FORMATO ACUERDO RECAÍDO A LA SOLICITUD FORMULADA DEL MINISTERIO PÚBLICO PARA GENERAR Audiencia Inicial para Formulación de Imputación Sin Detenido POR los hechos delictuosos CONTRA LA SALUD y PORTACIÓN, TRÁFICO Y ACOPIO DE ARMAS PROHIBIDAS, cometidos en agravio de LA SALUD PÚBLICA y LA COLECTIVIDAD (CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES APLICADO)

RAZÓN. Valle de Bravo, México, trece de marzo de dos mil diecisiete. Con fundamento en el artículo 196 fracción XII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, el Administrador, LICENCIADO ***, da cuenta al Juez de Control con el reporte de audiencia generado en el SIGEJUPE Versión 2, a efecto de proveer lo que conforme a derecho proceda.
C O N S T E.
ADMINISTRADOR
AUTO. Valle de Bravo, México, trece de marzo de dos mil diecisiete.
Vista la razón que antecede, con la que el Administrador de este Juzgado da cuenta con el reporte de audiencias de la Carpeta Administrativa número ***, de donde se advierte que el Agente del Ministerio Público generó Audiencia Inicial para Formulación de Imputación Sin Detenido - Código Nacional , en contra del Imputado *** , por los hechos delictuosos CONTRA LA SALUD y PORTACIÓN, TRÁFICO Y ACOPIO DE ARMAS PROHIBIDAS, cometidos en agravio de LA SALUD PÚBLICA y LA COLECTIVIDAD, donde señala para su celebración las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIECISÉIS DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo que establece el artículo 141, párrafos primero y segundo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, el Ministerio Público al solicitar la audiencia mencionada, contra el Imputado ***, en la clasificación jurídica que realiza especifica los tipos penales que se atribuyen al imputado, el grado de ejecución del hecho, su forma de intervención y la naturaleza dolosa de la conducta.
Y toda vez que el domicilio que tiene proporcionado en autos el imputado *** , sito en domicilio conocido en *** sin número, municipio de ***, México (como referencia cerca del Templo, la casa es de un piso y de adobe);
se encuentra ubicado fuera del ámbito territorial de competencia de este juzgado, por tanto, con apoyo en lo dispuesto por los numerales 75, 76 y 77 del Código Nacional de Procedimientos Penales, con los insertos necesarios, gírese atento exhorto al Juez de Control del Distrito Judicial de Toluca, con residencia en Almoloya de Juárez, México, para que en auxilio a las labores de este juzgado, sirva ordenar a quien corresponda, se constituya plena y legalmente en el domicilio referido del hoy investigado le notifique este proveído, haciéndole saber que deberá comparecer
CONTENIDO DEL DOCUMENTO
Fecha y Hora de creación de este archivo: ***
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Número de CAUSA DE CONTROL: ***
Número de ACUERDOS: ***
Fecha de Registro: ***.
Última modificación: ***. con identificación oficial vigente ante este Juzgado, sito en Calle *** sin número, ***, en Valle de Bravo, México,el día y hora que se ha señalado para que tenga verificativo la Audiencia de Formulación de Imputación con su defensor, quien deberá acreditar fehacientemente su calidad de Licenciado en Derecho; apercibiéndole que para el caso de comparecer sin abogado se le designará un Defensor Público, sin perjuicio de que nombre a otro abogado en su lugar.
También se le hará saber el contenido del hecho delictivo según el reporte de generación de audiencia que es el siguiente:
"QUE SIENDO EL DÍA OCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE APROXIMADAMENTE LAS 15:15 LOS REMITENTES SE ENCONTRABAN EN UN RECORRIDO DE SEGURIDAD SOBRE LA CARRETERA *** KILÓMETRO 52 800, PERCATÁNDOSE DE QUE UNA PERSONA DEL SEXO MASCULINO IBA CAMINANDO EN LA ORILLA DE LA CARRETERA Y AL NOTAR LA PRESENCIA DE LOS REMITENTES CAMINA MÁS DE PRISA POR LO QUE LE DAN ALCANCE Y LE SOLICITAN SE DETENGA SOLICITÁNDOLE NOS PERMITIERA UNA REVISIÓN EN SU PERSONA PREVIO CONSENTIMIENTO Y ES CUANDO DETECTAN QUE A LA ALTURA DEL ABDOMEN EN LA BOLSA DE SU SUDADERA UNA BOLSA DE PLÁSTICO DE COLOR VERDE Y QUE EN SU INTERIOR CONTENÍA HIERBA VERDE Y SECA CON CARACTERÍSTICAS SIMILARES A LOS DE LA MARIHUANA, ASÍ MISMO EN LA BOLSA DELANTERA DE SU PANTALÓN SE LE ENCONTRÓ UNA NAVAJA CON MANGO DE METAL Y UNA HOJA METÁLICA CON UN SOLO FILO DE LA MARCA STAINLESS Y AL CUESTIONARLE DEL PORQUE TRAÍA MARIHUANA RESPONDIÓ QUE SE LA HABÍA ENCONTRADO Y POR LO QUE HACE A LA NAVAJA LA PORTABA PARA SU DEFENSA PERSONAL POR LOS QUE SIENDO LAS 15:20 MINUTOS ES ASEGURADO A QUIEN DIJO LLAMARSE ***, HACIÉNDOLE SABER DE INMEDIATO SUS DERECHOS Y PUESTO A DISPOSICIÓN DE ESTA AUTORIDAD A LAS 16:30 MINUTOS DEL DÍA OCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A QUIEN DIJO LLAMARSE *** POR EL DELITO DE CONTRA LA SALUD COMETIDO EN AGRAVIO DE LA SALUD PÚBLICA, Y POR EL DELITO DE PORTACIÓN DE ARMA PROHIBIDA, COMETIDO EN AGRAVIO DE LA SEGURIDAD PÚBLICA Y DE LA COLECTIVIDAD. CLASIFICACIÓN JURÍDICA: CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE POSESIÓN SIMPLE DEL NARCÓTICO DENOMINADO MARIHUANA, ILÍCITO PREVISTO Y SANCIONADO POR LOS ARTÍCULOS 234, 235, 237, 473 FRACCIÓN VI, 479 Y 480 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, EN RELACIÓN CON LOS DISPOSITIVOS 6, 7 PRIMERA HIPÓTESIS, 8 FRACCIONES I Y IV Y 11 FRACCIÓN I INCISO C) DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE EN EL ESTADO DE MÉXICO. POR LO QUE SE REFIERE AL DELITO DE PORTACIÓN DE ARMA PROHIBIDA ILÍCITO PREVISTO Y SANCIONADO POR LOS ARTÍCULOS 179 FRACCIÓN I Y 180 PRIMER PÁRRAFO, PRIMERA HIPÓTESIS, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 6, 7 , 8 FRACCIONES I Y III, 11 FRACCIÓN I INCISO C) DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE EN EL ESTADO DE MÉXICO."
En el entendido que el Ministerio Público se encuentra debidamente enterado de la fecha y hora de la Audiencia aludida, pues fue quien peticionó la misma por conducto del Sistema de Gestión Judicial Penal (SIGEJUPE).
Hágase las anotaciones respectivas en los registros de este Juzgado de Control.
NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE Y CÚMPLASE.
ASÍ LO PROVEYÓ, FIRMA Y DA FE, EL MAESTRO EN DERECHO ***, JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLE DE BRAVO, MÉXICO.
DOY FE.
JUEZ