NUC: ECA/ECA/XAL/034/***/17/05
NIC: ECA/XAL/00/MPI/000/***/17/05
DELITO: DELITOS CONTRA LA SALUD.
Xalostoc, Ecatepec, Estado de México, a 12 de Mayo del 2017.
C.
JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO
JUDICIAL
DE ECATEPEC, ESTADO DE MÈXICO.
PRESENTE
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16
párrafos primero y décimo primero y 21 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 252, 282 y 283 del Código Nacional de Procedimientos
Penales y artículo 10 apartado B, fracción VII de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia del Estado de México; ésta Representación
Social solicita a su
Señoría, tenga a bien librar ORDEN DE CATEO en el inmueble ubicado en CALLE ***,
MANZANA 28, LOTE 13, COLONIA ***, MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO.
Diligencia relacionada con el hecho
delictuoso de DELITOS CONTRA LA SALUD, cometido
en agravio de LA SALUD PÚBLICA,
ilícito previsto y sancionado en términos de los artículos 234 y 235, en
relación con el numeral 473 fracciones V y VI, 474, 477, 479 y 480 de la Ley
General de Salud, con relación a los artículos 6, 7, 8 fracciones I y III, y 11
fracción I inciso c), del Código Penal vigente en el estado de México.
Lo anterior en razón de lo siguiente:
El artículo 16 de la
Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, establece en su párrafo
primero:
"Nadie
puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones,
sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y
motive la causa legal del procedimiento."
En tanto, en su párrafo décimo
primero, estipula:
"En
toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir, a solicitud
del Ministerio Público, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la
persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo
que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, una
acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante
del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique
la diligencia."
Por su parte los artículos 252, 282 y 282 del Código
Nacional de Procedimientos Penales, establecen:
Articulo
252.-
Actos de investigación que requieren autorización previa del Juez de Control.
Con excepción de los actos de investigación previstos en el artículo anterior,
requieren de autorización previa del Juez de Control todos los actos de investigación
que impliquen afectación a derechos establecidos en la Constitución, así como
los siguientes:
II. Las órdenes de cateo.
Artículo
282.-
Solicitud de orden de cateo Cuando en la investigación el Ministerio Público
estime necesaria la práctica de un cateo, en razón de que el lugar a
inspeccionar es un domicilio o una propiedad privada, solicitará por cualquier
medio la autorización judicial para practicar el acto de investigación
correspondiente. En la solicitud, que contará con un registro, se expresará el
lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que han de aprehenderse y
los objetos que se buscan, señalando los motivos o indicios que sustentan la
necesidad de la orden, así como los servidores públicos que podrán practicar o
intervenir en dicho acto de investigación. Si el lugar a inspeccionar es de
acceso público y forma parte del domicilio particular, éste último no será
sujeto de cateo, a menos que así se haya ordenado.
Artículo
283.-
Resolución que ordena el cateo La resolución judicial que ordena el cateo
deberá contener cuando menos:
I. El nombre y cargo del Juez de control
que lo autoriza y la identificación del proceso en el cual se ordena;
II. La determinación concreta del lugar o
los lugares que habrán de ser cateados y lo que se espera encontrar en éstos;
III. El motivo del cateo, debiéndose
indicar o expresar los indicios de los que se desprenda la posibilidad de
encontrar en el lugar la persona o personas que hayan de aprehenderse o los
objetos que se buscan;
IV. El día y la hora en que deba
practicarse el cateo o la determinación de que de no ejecutarse dentro de los
tres días siguientes a su autorización, quedará sin efecto cuando no se precise
fecha exacta de realización, y
V. Los servidores públicos autorizados
para practicar e intervenir en el cateo. La petición de orden de cateo deberá
ser resuelta por autoridad judicial de manera inmediata por cualquier medio que
garantice su autenticidad, o en audiencia privada con la sola comparecencia del
Ministerio Público en un plazo que no exceda de las seis horas siguientes a que
se haya recibido. Si la resolución se emite o registra por medios diversos al
escrito, los puntos resolutivos de la orden de cateo deberán transcribirse y
entregarse al Ministerio Público.
