ocasionar daños graves a un ser humano, toda vez que en conjunto desplegaron la conducta verbo rector del tipo en cuestión, pues realiza los actos materiales, directos y voluntarios y con pleno dominio del hecho, para consumar el hecho delictuoso de forma DOLOSA, como lo establece el artículo 8 fracción I del código penal vigente en el estado de México y no tuvieron una conducta diversa para evitar su consumación, por el contrario lo impulsaron, totalmente los actos ejecutivos que deberían producir un resultado,  hasta la culminación del mismo y que por causas ajenas a la voluntad del sujeto activo, no se  llega a la consumación del mismo; apreciándose de esta forma que existió una actividad voluntaria por todos y cada uno de los activos, con la intensión firme de producir un resultado desplegando una actividad idónea y material con el fin de producir un resultado, tan es así que  desde el momento en que portaba una navaja sabe que puede ocasionar daños en la integridad física de una persona, y pese a ello, el día de los hechos el activo la portaba, y fue con la que le enterró a las víctimas del hecho en dos ocasiones a cada uno de ellos; ocasionando que uno de los pasivos perdiera la vida y *** resultara lesionado, y si bien es cierto no se logra consumar el hecho delictuoso, de la forma como ya se describió, también lo es que si puso en peligro la vida del pasivo ***.

Es por lo que se reitera Señoría la solicitud de ordenar la aprehensión de *** ALIAS LA MOLE Y *** por el hecho delictivo de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, ilícito previsto por el numeral 10, 241 párrafo primero, 245 fracción V inciso d) y sancionado por el artículo  59, 242 fracción II, en relación a los ordinales con los numerales 6, 7, 8 fracciones I y III, y 11 fracción I inciso d) todos del Código Penal vigente en el Estado de México, cometido en agravio de ***, aunado a que se encuentra satisfechos los supuestos para que me sea obsequiada la orden de aprehensión.
Hago de su conocimiento que los investigados cuentan con los siguientes DATOS DE IDENTIFICACIÓN

1.******, quien responde a la siguiente media filiación es la siguiente: es de una edad de unos veinticinco a treinta año, complexión robusta, estatura de un metro ochenta aproximadamente, tez blanca, cabello: lacio, corto negro, frente amplia, cejas semipobladas, nariz recta base ancha, boca mediana, labios medianos, mismo que vive en el domicilio ubicado en CALLE ***MANZANA 30 LOTE 1, CASA 6-B, EN LA COLONIA ***, MUNICIPIO DE COACALCO, ESTADO DE MÉXICO.

2. ***, el cual cuenta con la siguiente media filiación de una edad de veinticinco a treinta años, complexión robusta, estatura de un metro setenta aproximadamente, tez morena clara, cabello rapado, frente media, cejas pobladas, nariz recta base media, boca mediana, labios medianos, por lo regular usa barba de candado y tiene tatuajes en sus brazos; quien puede ser localizado en el domicilio ubicado en CALLE ***NÚMERO 129, COLONIA ***, MUNICIPIO DE COACALCO, ESTADO DE MÉXICO.

Por lo anterior, solicito a su Señoría, tenga a bien librar la orden de aprehensión solicitada, al estar debidamente fundada y motivada la petición que realiza esta representación social. 

A T E N T A M E N T E 

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LIC. ***.

AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO