NUC
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TLA/TLA/TLA/013/*****/16/12
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VICTIMA
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*****
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INVESTIGADO
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*****
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HECHO DELICTUOSO
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LESIONES CON MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE
COMETIDO CON ARMA DE FUEGO Y CUANDO LAS LESIONES PRODUZCAN
DEBILITAMIENTO, DISMINUCIÓN O PERTURBACIÓN DE LAS FUNCIONES, ÓRGANOS O
MIEMBROS.
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ASUNTO
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Se solicita orden de Aprehensión
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Donato
Guerra, Estado de México; a 22 de febrero del año 2017.
C. JUEZ DE
CONTROL ESPECIALIZADO EN
CATEOS Y
ORDENES DE APREHENSION EN LINEA.
P R E S E
N T E.
El que
suscribe C. Agente del Ministerio Público LIC. *****, con número de gafete AMP-*****
con domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Calle *****, sin
número, Colonia Centro, Municipio de Donato Guerra, Estado de México, y el
correo institucional ***** se
dirige a Usted para manifestar lo siguiente:
Con
fundamento en los numerales 16, párrafos primero y
tercero, 21 y 102 Apartado “A” de la Constitución
Federal; 141, fracción III, párrafo segundo y cuarto, 142
y 143 todos del Código Nacional de Procedimientos
Penales, vengo a solicitar se sirva librar la correspondiente ORDEN DE
APREHENSIÓN, en contra de ***** por su probable intervención en
el hecho delictuoso tipificado por la ley penal como LESIONES CON
MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON ARMA DE FUEGO Y CUANDO LAS
LESIONES PRODUZCAN DEBILITAMIENTO, DISMINUCIÓN O PERTURBACIÓN DE LAS FUNCIONES,
ÓRGANOS O MIEMBROS cometido en agravio de *****, ilícito previsto por el artículo
236 y sancionado por los artículos 237 fracción III, 238 fracciones I y III, en
relación con el 6, 7, 8 fracciones I y III; 11 fracción I inciso C) del Código
Penal Vigente en el Estado de México.
SOLICITUD
QUE SE HACE PARTIENDO DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES:
PRIMERO.- En
fecha 04 de Diciembre del año 2016, se
dio inicio a la carpeta de Investigación número NUC: TLA/TLA/TLA/013/*****/16/12, con
el reporte que recibió el personal de actuación del Ministerio
público adscrito al Ministerio Publico de Atizapán de Zaragoza, Estado de
México y quien recibió notificación vía telefónica de parte del Hospital
general de parte del Doctor ***** el ingreso al servicio de Urgencias del
paciente de nombre ***** quien presenta herida por arma de fuego en región
abdominal.
SEGUNDO.- Aunado
a que el hecho delictuoso tipificado como LESIONES CON MODIFICATIVA
AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON ARMA DE FUEGO Y CUANDO LAS
LESIONES PRODUZCAN DEBILITAMIENTO, DISMINUCIÓN O PERTURBACIÓN DE LAS FUNCIONES,
ÓRGANOS O MIEMBROS , y el cual tiene
señalada como pena privativa de libertad y además se trata de un delito que
amerita prisión preventiva oficiosa de acuerdo a lo que dispone el artículo 19
de Nuestra Carta Magna en relación con el artículo 167 en su párrafo tercero
del Código Nacional de Procedimientos Penales Vigente.
EL INVESTIGADO CUENTA CON LA SIGUIENTE MEDIA
FILIACIÓN:
*****
Quien tiene la siguiente media filiación ser de una edad
aproximada de veinticuatro a veintisiete años de edad, estatura aproximada de
un metro con setenta centímetros de estatura, complexión robusto, tez moreno,
cabello corto, lacio, frente regular, cejas semipobladas, ojos medianos, nariz
chata, boca mediana y quien puede ser localizado en domicilio conocido
Comunidad de Santiago Huitlapaltepec, sin número, Municipio de Donato Guerra,
Estado de México
HECHO
CIERTO:
“…Que
el día tres de diciembre del año dos mil dieciséis, siendo aproximadamente las
veintitrés horas con treinta minutos, la victima de nombre ***** se encontraba en la comunidad de Santiago Huitlapaltepec,
Municipio de Donato Guerra, Estado de México, precisamente en la fiesta de los
quince años de su sobrina de nombre *****, y la víctima estaba en compañía de
su esposa de nombre ***** así como la familia de mi esposa ya que era una
fiesta familiar, y la víctima se dirigió al baño y al ir de regreso a donde
estaba con su familia, la victima volteo a la carretera de terracería y fue
cuando se percató de que su cuñado de nombre ***** venia entrando al predio a
bordo de su camioneta de la marca NISSAN color BLANCA, y varias personas del
sexo masculino no lo dejaban pasar siendo aproximadamente seis personas, así
como también la víctima se percató que en dicho lugar también se encontraba su concuña
de nombre ***** y sus hijos de nombres *****y ***** de apellidos *****, quienes
trataban de defender a su cuñado *****, por lo que ante tal circunstancia la víctima
fue a ver qué era lo que pasaba y al llegar a dicho lugar la víctima conoce a
uno de ellos perfectamente porque vive en la misma comunidad, y quien responde
al nombre de *****, y dichos sujetos estaban golpeando a su sobrino de
nombre ***** *****, y en ese momento
lo que hizo la víctima fue de jalar a su sobrino ***** para que no lo siguieran golpeando, y al momento de que la víctima
trata de jalar a su sobrino, se percató de que el ahora imputado ***** y quien tenía un arma de fuego de
color negro tipo escuadra le estaba apuntando a ********** y posteriormente le apunto a ***** y posteriormente el ahora imputado le apunta con el arma de
fuego a la víctima ***** y le dice YA TE CARGO LA CHINGADA y en ese
momento el ahora imputado ***** disparo
con el arma de fuego que tenía en su mano derecha a la víctima *****, lesionando en el estómago y por dicha lesión la víctima cayó al suelo y le
empezó a doler el estómago y así como a salir sangre del estómago, y el ahora
imputado ***** al ver que la víctima
estaba sangrando le dijo a los otros cinco sujetos VAMONOS, y enseguida la víctima fue atendido por sus familiares
y lo llevaron a donde estaba la fiesta y
posteriormente lo llevaron al hospital de Valle de Bravo, y de ahí lo
trasladaron al Hospital de Atizapán de Zaragoza en donde lo atendieron de la
lesión que presento…”
DATOS
DE PRUEBA CON LOS QUE CUENTA ESTA FISCALÍA
1.- CON EL INICIO DE LA CARPETA
DE INVESTIGACIÓN CON NUMERO DE NUC TLA/TLA/TLA/013/*****/16/12, de fecha 04 de Diciembre del año
2016, se dio inicio a la carpeta de
Investigación número NUC: TLA/TLA/TLA/013/*****/16/12, con
el reporte que recibió el personal de actuación del Ministerio
público adscrito al Ministerio Publico de Atizapán de Zaragoza, Estado de
México y quien recibió notificación vía telefónica de parte del Hospital
general de parte del Doctor ***** el ingreso al servicio de Urgencias del
paciente de nombre ***** quien presenta herida por arma de fuego en región
abdominal. Motivo por el cual se dio inicio a la presente carpeta de
investigación.
2.-
SE CUENTA CON EL CERTIFICADO MEDICO, PSICOFISICO Y LESIONES, A FAVOR DE LA
VICTIMA DE NOMBRE *****, de
fecha cuatro de diciembre del año dos mil dieciséis, elaborado por médico
Legista *****, en el cual establece: Se trata de paciente internado en la cama número
25 del Servicio de Cirugía del Hospital General de Atizapán de Zaragoza y que
al momento de la valoración médica se encuentra consiente, inquieto,
quejumbroso, con material de curación que cubre el abdomen anterior. Como
lesiones al exterior se observa, una equimosis violácea e irregular en la
región palpebral superior izquierda.
A la lectura del expediente clínico con los siguientes diagnósticos: Una
herida por proyectil de arma de fuego, con orificio de entrada para umbilical
derecho, penetrante de abdomen y sin orificio de salida, pos operado de
laparotomía con hallazgos quirúrgicos de perforación en espejo de sigmoides que
requirió resección de sigmoides y
colostomía, a los rayos x con imagen de proyectil en abdomen a nivel de fosa
iliaca izquierda.
