SOLICITUD DE ORDEN DE CATEO POR EL DELITO DE ROBO EQUIPARADO EN LA MODALIDAD DE DESMANTELAR UNO O MAS VEHICULOS ROBADOS



NUC: TEM/TEJ/TEJ/***/***/16/10
DELITO: ROBO EQUIPARADO
 EN LA MODALIDAD DE DESMANTELAR
UNO O MAS VEHICULOS ROBADOS

                                                                      ASUNTO: SOLICITUD DE ORDEN DE CATEO.

Tejupilco, Estado de México, a 18 de octubre del 2016.


C. JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE TEMASCALTEPEC, ESTADO DE MEXICO   
PRESENTE


Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14 párrafo segundo, 16 párrafos primero y décimo primero y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 282, 283, 285 y 288 del Código Nacional de Procedimientos Penales vigente en el Estado de México, para el sistema de corte acusatorio, adversarial y oral, y el artículo 10 apartado B, fracción VII de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México; ésta Representación Social solicita a su Señoría, tenga a bien librar ORDEN DE CATEO en domicilio inmueble ubicado en el Fraccionamiento *** de la comunidad de *** en Temascaltepec, Estado de México, ubicado en un camino de terracería, que va de oriente a poniente y viceversa, siendo una brecha despoblada en una zona boscosa; casi al final de la misma, en el extremo norte donde se encuentra en un nivel de tres metros por debajo de camino mencionado, y delimitada por una barda perimetral de piedra, de aproximada de 30 metros de largo por 15 de fondo, la cual sobresale cuarenta centímetros del nivel del camino siendo ascendente de poniente a oriente llegando a tres metros de altura en el lugar donde se encuentra un zaguán metálico en color naranja opaco. Desde el exterior sobre el camino, en la parte poniente de la barda se visualiza una construcción de concreto de dos niveles, color beige o paja, con la orilla de marquesinas, postes de barandal de segundo nivel y base de tinaco en color vino, sobresaliendo el cubo de una chimenea de ladrillo, con su fachada dirigida al oriente, donde se observan desde el camino en la planta baja dos ventanas metálicas  blancas y una puerta metálica abierta de color blanca, en la parte central, el segundo nivel se observa una puerta metálica de color blanca y una ventana de cuadros grandes, con patio de servicio.

Diligencia relacionada con el hecho delictuoso DE ROBO EQUIPARADO EN LA MODALIDAD DE DESMANTELAR UNO O MAS VEHICULOS ROBADOS, COMETIDO EN AGRAVIO DEL PATRIMONIO DE LAS PERSONAS ilícito previsto por el artículo 292 primer párrafo (se equipara al delito de robo), fracción I, primer supuesto (DESMANTELE UNO O MAS VEHICULOS ROBADOS), 292 Segundo párrafo (Sanción) en relación a los artículos 6, 7, 8 fracciones I y III y 11 fracción I inciso d) del Código Penal Vigente en la Entidad

Lo anterior en razón de lo siguiente:

El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, establece en su párrafo primero:

"Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento."

En tanto, en su párrafo décimo primero, estipula:

"En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir, a solicitud del Ministerio Público, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, una acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia."

Por su parte el artículo 282 del Código de Nacional de Procedimientos Penales, vigente en el Estado de México, para el sistema de corte acusatorio, adversarial y oral, establece:

 "Cuando en la investigación el Ministerio Público estime necesaria la práctica de un cateo, en razón de que el lugar a inspeccionar es un domicilio o una propiedad privada, solicitara por cualquier medio  la autorización judicial para la práctica del acto de investigación correspondiente. En la Solicitud que contara con un registro, se expresara  el lugar  que ha de inspeccionarse, la persona o personas  que han de aprehenderse y los objetos que se buscan, señalando los motivos o indicios que sustentan la necesidad de la orden, así como los servidores públicos  que podrán practicar  o intervenir en dicho acto de investigación.

Por lo que ambos preceptos legales prevén los requisitos y bases legales que deben reunirse para el libramiento de la orden de cateo.

Ahora bien, también los instrumentos internacionales recogen aspectos de esta materia, que constituyen norma vigente en nuestro país y que deben ser tomados en cuenta para la interpretación a las normas relativas a los derechos humanos, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1, párrafos primero y segundo, y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Así, en los artículos 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 17.1 y 17.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 11.2 y 11.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se establece que nadie podrá ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra y reputación y que toda persona tiene derecho a esa protección; asimismo, el artículo IX de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre dispone que toda persona tiene el derecho a la inviolabilidad de su domicilio, numerales que, en lo sustancial, se vinculan con el artículo 16, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En virtud de lo siguiente:

En fecha doce de octubre del año dos mil dieciséis, siendo las trece horas con quince minutos, mediante llamada telefónica al Centro de Atención Ciudadana de Temascaltepec, Estado de México, el LIC. *** Agente del Ministerio Público adscrito al Turno Único de Temascaltepec, fue informado por una persona del sexo masculino, que en la localidad de *** de la comunidad de ***, municipio de Temascaltepec, Estado de México, sobre la brecha que va pegada al lado del rio se encuentra una casa de dos niveles color beige con detalles en color vino, lugar en donde se dedican a desmantelar vehículos, los meten detrás de la casa, les quitan las autopartes y posteriormente utilizando hachas cortan las carrocerías, las cuales venden como fierro viejo, las autopartes son sacadas del lugar en una camioneta Nissan de redilas de color blanca que es cubierta con una lona. Hace aproximadamente un mes se les quemo un vehículo en el interior del patio de la casa, pues salía mucho humo y es un vehículo como todos los que entran al lugar que son robados, las personas que se dedican a esta actividad son solamente dos tipos del sexo masculino que aprovechan que la casa se encuentra enclavada en una brecha totalmente solitaria y cubierta de bosque por lo que es difícil que alguna persona se acerque al lugar. Por tratarse de una denuncia  anónima se dio inicio al NUC TEM/TEJ/TEM/***/***/16/06 y con fundamento en los artículos 131 fracción II y 221 tercer párrafo del Código Nacional de Procedimientos Penales, de inmediato se ordenó a la Policía Ministerial la investigación del hecho, trasladándose al lugar en fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, el Agente de Investigación *** adscrito a la Policía Ministerial de Temascaltepec, quien rindió su informe de investigación, señalando haberse trasladado al domicilio ubicado en el fraccionamiento *** de la comunidad de ***, perteneciente al municipio de Temascaltepec, Estado de México, donde tuvo a la vista un camino de terracería que va de oriente a poniente y viceversa, siendo una brecha despoblada, en una zona boscosa; casi al final de la misma, en el extremo norte donde se encuentra en un nivel de tres metros por debajo de camino mencionado, y delimitada por una barda perimetral de piedra, de aproximada de 30 metros de largo por 15 de fondo; la barda sobresale cuarenta centímetros del nivel del camino siendo ascendente de poniente a oriente llegando a tres metros de altura en el lugar donde se encuentra un zaguán metálico en color naranja opaco. Desde el exterior sobre el camino, en la parte poniente externa de la barda se visualiza una construcción de concreto de dos niveles, color beige o paja, con la orilla de marquesinas, postes de barandal de segundo nivel y base de tinaco en color vino, sobresaliendo el cubo de una chimenea de ladrillo, con su fachada dirigida al oriente, Donde observo desde el camino en la planta baja dos ventanas metálicas  blancas y una puerta metálica abierta de color blanca, en la parte central, el segundo nivel se observa una puerta metálica de color blanca y una ventana de cuadros grandes. Tuvo a la vista un patio y recargado a la casa se observó la parrilla o frente de un vehículo, al lado un tronco un par de zapatos de mujer color beige, observó la puerta de la planta baja abierta y por medio de un acercamiento con la cámara fotográfica, vio varios faros automotrices a la altura del piso. Sobre lo que parece un depósito de  agua se observó una placa de circulación con los siguientes dígitos *** del Estado de Michoacán. Desde la parte exterior del zaguán en la parte trasera del inmueble, apreció una camioneta totalmente quemada, sin precisarse detalles por la distancia con el punto del que se observa y sin tener mayores detalles a la vista, señalo que el inmueble descrito se encuentra en una zona descendente y arbolada. Plasmo cinco placas fotográficas a que imprimió en papel bond tamaño carta y agrego a su informe. Al realizar la labor de investigación de campo con vecinos del fraccionamiento, previa identificación como elemento de la Policía de Investigación  de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, le manifestaron que continuamente llegan sujetos desconocidos a esa casa en diferentes coches, pero ya no se han percatado de que los vehículos salgan del lugar; se llega escuchar ruido como si golpearan partes metálicas, pero nadie se acerca al lugar, por no ser necesario, es la única casa en esa brecha; pero los sujetos que ingresan al lugar ellos si tienen que pasar por la entrada principal del fraccionamiento y por el camino que conduce al interior del fraccionamiento, que se llama ***; al preguntarles por el propietario del inmueble mencionaron desconocer quien sea, cabe hacer mención que al solicitarles su identificación así como su nombre se negaron a proporcionarlos, con el argumento de no querer verse relacionados con problemas legales. Pero el elemento policiaco si proporciono su lugar de localización y la media filiación al señalar   que son personas que tienen su domicilio a quinientos metros del punto referido sobre la calle de ***, en una casa de concreto de un nivel en color blanco con acabado de madera. Los entrevistados es un señor de cincuenta años de edad, aproximadamente de un metro sesenta, complexión regular, pelo entrecano, corto, tez blanca, frente amplia, cejas pobladas, nariz chata, labios delgados boca regular y como señas en particular manchas en las manos; que vestía camisa sport blanca, pantalón color café y zapatos de color café. El segundo de ellos de aproximadamente treinta años, un metro con setenta de altura, tez blanca, complexión regular, cabello corto, frente amplia, cejas pobladas, nariz recta, boca grande labios delgados, vestía camisa azul, pantalón, color marino y zapatos negros. Además el elemento policiaco señalo que al regresar  a sus oficinas y consultar el número de placas *** del Estado de Michoacán en el sistema REPUVE, se percató que el vehículo con placa *** cuenta con reporte de robo vigente, de fecha treinta de agosto del año dos mil once. Informe que rindió en términos del artículo 132 fracción VII y XIV del Código Nacional de Procedimientos Penales, al igual que la inspección del lugar del hecho al describir el lugar mediante acta pormenorizada de inspección practicada en fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, al señalar que se trasladó al lugar señalado como de los hechos, que se encuentra ubicado en domicilio conocido en el Fraccionamiento *** de la comunidad de *** en Temascaltepec, Estado de México, donde se tuvo a la vista un camino de terracería que va de oriente a poniente y viceversa, siendo una brecha despoblada en una zona boscosa; casi al final de la misma, en el extremo norte donde se encuentra en un nivel de tres metros por debajo de camino mencionado, y delimitada por una barda perimetral de piedra, de aproximada de 30 metros de largo por 15 de fondo; la barda sobresale cuarenta centímetros del nivel del camino siendo ascendente de poniente a oriente llegando a tres metros de altura en el lugar donde se encuentra un zaguán metálico en color naranja opaco. Desde el exterior sobre el camino, en la parte poniente de la barda se visualiza una construcción de concreto de dos niveles, color beige o paja, con la orilla de marquesinas, postes de barandal de segundo nivel y base de tinaco en color vino, sobresaliendo el cubo de una chimenea de ladrillo, con su fachada dirigida al oriente, donde se observan desde el camino en la planta baja dos ventanas metálicas  blancas y una puerta metálica abierta de color blanca, en la parte central, el segundo nivel se observa una puerta metálica de color blanca y una ventana de cuadros grandes. Se tiene a la vista un patio y recargado a la casa se observa la parrilla o frente de un vehículo, al lado un tronco con un par de zapatos de mujer color beige, observándose la puerta de la planta baja abierta y por medio de un acercamiento con la cámara fotográfica, se observan varios faros automotrices a la altura del piso. Sobre lo que parece un depósito de  agua se observó una placa de circulación con los siguientes dígitos *** del Estado de Michoacán. Desde la parte exterior del zaguán en la parte trasera del inmueble, se apreció una camioneta totalmente quemada, sin precisarse detalles por la distancia con el punto del que se observa y sin tener mayores detalles a la vista, encontrándose el inmueble descrito en una zona descendente y arbolada. Siendo todo lo que tuvo a la vista. Documentando lo anterior en cinco placas fotográficas que imprimió en hojas de papel bon y que corren agregadas a la presente carpeta de investigación, al igual que la impresión del sistema REPUVE, de fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, donde aparece que las placas de circulación *** del Estado de Michoacán, cuentan con reporte de robo, de fecha treinta de agosto del dos mil once, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México; sin embargo no aportó mayores datos del vehículo robado. Finalmente el día de hoy, dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis, se recibió el oficio ***, suscrito por el LIC. ***, encargado de la Coordinación de Investigación, Recuperación y Devolución de Vehículos Robados de la Procuraduría General de justicia del Estado de México, mediante el cual informo que verificados los registros existentes dentro de la coordinación a su cargo, se concluye que dentro del Registro Estatal de Vehículos Robados y Recuperados y del Registro Nacional de Vehículos Robados y Recuperados, la placa *** SI CUENTA CON REPORTE DE ROBO, relacionada con un vehículo de la marca DODGE, tipo RAM, modelo 2008, serie ***, relacionada con la carpeta de investigación, ***. Con el número de carpeta de investigación anterior el día de hoy dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis,  el licenciado Lic. ***, de la Fiscalía Especializada en Investigación del Delito de Robo de Vehículos Toluca-Tlalnepantla, remite copias certificadas del Sistema Automatizado de Denuncia, de la carpeta de investigación ***, que fue iniciada en fecha treinta de agosto del año dos mil once, por el hecho delictuoso de robo de vehículo con violencia, denunciado por ***, en la cual el denunciante refiere “…Que el día treinta de agosto del año dos mil once, siendo aproximadamente las quince horas, se encontraba circulando por la calle ***, en la Colonia *** en Toluca Estado de México a bordo del vehículo marca Dodge, Tipo RAM 2500, modelo 2008, color cacao, con placas de circulación *** del Estado de Michoacán con número de serie ***, numero de motor ***, como seña en particular tiene en el medallón una calcomanía que dice DIOS ES AMOR y en la parte trasera una calcomanía en forma de pescado, siendo estas las características y mismo que es de mi propiedad, por lo que derivado de que el semáforo cambio a color rojo, me detuve para evitar un accidente, momento en el que dos sujetos del sexo masculino se aproximaron hasta el vehículo y cada uno se colocó en los costados de las portezuelas y abriendo las mismas uno de ellos comenzó a decirme arrímate para haya y el otro sujeto se subió por la portezuela del copiloto y empujo a mi esposa de nombre *** y el sujeto que estaba a mi izquierda amagándome con mi arma de fuego comenzó a conducir el vehículo y uno de ellos me dijo NO TE VA A PASAR NADA, SI NOS DEJAS LA CAMIONETA CON LO QUE TRAES, SACA LO QUE TRAIGAS DE DINERO, por lo que le hice la entrega de la cantidad de seis mil pesos en moneda nacional, así mismo a dos cuadras sobre la avenida referida, el otro sujeto le dijo date vuelta en la esquina, por lo que así lo hizo el que venía manejando, por lo que el vehículo se detuvo y uno de los sujetos nos dijo, BÁJENSE, BÁJENSE, que prefieres las cosas materiales o tu vida, por lo que para evitar resultar lesionados así lo hice y mi esposa de igual forma, percatándome que en la esquina había dos personas a bordo de una motocicleta la cual estaba llamando a la Policía para que acudiera a auxiliarnos, pero lo sujetos lograron huir a bordo de mi vehículo; así mismo refiero que ya realice el reporte correspondiente al número 066 en la cual fue atendido por el operador número *** y el cual me proporciono el número de reporte ***, refiriendo que derivado de los presentes hechos, no resultamos lesionados y por lo que respecta a la media filiación de los dos sujetos, uno de ellos es de aproximadamente veinticuatro años de edad, de estatura aproximada de un metro con ochenta y cinco centímetros, de complexión mediana, tex morena, cabello de color castaño, de tamaño mediano, de frente mediana, de cejas semipobladas, de ojos de color café obscuro de tamaño mediano, de nariz chica de forma afilada, de boca mediana de labios delgados, de cara redonda sin que pueda referir, señas particulares del mismo. Por lo que respecta al otro sujeto no lo pude ver a la cara porque traía lentes obscuros, asimismo dentro del vehículo iba la correspondiente tarjeta de circulación y diversos discos originales de música cristiana y la camioneta llevaba mecánica de la marca DANUP, con un valor de catorce mil pesos en moneda nacional y es por lo que en este acto formulo denuncia, por el delito de robo con violencia cometido en mi agravio y en contra de quien resulte responsable…” SIC. Es por lo anterior, que a criterio del suscrito es procedente solicitar a su Señoría la orden de cateo en el inmueble ya descrito y señalado, toda vez que existen indicios suficientes para presumir que la unidad con placas de circulación *** del Estado de Michoacán, que fue robada con violencia por dos personas del sexo masculino, pudo haber sido desmantelada en el lugar a intervenir y aun pudieran encontrarse en el interior del inmueble autopartes, accesorios, placas de circulación, tarjeta de circulación que integraron o pertenecieron al vehículo marca Dodge, tipo Ram 2500, modelo 2008, color cacao, con número de serie ***, numero de motor ***.
Petición que se basa en el cumulo de datos de prueba que integran el Numero Único de Caso TEM/TEJ/TEM/***/***/16/06,  basando nuestra petición en razón al siguiente:





RELATO CIRCUNSTANCIADO.

En fecha doce de octubre del año dos mil dieciséis, siendo las trece horas con quince minutos, mediante llamada telefónica al Centro de Atención Ciudadana de Temascaltepec, Estado de México, el LIC. *** Agente del Ministerio Público adscrito al Turno Único de Temascaltepec, fue informado por una persona del sexo masculino, que en la localidad de *** de la comunidad de ***, municipio de Temascaltepec, Estado de México, sobre la brecha que va pegada al lado del rio se encuentra una casa de dos niveles color beige con detalles en color vino, lugar en donde se dedican a desmantelar vehículos, los meten detrás de la casa, les quitan las autopartes y posteriormente utilizando hachas cortan las carrocerías, las cuales venden como fierro viejo, las autopartes son sacadas del lugar en una camioneta Nissan de redilas de color blanca que es cubierta con una lona. Hace aproximadamente un mes se les quemo un vehículo en el interior del patio de la casa, pues salía mucho humo y es un vehículo como todos los que entran al lugar que son robados, las personas que se dedican a esta actividad son solamente dos tipos del sexo masculino que aprovechan que la casa se encuentra enclavada en una brecha totalmente solitaria y cubierta de bosque por lo que es difícil que alguna persona se acerque al lugar. Por tratarse de una denuncia  anónima se dio inicio al NUC TEM/TEJ/TEM/***/***/16/06 y con fundamento en los artículos 131 fracción II y 221 tercer párrafo del Código Nacional de Procedimientos Penales, de inmediato se ordenó a la Policía Ministerial la investigación del hecho, trasladándose al lugar en fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, el Agente de Investigación *** adscrito a la Policía Ministerial de Temascaltepec, quien rindió su informe de investigación, señalando haberse trasladado al domicilio ubicado en el fraccionamiento *** de la comunidad de ***, perteneciente al municipio de Temascaltepec, Estado de México, donde tuvo a la vista un camino de terracería que va de oriente a poniente y viceversa, siendo una brecha despoblada, en una zona boscosa; casi al final de la misma, en el extremo norte donde se encuentra en un nivel de tres metros por debajo de camino mencionado, y delimitada por una barda perimetral de piedra, de aproximada de 30 metros de largo por 15 de fondo; la barda sobresale cuarenta centímetros del nivel del camino siendo ascendente de poniente a oriente llegando a tres metros de altura en el lugar donde se encuentra un zaguán metálico en color naranja opaco. Desde el exterior sobre el camino, en la parte poniente externa de la barda se visualiza una construcción de concreto de dos niveles, color beige o paja, con la orilla de marquesinas, postes de barandal de segundo nivel y base de tinaco en color vino, sobresaliendo el cubo de una chimenea de ladrillo, con su fachada dirigida al oriente, Donde observo desde el camino en la planta baja dos ventanas metálicas  blancas y una puerta metálica abierta de color blanca, en la parte central, el segundo nivel se observa una puerta metálica de color blanca y una ventana de cuadros grandes. Tuvo a la vista un patio y recargado a la casa se observó la parrilla o frente de un vehículo, al lado un tronco un par de zapatos de mujer color beige, observó la puerta de la planta baja abierta y por medio de un acercamiento con la cámara fotográfica, vio varios faros automotrices a la altura del piso. Sobre lo que parece un depósito de  agua se observó una placa de circulación con los siguientes dígitos *** del Estado de Michoacán. Desde la parte exterior del zaguán en la parte trasera del inmueble, apreció una camioneta totalmente quemada, sin precisarse detalles por la distancia con el punto del que se observa y sin tener mayores detalles a la vista, señalo que el inmueble descrito se encuentra en una zona descendente y arbolada. Plasmo cinco placas fotográficas a que imprimió en papel bond tamaño carta y agrego a su informe. Al realizar la labor de investigación de campo con vecinos del fraccionamiento, previa identificación como elemento de la Policía de Investigación  de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, le manifestaron que continuamente llegan sujetos desconocidos a esa casa en diferentes coches, pero ya no se han percatado de que los vehículos salgan del lugar; se llega escuchar ruido como si golpearan partes metálicas, pero nadie se acerca al lugar, por no ser necesario, es la única casa en esa brecha; pero los sujetos que ingresan al lugar ellos si tienen que pasar por la entrada principal del fraccionamiento y por el camino que conduce al interior del fraccionamiento, que se llama ***; al preguntarles por el propietario del inmueble mencionaron desconocer quien sea, cabe hacer mención que al solicitarles su identificación así como su nombre se negaron a proporcionarlos, con el argumento de no querer verse relacionados con problemas legales. Pero el elemento policiaco si proporciono su lugar de localización y la media filiación al señalar   que son personas que tienen su domicilio a quinientos metros del punto referido sobre la calle de ***, en una casa de concreto de un nivel en color blanco con acabado de madera. Los entrevistados es un señor de cincuenta años de edad, aproximadamente de un metro sesenta, complexión regular, pelo entrecano, corto, tez blanca, frente amplia, cejas pobladas, nariz chata, labios delgados boca regular y como señas en particular manchas en las manos; que vestía camisa sport blanca, pantalón color café y zapatos de color café. El segundo de ellos de aproximadamente treinta años, un metro con setenta de altura, tez blanca, complexión regular, cabello corto, frente amplia, cejas pobladas, nariz recta, boca grande labios delgados, vestía camisa azul, pantalón, color marino y zapatos negros. Además el elemento policiaco señalo que al regresar  a sus oficinas y consultar el número de placas *** del Estado de Michoacán en el sistema REPUVE, se percató que el vehículo con placa *** cuenta con reporte de robo vigente, de fecha treinta de agosto del año dos mil once. Informe que rindió en términos del artículo 132 fracción VII y XIV del Código Nacional de Procedimientos Penales, al igual que la inspección del lugar del hecho al describir el lugar mediante acta pormenorizada de inspección practicada en fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, al señalar que se trasladó al lugar señalado como de los hechos, que se encuentra ubicado en domicilio conocido en el Fraccionamiento *** de la comunidad de *** en Temascaltepec, Estado de México, donde se tuvo a la vista un camino de terracería que va de oriente a poniente y viceversa, siendo una brecha despoblada en una zona boscosa; casi al final de la misma, en el extremo norte donde se encuentra en un nivel de tres metros por debajo de camino mencionado, y delimitada por una barda perimetral de piedra, de aproximada de 30 metros de largo por 15 de fondo; la barda sobresale cuarenta centímetros