SOLICITUD DE ORDEN DE CATEO DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE POSEER EL NARCÓTICOS CON LA FINALIDAD DE COMERCIALIZARLOS (CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES APLICADO)


NUC: TEM/TEJ/TEJ/***/***/16/11
DELITO: CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD                                                                DE POSEER EL NARCÓTICOS CON LA FINALIDAD DE  COMERCIALIZARLOS

                                                                      ASUNTO: SOLICITUD DE ORDEN DE CATEO.

Tejupilco, Estado de México, a 25 de noviembre del 2016.


C. JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE TEMASCALTEPEC, ESTADO DE MEXICO   
PRESENTE

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14 párrafo segundo, 16 párrafos primero y décimo primero y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 282, 283, 285 y 288 del Código Nacional de Procedimientos Penales vigente en el Estado de México, para el sistema de corte acusatorio, adversarial y oral, y el artículo 10 apartado B, fracción VII de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México; ésta Representación Social solicita a su Señoría, tenga a bien librar ORDEN DE CATEO en cateo en el inmueble ubicado en domicilio ubicado en calle *** sin número, colonia ***, en el Municipio de *** Estado de México, inmueble de un nivel, con sus muros sin color, con su frente en dirección al sur, presentando en este extremo una puerta metálica de color negro y una ventana de color verde y por enfrente del inmueble se ubicó lo siguiente: dos trozos de madera, dos bancos metálicos, una tabla de madera sobre unos tabicones tipo block, un cilindro para gas doméstico y en el muro en su extremo poniente se observa un medidor de luz y un tubo metálico, asimismo se observa un enlonado de color negro.

Diligencia relacionada con el hecho delictuoso de DELITOS CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE COMERCIALIZACIÓN COMETIDO EN AGRAVIO DE LA SALUD PÚBLICA  ilícito previsto por el artículo ilícito previsto y sancionado por los artículos 234 (estupefaciente), 235 y 237 en relación con el 473 fracción I (comercialización), V (narcóticos),  474, 476, 479 (tabla) de la Ley General de Salud, en relación a los artículos 6, 7, 8 fracciones I y III y 11 fracción I inciso c) del Código Penal Vigente en la Entidad
Lo anterior en razón de lo siguiente:

El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, establece en su párrafo primero:

"Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento."

En tanto, en su párrafo décimo primero, estipula:

"En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir, a solicitud del Ministerio Público, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, una acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia."

Por su parte el artículo 282 del Código de Nacional de Procedimientos Penales, vigente en el Estado de México, para el sistema de corte acusatorio, adversarial y oral, establece:

 "Cuando en la investigación el Ministerio Público estime necesaria la práctica de un cateo, en razón de que el lugar a inspeccionar es un domicilio o una propiedad privada, solicitara por cualquier medio la autorización judicial para la práctica del acto de investigación correspondiente. En la Solicitud que contara con un registro, se expresara  el lugar  que ha de inspeccionarse, la persona o personas  que han de aprehenderse y los objetos que se buscan, señalando los motivos o indicios que sustentan la necesidad de la orden, así como los servidores públicos  que podrán practicar  o intervenir en dicho acto de investigación

Por lo que ambos preceptos legales prevén los requisitos, y bases legales que deben reunirse para el libramiento de la orden de cateo.