Por lo que ambos preceptos
legales prevén los requisitos y bases legales que deben reunirse para el
libramiento de la orden de cateo.
Ahora bien, también los instrumentos
internacionales recogen aspectos de esta materia, que constituyen norma vigente
en nuestro país y que deben ser tomados en cuenta para la interpretación a las
normas relativas a los derechos humanos, favoreciendo en todo tiempo a las
personas la protección más amplia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
1, párrafos primero y segundo, y 133 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Así, en los artículos 12 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos; 17.1 y 17.2 del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos; 11.2 y 11.3 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, se establece que nadie podrá ser objeto de injerencias arbitrarias o
ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni
de ataques a su honra y reputación y que toda persona tiene derecho a esa
protección; asimismo, el artículo IX de la Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre dispone que toda persona tiene el derecho a la
inviolabilidad de su domicilio, numerales que, en lo sustancial, se vinculan
con el artículo 16, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Petición que se basa en el cúmulo de datos de prueba que integran la
carpeta de investigación marcada con el número de NUC:
ECA/ECA/XAL/034/***/17/05 y número de NIC: NIC:
ECA/XAL/00/MPI/000/01397/17/05, basando nuestra petición en razón al
siguiente:
RELATO CIRCUNSTANCIADO
En fecha
Once de Mayo del año dos mil diecisiete,
compareció en las oficinas del centro de atención ciudadana de Xalostoc, Ecatepec de Morelos, Estado de México, el señor
*** *** *** ***, con la finalidad de denunciar que en el
domicilio ubicado en CALLE ***, MANZANA 28, LOTE 13, COLONIA ***, EN ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, vive una persona que le apodan “EL CHILLI
WILLI” el se dedica a vender drogas,
sabiendo que vende mariguana, cocaína y pastillas, y que esta venta la hacen
las veinticuatro horas del día; y que en el lugar se presentan muchos jóvenes
de ambos sexos, los cuales son atendidos por este sujeto de manera indistinta a
través de una puerta individual de color
negro la cual abre ligeramente y realizan el intercambio de la droga por
dinero, y debido a esa venta de droga ha
habido muertes en la colonia, así como hay muchas personas en el lugar
comprando droga y drogando en inmediaciones del lugar por lo que estas personas al estar drogados se dedican a
ofender a los vecinos y molestarlos, orinan en la calle, además de que ello ha
generado el aumento de robos en la calle,
incluso refiere que al tener una tienda en inmediaciones al lugar se ha
podido constatar de tales circunstancias, presentándose a denunciar ya que
desea que eso termine, así como al tener intervención la policía de
Investigación adscrita a esta representación social, el día veinte de abril de dos mil
diecisiete, se constituyera en el
referido lugar el agente ministerial *** *** *** quien se percatara de que en
dicho lugar se presentara el C. *** *** *** *** quien con la intensión de comprar la
sustancia denominada COCAINA, pero
debido a que uno de los ocupantes del inmueble únicamente abre la puerta le
hiciera entrega del envoltorio que de
acuerdo a la opinión técnica en química se trata del psicotrópico
denominado COCAINA, el ocupante del inmueble cerrara la puerta compareciendo
*** *** *** *** a narrar tales
circunstancias, incluso al continuar con la investigación se presentara una
vecina mas de nombre *** *** *** ***,
quien se ha percatado de tal comercialización en el inmueble de referencia quien también
compareció a narrar tales
circunstancias ante la representación social en virtud de ser invitados por el
agente ministerial a hacerlo.