del nivel del camino siendo ascendente de poniente a oriente llegando a tres metros de altura en el lugar donde se encuentra un zaguán metálico en color naranja opaco. Desde el exterior sobre el camino, en la parte poniente de la barda se visualiza una construcción de concreto de dos niveles, color beige o paja, con la orilla de marquesinas, postes de barandal de segundo nivel y base de tinaco en color vino, sobresaliendo el cubo de una chimenea de ladrillo, con su fachada dirigida al oriente, donde se observan desde el camino en la planta baja dos ventanas metálicas  blancas y una puerta metálica abierta de color blanca, en la parte central, el segundo nivel se observa una puerta metálica de color blanca y una ventana de cuadros grandes. Se tiene a la vista un patio y recargado a la casa se observa la parrilla o frente de un vehículo, al lado un tronco con un par de zapatos de mujer color beige, observándose la puerta de la planta baja abierta y por medio de un acercamiento con la cámara fotográfica, se observan varios faros automotrices a la altura del piso. Sobre lo que parece un depósito de  agua se observó una placa de circulación con los siguientes dígitos *** del Estado de Michoacán. Desde la parte exterior del zaguán en la parte trasera del inmueble, se apreció una camioneta totalmente quemada, sin precisarse detalles por la distancia con el punto del que se observa y sin tener mayores detalles a la vista, encontrándose el inmueble descrito en una zona descendente y arbolada. Siendo todo lo que tuvo a la vista. Documentando lo anterior en cinco placas fotográficas que imprimió en hojas de papel bon y que corren agregadas a la presente carpeta de investigación, al igual que la impresión del sistema REPUVE, de fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, donde aparece que las placas de circulación *** del Estado de Michoacán, cuentan con reporte de robo, de fecha treinta de agosto del dos mil once, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México; sin embargo no aportó mayores datos del vehículo robado. Finalmente el día de hoy, dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis, se recibió el oficio ***, suscrito por el LIC. ***, encargado de la Coordinación de Investigación, Recuperación y Devolución de Vehículos Robados de la Procuraduría General de justicia del Estado de México, mediante el cual informo que verificados los registros existentes dentro de la coordinación a su cargo, se concluye que dentro del Registro Estatal de Vehículos Robados y Recuperados y del Registro Nacional de Vehículos Robados y Recuperados, la placa *** SI CUENTA CON REPORTE DE ROBO, relacionada con un vehículo de la marca DODGE, tipo RAM, modelo 2008, serie ***, relacionada con la carpeta de investigación, ***. Con el número de carpeta de investigación anterior el día de hoy dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis,  el licenciado Lic. ***, de la Fiscalía Especializada en Investigación del Delito de Robo de Vehículos Toluca-Tlalnepantla, remite copias certificadas del Sistema Automatizado de Denuncia, de la carpeta de investigación ***, que fue iniciada en fecha treinta de agosto del año dos mil once, por el hecho delictuoso de robo de vehículo con violencia, denunciado por ***, en la cual el denunciante refiere “…Que el día treinta de agosto del año dos mil once, siendo aproximadamente las quince horas, se encontraba circulando por la calle ***, en la Colonia *** en Toluca Estado de México a bordo del vehículo marca Dodge, Tipo RAM 2500, modelo 2008, color cacao, con placas de circulación *** del Estado de Michoacán con número de serie ***, numero de motor ***, como seña en particular tiene en el medallón una calcomanía que dice DIOS ES AMOR y en la parte trasera una calcomanía en forma de pescado, siendo estas las características y mismo que es de mi propiedad, por lo que derivado de que el semáforo cambio a color rojo, me detuve para evitar un accidente, momento en el que dos sujetos del sexo masculino se aproximaron hasta el vehículo y cada uno se colocó en los costados de las portezuelas y abriendo las mismas uno de ellos comenzó a decirme arrímate para haya y el otro sujeto se subió por la portezuela del copiloto y empujo a mi esposa de nombre *** y el sujeto que estaba a mi izquierda amagándome con mi arma de fuego comenzó a conducir el vehículo y uno de ellos me dijo NO TE VA A PASAR NADA, SI NOS DEJAS LA CAMIONETA CON LO QUE TRAES, SACA LO QUE TRAIGAS DE DINERO, por lo que le hice la entrega de la cantidad de seis mil pesos en moneda nacional, así mismo a dos cuadras sobre la avenida referida, el otro sujeto le dijo date vuelta en la esquina, por lo que así lo hizo el que venía manejando, por lo que el vehículo se detuvo y uno de los sujetos nos dijo, BÁJENSE, BÁJENSE, que prefieres las cosas materiales o tu vida, por lo que para evitar resultar lesionados así lo hice y mi esposa de igual forma, percatándome que en la esquina había dos personas a bordo de una motocicleta la cual estaba llamando a la Policía para que acudiera a auxiliarnos, pero lo sujetos lograron huir a bordo de mi vehículo; así mismo refiero que ya realice el reporte correspondiente al número 066 en la cual fue atendido por el operador número *** y el cual me proporciono el número de reporte ***, refiriendo que derivado de los presentes hechos, no resultamos lesionados y por lo que respecta a la media filiación de los dos sujetos, uno de ellos es de aproximadamente veinticuatro años de edad, de estatura aproximada de un metro con ochenta y cinco centímetros, de complexión mediana, tex morena, cabello de color castaño, de tamaño mediano, de frente mediana, de cejas semipobladas, de ojos de color café obscuro de tamaño mediano, de nariz chica de forma afilada, de boca mediana de labios delgados, de cara redonda sin que pueda referir, señas particulares del mismo. Por lo que respecta al otro sujeto no lo pude ver a la cara porque traía lentes obscuros, asimismo dentro del vehículo iba la correspondiente tarjeta de circulación y diversos discos originales de música cristiana y la camioneta llevaba mecánica de la marca DANUP, con un valor de catorce mil pesos en moneda nacional y es por lo que en este acto formulo denuncia, por el delito de robo con violencia cometido en mi agravio y en contra de quien resulte responsable…” SIC. Es por lo anterior, que a criterio del suscrito es procedente solicitar a su Señoría la orden de cateo en el inmueble ya descrito y señalado, toda vez que existen indicios suficientes para presumir que la unidad con placas de circulación *** del Estado de Michoacán, que fue robada con violencia por dos personas del sexo masculino, pudo haber sido desmantelada en el lugar a intervenir y aun pudieran encontrarse en el interior del inmueble autopartes, accesorios, placas de circulación, tarjeta de circulación que integraron o pertenecieron al vehículo marca Dodge, tipo Ram 2500, modelo 2008, color cacao, con número de serie ***, numero de motor ***.