CLASIFICACION: Lesiones que si ponen en peligro la vida. Si hospital
3.- SE CUENTA CON LA
ENTREVISTA DE LA VCITIMA DE NOMBRE *****, de fecha treinta y uno de enero del año dos
mil diecisiete, quien en lo sustancial manifestó lo siguiente: “…Que el día tres de diciembre del año dos mil dieciséis,
siendo aproximadamente las veintitrés horas con treinta minutos, me encontraba
en la comunidad de Santiago Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado
de México, me encontraba en una fiesta particular, precisamente en unos quince
años, estaba en compañía de mi esposa de nombre ***** así como la familia de mi
esposa ya que era una fiesta familiar, dirigiéndome al baño y al ir de regreso
a donde estaba con mi familia volteo a la carretera de terracería y me percato
de que mi cuñado ***** venia entrando al predio a bordo de su camioneta de la
marca NISSAN color BLANCA, y veo que varias personas del sexo masculino no lo
dejaban pasar siendo aproximadamente seis personas, así mismo me percato que en dicho lugar
también se encontraba su esposa de nombre ***** y sus hijos de nombres ***** y *****
de apellidos *****, quienes trataban de defender a mi cuñado *****, por lo ante
tal circunstancia fui a ver qué era lo que pasaba dirigiéndome a donde estaba
mi cuñado *****, por lo que al llegar a dicho lugar me percato de que había seis
sujetos a los cuales conozco a uno de ellos perfectamente porque vive en la
misma comunidad, y quien responde al nombre de *****, y entre los seis sujetos
estaban golpeando a mi sobrino de nombre ***** *****, y en ese momento lo que
trate de hacer fue de jalar a mi sobrino ***** para que no lo siguieran
golpeando, y a la hora que estoy tratando de jalar a mi sobrino levante la cara
y veo que el sujeto que conozco y quien responde al nombre de ***** tenía un
arma de fuego de color negro tipo escuadra y dicha persona estaba apuntando a
mi sobrina de nombre ***** ***** y a mi concuña de nombre ***** y
posteriormente este sujeto me apunto con el arma de fuego y me decía YA TE
CARGO LA CHINGADA y en ese momento me disparo con el arma de fuego que tenía en
su mano derecha, lesionándome en el estómago y por dicha lesión me caí al suelo
ya que me empezó a doler el estómago y me empezó a salir sangre del estómago, y
este*****al ver que estaba sangrando le dijo a los otros cinco sujetos VAMONOS,
y enseguida mis familiares me auxiliaron y
me llevaron a donde estaba la fiesta en lo que los sujetos se iban y
posteriormente me llevaron al hospital de Valle de Bravo, y de ahí me traslade
por mis propios medios al Hospital de
Atizapán de Zaragoza en donde me atendieron, así ismo he de hacer mención que a
la fecha todavía tengo alojada la bala en el estómago, motivo por el cual
presento formal DENUNCI por el hecho delictuoso de LESIONES cometido en mi
agravio y en contra de ***** quien tiene la siguiente media filiación ser de
una edad aproximada de veinticuatro a veintisiete años de edad, estatura
aproximada de un metro con setenta centímetros de estatura, complexión robusto,
tez moreno, cabello corto, lacio, frente regular, cejas semipobladas, ojos
medianos, nariz chata, boca mediana y quien puede ser localizado en domicilio
conocido Comunidad de Santiago Huitlapaltepec, sin número, Municipio de Donato
Guerra, Estado de México.
4.- SE CUENTA CON NUEVA CERTIFICACION DEL ESTADO
PSICOFISICO Y LESIONES, elaborado por el médico
legista de nombre *****, de fecha treinta y uno de enero del año dos mil
diecisiete, a favor de la victima de nombre *****, en el cual establece lo
siguiente:
ANTECEDENTES PATOLOGICOS:
Inspección general: Al momento de la certificación el examinado se encuentra dentro de
la Agencia móvil con residencia en el Municipio de Donato Guerra, Estado de México,
en el área del consultorio Médico, consiente, orientado en tiempo, espacio,
persona y circunstancia, con lenguaje coherente y congruente, con fluidez
adecuada articulación de la palabra, juicios integrados a la realidad, sin
cambios en el estado de humor, memoria (inmediata y a largo plazo) normal.
DESCRIPCION:
EXPLORACION FISICA: Se encuentra masculino en posición libremente elegido aliento no
característico, pupilas normorreactivas mucosa nasal hidratadas, mucosa oral
hidratada. Reflejo nauseoso normal.
Al momento de la exploración
física presenta las siguientes lesiones: se observa cicatriz quirúrgica
hipertrófica e hipercromica y que mide veinte centímetros por cinco milímetros
de longitud de forma vertical ubicado de la región supra pública a la región
supraumbilical (línea media abdominal). Se observa ESTOMA ARTIFICIAL
(“COLOSTOMIA”) apertura quirúrgicamente creada en el intestino grueso que
permite la retirada de excrementos, ubicada a la izquierda de la línea media
abdominal funcional y sin fugas. El examinado exhibe resumen médico del
hospital General de Atizapán del servicio de Cirugía General a nombre de *****,
con fecha de ingreso 04 Diciembre de 2016, con fecha de egreso 18 de Diciembre
de 2016, Diagnostico de Ingreso: TRAUMATISMO ABDOMINAL SECUNDARIO A PROYECTIL
POR ARMA DE FUEGO. Diagnóstico de egreso PO DE LAPE + RESECCION DE 5 CM DEL
SIGMOIDES + CIERRE EN BOLSA ASARTMANN + COLOSTOMIA + LAVADO Y SECADO DE CAVIDAD
ABDOMINAL DE DRENAJE OMENTECTOMIA.
CONCLUSIONES:
1.- ESTADO
PSICOFISICO: MASCULINO CON ESTADO DE CONCIENCIA ORIENTADO.
2.- CLASIFICACION
DE LAS LESIONES QUE EN SU MOMENTO
A) SI PUSIERON EN PELIGRO LA
VIDA.
B) SANAN EN MAS DE QUINCE DIAS.
C) SI AMERITAN HOSPITALIZACION.
D) NO DEJAN CICATRIZ EN CARA.
E) LESIONES QUE DEJAN DISMINUCION
PARA LA FUNCION DE DIGESTION EN FORMA TEMPORAL.
5.- SE CUENTA CON LA ENTREVISTA DE LA TESTIGO DE NOMBRE *****, de fecha fecha treinta y
uno de enero del año dos mil diecisiete, y quien en lo sustancial manifestó lo
siguiente: “…Que el motivo de mi
comparecencia lo es a petición de mi concuño de nombre *****, y sin tener
ningún interés legal en el presente asunto, y en relación con los presentes
hechos se y me consta que el día tres de diciembre del año dos mil dieciséis,
siendo aproximadamente las veintitrés horas con treinta minutos, me encontraba
en la comunidad de Santiago Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado
de México, ya que vine junto con mi esposo de nombre *****, ya que estábamos
celebrando sus quince años a mi hija *****, y también se encontraba mis hijos
de nombres ***** y ***** de apellidos *****, y en ese momento mi esposo me dijo
que ya iba a ir por la camioneta la cual la había dejado en la entrada del
predio y que ya era tarde, observando que mi esposo se fue solo, por lo que
después de cinco minutos, observo que en la entrada del predio donde empieza un
camino de terracería, mi esposo iba entrando con su camioneta de la marca
NISSAN color BLANCA, y veo que unos sujetos no lo dejaban entrar por lo que le
dije a mis hijos que fuéramos a ver a mi esposo ***** ya que no lo dejaban
entrar con la camioneta y los tres nos dirigimos, y al llegar a donde estaba mi
esposo ***** y quien se encontraba a bordo de la camioneta, por lo que al
llegar a dicho lugar, me percato de que estaban aproximadamente seis personas
del sexo masculino y se le pusieron frente a la camioneta que conducía mi
esposo y no lo dejaban pasar, por lo que en ese momento dichos sujetos sin ningún motivo empezaron a golpear a mi
hijo de nombre ***** *****, y enseguida también llego mi concuño de nombre *****
quien al ver que estaban golpeando a mi hijo ***** trato de defenderlo pero uno
de los sujetos a quien conozco porque es de la comunidad de Santiago
Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado de México, y quien responde
al nombre de ***** y tenía una arma de fuego como tipo escuadra en su mano
derecha y primero le punto con el arma de fuego a mi hija ***** *****, y
posteriormente me apunto a mí con la
misma arma de fuego y posteriormente le punto a mi concuño de nombre *****
diciéndole a mi concuño YA TE CARGO LA CHINGADA y en ese momento le disparo en
el estómago a mi concuño *****, lesionándolo en el estómago y por dicha lesión
mi concuño se tiro al suelo y le empezó a salir sangre del estómago, y el
disparo se escuchó muy fuerte y fue cuando este*****al ver que mi concuño
estaba sangrando le dijo a los otros cinco sujetos VAMONOS, y*****y los sujetos
que lo acompañaban se fueron corriendo, y como mi concuño estaba tirado lo
auxiliamos y lo llevamos a donde estaba la fiesta y posteriormente fue
trasladado al Hospital de Atizapán de Zaragoza para su atención médica, así
mismo he de manifestar que cuando estaban golpeando a mi hijo ***** vi que uno
de los sujetos y quien responde al nombre de ***** le dio un cinturonaso
precisamente con la hebilla en la cabeza, siendo todo lo que se y me consta,
siendo todo lo que deseo manifestar.-----------------------------------------------------------------------
6.- SE CUENTA CON LA ENTREVISTA
DE LA TESTIGO DE NOMBRE **********, de fecha treinta y uno de enero del año dos
mil diecisiete, testigo quien en lo sustancial manifiesta lo
siguiente: “…Que el motivo de mi
comparecencia lo es a petición de mi tío de nombre *****, y sin tener ningún
interés legal en el presente asunto, y en relación con los presentes hechos se