Hecho que se afirma a partir de los
siguientes datos de prueba:
1.-
ENTREVISTA DE *** *** *** ***, RECABADA POR EL LIC. *** *** *** *** EN FECHA
ONCE DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS 10:15 HORAS, que en lo
conducente refiere: “…En donde manifiesta
que es mi deseo manifestar a esta autoridad que en el inmueble ubicado en la
CALLE ***, EN LA MZA 28, LOTE 13, COLONIA *** TERCERA SECCION, EN ESTE
MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, habitan un sujeto, uno del sexo
masculino conocida como “EL CHILI WILIS”, mismo que es de aproximadamente
cuarenta años de edad, complexión robusta, tez morena, cara redonda, cabello
corto tipo militar, frente amplia, ojos medianos, nariz chata, boca mediana,
labios regulares y siempre anda vestido de mezclilla y sudadera con gorro, sujeto
que me percatado que venden droga, ya que siempre enfrente de dicha casa hay
jóvenes que están drogados o que se están abriendo lo que les da el CHILI WILIS
y al momento de abrirlo aspiran el contenido del envoltorio, y esto lo hacen
sentados en la banqueta de dicha casa, ya que por lo regular, cuando van los
jóvenes a comprar la droga a la casa del CHILI WILIS, es por la noche, pero
también me he dado cuenta que hay chavos que van en diferentes horas del día,
es decir hay jóvenes en las mañanas y en las noches y que a veces están de
escandalosos y faltando el respeto a la gente que va pasando por la calle *** y
se esto ya que yo vivo precisamente en dicha calle de la misma colonia ***
TERCERA SECCION, EN LA MZA 28, LOTE 18,
y que me dedico a ser comerciante y tengo precisamente en mi domicilio
un local comercial y tengo de abarrotes y también vendo verdura en la banqueta
de mi casa, y por lo tanto siempre me encuentro en el exterior de mi domicilio
despachando a mis clientes y es por eso que me hado cuenta que el CHILI WILIS
vende droga y el modo en que los chavos van a comprar droga, es que llegan a la
casa del CHILI WILIS, siendo esta precisamente un casa habitación de dos
niveles, cuya planta baja esta pintada de color blanco con azul, con una puerta
de acceso metalica individual de mateial tipo herrería de aproximadamente un
metro con treinta centímetros de ancho, y como referencia dicha casa tiene un
nicho o mejor conocido como un pequeño altar dedicado a la virgen de Guadalupe
y que frente a dicha casa esta un poste de luz de concreto, y los chavos tocan
tres veces y pasados unos minutos, me doy cuenta de que el CHILI WILIS,
únicamente abre un poco la puerta de la casa y saca su mano izquierda y le hace
entrega a los chavos de unos envoltorios, y los chavos a su ves le entregan al
CHILI WILI dinero, y cuando ya realizaron el intercambio el CHILI WILI cierra
la puerta de la casa y ya no sale para nada, y los chavos, como mencione abren
los envoltorios y aspiran es contenido y cuando lo hacen, hay unos chavos que
se ponen agresivos o bien hacen desmanes en la calle, ya que luego andan de
faltosos con la gente que pasa por la calle, y que vengo a denunciar estos
hechos ya que me da mucho miedo que los jóvenes anden todos drogados y cuando están
drogados son muy agresivos y que a veces estos mismo jóvenes que se drogan, son
los que andan robando para tener dinero para seguirse drogándose, a mí nunca me
han robado, ya que hasta horita me han respetado a mi y mi negocio, pero ya he
escuchado con los vecinos, cuando van a comprar a mi negocio que los han robado
son jóvenes de la misma colonia que andan drogados, y por estos hechos ya se lo
hice saber a la policía municipal de mi colonia y también a la policía estatal,
asi como ya también les dije a los soldados que luego pasan patrullando, pero
nadie ha hecho nada para darle solución a este problema, es por eso que me
presento en estas oficinas, para que se investigue al “CHILI WILIS” y de ser