Hecho que se afirma a partir de los siguientes datos de prueba:


1).- Con la descripción pormenorizada, que hace el LIC. *** Agente del Ministerio Público adscrito al Turno Único de Temascaltepec al ordenar el inicio del NUC TEM/TEJ/TEM/***/***/16/06, derivado de una llamada telefónica recibida en fecha doce de octubre del año dos mil dieciséis, a las trece horas con quince minutos, por parte de un sujeto del sexo masculino quien no proporciono datos de identificación informando a esta autoridad que en la localidad de *** de la comunidad de ***, municipio de Temascaltepec, Estado de México, sobre la brecha que va pegada al lado del rio se encuentra una casa de dos niveles color beige con detalles en color vino, lugar en donde se dedican a desmantelar vehículos, los meten detrás de la casa, les quitan las autopartes y posteriormente utilizando hachas cortan las carrocerías las cuales venden como fierro viejo, las autopartes son sacadas del lugar en una camioneta Nissan de redilas de color blanca que es cubierta con una lona, hace aproximadamente un mes se les quemo un vehículo en el interior del patio de la casa, pues salía mucho humo y es un vehículo como todos los que entran al lugar que son robados, las personas que se dedican a esta actividad son solamente dos tipos del sexo masculino que aprovechan que la casa se encuentra enclavada en una brecha totalmente solitaria y cubierta de bosque por lo que es difícil que alguna persona se acerque al lugar.

2).- Con el informe de investigación de fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, suscrito por el Agente de Investigación *** adscrito a la Policía Ministerial de Temascaltepec al señalar”… Que en atención al oficio de investigación relacionado con el NUC. TEM/TEJ/TEJ/***/***/16/10, me traslade al domicilio mencionado en el fraccionamiento *** de la comunidad de ***, perteneciente al municipio de Temascaltepec, Estado de México, donde se tuvo a la vista un camino de terracería que va de oriente a poniente y viceversa, siendo una brecha despoblada en una zona boscosa; casi al final de la misma, en el extremo norte donde se encuentra en un nivel de tres metros por debajo de camino mencionado, y delimitada por una barda perimetral de piedra, de aproximada de 30 metros de largo por 15 de fondo; la barda sobresale cuarenta centímetros del nivel del camino siendo ascendente de poniente a oriente llegando a tres metros de altura en el lugar donde se encuentra un zaguán metálico en color naranja opaco. Desde el exterior sobre el camino, en la parte poniente externa de la barda se visualiza una construcción de concreto de dos niveles, color beige o paja, con la orilla de marquesinas, postes de barandal de segundo nivel y base de tinaco en color vino, sobresaliendo el cubo de una chimenea de ladrillo, con su fachada dirigida al oriente, Donde se observan desde el camino en la planta baja dos ventanas metálicas  blancas y una puerta metálica abierta de color blanca, en la parte central, el segundo nivel se observa una puerta metálica de color blanca y una ventana de cuadros grandes. Se tiene a la vista un patio y recargado a la casa se observa la parrilla o frente de un vehículo, al lado un tronco con un par de zapatos de mujer color beige, observándose la puerta de la planta baja abierta y por medio de un acercamiento con la cámara fotográfica, se observan varios faros automotrices a la altura del piso. Sobre lo que parece un depósito de  agua se observó una placa de circulación con los siguientes dígitos *** del Estado de Michoacán. Desde la parte exterior del zaguán en la parte trasera del inmueble, se apreció una camioneta totalmente quemada, sin precisarse detalles por la distancia con el punto del que se observa y sin tener mayores detalles a la vista, encontrándose el inmueble descrito en una zona descendente y arbolada. Lo anterior se plasma en cinco placas fotográficas a que se imprimen en papel bond tamaño carta y se agregan a la presente. Al realizar la labor de investigación de campo con vecinos del fraccionamiento, previa identificación como elemento de la Policía de Investigación  de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, me manifestaron que continuamente llegan sujetos desconocidos a esa casa en diferentes coches, pero ya no se han percatado de que los vehículos salgan del lugar; se llega escuchar ruido como si golpearan partes metálicas, pero nadie se acerca al lugar, por no ser necesario, es la única casa en esa brecha; pero los sujetos que ingresan al lugar ellos si tienen que pasar por la entrada principal al fraccionamiento y por el camino que conduce al interior del fraccionamiento, que se llama ***; al preguntarles por el propietario del inmueble mencionaron desconocer quien sea, cabe hacer mención que al solicitarle su identificación así como su nombre se negaron a proporcionarlos, con el argumento de no querer verse relacionados con problemas legales. Pero son personas que tienen su domicilio a quinientos metros del punto referido sobre la calle de ***, en una casa de concreto de un nivel en color blanco con acabado de madera. Se trata de un señor de cincuenta años de edad, aproximadamente de un metro sesenta, complexión regular, pelo entrecano, corto, tez blanca, frente amplia, cejas pobladas, nariz chata, labios delgados boca regular y como señas en particular manchas en las manos; que vestía camisa sport blanca, pantalón color café y zapatos de color café. El segundo de ellos de aproximadamente treinta años, un metro con setenta de altura, tez blanca, complexión regular, cabello corto, frente amplia, cejas pobladas, nariz recta, boca grande labios delgados, vestía camisa azul, pantalón, color marino y zapatos negros…” Posteriormente al regresar a nuestras oficinas y consultar el número de placas *** del Estado de Michoacan  en el sistema REPUVE, indico que el vehículo con placa *** cuenta con reporte de robo vigente, de fecha treinta de agosto del año dos mil once. Se agrega al presente. Acta pormenoriza de inspección en el lugar de los hechos. Se agrega constancia de impresión del sistema REPUVE y cinco placas fotográficas impresas en papel bond del lugar del hecho.