y me consta que el día tres de diciembre del año dos mil dieciséis, siendo
aproximadamente las veintitrés horas con treinta minutos, me encontraba en la
comunidad de Santiago Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado de
México, ya que mis papas de nombres *****
y mi mama de nombre ***** le organizaron
su fiesta de quince años a mi hermana de nombre *****, y en dicha fiesta se encontraba mi familia
festejando a mi hermana y en ese momento estábamos reunidos en una mesa, mis
papas y mi hermano ***** *****, y en ese momento mi papa dijo que ya iba a ir
por la camioneta la cual estaba estacionada en la entrada del predio y dijo que
ya era tarde y vi que mi papa se fue, por lo que después de aproximadamente
cinco minutos, volteo a la entrada del predio donde empieza un camino de
terracería, y mi papa iba entrando con su camioneta de la marca NISSAN color
BLANCA, y veo la camioneta de mi papa estaba detenida y que unos sujetos no lo
dejaban entrar por lo que en ese momento mi mama ***** nos dijo que fuéramos a
ver a mi papa ya que no lo dejaban entrar con la camioneta y los tres nos
dirigimos para ver qué era lo que pasaba, y al llegar a donde estaba mi
papa vi que él se encontraba a bordo de
la camioneta, por lo que al llegar a dicho lugar, me percato de que estaban
aproximadamente seis personas del sexo masculino y se le pusieron frente a la
camioneta que conducía mi papa y no lo dejaban pasar con su camioneta, por lo
que en ese momento dichos sujetos sin ningún motivo empezaron a golpear a mi
hermano de nombre ***** *****, y enseguida también llego mi tío de nombre *****
quien fue quien al ver que estaban golpeando a mi hermano ***** trato de
defenderlo pero uno de los sujetos a quien conozco porque es de la comunidad de
Santiago Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado de México, y quien
responde al nombre de ***** y tenía una arma de fuego como tipo escuadra en su
mano derecha y primero me punto con el arma de fuego a mí y posteriormente le
apunto a mí con la misma arma de fuego a mi mama ***** y posteriormente le
punto a mi tío de nombre ***** diciéndole a mi tío YA TE CARGO LA CHINGADA y en
ese momento le disparo en el estómago a mi tío *****, lesionándolo en el
estómago y por dicha lesión mi tío se cayó al suelo y le empezó a salir sangre
del estómago, y el disparo se escuchó muy fuerte y fue cuando este*****al ver
que mi tío estaba sangrando le dijo a los otros cinco sujetos VAMONOS, y*****y
los sujetos que lo acompañaban se fueron corriendo, y como mi tío estaba tirado
lo auxiliamos y lo llevamos a donde estaba la fiesta y posteriormente fue
trasladado al Hospital de Atizapán de Zaragoza para su atención médica, así
mismo cuando mi tío estaba tratando de Fender a mi hermano ***** ci que este *****
le pego en su cabeza con una evilla de un cinturón ocasionándole una lesión en
la cabeza, siendo todo lo que se y me consta, siendo todo lo que deseo
manifestar.------------------------
7.- SE CUENTA CON LA INVESTIGACION E INSPECCION
DEL LUGAR DE LOS HECHOS, de fecha elaborada por los agentes de la
Policía de Investigación de nombres ***** y *****,
en el cual informan lo siguiente:
Los suscritos Agentes
de Investigación Adscritos a la Agencia Móvil de Donato Guerra, nos permitimos
informar lo siguiente:
Una vez que los
suscritos recibieron el presente oficio de investigación e inspección, y
después de recabar datos de la Carpeta de Investigación, nos trasladamos al
sitio de investigación siendo en domicilio comunidad de Santiaguito
Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, entrevistándome con el C. *****,
cuñado de la víctima C. *****, quien manifiesta en relación a los hechos que
el día 03 de diciembre del 2016, celebraban los 15 años de su hija, en eso
llegaron ***** Y ***** en compañía de otros sujetos de los cuales desconoce
sus nombres y quienes son vecinos del lugar, y quienes al momento en que el
C. ***** intentaba meter su camioneta, dichos sujetos le impidieron el
paso, y enseguida llegaron los
familiares del señor ***** precisamente su esposa de nombre *****, su hija de
nombre ***** ***** así como su cuñado de nombre *****, observando que el C. *****
tenía un arma de fuego en su poder y le apunto a la C. ***** ***** y
posteriormente le apunto a su esposa de nombre ***** e inmediatamente le
apunta a ***** a quien si le dispara y lo lesiona en el estómago y quien
posteriormente dichos sujetos se echaron a correr y el C. ***** y sus
familiares auxiliaron a la víctima ***** metiéndolo al lugar donde se había
celebrado la fiesta y posteriormente el lesionado es trasladado al nosocomio
para su atención médica.
Así mismo, al estar en
el lugar de los hechos, procedimos a realizar la inspección del lugar de los
hechos en donde se tiene a la vista una calle de terracería de
aproximadamente 6 metros de ancho de norte a sur como referencia al sur a 50 metros se
encuentra la casa del C. ***** *****, en donde se llevó a cabo la fiesta de quince años de la hija del
señor *****.
Se anexa fotografías
del lugar.
Lo que comunico a usted para los fines y efectos
a que haya lugar.
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8.- SE CUENTA CON LAS COPIAS CERTIFICADAS DE LA
CARPETA DE INVESTIGACION NUMERO DE NUC: VAL/VAL/FC3/033/*****/16/12, misma que se dio inicio en fecha doce de
diciembre del año dos mil dieciséis por el hecho delictuoso de Lesiones
cometidas en agravio del menor de nombre ***** ***** y en contra de *****, en
la cual se recabaron las siguientes diligencias:
9.-
SE CUENTA CON LA ENTREVISTA DEL DENUNCIANTE DE NOMBRE *****, de fecha doce
de diciembre del año dos mil dieciséis, y quien en lo sustancial manifestó lo
siguiente: “…Que el día domingo cuatro de diciembre del año
dos mil dieciséis, siendo aproximadamente las cero horas con veinte minutos, me
encontraba frente a mi domicilio que se encuentra ubicado en domicilio conocido
Comunidad de Santiago Huitlapaltepec, sin número, Municipio de Donato Guerra,
Estado de México, estaba solo ya que estaba bordo de mi camioneta y unos chavos
no me dejaban pasar ya que eran aproximadamente seis personas, no me decían
nada ya que se pararon en donde me iba a meter en una carretera de terracería, y como no me dejaban
entrar llego mi hijo de nombre ***** *****, mi esposa de nombre *****,
y mi hija de nombre ***** *****, y estos sujetos empezaron a
golpear a mi hijo, y
enseguida llego también mi cuñado de nombre *****, quien trato de defender a
mi hijo ***** y en ese momento me percate que uno de los
sujetos de nombre *****,
y a quien lo conozco porque es vecino de la comunidad, de Santiago Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado de México, y dicho sujeto tenía una arma de fuego en su poder y primero le apunto a mi hija de nombre ********** y posteriormente
le apunto a mi esposa de nombre *****, y posteriormente le punto a mi cuñado pegándole en el estómago, por lo que al ver dicha situación me bajo d ela camioneta, y cuando los separo es cuando ***** le pega a mi hijo con una hebilla,
pegándole en la cabeza y a mí también me pego un cinturonaso en el oído y
después ya nos fuimos para nuestra casa, y en cuanto a mi cuñado ***** lo llevamos a donde estaba
la fiesta ya que estaba sangrando y posteriormente se lo llevaron a Valle de Bravo, pero después se lo
llevaron a Atizapán de Zaragoza para su atención médica, así mismo en este acto
presento a mi menor hijo a quien se le reservada su identidad en el presente
asunto y de iniciales A. G. R, a quien presento en este acto a fin de que se le
recabe su entrevista en relación con los presentes hechos, así mismo en este
acto doy mi consentimiento de que mi menor hijo victima sea valorado por el
médico Legista de estas oficinas de representación social en mi presencia,
motivo por el cual en este momento presento formal QUERELLA por el hecho
delictuoso de LESIONES cometido en mi agravio y en contra de *****, ***** *****
y QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, así mismo la media filiación de *****,
ser de una edad aproximada de diecisiete años de edad, estatura aproximada de
un metro con sesenta y cinco centímetros de estatura, complexión delgado,
cabello corto, lacio, frente chica, cejas pobladas, ojos chicos, nariz ancha,
boca mediana, labios gruesos, y quien puede ser localizado en Domicilio
conocido Ejido de Santiago Huitlapaltepec, municipio de Donato Guerra, Estado
de México; así mismo la media filiación de *****, ser de una edad aproximada de
treinta y cinco años de edad, estatura aproximada de un metro con sesenta,
complexión robusta, tez moreno, cabello corto, lacio, frente amplia, cejas
pobladas, nariz grande, boca grande, labios gruesos y quien puede ser
localizado en Domicilio conocido Ejido de Santiago Huitlapaltepec, municipio de
Donato Guerra, Estado de México, y la media filiación de ***** ser de una edad
aproximada de veintidós años de edad, estatura aproximada de un metro con
sesenta centímetros, complexión robusto, tez moreno, cabello corto, lacio,
frente amplia, cejas pobladas, ojos medianos, nariz chica, boca chica labios
delgados y quien puede ser localizado en Domicilio conocido Ejido de Santiago
Huitlapaltepec, municipio de Donato Guerra, Estado de México.