posible se les castigue por están enviciando a los muchachos y envenenando su
cuerpo; es así que en este acto denuncio HECHOS POSIBLEMENTE CONSTITUTIVOS DE
DELITO y en contra del sujeto de apodado “EL CHILI WILIS”; y esta persona
pueden ser localizadas en CALLE ***, EN LA MZA 28, LOTE 13, COLONIA *** TERCERA
SECCION, EN ESTE MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, y presentan la
siguiente media filiación de aproximadamente cuarenta años de edad, complexión
robusta, tez morena, cara redonda, cabello corto tipo militar, frente amplia,
ojos medianos, nariz chata, boca mediana, labios regulares y siempre anda
vestido de mezclilla y sudadera con gorro. –
2.- CON EL INFORME DE
INVESTIGACION REALIZADO POR EL AGENTE DE INVESTIGACION *** *** ***, REALIZADO
EN FECHA 11 DE MAYO DE 2017, E INCORPORADO A LA CARPETA DE INVESTIGACION POR EL
LIC. *** *** *** *** EN FECHA ONCE DE MAYO DE 2017 A LAS 12:05 HORAS,
que en lo conducente refiere
“…en cumplimiento al oficio de investigación derivado de la presente carpeta de
investigación, me traslade a la calle ***, EN LA MZA 28, LOTE 13, COLONIA ***
TERCERA SECCION, EN ESTE MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, apreciándose
la calle *** la cual se aprecia de aproximadamente diez metros de ancho
construida de material tipo concreto hidráulico, misma que cuenta con banquetas
en sus extremos de aproximadamente un metro de ancho cada una de ellas
construida en material tipo concreto hidráulico, apreciándose la existencia de
un inmueble destinado a casa habitación marcada con el lote 13, manzana 28,
mismo que cuenta con dos niveles, cuya planta baja está pintada de color blanco
con azul, con una puerta de acceso metálica individual de material tipo
herrería de aproximadamente un metro con treinta centímetros de ancho, y como
referencia dicha casa tiene un nicho o altar dedicado a la virgen de Guadalupe
y que frente a dicha casa está un poste de luz de concreto, momento en el cual
al estar realizando la inspección del lugar; y al estar practicando labores de
investigación, el suscrito Agente de la policía de Investigación, me percato de
la presencia de personas que llegan en varias ocasiones, quienes tocan tres
veces la referida puerta de color negro del mencionado inmueble, después de tocar sale un sujeto del
sexo masculino con la siguiente media filiación de aproximadamente cuarenta
años de edad, complexión robusta, tez morena, cara redonda, cabello corto tipo
militar, frente amplia, ojos medianos, nariz chata, boca mediana, labios
regulares, y me di cuenta de su media filiación ya que este sujeto saco medio
cuerpo para asomarse hacia la calle, el cual hacen entrega de envoltorios a
quienes tocan la puerta y los que tocan hacen entrega de dinero a cambio de
dichos envoltorios, por lo que se regresa a estas oficinas para informar lo
observado…”. –
3.- CON UN NUEVO INFORME
DE INVESTIGACION REALIZADO POR EL AGENTE DE INVESTIGACION *** *** *** EN FECHA
11 DE MAYO DE 2017 E INCORPORADO A LA CARPETA DE INVESTIGACION POR EL LIC. *** ***
*** *** EN FECHA 11 DE MAYO DE 2017 A LAS 14:15 HORAS, QUE EN LO CONDUCENTE
REFIERE “…en cumplimiento
a la continuación de la investigación derivado de la presente carpeta de
investigación, de nueva cuenta me traslade a la calle ***, EN LA MZA 28, LOTE
13, COLONIA *** TERCERA SECCION, EN ESTE MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE
MÉXICO, en donde de nueva cuenta al tener a la vista el citado inmueble, en
donde me percato de la presencia de una
persona del sexo masculino, notando que este sujeto tocaba la puerta metálica
de color negro en tres ocasiones, del inmueble en investigación, observando que
una persona del sexo masculino cuya media filiación corresponde a la del sujeto