Ahora bien, también los instrumentos internacionales recogen aspectos de esta materia, que constituyen norma vigente en nuestro país y que deben ser tomados en cuenta para la interpretación a las normas relativas a los derechos humanos, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1, párrafos primero y segundo, y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Así, en los artículos 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 17.1 y 17.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 11.2 y 11.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se establece que nadie podrá ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra y reputación y que toda persona tiene derecho a esa protección; asimismo, el artículo IX de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre dispone que toda persona tiene el derecho a la inviolabilidad de su domicilio, numerales que, en lo sustancial, se vinculan con el artículo 16, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En fecha 24 de noviembre del 2016, a las 13:00 horas, se recibió en la Fiscalía Regional de Tejupilco, una Denuncia Ciudadana, la cual fue turnada al suscrito Agente del Ministerio Público adscrito Primer Turno de Tejupilco, mediante oficio ***/***/2016, de la Unidad de Investigación de Tejupilco; Se trata de una foja útil, de papel bond tamaño carta, impreso por una sola de sus caras, con la leyenda “…Villa de *** a 24 de abril del 2016. SEÑOR SUBPROCURADOR DE JUSTICIA DE TEJUPILCO. Quiero hacer de su conocimiento que en la calle de ***, sin número, en la Colonia *** en ***, existe un lugar donde venden marihuana y cocaína, es una casa de un piso, sin pintar y con la pared muy sucia, tiene una ventana y una puerta negra, en el frente tiene un plástico negro, porque por las noches venden antojitos. El que distribuye la droga le apodan el gordo, es hijo de la dueña de la casa; vende todo el día y hasta las doce de la noche, despacha desde la ventana o por la puerta. Al lugar llega gente en camionetas, motos, se estacionan como quieren llegan silbando con sus coches o gritando. Hago la denuncia, porque en lo personal, no me gusta que este tipo de sujetos viciosos este cerca de mi domicilio, ya lo reporte a la policía de *** y no hacen nada. Solicitando a Usted, su intervención; como comprenderá no puedo dar mi nombre, porque son mis vecinos y tengo temor de pudieran tener alguna represalia con mi familia; pero tampoco, puedo permitir que mis hijos estén viendo cómo se drogan los sujetos en la calle o los coches después de comprar su droga. GRACIAS…”. SIC. Por tratarse de una denuncia anónima se dio inicio al NUC TEM/TEJ/TEJ/***/***/16/11 y con fundamento en los artículos 131 fracción II y 221 tercer párrafo del Código Nacional de Procedimientos Penales, se ordenó a la Policía Ministerial la investigación del hecho delictuoso. En fecha 24 de noviembre del año 2016, el Agente de la Policía Ministerial Investigadora del Estado de México ***, rindió un informe en el que señaló:  Una vez que recibió el presente oficio, en la presente fecha procedió a trasladarse al domicilio ubicado en calle de ***, sin número en la colonia ***, en  ***, México; una vez ubicado en dicho lugar, tuvo a la vista un inmueble de un solo nivel sin pintar, con aplanado y sin pintura destinada a casa habitación, en el extremo norte de la calle con su frente en dirección al sur, observó que dicho inmueble presenta en su fachada como vía de acceso una puerta color negra, metálica al centro, y una ventana metálica de color verde, apreciándose en el frente de la casa un plástico o lona de color negro, atado de la marquesinas a unos trozos de madera y con lazos a varillas en la calle; se observan dos troncos de madera cortos para sentarse, dos bancos metálicos y una tabla de madera sostenida por dos tiras de blocks. Por lo que respecta a la nomenclatura del lugar señalo que los inmuebles de la calle no se encuentran ordenados con números oficiales. Continua el elemento al señalar; Así mismo, al encontrarse a una distancia de cuarenta metros al poniente del domicilio descrito, en la esquina que forman las calles de *** y ***, en misma Colonia ***, se entrevistó con dos personas del sexo masculino vecinos del lugar, quienes se negaron a proporcionar sus nombres, pero le confirmaron que en el inmueble antes descrito que tiene un  plástico negro al exterior, se vende droga desde hace aproximadamente un año; señalaron que el vendedor de marihuana y cocaína al menudeo, es un sujeto del sexo masculino de aproximadamente veinticinco o treinta años, que le apodan “EL GORDO” describiéndolo como una persona de complexión robusta, de un metro con setenta de estatura, tez moreno claro, cabello corto, cejas pobladas, nariz, chata, ojos de color negro boca mediana labios regulares; señalaron que los compradores llegan en vehículos y motocicletas; los cuales, llegan a consumir la droga en el lugar, se han suscitado algunas peleas entre ellos, han llegado a molestar a algunas mujeres o retado a golpes a las personas que les reclaman cuando obstruyen sus entradas. Señalaron que la mamá del sujeto que vende la droga, por las noches vende tacos y quesadillas, en el exterior del domicilio y con eso disfrazan un poco la venta de droga del lugar; sin embargo los vecinos no le compran por esta situación. Entrevistas que se plasmaron en los formatos correspondientes que en ese momento el elemento policiaco elaboro y corren agregados a la presente investigación, aun y cuando los entrevistados no quisieron proporcionar sus nombres, pero en ellos consta la media filiación y lugar de localización de los entrevistados, siendo la PRIMERA PERSONA de cuarenta  años de edad, estatura un metro sesenta centímetros, complexión