10.-SE CUENTA CON LA ENTREVISTA DEL MENOR VICTIMA DE NOMBRE ***** *****, de fecha doce de diciembre del
año dos mil dieciséis, en presencia de su papa de nombre *****, así como de su
asesor Jurídico Licenciado *****, así como de la Psicóloga ***** adscrita a la
Unidad de Atención Inmediata y Justicia Restaurativa, victima quien en lo
sustancial manifestó lo siguiente: Que el día tres de diciembre alrededor de
las once horas, nos encontrábamos celebrando los quince años de mi hermana de
nombre *****, transcurrido las once y media horas cuando me llama la atención
un grupo de jóvenes que se encontraban en la mesa ingiriendo bebidas
alcohólicas a lo que me solicitan más bebidas pero al notar su estado les niego
las bebidas, a lo que uno de ellos intenta agredirme pero al no lograrlo se retiran todos amenazando que volverían, transcurren
las doce en punto del día cuatro de diciembre, cuando m papa se retira por la
camioneta al momento de intentar ingresar a la vivienda mi papa, este grupo de
jóvenes le niega la entrada a lo que salgo en compañía de mi tío de nombre *****
a lo que el grupo de jóvenes empieza a agredirme a golpes y con una hebilla de
cinturón, por lo que mi tío ***** al intentar defenderme le comienzan a apuntar
amenazándolo de dispararle a él y a mí por
lo que sale mi mama ***** ***** y mi hermana ***** ***** a intentar controlar
al intentar controlar al joven con la pistola a lo que este*****comenzó a
apuntarle a mi hermana y a mi mama por lo que interviene mi tío ***** ***** y
es cuando este*****acciona la pistola y le pega a ***** ***** pegándole el
balazo en el estómago por lo que mi mama y mi hermana recurren de llevarlo a la casa al ver esto
los individuos que me estaban agrediendo intentan golpear a mi papa en la oreja
con la hebilla, después de esto los individuos amenazan con que nos vayamos
sino es que volverían a accionar la pistola y fue todo lo que paso…”.
11.- SE CUENTA CON EL CERTIFICADO MEDICO DEL ESTADO PSICOFISICO Y
LESIONES DE LA VICTIMA DE NOMBRE ***** *****, de
fecha doce de diciembre del año dos mil dieciséis, elaborado por el Médico
Legista *****, y en el cual establece lo siguiente:
ANTECEDENTES
PATOLOGICOS:
Inspección General: Al momento de la
certificación la examinada se encuentra dentro de la Agencia Móvil con
residencia en Donato Guerra Estado de México en el área del Consultorio,
consiente orientado en tiempo espacio, persona y circunstancia, con lenguaje
coherente, con fluidez, con adecuada articulación de la palabra, juicios
integrados a la realidad, sin cambios en el estado de humos, memoria
(inmediata, mediata y a largo plazo) normal.
DESCRIPCION:
Exploración Física: Se encuentra masculino en
posición libremente elegido aliento no característico, pupilar normorreactivas,
mucosas nasal hidratadas, mucosa oral hidratada, reflejo nauseoso normal.
Al momento de la exploración física presenta
las siguientes lesiones; se observa herida cortocontusa de cuatro centímetros
en forma media luna suturada en región de piel cabelluda del parietal línea
sagital, región provista de pelo. Presenta hematoma de un hematoma de un
centímetro de diámetro por contusión en piel cabelluda del temporal izquierdo.
Presenta equimosis por contusión de color amarillento en región palpebral
inferior bilateral. Refiere dolor en región lumbosacro de la columna vertebral.
CONCLUSIONES:
1.-
Estado Psicofísico Masculino Consiente.
2.-
Clasificación de las Lesiones Recientes:
A.-
No ponen en peligro la vida.
B.-
Sanana en menos de quince días.
C.-
No ameritan Hospitalización.
D.-
NO dejan cicatriz en rostro.
Por lo que a
consideración de esta representación social considera que de los datos de
prueba antes expuestos son idóneos pertinentes y en su conjunto suficientes
para establecer la probabilidad de que el ahora investigado *****
PARTICIPO EN LA COMISION DEL HECHO
DELICTUOSO DE LESIONES CON MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON ARMA
PROHIBIDA Y QUE DEJAN CUANDO LAS LESIONES PRODUZCAN ENFERMEDAD INCURABLE, ENAJENACIÓN
MENTAL, PÉRDIDA DEFINITIVA DE ALGÚN MIEMBRO O DE CUALQUIER FUNCIÓN ORGÁNICA O
CAUSEN UNA INCAPACIDAD PERMANENTE PARA TRABAJAR.