apodado “EL CHILI WILIS” abre la puerta y en esta ocasión únicamente saca su
mano izquierda y la hace entrega de un envoltorio que contiene polvo
blanquecino a este sujeto, mismo que ahora se responde al nombre de *** *** ***
***, trato de acercarme al lugar; notando mi presencia y de inmediato el sujeto
que estaba por dentro del inmueble cierra la puerta, y el sujeto del sexo
masculino que habían tocado la puerta apresuran su caminar, logrando
alcanzarlo; identificándome plenamente ante el como elemento de la policía de
Investigación del estado de México, haciéndoles saber el motivo de mi presencia
en el lugar; informándole que estaba practicando una investigación ya que se
denunció que en ese inmueble se vendía droga; preguntándoles si deseaban proporcionar
información al respecto; aceptando dicha persona ser adicta a la cocaína en
polvo, y que se presentan en la casa del sujeto apodado “EL CHILI WILIS” para
comprar la cocaína, en ese momento *** *** *** ***, me dice que a el ya le habían
vendido y me entrega una pequeña bolsa de plástico transparente que contiene
polvo blanquecino con las características a la cocaína, exhortándolo a
presentarse en las oficinas del ministerio público para que declararan,
accediendo a cambio de que se resguarden sus datos personales y que no fueran
puestos a disposición; asi como también al estar conversando con el señor *** ***
*** ***, se nos acerca la señora *** *** *** *** y también me dice que deseaba
acudir a estas oficinas para rendir su entrevista en relación a los hechos ya
que también deseaba denunciar al CHILI WILIS, por lo que presento en el
interior de estas oficinas a *** *** *** ***, para que rindan su entrevista en
relación a los hechos; así como agrego
al presente informe de investigación mediante cadena de custodia el envoltorio
que me fuera entregado…”
4.- CON LA ENTREVISTA DE ***
*** *** *** RECABADA POR EL LIC *** ***
*** *** EN FECHA 11 DE MAYO DE 2017 A LAS 14:20 HORAS, QUE EN LO CONDUCENTE
REFIERE “…En donde manifiesta que soy adicto a la
cocaína en polvo desde que tenía treinta años y la droga que consumo la compro
al sujeto apodado “EL CHILI WILIS”, el cual viven en la calle ***, EN LA MZA
28, LOTE 13, COLONIA *** TERCERA SECCION, EN ESTE MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO
DE MÉXICO, y me sé el domicilio ya que incluso afuera de la casa y pintada en
la pared, tiene los datos de la casa, es decir se encuentra pintado el número
de lote y manzana, además tiene una puerta de entrada de aproximadamente un
metro con treinta centímetros de ancho por dos metros de alto, que también es
de color negro y de las veces que he ido a comprar droga, me he dado cuenta que
la casa es tipo casa habitación, y el modo en que nos vende la droga, es llegar
a la casa y tocar en tres ocasiones de manera seguida y esta es la señal para
que “EL CHILI WILIS”, salga y nos venda la droga y cuando nos la da, únicamente abre un poco
la puerta metalica y saca un poco su brazo izquierdo y en su mano ya tiene el
envoltorio y nos lo entrega y nosotros le damos la cantidad de cincuenta pesos,
en eso nos vende la cocaína, en cincuenta pesos el envoltorio, y cuando mas
droga vende al CHILI WILIS es en la noche ya que no hay policías en dicha y nos
vende sin problema, solo que esta ocasión acudí en el día ya que no podía ir en
la noche ya que tengo que ir a trabajar de velador ; y el día de hoy once de
mayo del año en curso, siendo aproximadamente las catorce horas, me presente en
la casa de “EL CHILI WILIS”, tocando tres veces a la puerta de color negro, ya
que esta es la señal para que el CHILI WILIS sepa que vamos por droga, la cual
iba a consumir hoy en la noche, agregando que cada envoltorio cuesta Cincuenta
pesos; y al estar pidiendo, “EL CHILI WILIS”, abre un poco la puerta de la casa