3).- Con el acta pormenorizada de inspección practicada en fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, suscrito por el Agente de Investigación *** adscrito a la Policía Ministerial de investigación de Temascaltepec al señalar que se trasladó al lugar señalado como de los hechos, que se encuentra ubicado en domicilio conocido en el Fraccionamiento *** de la comunidad de *** en Temascaltepec, Estado de México, donde se tuvo a la vista un camino de terracería que va de oriente a poniente y viceversa, siendo una brecha despoblada en una zona boscosa; casi al final de la misma, en el extremo norte donde se encuentra en un nivel de tres metros por debajo de camino mencionado, y delimitada por una barda perimetral de piedra, de aproximada de 30 metros de largo por 15 de fondo; la barda sobresale cuarenta centímetros del nivel del camino siendo ascendente de poniente a oriente llegando a tres metros de altura en el lugar donde se encuentra un zaguán metálico en color naranja opaco. Desde el exterior sobre el camino, en la parte poniente de la barda se visualiza una construcción de concreto de dos niveles, color beige o paja, con la orilla de marquesinas, postes de barandal de segundo nivel y base de tinaco en color vino, sobresaliendo el cubo de una chimenea de ladrillo, con su fachada dirigida al oriente, donde se observan desde el camino en la planta baja dos ventanas metálicas  blancas y una puerta metálica abierta de color blanca, en la parte central, el segundo nivel se observa una puerta metálica de color blanca y una ventana de cuadros grandes. Se tiene a la vista un patio y recargado a la casa se observa la parrilla o frente de un vehículo, al lado un tronco con un par de zapatos de mujer color beige, observándose la puerta de la planta baja abierta y por medio de un acercamiento con la cámara fotográfica, se observan varios faros automotrices a la altura del piso. Sobre lo que parece un depósito de  agua se observó una placa de circulación con los siguientes dígitos *** del Estado de Michoacán. Desde la parte exterior del zaguán en la parte trasera del inmueble, se apreció una camioneta totalmente quemada, sin precisarse detalles por la distancia con el punto del que se observa y sin tener mayores detalles a la vista, encontrándose el inmueble descrito en una zona descendente y arbolada. Siendo todo lo que tuvo a la vista.
4).- Las cinco placas fotográficas impresas en papel bond, tomadas desde la parte externa del inmueble en fecha  trece de octubre del año dos mil dieciséis, por el elemento de la Policia Ministerial *** en donde se observa en las impresiones, el inmueble, las autopartes consistentes en parrilla automotriz y faros de vehículos, la placa de circulación *** del Estado de Michoacán y un vehículo tipo camioneta calcinado
5).- La impresión del sistema REPUVE, de fecha trece de octubre del año dos mil dieciséis, donde aparece que las placas de circulación *** del Estado de Michoacán, cuentan con reporte de robo, de fecha treinta de agosto del dos mil once, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México; sin embargo no aporta mayores datos del vehículos robado.
6).-Con el informe, recibido en fecha dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis, marcado con número de oficio, ***, del LIC. ***, Encargado de la Coordinación de Investigación, Recuperación y Devolución de Vehículos Robados de la Procuraduría General de justicia del Estado de México, mediante el cual señala, que verificados los registros existentes dentro de la coordinación a su cargo, se concluye que dentro del Registro Estatal de Vehículos Robados y Recuperados y del Registro Nacional de Vehículos Robados y Recuperados, se concluyó que la placa *** SI CUENTA CON REPORTE DE ROBO, relacionada con un vehículo de la marca DODGE, tipo RAM, modelo 2008, serie ***, relativo con la carpeta de investigación, ***.
7).- Las copias certificadas del Sistema Automatizado de Denuncia, proporcionadas por el LIC. ***, de la Fiscalía Especializada en Investigación del delito de robo de Vehículos Toluca-Tlalnepantla, de fecha dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis, de la carpeta de investigación ***, que fue iniciada en fecha treinta de agosto del año dos mil once, por el hecho delictuoso de robo de vehículo con violencia, denunciado por ***, en la cual el denunciante refiere “Que el día treinta de agosto del año dos mil once, siendo aproximadamente las quince horas, se encontraba circulando por la calle ***, en la Colonia *** en Toluca Estado de México a bordo del vehículo marca Dodge, Tipo RAM 2500, modelo 2008, color cacao, con placas de circulación *** del Estado de Michoacán con número de serie ***, numero de motor ***, como seña en particular tiene en el medallón una calcomanía que dice DIOS ES AMOR y en la parte trasera una calcomanía en forma de pescado, siendo estas las características y mismo que es de mi propiedad, por lo que derivado de que el semáforo cambio a color rojo, me detuve para evitar un accidente, momento en el que dos sujetos del sexo masculino se aproximaron hasta el vehículo y cada uno se colocó en los costados de las portezuelas y abriendo las mismas uno de ellos comenzó a decirme arrímate para haya y el otro sujeto se subió por la portezuela del copiloto y empujo a mi esposa de nombre *** y el sujeto que estaba a mi izquierda amagándome con mi arma de fuego comenzó a conducir el vehículo y uno de ellos me dijo NO TE VA A PASAR NADA, SI NOS DEJAS LA CAMIONETA CON LO QUE TRAES, SACA LO QUE TRAIGAS DE DINERO, por lo que le hice la entrega de la cantidad de seis mil pesos en moneda nacional, así mismo a dos cuadras sobre la avenida referida, el otro sujeto le dijo date vuelta en la esquina, por lo que así lo hizo el que venía manejando, por lo que el vehículo se detuvo y uno de los sujetos nos dijo, BÁJENSE, BÁJENSE, que prefieres las cosas materiales o tu vida, por lo que para evitar resultar lesionados así lo hice y mi esposa de igual forma, percatándome que en la esquina había dos personas a bordo de una motocicleta la cual estaba llamando a la Policía para que acudiera a auxiliarnos, pero lo sujetos lograron huir a bordo de mi vehículo; así mismo refiero que ya realice el reporte correspondiente al número 066 en la cual fue atendido por el operador número *** y el cual me proporciono el número de reporte ***, refiriendo que derivado de los presentes hechos, no resultamos lesionados y por lo que respecta a la media filiación de los dos sujetos, uno de ellos es de aproximadamente veinticuatro años de edad, de estatura aproximada de un metro con ochenta y cinco centímetros, de complexión mediana, tex morena, cabello de color castaño, de tamaño mediano, de frente mediana, de cejas semipobladas, de ojos de color café obscuro de tamaño mediano, de nariz chica de forma afilada, de boca mediana de labios delgados, de cara redonda sin que pueda referir, señas particulares del mismo. Por lo que respecta al otro sujeto no lo pude ver a la cara porque traía lentes obscuros, asimismo dentro del vehículo iba la correspondiente tarjeta de circulación y diversos discos originales de música cristiana y la camioneta llevaba mecánica de la marca DANUP, con un valor de catorce mil pesos en moneda nacional y es por lo que en este acto formulo denuncia, por el delito de robo con violencia cometido en mi agravio y en contra de quien resulte responsable…”