El hecho
delictuoso en cita ilícito LESIONES CON MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE
COMETIDO CON ARMA DE FUEGO Y CUANDO LAS LESIONES PRODUZCAN DEBILITAMIENTO, DISMINUCIÓN O
PERTURBACIÓN DE LAS FUNCIONES, ÓRGANOS O MIEMBROS cometido
en agravio de *****, ilícito
previsto por el artículo 236 y sancionado por los artículos 237 fracción III,
238 fracciones I, III, en relación con el 6, 7, 8 fracciones I y III; 11
fracción I inciso C) del Código Penal Vigente en el Estado de México. Al efecto
su comprobación deberá de realizarse en términos del artículo 261 del
Código Nacional de Procedimientos Penales, EN VIRTUD de que en la presente
carpeta de investigación se han recabado datos que se advierten IDÓNEOS y
PERTINENTES para establecer razonadamente la existencia del hecho
delictuoso de homicidio calificado y además también se advierte la probable
participación del ahora imputado de nombres *****, ilícito previsto por
el artículo 236 y sancionado por los artículos 237 fracción III, 238 fracciones
I, III, en relación con el 6, 7, 8 fracciones I y III; 11 fracción I inciso C)
del Código Penal Vigente en el Estado de México, disponen los siguiente:
Datos de prueba
que conforme a lo dispuesto por el artículo 185 párrafo tercero del Código de
Procedimientos Penales en vigor, se advierten idóneos, pertinentes y en su
conjunto suficientes para llegar a establecer razonadamente la existencia de un hecho delictuoso que la
ley señala como el delito de LESIONES, en virtud de que con los mismos puede llegarse a la convicción que el hoy imputado *****, efectivamente desplegaron una CONDUCTA de acción de consumación instantánea como
autor material con dominio del hecho, de manera material y dolosa, tomando como parámetro la existencia de
una imputación firme y directa que en entrevista realizara el testigo
presencial de los hechos de nombre *****;
por lo que se puede establecer que la conducta que nos ocupa se realizó en términos
de lo dispuesto por el artículo 8 fracciones I y III del Código Penal para esta
entidad, conducta consistente en que: Que el día tres de diciembre del año dos mil dieciséis,
siendo aproximadamente las veintitrés horas con treinta minutos, la victima de
nombre ***** se encontraba en la
comunidad de Santiago Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado de
México, precisamente en la fiesta de los quince años de su sobrina de nombre *****,
y la víctima estaba en compañía de su esposa de nombre ***** así como la
familia de mi esposa ya que era una fiesta familiar, y la víctima se dirigió al
baño y al ir de regreso a donde estaba con su familia, la victima volteo a la
carretera de terracería y fue cuando se percató de que su cuñado de nombre *****
venia entrando al predio a bordo de su camioneta de la marca NISSAN color
BLANCA, y varias personas del sexo masculino no lo dejaban pasar siendo aproximadamente
seis personas, así como también la víctima se percató que en dicho lugar
también se encontraba su concuña de nombre ***** y sus hijos de nombres *****y *****
de apellidos *****, quienes trataban de defender a su cuñado *****, por lo que
ante tal circunstancia la victima fue a ver qué era lo que pasaba y al llegar a
dicho lugar la víctima conoce a uno de ellos perfectamente porque vive en la
misma comunidad, y quien responde al nombre de *****, y dichos sujetos
estaban golpeando a su sobrino de nombre *****
*****, y en ese momento lo que hizo la víctima fue de jalar a su sobrino ***** para que no lo siguieran
golpeando, y al momento de que la víctima trata de jalar a su sobrino, se
percató de que el ahora imputado *****
y quien tenía un arma de fuego de color negro tipo escuadra le estaba apuntando
a ********** y posteriormente le
apunto a ***** y posteriormente el
ahora imputado le apunta con el arma de fuego a la víctima ***** y le dice YA TE CARGO
LA CHINGADA y en ese momento el ahora imputado ***** disparo con el arma de fuego que tenía en su mano derecha a
la víctima *****, lesionando en el
estómago y por dicha lesión la víctima
cayó al suelo y le empezó a doler el estómago y así como a salir sangre del
estómago, y el ahora imputado *****
al ver que la víctima estaba sangrando le dijo a los otros cinco sujetos VAMONOS, y enseguida la víctima fue
atendido por sus familiares y lo
llevaron a donde estaba la fiesta y posteriormente lo llevaron al hospital de
Valle de Bravo, y de ahí lo trasladaron al Hospital de Atizapán de Zaragoza en
donde lo atendieron de la lesión que presento, y misma persona que al ser
inspeccionado corporalmente por el médico legista de esta Fiscalía
efectivamente presentó las siguientes lesiones: Una herida por proyectil de arma de fuego, con
orificio de entrada para umbilical derecho, penetrante de abdomen y sin
orificio de salida, pos operado de laparotomía con hallazgos quirúrgicos de
perforación en espejo de sigmoides que requirió
resección de sigmoides y colostomía, a los rayos x con imagen de proyectil
en abdomen a nivel de fosa iliaca izquierda. CLASIFICACION: Lesiones que si
ponen en peligro la vida, victima
quien fue valorado nuevamente en fecha treinta y uno de enero del año dos mil
diecisiete por el Médico Legista quien estableció lo siguiente: Al momento de la exploración física presenta las
siguientes lesiones: se observa cicatriz quirúrgica hipertrófica e hipercromica
y que mide veinte centímetros por cinco milímetros de longitud de forma
vertical ubicado de la región supra pública a la región supraumbilical (línea
media abdominal). Se observa ESTOMA ARTIFICIAL (“COLOSTOMIA”) apertura
quirúrgicamente creada en el intestino grueso que permite la retirada de
excrementos, ubicada a la izquierda de la línea media abdominal funcional y sin
fugas. El examinado exhibe resumen médico del hospital General de Atizapán del
servicio de Cirugía General a nombre de *****, con fecha de ingreso 04
Diciembre de 2016, con fecha de egreso 18 de Diciembre de 2016, Diagnostico de
Ingreso: TRAUMATISMO ABDOMINAL SECUNDARIO A PROYECTIL POR ARMA DE FUEGO.
Diagnóstico de egreso PO DE LAPE + RESECCION DE 5 CM DEL SIGMOIDES + CIERRE EN
BOLSA ASARTMANN + COLOSTOMIA + LAVADO Y SECADO DE CAVIDAD ABDOMINAL DE DRENAJE
OMENTECTOMIA; CONCLUSIONES: 1.- ESTADO
PSICOFISICO: MASCULINO CON ESTADO DE CONCIENCIA ORIENTADO. 2.- CLASIFICACION DE LAS LESIONES QUE EN SU MOMENTO, A) SI PUSIERON
EN PELIGRO LA VIDA. B) SANAN EN MAS DE QUINCE DIAS. C) SI AMERITAN
HOSPITALIZACION. D) NO DEJAN CICATRIZ EN CARA. E) LESIONES QUE DEJAN
DISMINUCION PARA LA FUNCION DE DIGESTION EN FORMA TEMPORAL; Produciendo con ello un RESULTADO MATERIAL, ya que en la
especie el resultado de la conducta desplegada por el sujeto activo causó
alteraciones en la salud de *****,
lo cual es consecuencia directa de la conducta de acción que desplego por el
ahora activo de nombre *****, ya que de
no haberla llevado a cabo, no se habría producido la lesión al bien jurídico
protegido, evidenciándose así el nexo causal existente entre la conducta y el
resultado y existiendo entre dicho
resultado y la conducta desplegada por el hoy imputado de nombre *****, un NEXO DE ATRIBUIBILIDAD ya que de no haberse desplegado la misma no se
hubiese presentado el resultado en cita, el cual se tradujo en la vulneración
al BIEN JURÍDICO TUTELADO por la norma siendo la Integridad Corporal de
las personas y en el caso específico la integridad corporal de *****, quien por tanto es precisamente el SUJETO PASIVO del delito, y
por cuanto hace al hoy imputado *****
adquiere la calidad de SUJETO ACTIVO al ser él precisamente quien
previamente antes de ejecutar la conducta planeo su realización con el uso de
un arma de fuego, al accionarla lesiona a la víctima; por último tiene el
carácter de OBJETO DEL DELITO, el propio cuerpo de la víctima ***** ya que sobre éste recae la conducta del inculpado, teniéndose por tanto
por acreditados los elementos objetivos del delito en comento descritos por el
artículo 236 del Código Penal vigente en el Estado de México.
ELEMENTOS
NORMATIVOS:
Ø El hecho delictuoso que nos ocupa
siendo el de lesiones, su configuración requiere de la aprobación de
los siguientes elementos normativos:
a)
toda alteración que cause daños en la salud,
b)
producida por una causa externa. El núcleo del tipo es causar daños en la
salud. El bien jurídico protegido es la integridad física. Lo anterior, queda
debidamente acreditado con la inspección ministerial de lesiones, practicada
por el personal de actuación en el cuerpo del pasivo *****, así como con el certificado médico de
lesiones, expedido por el perito médico legista adscrito, a favor de la
víctima, y con la DENUNCIA presentada por la víctima, en la que refiere la
forma en que resultara lesionado en el momento de los hechos por el activo,
siendo que de lo anterior se desprende lo siguiente: Una herida por proyectil de arma de fuego, con
orificio de entrada para umbilical derecho, penetrante de abdomen y sin
orificio de salida, pos operado de laparotomía con hallazgos quirúrgicos de
perforación en espejo de sigmoides que requirió
resección de sigmoides y colostomía, a los rayos x con imagen de
proyectil en abdomen a nivel de fosa iliaca izquierda. CLASIFICACION: Lesiones
que si ponen en peligro la vida, victima quien fue valorado
nuevamente en fecha treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete por el
Médico Legista quien estableció lo siguiente: Al momento de la exploración física presenta las
siguientes lesiones: se observa cicatriz quirúrgica hipertrófica e hipercromica
y que mide veinte centímetros por cinco milímetros de longitud de forma
vertical ubicado de la región supra pública a la región supraumbilical (línea
media abdominal). Se observa ESTOMA ARTIFICIAL (“COLOSTOMIA”) apertura
quirúrgicamente creada en el intestino grueso que permite la retirada de
excrementos, ubicada a la izquierda de la línea media abdominal funcional y sin
fugas. El examinado exhibe resumen médico del hospital General de Atizapán del
servicio de Cirugía General a nombre de *****, con fecha de ingreso 04
Diciembre de 2016, con fecha de egreso 18 de Diciembre de 2016, Diagnostico de
Ingreso: TRAUMATISMO ABDOMINAL SECUNDARIO A PROYECTIL POR ARMA DE FUEGO.