y únicamente saca su brazo izquierdo y me da un pequeño envoltorio de papel de
color blanco que contiene cocaína en polvo, y yo le entrego un billete de
cincuenta pesos y cuando ya le había entregado el dinero EL CHILI WILIS cierra
la puerta y yo ya me iba y en ese momento se me acerca una persona del sexo
masculino, y yo empiezo a caminar ya que no sabía quién era, alcanzándome esta
persona, identificándose como elemento de la policía ministerial, informando
que estaba realizando una investigación y que se estaba realizando una
investigación porque habían denunciado a “EL CHILI WILIS”, preguntándome a mi
si quería colaborar con él, y al principio dude ya que no quiero que digan que soy “borrega”, comentándome el policía que si
quería se podían resguardar nuestros datos, por lo que acepte en venir con la
condiciendo de que no me pusiera a disposición ya que necesito mi trabajo, es cuando le entrego al policía el envoltorio
de papel blanco que ya me había dado “EL CHILI WILIS” y volviendo a lo que
hacen “EL CHILI WILIS”, el además de vender cocaina también venden mariguana, y
también venden unas pastillas de colores, pero de esas yo no compro, yo solo
compro cocaina, y como ya dije la venden a cincuenta pesos la bolsas, a
cualquier hora uno puede ir a tocarles y ellos abren y la venden, y me he dado
cuenta que son varios los que van a comprar, y hasta en carro llegan; y la
manera en que entregan la mariguana es en bolsas de plástico transparente, y
cada bolsa como dije cuesta cincuenta pesos, asi como también refiero que
cuando estaba yo platicando con el policía ministerial, se nos acerco una
señora que también dijo que quería denunciar al CHILI WILIS y que la señora se
vino con nosotros…”
5.- CON LA ENTREVISTA DE ***
*** *** ***, RECABADA POR EL LIC *** *** *** *** EN FECHA 11 DE MAYO DE 2017 A
LAS 14:50 HORAS, que
en lo conducente refiere “…En donde
manifiesta que soy vecina de la colonia *** TERCERA SECCION y tengo mi domicilio
el ubicado en calle ***, MZA 28, LOTE 38, COLONIA *** TERCERA SECCION,
MUNICIPIO DE ECATEPEC ESTADO DE México y por lo tanto es mi deseo manifestar a
esta autoridad que en el inmueble ubicado en la CALLE ***, EN LA MZA 28, LOTE
13, COLONIA *** TERCERA SECCION, EN ESTE MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE
MÉXICO, vive una persona del sexo masculino que desconozco su nombre, pero se
que le dicen el CHILI WILIS, el cual es de aproximadamente cuarenta años de
edad, complexión robusta, tez morena, cara redonda, cabello corto tipo militar,
frente amplia, ojos medianos, nariz chata, boca mediana, labios regulares y
siempre anda vestido de mezclilla y sudadera con gorro, sujeto que venden
droga, ya que siempre frente a su casa hay jóvenes que están drogados o que se
están oliendo lo que tiene dentro de los envoltorios que les da el CHILI WILIS,
y esto lo hacen sentados en la banqueta de dicha casa, ya que casi siempre,
cuando van los jóvenes a comprar la droga a la casa del CHILI WILIS, es por la
noche, pero también hay chavos que van en diferentes horas del día, es decir
hay jóvenes en las mañanas y en las noches y que a veces están de escandalosos
y faltando el respeto a la gente que va pasando por la calle *** y se esto ya
que yo vivo precisamente en dicha calle de la misma colonia *** TERCERA
SECCION, EN LA MZA 28, LOTE 38, y como
soy ama de casa tengo que salir a comprar mi mandado y por lo regular lo hago
con un vecino que tiene una recaudería en la misma calle ***, y que el negocio
del vecino esta muy cerca de la casa del CHILI WILIS, y por lo tanto me doy
cuenta de todo lo malo que hace, es decir me he dado cuenta que cuando los
jóvenes van a comprar su droga llegan y tocan tres veces la puerta de la casa,
la cual es una casa habitación de dos niveles, cuya planta baja esta pintada de