Con los anteriores datos de prueba que se han señalado, esta Fiscalía considera que es indispensable para el éxito de la investigación dentro de la carpeta en que se actúa, que se realice la diligencia de cateo en el inmueble ubicado en el Fraccionamiento *** de la comunidad de *** en Temascaltepec, Estado de México, ubicado en un camino de terracería, que va de oriente a poniente y viceversa, siendo una brecha despoblada en una zona boscosa; casi al final de la misma, en el extremo norte donde se encuentra en un nivel de tres metros por debajo de camino mencionado, y delimitada por una barda perimetral de piedra, de aproximada de 30 metros de largo por 15 de fondo, la cual sobresale cuarenta centímetros del nivel del camino siendo ascendente de poniente a oriente llegando a tres metros de altura en el lugar donde se encuentra un zaguán metálico en color naranja opaco. Desde el exterior sobre el camino, en la parte poniente de la barda se visualiza una construcción de concreto de dos niveles, color beige o paja, con la orilla de marquesinas, postes de barandal de segundo nivel y base de tinaco en color vino, sobresaliendo el cubo de una chimenea de ladrillo, con su fachada dirigida al oriente, donde se observan desde el camino en la planta baja dos ventanas metálicas  blancas y una puerta metálica abierta de color blanca, en la parte central, el segundo nivel se observa una puerta metálica de color blanca y una ventana de cuadros grandes, con patio de servicio ya que se cuenta con datos de prueba idóneos, pertinentes y en su conjunto suficientes para establecer razonadamente la existencia del hecho delictuoso de ROBO EQUIPARADO COMETIDO EN AGRAVIO DEL PATRIMONIO DE LAS PERSONAS, aunado a que a criterio del que suscribe, se reúnen los requisitos exigidos por el artículo 16 constitucional y los artículos 282 y 283 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Dado que se refiere que efectivamente de los datos de prueba existentes y que se han puesto en conocimiento en el multicitado domicilio arrojan que pueden encontrarse la existencia de indicios específicamente AUTOPARTES, ACCESORIOS, PLACAS Y DOCUMENTOS DE VEHICULOS CON REPORTE DE ROBO específicamente esto de acuerdo a la investigación de esta Fiscalía.

Por lo que de concederse la orden de cateo solicitada, esta fiscalía considera idóneo y pertinente solicitar un término de setenta y dos horas para la práctica del mismo, esto en razón del despliegue técnico y táctico que se requiere para practicar la diligencia, ya que se requiere el movimiento del personal suficiente por parte de diversas dependencias para el éxito de la citada diligencia.

Por lo que también hago mención que solo se limitara la práctica del cateo a la búsqueda de lo siguiente:

1.- AUTOPARTES, ACCESORIOS, PLACAS DE CIRCULACION, TARJETA DE CIRCULACION QUE INTEGRARON O PERTENECIERON AL VEHÍCULO MARCA DODGE, TIPO RAM 2500, MODELO 2008, COLOR CACAO, CON NÚMERO DE SERIE ***, NUMERO DE MOTOR ***, PLACAS DE CIRCULACIÓN *** DEL ESTADO DE MICHOACÁN.

Dicha diligencia se practicara por los Agentes del Ministerio Público Licenciados ***, ******. Quienes la realizaran de manera conjunta o indistintamente y se auxiliaran y acompañarán de elementos de la POLICÍA MINISTERIAL DE INVESTIGACIONES,  PERITOS EN MATERIA DE CRIMINALÍSTICA Y FOTOGRAFÍA, ELEMENTOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA, ELEMENTOS DE LA BASE DE OPERACIONES MIXTAS, ELEMENTOS DE LA SECRETARIA DE MARINA Y ARMADA DE MÉXICO, ELEMENTOS DEL EJERCITO MEXICANO, PARA REALIZAR DE MANERA CONJUNTA O INDISTINTAMENTE LA CUSTODIA DE LA REPRESENTACIÓN SOCIAL, POR ENCONTRARSE EL LUGAR A INTERVENIR EN UN SITIO EN UNA ZONA DESPOBLADA Y BOSCOSA

Solicitando que se pueda llevar a cabo el día y hora que se estime oportuno, la práctica de CATEO, que para el caso de la necesidad urgente de la medida sea haga el rompimiento de chapas, cerraduras, candados, cadenas, sean auxiliados por una persona de oficio cerrajero o bien forzando aquellas, ello a efecto de permitir el acceso a tales domicilios. Acatando que en su práctica se haga ante la presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del domicilio a catear o, en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia, que al término se deberá de elaborar un acta circunstanciada respectiva en la que se describan y detallen pormenorizadamente las incidencias, entregando un tanto al ocupante de dicho lugar, agregando el original a las diligencias que motivan el cateo; de acuerdo a lo previsto en el artículo  288 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para este nuevo sistema de justicia penal. POR LO EXPUESTO Y FUNDADO.



ATENTAMENTE
EL C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO
AL CENTRO DE ATENCION CIUDADANA DE
TEMASCALTEPEC, ESTADO DE MÉXICO.

LIC. ***.