Diagnóstico de egreso PO DE LAPE + RESECCION DE 5 CM DEL SIGMOIDES + CIERRE EN
BOLSA ASARTMANN + COLOSTOMIA + LAVADO Y SECADO DE CAVIDAD ABDOMINAL DE DRENAJE
OMENTECTOMIA; CONCLUSIONES: 1.- ESTADO
PSICOFISICO: MASCULINO CON ESTADO DE CONCIENCIA ORIENTADO. 2.- CLASIFICACION DE LAS LESIONES QUE EN SU MOMENTO, A) SI PUSIERON
EN PELIGRO LA VIDA. B) SANAN EN MAS DE QUINCE DIAS. C) SI AMERITAN
HOSPITALIZACION. D) NO DEJAN CICATRIZ EN CARA. E) LESIONES QUE DEJAN
DISMINUCION PARA LA FUNCION DE DIGESTION EN FORMA TEMPORAL.
Salud física: Se
establece como el orden armónico de los órganos y estructura corporal gozan
para correcto funcionamiento, la ley de salud, establece esta como las
condiciones normales que permiten la vida, siendo por ende en el presente que
el detrimento de esta condición, produce la afección en órganos, miembros y por
tanto en las funciones orgánicas del ser, su fisiología e higiene. Así el de la
víctima de nombre ***** el
cual al ser certificado presento las siguientes lesiones: Una herida por proyectil de arma de fuego, con
orificio de entrada para umbilical derecho, penetrante de abdomen y sin
orificio de salida, pos operado de laparotomía con hallazgos quirúrgicos de
perforación en espejo de sigmoides que requirió
resección de sigmoides y colostomía, a los rayos x con imagen de
proyectil en abdomen a nivel de fosa iliaca izquierda. CLASIFICACION: Lesiones
que si ponen en peligro la vida, victima quien fue valorado nuevamente
en fecha treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete por el Médico
Legista quien estableció lo siguiente: Al momento de la exploración física presenta las
siguientes lesiones: se observa cicatriz quirúrgica hipertrófica e hipercromica
y que mide veinte centímetros por cinco milímetros de longitud de forma
vertical ubicado de la región supra pública a la región supraumbilical (línea
media abdominal). Se observa ESTOMA ARTIFICIAL (“COLOSTOMIA”) apertura
quirúrgicamente creada en el intestino grueso que permite la retirada de
excrementos, ubicada a la izquierda de la línea media abdominal funcional y sin
fugas. El examinado exhibe resumen médico del hospital General de Atizapán del
servicio de Cirugía General a nombre de *****, con fecha de ingreso 04
Diciembre de 2016, con fecha de egreso 18 de Diciembre de 2016, Diagnostico de
Ingreso: TRAUMATISMO ABDOMINAL SECUNDARIO A PROYECTIL POR ARMA DE FUEGO.
Diagnóstico de egreso PO DE LAPE + RESECCION DE 5 CM DEL SIGMOIDES + CIERRE EN
BOLSA ASARTMANN + COLOSTOMIA + LAVADO Y SECADO DE CAVIDAD ABDOMINAL DE DRENAJE
OMENTECTOMIA; CONCLUSIONES: 1.- ESTADO
PSICOFISICO: MASCULINO CON ESTADO DE CONCIENCIA ORIENTADO. 2.- CLASIFICACION DE LAS LESIONES QUE EN SU MOMENTO, A) SI PUSIERON
EN PELIGRO LA VIDA. B) SANAN EN MAS DE QUINCE DIAS. C) SI AMERITAN
HOSPITALIZACION. D) NO DEJAN CICATRIZ EN CARA. E) LESIONES QUE DEJAN
DISMINUCION PARA LA FUNCION DE DIGESTION EN FORMA TEMPORAL.
·
Alteración: Es
la acción de alterar, modificar, o deteriorar o cambiar la estructura y funcionamiento de una cosa, órgano o del
ser vivo, siendo evidente que en el presente caso es llevado a la modificación
fáctica en la condición de salud que las pasivos venia teniendo y que hoy resultan
deterioradas.
·
Causa
externa: Descrita en la ley esta referencia asimila al
factor circunstanciado o tipología de evento que proviniendo del exterior y
fuera de la voluntad del agente receptor se infiera como acción. Es así el
medio o método que produzca un resultado de alterar el orden estructural,
corporal o bien funcional de una cosa o de un ser vivo. Así proveniente del
exterior las acciones físicas lesivas que se infieren en la victima de nombre *****, son por ende ajenas y que al recibirlas las
convierten en receptores o víctimas.
Datos de
prueba que son idóneos y pertinentes, pues se advierte que los informes
periciales, que fueron practicados por especialistas con conocimientos en
medicina legal y Policía de Investigación de una Institución así como del Instituto de Servicios
Periciales del Estado de México, quienes después de haber utilizado los
métodos, técnicas, procedimientos y reglas en cada área científica del
conocimiento, concluyeron en proposiciones concretas; máxime que los estudios
practicados, si exigían la intervención de peritos en las materias
indicadas, de tal manera que los informes periciales alcanzan idoneidad y
pertinencia jurídica, porque fueron emitidos por expertos.
POR LO QUE HACE A QUE
LAS LESIONES HAYAN SIDO PRODUCIDAS CON UN ARMA DE FUEGO.- Prevista
por en artículo 238 fracción I del
Código Penal vigente en el Estado de México, se encuentra debidamente
acreditado con la entrevista de la propia víctima de nombre *****, quien en términos generales en su entrevista
refiere que Que el día tres de diciembre del año dos mil dieciséis,
siendo aproximadamente las veintitrés horas con treinta minutos, la victima de
nombre ***** se encontraba en la
comunidad de Santiago Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado de
México, precisamente en la fiesta de los quince años de su sobrina de nombre *****,
y la víctima estaba en compañía de su esposa de nombre ***** así como la
familia de mi esposa ya que era una fiesta familiar, y la víctima se dirigió al
baño y al ir de regreso a donde estaba con su familia, la victima volteo a la
carretera de terracería y fue cuando se percató de que su cuñado de nombre *****
venia entrando al predio a bordo de su camioneta de la marca NISSAN color
BLANCA, y varias personas del sexo masculino no lo dejaban pasar siendo
aproximadamente seis personas, así como también la víctima se percató que en
dicho lugar también se encontraba su concuña de nombre ***** y sus hijos de
nombres *****y ***** de apellidos *****, quienes trataban de defender a su cuñado
*****, por lo que ante tal circunstancia la víctima fue a ver qué era lo que
pasaba y al llegar a dicho lugar la víctima conoce a uno de ellos perfectamente
porque vive en la misma comunidad, y quien responde al nombre de *****, y dichos sujetos estaban golpeando a su sobrino de
nombre ***** *****, y en ese momento
lo que hizo la víctima fue de jalar a su sobrino ***** para que no lo siguieran golpeando, y al momento de que la
víctima trata de jalar a su sobrino, se percató de que el ahora imputado ***** y quien tenía un arma de fuego de
color negro tipo escuadra le estaba apuntando a ********** y posteriormente le apunto a ***** y posteriormente el ahora imputado le apunta con el arma de
fuego a la víctima ***** y le dice YA TE CARGO LA CHINGADA y en ese
momento el ahora imputado ***** disparo
con el arma de fuego que tenía en su mano derecha a la víctima *****, lesionando en el estómago y por dicha lesión la víctima cayó al suelo y
le empezó a doler el estómago y así como a salir sangre del estómago, y el
ahora imputado ***** al ver que la
víctima estaba sangrando le dijo a los otros cinco sujetos VAMONOS, y enseguida la víctima fue atendido por sus familiares
y lo llevaron a donde estaba la fiesta y
posteriormente lo llevaron al hospital de Valle de Bravo, y de ahí lo
trasladaron al Hospital de Atizapán de Zaragoza en donde lo atendieron de la
lesión que presento, y lo que se corrobora con los certificados médicos que
obran en la presente carpeta de investigación en los cuales se establece lo
siguiente: Una herida
por proyectil de arma de fuego, con orificio de entrada para umbilical derecho,
penetrante de abdomen y sin orificio de salida, pos operado de laparotomía con
hallazgos quirúrgicos de perforación en espejo de sigmoides que requirió resección de sigmoides y colostomía, a los
rayos x con imagen de proyectil en abdomen a nivel de fosa iliaca izquierda.
CLASIFICACION: Lesiones que si ponen en peligro la vida, victima
quien fue valorado nuevamente en fecha treinta y uno de enero del año dos mil
diecisiete por el Médico Legista quien estableció lo siguiente: Al momento de la exploración física presenta las
siguientes lesiones: se observa cicatriz quirúrgica hipertrófica e hipercromica
y que mide veinte centímetros por cinco milímetros de longitud de forma
vertical ubicado de la región supra pública a la región supraumbilical (línea
media abdominal). Se observa ESTOMA ARTIFICIAL (“COLOSTOMIA”) apertura
quirúrgicamente creada en el intestino grueso que permite la retirada de
excrementos, ubicada a la izquierda de la línea media abdominal funcional y sin
fugas. El examinado exhibe resumen médico del hospital General de Atizapán del
servicio de Cirugía General a nombre de *****, con fecha de ingreso 04
Diciembre de 2016, con fecha de egreso 18 de Diciembre de 2016, Diagnostico de
Ingreso: TRAUMATISMO ABDOMINAL SECUNDARIO A PROYECTIL POR ARMA DE FUEGO.