color blanco con azul, con una puerta de acceso metalica individual de mateial
tipo herrería de aproximadamente un metro con treinta centímetros de ancho, y
como referencia dicha casa tiene un nicho o mejor conocido como un pequeño
altar dedicado a la virgen de Guadalupe y que frente a dicha casa esta un poste
de luz de concreto, y pasados unos momentos se abre un poco la puerta y el
CHILI WILIS saca su brazo izquierdo y en su mano izquierda le entrega a los
jóvenes la droga y estos le dan dinero al CHILI WILIS y cuando ya hacen el
intercambio el CHILI WILIS cierra la puerta de la casa y ya no abre, sino hasta
que vuelven a tocar la puerta de la casa, y que dichos jóvenes como mencione se
ponen a drogarse en la calle y cuando ya están todos drogados ofenden a la
gente que pasa por la calle ***, o en otras ocasiones están haciendo desmanes,
o bien están haciendo del baño en la calle y frente a los niños y tengo miedo a
que de lo drogado que se ponen les vayan a hacer algún daño a lo niños; por lo
que el dia de hoy once de mayo de dos mil diecisiete, siendo aproximadamente
las catorce horas al ir a mi mandado me percato de que un policía ministerial
estaba platicando con una persona que había ido a comprar droga con el CHILI
WILIS y este a su ves le dada el envoltorio al policía, por lo que me acerco y
escucho que el señor le decía al policía que si quería cooperar con él policía
en la investigación a cambio de que le resguardara sus datos personales y que
no lo pusiera a disposición, por lo que yo le digo al policía que también
quería declarar y el policía nos dijo que
acudiéramos a estas oficinas, y eso es todo lo que deseo manifestar…”
6.- CON EL INFORME VERTIDO
POR EL AGENTE DE INVESTIGACION *** *** *** E INCORPORADA POR EL LIC *** *** ***
*** EN FECHA 11 DE MAYO DE 2017 A LAS 15:10 HORAS QUE CONTIENE LA INSPECCION DE
ENVOLTORIO, EL CUAL CONTIENE “…el suscrito Agente de la Policía Ministerial del estado de México tiene
a la vista en el interior de las oficinas UN ENVOLTORIO DE PAPEL DE COLOR
BLANCO QUE CONTIENE POLVO BLANQUECINO
CON LAS CARACTERÍSTICAS A LA COCAINA…”
7.- CON
EL INFORME VERTIDO POR EL AGENTE DE INVESTIGACION *** *** *** QUE CONTIENE LA
INSPECCION DE LUGAR SEÑALADO COMO EL DE LOS HECHOS, DE FECHA E INCORPORADO EN
FECHA 11 DE MAYO DE 2017 A LAS 15:10 HORAS POR EL LIC *** *** *** ***, EL CUAL
CONTIENE “…el suscrito Agente de la Policía ministerial del estado
de México, se constituyó plena y legalmente en el lugar señalado como el de los
hechos el ubicado calle ***,
EN LA MZA 28, LOTE 13, COLONIA *** TERCERA SECCION, EN ESTE MUNICIPIO DE
ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, apreciándose la calle *** la cual se aprecia de
aproximadamente diez metros de ancho construida de material tipo concreto
hidráulico, misma que cuenta con banquetas en sus extremos de aproximadamente
un metro de ancho cada una de ellas construida en material tipo concreto
hidráulico, apreciándose la existencia de un inmueble destinado a casa
habitación marcada con el lote 13, manzana 28, mismo que cuenta con dos
niveles, cuya planta baja está pintada de color blanco con azul, con una puerta
de acceso metálica individual de material tipo herrería de aproximadamente un
metro con treinta centímetros de ancho, y como referencia dicha casa tiene un
nicho o altar dedicado a la virgen de Guadalupe y que frente a dicha casa está
un poste de luz de concreto…”
8.- CON OPINIÓN TÉCNICA
EN MATERIA DE MEDICINA LEGAL RECABA EN FECHA 11 DE MAYO DE 2017 A LAS 15:30
HORAS POR EL LIC *** *** *** ***, en el cual el perito medico legista DR. *** *** *** *** al
tener a la vista a *** *** *** *** lo encontró orientado en tiempo, lugar y
persona, presenta palabra articulada, discurso coherente y congruente, aliento