Diagnóstico de egreso PO DE LAPE + RESECCION DE 5 CM DEL SIGMOIDES + CIERRE EN
BOLSA ASARTMANN + COLOSTOMIA + LAVADO Y SECADO DE CAVIDAD ABDOMINAL DE DRENAJE
OMENTECTOMIA.
POR LO QUE HACE A LA
CALIFICATIVA AGRAVANTE QUE CUANDO LAS LESIONES PRODUZCAN DEBILITAMIENTO, DISMINUCIÓN O
PERTURBACIÓN DE LAS FUNCIONES, ÓRGANOS O MIEMBROS; Prevista
por en artículo 238 fracción III del
Código Penal vigente en el Estado de México, se encuentra debidamente
acreditado, con los certificados médicos ya que en el contenido de los mismos
refieren que: Una herida
por proyectil de arma de fuego, con orificio de entrada para umbilical derecho,
penetrante de abdomen y sin orificio de salida, pos operado de laparotomía con
hallazgos quirúrgicos de perforación en espejo de sigmoides que requirió resección de sigmoides y colostomía, a los
rayos x con imagen de proyectil en abdomen a nivel de fosa iliaca izquierda.
CLASIFICACION: Lesiones que si ponen en peligro la vida, victima
quien fue valorado nuevamente en fecha treinta y uno de enero del año dos mil
diecisiete por el Médico Legista quien estableció lo siguiente: Al momento de la exploración física presenta las
siguientes lesiones: se observa cicatriz quirúrgica hipertrófica e hipercromica
y que mide veinte centímetros por cinco milímetros de longitud de forma
vertical ubicado de la región supra pública a la región supraumbilical (línea
media abdominal). Se observa ESTOMA ARTIFICIAL (“COLOSTOMIA”) apertura
quirúrgicamente creada en el intestino grueso que permite la retirada de
excrementos, ubicada a la izquierda de la línea media abdominal funcional y sin
fugas. El examinado exhibe resumen médico del hospital General de Atizapán del
servicio de Cirugía General a nombre de *****, con fecha de ingreso 04
Diciembre de 2016, con fecha de egreso 18 de Diciembre de 2016, Diagnostico de
Ingreso: TRAUMATISMO ABDOMINAL SECUNDARIO A PROYECTIL POR ARMA DE FUEGO.
Diagnóstico de egreso PO DE LAPE + RESECCION DE 5 CM DEL SIGMOIDES + CIERRE EN
BOLSA ASARTMANN + COLOSTOMIA + LAVADO Y SECADO DE CAVIDAD ABDOMINAL DE DRENAJE
OMENTECTOMIA; CONCLUSIONES: 1.- ESTADO
PSICOFISICO: MASCULINO CON ESTADO DE CONCIENCIA ORIENTADO. 2.- CLASIFICACION DE LAS LESIONES QUE EN SU MOMENTO, A) SI PUSIERON
EN PELIGRO LA VIDA. B) SANAN EN MAS DE QUINCE DIAS. C) SI AMERITAN
HOSPITALIZACION. D) NO DEJAN CICATRIZ EN CARA. E) LESIONES QUE DEJAN DISMINUCION PARA LA FUNCION DE DIGESTION EN
FORMA TEMPORAL.
Luego
entonces, se tiene por acreditado el hecho delictuoso de LESIONES CON
MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON ARMA DE FUEGO Y CUANDO LAS
LESIONES PRODUZCAN DEBILITAMIENTO, DISMINUCIÓN O PERTURBACIÓN DE LAS FUNCIONES,
ÓRGANOS O MIEMBROS cometido en agravio de ***** y en contra de *****, ilícito
previsto por el artículo 236 y sancionado por los artículos 237 fracción III,
238 fracciones I, III, en relación con el 6, 7, 8 fracciones I y III; 11
fracción I inciso C) del Código Penal Vigente en el Estado de México.
POR LO QUE RESPECTA A LA PROBABILIDAD DE QUE EL IMPUTADO *****, PARTICIPO EN LA COMISIÓN DEL HECHO DELICTUOSO DE
LESIONES en agravio de *****, se encuentra señalado de manera directa con todos y cada uno de los
datos de prueba que se han mencionado anteriormente, cobrando relevancia la
imputación que realizan la propia víctima *****, logrando establecer debidamente Que el día tres de diciembre del año dos mil dieciséis,
siendo aproximadamente las veintitrés horas con treinta minutos, la victima de
nombre ***** se encontraba en la
comunidad de Santiago Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado de
México, precisamente en la fiesta de los quince años de su sobrina de nombre *****,
y la víctima estaba en compañía de su esposa de nombre ***** así como la
familia de mi esposa ya que era una fiesta familiar, y la víctima se dirigió al
baño y al ir de regreso a donde estaba con su familia, la victima volteo a la
carretera de terracería y fue cuando se percató de que su cuñado de nombre *****
venia entrando al predio a bordo de su camioneta de la marca NISSAN color
BLANCA, y varias personas del sexo masculino no lo dejaban pasar siendo
aproximadamente seis personas, así como también la víctima se percató que en
dicho lugar también se encontraba su concuña de nombre ***** y sus hijos de
nombres *****y ***** de apellidos *****, quienes trataban de defender a su
cuñado *****, por lo que ante tal circunstancia la víctima fue a ver qué era lo
que pasaba y al llegar a dicho lugar la víctima conoce a uno de ellos
perfectamente porque vive en la misma comunidad, y quien responde al nombre de *****, y dichos sujetos estaban golpeando a su sobrino de
nombre ***** *****, y en ese momento
lo que hizo la víctima fue de jalar a su sobrino ***** para que no lo siguieran golpeando, y al momento de que la
víctima trata de jalar a su sobrino, se percató de que el ahora imputado ***** y quien tenía un arma de fuego de
color negro tipo escuadra le estaba apuntando a ********** y posteriormente le apunto a ***** y posteriormente el ahora imputado le apunta con el arma de
fuego a la víctima ***** y le dice YA TE CARGO LA CHINGADA y en ese
momento el ahora imputado ***** disparo
con el arma de fuego que tenía en su mano derecha a la víctima *****, lesionando en el estómago y por dicha lesión la víctima cayó al suelo y
le empezó a doler el estómago y así como a salir sangre del estómago, y el
ahora imputado ***** al ver que la
víctima estaba sangrando le dijo a los otros cinco sujetos VAMONOS, y enseguida la víctima fue atendido por sus familiares
y lo llevaron a donde estaba la fiesta y
posteriormente lo llevaron al hospital de Valle de Bravo, y de ahí lo
trasladaron al Hospital de Atizapán de Zaragoza en donde lo atendieron de la
lesión que presento. Teniendo acreditada de esta forma la
probabilidad de que los imputados participaron en la comisión del ilícito que
se le atribuye.
Entrevistas que son coincidentes tanto de la propia víctima de nombre *****,
así como de los testigos presenciales de los hechos de nombres *****,
GLADYS ***** y ***** *****, y de las
cuales cabe destacar que efectivamente el ahora imputado ***** le ocasiono la
lesión que presenta la victima de nombre *****, y lo cual se corrobora con el
informe de la Policía de Investigación y que se hace valen en la presente
solicitud y que es coincidente con la entrevista de la víctima así como de los
testigos presenciales de los hechos.