sui generis, refiere ser adicto a la cocaina en polvo desde los treinta años, a
la exploración física, no cuenta con lesiones recientes al exterior del cuerpo
y en concluye, estado psicofísico normal, sin lesiones a certificar, si es
farmacodependiente. -
9.- CON OPINION TECNICA
EN MATERIA DE QUIMICA FORENSE, REALIZADA POR EL PERITO OFICIAL QFB ARMANDO
MENDEZ ORTIZ, RECIBIDA EN FECHA 11 DE MAYO DE 2017 A LAS 20:10, en que se informa “…se informa que la
sustancia enviada se trata del ESTUPEFACIENTE DENOMINADO COCAINA, con un peso
neto de cero punto 3 miligramos, así como acompañada con cadena de custodia de
los objetos relacionados…”
Con los
anteriores datos de prueba que se han señalado esta fiscalía considera que es
indispensable realizar el cateo que se solicita a su señoría para el éxito de
la investigación dentro de la carpeta en que se actúa que se realice la
diligencia de cateo en el inmueble ubicado en CALLE ***, MANZANA 28, LOTE 13, COLONIA ***, MUNICIPIO DE
ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO, ya que se cuenta con los datos de prueba
idóneos, pertinentes y en su conjunto suficientes para establecer razonadamente
la existencia del hecho delictuoso del delito contra la salud aunado a que a
criterio del que suscribe se reúnen los requisitos exigidos por el artículo 16
Constitucional y los artículos 88 al 93 del Código de Procedimientos Penales en
vigor para el Estado de México.
Dado que refiero que efectivamente de los datos de prueba existentes y
que se han puesto en conocimiento en el multicitado domicilio arrojan que
pueden encontrarse la existencia de indicios específicamente NARCOTICOS SIENDO
EN SU MODALIDAD MARIGUANA Y COCAINA LA CUAL SE ENCUENTRA DOSIFICADA EN
ENVOLTORIOS que pudiera estar en el interior del domicilio esto de acuerdo a la
Investigación de esta fiscalía
Por lo que de concederse la orden de cateo solicitada esta fiscalía
considera idóneo y pertinente solicitar un término de tres días para la
práctica del mismo, esto en razón del despliegue técnico y táctico que se
requiere para practicar la diligencia ya que se requiere el movimiento del
personal suficiente por parte de diversas dependencias para el éxito de la citada
diligencia.
Por lo que también hago mención que solo se limitara la práctica del
cateo a la búsqueda de lo siguiente:
1.- NARCÓTICOS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICOS.
Dicha diligencia deberá practicarse por los agentes del ministerio
Publico: LIC. ***.
Quienes la realizaran de manera conjunta o indistintamente y se auxiliaran
y acompañaran de PERITOS en materia de CRIMINALÍSTICA, FOTOGRAFÍA Y QUÍMICA,
ELEMENTOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL ESTADO DE MÉXICO,
ELEMENTOS DEL EJERCITO Y MARINA ARMADA DE MÉXICO, ASI COMO DE ELEMENTOS DE LA POLICÍA
MINISTERIAL PARA GENERA EL AMBIENTE DE SEGURIDAD NECESARIO PARA EL DESARROLLO
DE LA DILIGENCIA.
Solicitando que se pueda llevar a cabo el día y hora que se estime
oportuno la práctica del CATEO, que para el caso de la necesidad urgente de la
medida se haga el rompimiento de chapas cerraduras candados cadenas sean
auxiliados por una persona de oficio cerrajero o bien forzando aquellas a
efecto de permitir el acceso a tal domicilio acatando que en su práctica se
hará ante la presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del domicilio
a catear o, en su ausencia o negativa por la autoridad que practique la
diligencia que al término se deberá de elaborar un acta circunstanciada
respectiva en la que se describan y detallen pormenorizadamente las incidencias entregando un tanto al ocupante de dicho
lugar agregando el original a las diligencias que motiven el cateo.
POR LO ANTES EXPUESTO Y FUNDADO
EL C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO
LIC. *** *** *** ***