PROBABLE INTERVENCIÓN.- La forma de
intervención del sujeto activo, en el ilícito que nos ocupa, lo es como autor MATERIAL,
en términos de lo establecido en el artículo 11 fracción I inciso C) del Código
Penal vigente en el Estado de México, ya que fue la misma
persona que en el
momento de la materialización del acto, exteriorizo actos corpóreos encaminados
al resultado obtenido, lo que se tiene plenamente acreditado ya
que al momento en Que el día tres de diciembre del año dos mil dieciséis, siendo
aproximadamente las veintitrés horas con treinta minutos, la victima de nombre ***** se encontraba en la comunidad de
Santiago Huitlapaltepec, Municipio de Donato Guerra, Estado de México,
precisamente en la fiesta de los quince años de su sobrina de nombre *****, y
la víctima estaba en compañía de su esposa de nombre ***** así como la familia
de mi esposa ya que era una fiesta familiar, y la víctima se dirigió al baño y
al ir de regreso a donde estaba con su familia, la victima volteo a la
carretera de terracería y fue cuando se percató de que su cuñado de nombre *****
venia entrando al predio a bordo de su camioneta de la marca NISSAN color
BLANCA, y varias personas del sexo masculino no lo dejaban pasar siendo
aproximadamente seis personas, así como también la víctima se percató que en dicho
lugar también se encontraba su concuña de nombre ***** y sus hijos de nombres *****y
***** de apellidos *****, quienes trataban de defender a su cuñado *****, por
lo que ante tal circunstancia la víctima fue a ver qué era lo que pasaba y al
llegar a dicho lugar la víctima conoce a uno de ellos perfectamente porque vive
en la misma comunidad, y quien responde al nombre de *****, y dichos sujetos
estaban golpeando a su sobrino de nombre *****
*****, y en ese momento lo que hizo la víctima fue de jalar a su -sobrino ***** para que no lo siguieran
golpeando, y al momento de que la víctima trata de jalar a su sobrino, se
percató de que el ahora imputado *****
y quien tenía un arma de fuego de color negro tipo escuadra le estaba apuntando
a ********** y posteriormente le
apunto a ***** y posteriormente el
ahora imputado le apunta con el arma de fuego a la víctima ***** y le dice YA TE CARGO
LA CHINGADA y en ese momento el ahora imputado ***** disparo con el arma de fuego que tenía en su mano derecha a
la víctima *****, lesionando en el
estómago y por dicha lesión la víctima
cayó al suelo y le empezó a doler el estómago y así como a salir sangre del
estómago, y el ahora imputado *****
al ver que la víctima estaba sangrando le dijo a los otros cinco sujetos VAMONOS, y enseguida la víctima fue
atendido por sus familiares y lo
llevaron a donde estaba la fiesta y posteriormente lo llevaron al hospital de
Valle de Bravo, y de ahí lo trasladaron al Hospital de Atizapán de Zaragoza en
donde lo atendieron de la lesión que presento,
y es quien realiza
todos los actos tendientes a la ejecución del hecho delictuoso, toda vez
que a consecuencia de la conducta
realizada por parte del ahora imputado de nombre ***** es quien con el uso
de una arma de fuego quien tenía en su poder en su mano derecha le dispara en
la corporeidad de la víctima ***** y lo lesiona en el estómago,
y fuera quien ocasiono que la víctima resultara con las siguientes lesiones: Una herida por proyectil de arma de fuego, con orificio
de entrada para umbilical derecho, penetrante de abdomen y sin orificio de
salida, pos operado de laparotomía con hallazgos quirúrgicos de perforación en
espejo de sigmoides que requirió
resección de sigmoides y colostomía, a los rayos x con imagen de
proyectil en abdomen a nivel de fosa iliaca izquierda. CLASIFICACION: Lesiones
que si ponen en peligro la vida, victima quien fue valorado
nuevamente en fecha treinta y uno de enero del año dos mil diecisiete por el
Médico Legista quien estableció lo siguiente: Al momento de la exploración física presenta las
siguientes lesiones: se observa cicatriz quirúrgica hipertrófica e hipercromica
y que mide veinte centímetros por cinco milímetros de longitud de forma
vertical ubicado de la región supra pública a la región supraumbilical (línea
media abdominal). Se observa ESTOMA ARTIFICIAL (“COLOSTOMIA”) apertura
quirúrgicamente creada en el intestino grueso que permite la retirada de
excrementos, ubicada a la izquierda de la línea media abdominal funcional y sin
fugas. El examinado exhibe resumen médico del hospital General de Atizapán del
servicio de Cirugía General a nombre de *****, con fecha de ingreso 04
Diciembre de 2016, con fecha de egreso 18 de Diciembre de 2016, Diagnostico de
Ingreso: TRAUMATISMO ABDOMINAL SECUNDARIO A PROYECTIL POR ARMA DE FUEGO.
Diagnóstico de egreso PO DE LAPE + RESECCION DE 5 CM DEL SIGMOIDES + CIERRE EN
BOLSA ASARTMANN + COLOSTOMIA + LAVADO Y SECADO DE CAVIDAD ABDOMINAL DE DRENAJE
OMENTECTOMIA; CONCLUSIONES: 1.- ESTADO
PSICOFISICO: MASCULINO CON ESTADO DE CONCIENCIA ORIENTADO. 2.- CLASIFICACION DE LAS LESIONES QUE EN SU MOMENTO, A) SI PUSIERON
EN PELIGRO LA VIDA. B) SANAN EN MAS DE QUINCE DIAS. C) SI AMERITAN
HOSPITALIZACION. D) NO DEJAN CICATRIZ EN CARA. E) LESIONES QUE DEJAN DISMINUCION PARA LA FUNCION DE DIGESTION EN FORMA
TEMPORAL.
DOLO.- Puede
afirmarse que el sujeto activo mantenía albergada en su concepción psíquica, la
conjunción de los datos de orden cognoscitivo o intelectual (conocer) y
volitivo (querer), es decir que quiso hacerlo; por lo que surte el elemento
subjetivo genérico llamado dolo que en el caso tiene las características de un
dolo directo, en tanto los activos dirigieron su conducta a producir el
resultado previsto por el tipo penal a estudio; por tanto, la conducta del
imputado se adecua a lo dispuesto por el artículo 8 fracción I del Código penal
en vigor.
ANTIJURIDICIDAD.- La conducta
del activo afecto el bien jurídico tutelado por la norma penal, como lo es la
integridad corporal de las personas precisamente en la de *****, al no
estar amparada con alguna causa de licitud o de exclusión del delito; por lo
que resulta ser antijurídica; por ser oponible o contraria a todo ordenamiento
jurídico existente, y si de esta forma da lugar a que se integre el injusto
penal respectivo.
CULPABILIDAD.-
Advirtiéndose que *****, es la
persona que goza de la capacidad psicológica plena, y por ende, tiene salud
mental, lo que le permite conocer la antijuridicidad de su conducta, sin que se
desprenda dato de prueba alguno que demuestre que en la ejecución del hecho delictuoso que se le atribuye,
estuviera inmerso en alguna causa de inimputabilidad, ni que hubiesen actuado
bajo error de tipo, o prohibición invencible, o constreñido en su ámbito de
autodeterminación, y que ello hubiese impedido adecuar su proceder a la norma
antepuesta al tipo y realizar una conducta diversa, en cambio por su edad y sus
características de integridad mental que proporciona, permite colocarlo por
el momento como sujetos IMPUTABLES, con
plena capacidad de culpabilidad.
ULTIMO.-
Por lo antes dicho, y tomando en consideración que ésta Representación Social
cuenta con datos de prueba suficientes en la carpeta y que se encuentra
íntimamente relacionada, ya que no puede considerarse un evento aislado, es
decir la temporalidad en la que se dio el hecho en el que participo el
investigado y la víctima, por lo que
esto nos permite establecer la existencia razonable del hecho delictuoso
de: LESIONES CON MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON ARMA DE
FUEGO Y CUANDO LAS LESIONES PRODUZCAN DEBILITAMIENTO, DISMINUCIÓN O
PERTURBACIÓN DE LAS FUNCIONES, ÓRGANOS O MIEMBROS cometido
en agravio de *****, ilícito
previsto por el artículo 236 y sancionado por los artículos 237 fracción III,
238 fracciones I, III, en relación con el 6, 7, 8 fracciones I y III; 11
fracción I inciso C) del Código Penal Vigente en el Estado de México, de donde
se desprende que el imputado *****, participo
en dicho ilícito el cual tiene señalada como pena privativa de libertad y
además prevé y amerita prisión preventiva oficiosa de acuerdo a lo que dispone
el artículo 167 en su párrafo tercero del Código Nacional de
Procedimientos Penales Vigente en éste Distrito Judicial. Es por
lo que en este momento se solicita de su señoría se sirva librar la
correspondiente ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra de *****, por el
hecho delictuoso de:
LESIONES
CON MODIFICATIVA AGRAVANTE DE HABERSE COMETIDO CON ARMA DE FUEGO Y CUANDO LAS
LESIONES PRODUZCAN DEBILITAMIENTO, DISMINUCIÓN O PERTURBACIÓN DE LAS FUNCIONES,
ÓRGANOS O MIEMBROS cometido en agravio de *****, ilícito previsto por el artículo
236 y sancionado por los artículos 237 fracción III, 238 fracciones I, III, en
relación con el 6, 7, 8 fracciones I y III; 11 fracción I inciso C) del Código
Penal Vigente en el Estado de México.