regular, tez morena, pelo largo, frente mediana, cejas pobladas, ojos chicos color cafés, nariz chica recta, labios delgados, boca chica, que vestía camisa azul cielo, pantalón azul marino de mezclilla, botas de vestir de color negro; la SEGUNDA PERSONA, ser de sesenta años de edad, estatura un metro con setenta de estatura, tez blanca, pelo entre cano, frente mediana, cejas semipobladas, ojos medianos, color cafés claros, nariz recta boca mediana, labios gruesos, camisa blanca, pantalón gris y huaraches negros. Los entrevistados tienen su domicilio a veinte metros del lugar, sobre la misma calle de ***, colonia ***, en ***, siendo una casa de un nivel, aplanado en color blanco, con puerta metálica en color negra y ventanas blancas. Se dio intervención a un perito en Perito en materia de criminalística y fotografía, para la fijación escrita y fotográfica del lugar del inmueble donde se señala se realiza la venta de drogas al menudeo. Continuando con la investigación en la investigación y con la con la finalidad de establecer la dinámica, que se sigue en el lugar, para realizar la venta de drogas, el elemento policiaco realizó acciones de vigilancia al inmueble ubicado calle de *** sin número, colonia ***, en ***, permaneciendo en el sitio dentro de un horario de las diecisiete cuarenta, a las diecinueve treinta horas, percatándose que a las (1) dieciocho horas, llego una persona del sexo masculino de aproximadamente veinte años, en una motocicleta, comenzó a silbar y salió un sujeto que coincide con la media filiación proporcionada por las personas entrevistadas, el motociclista le entrego un billete y tipo saco de su bolsa tipo mariconera que portaba en el pecho, un pequeño envoltorio que entrego, al motociclista y luego se alejó del lugar, regresando el sujeto al interior del inmueble. (2) diecinueve horas diez minutos, llego un joven que conducía un motoneta negra, se estaciono, comenzó a gritar “GORDO” salió la persona del inmueble, le entrego unos billetes y el sujeto envoltorios que portaba en la bolsa o mariconera, en ese momento se percató de la presencia del  investigador y el motociclista se alejó apresuradamente del lugar, mientras que el sujeto ingresó al inmueble. (3) diecinueve horas veinticinco minutos, llegó un joven caminando, hacia el domicilio descrito anteriormente, se detuvo frente a la puerta y toco en dos ocasiones, sin obtener respuesta; posteriormente se retiró con dirección hacia donde se encontraba el investigador; quien aprovecho para llamarlo y cuestionarlo respecto a su presencia en el lugar; manifestó responder al nombre de *** de 18 años de edad; manifestó haber acudido al lugar por un dinero que le debía “EL GORDO”, de un teléfono celular que le vendió. Posteriormente, señaló ser fármaco dependiente y al preguntarle nuevamente respecto a su presencia en el lugar, señaló que le había ido a comprar un toque de mota, corroboro que en el lugar mencionado se vende marihuana, cocaína y metanfetamina, pero que desconocía porque no había salido el “GORDO”, que siempre salen a la primera. Se le invito a rendir entrevista al respecto, accediendo de manera voluntaria y quien se encuentra presente en la sala de espera de este centro de justicia, para que declare en relación a los hechos que se investigan. Siendo plenamente corroborada la identidad del joven testigo de nombre ***, con la consulte e impresión que realizó el investigador en la página del CURP, realizando un acta pormenorizada que contiene inspección realizada por el policía ministerial investigador ***, donde señalo que en fecha veinticuatro de noviembre del 2016, tuvo a la vista una impresión de un CURP a favor de ***, con número ***, con fecha de nacimiento en el 28 de agosto de 1998, en el municipio de Tlatlaya Estado de México, el cual fue obtenido en la página electrónica de la secretaria de Gobernación. Entrevista que posteriormente fue formalizada ante el suscrito agente del Ministerio Público de Tejupílco al señalar ***, en fecha veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis, que es consumidor de droga desde hace tres años, que con frecuencia es decir cada cuatro o cinco días acude al domicilio ubicado en calle de *** sin número, colonia ***, en ***, que es una casa de un solo nivel sin pintar que tiene una puerta color negra y  una ventana de herrería color verde, por las cuales un hombre que apodan “EL GORDO” le vende marihuana, se la vende en la cantidad de 100 pesos. También sabe qué vende metanfetamina o cocaína, los cuales da en 150 pesos la bolsita. La droga la guarda en su casa y solo trae una o dos dosis en su bolsa que siempre trae colgada. Aclaro que se presentó a petición de la policía ministerial toda vez que “EL GORDO”, cuando quiere marihuana, primero le pide que se la pague y luego entra a su casa a sacar las bolsitas, se burla mucho de él y ha llegado a  llegado a pegarle, como jugando pero si le pega fuerte, pero por su necesidad de consumir marihuana, es por lo que tiene que aguantar ese trato cuando va a comprar. Se cuenta  el acta pormenorizada que contiene el acta pormenorizada del lugar señalado como el de los hechos realizada por el policía ministerial investigador ***,  donde señalo que en fecha veinticuatro de noviembre del 2016, se trasladó y constituyo en calle de ***, sin número en la colonia ***, en  ***, México; donde tuvo a la vista un inmueble de un solo nivel sin pintar, con aplanado destinada a casa habitación, el extremo norte de la calle con su frente en dirección al sur, observándose que dicho inmueble presenta en su fachada como vía de acceso una puerta color negra, metálica al centro, y una ventana metálica de color verde, apreciándose en el frente de la casa un plástico o lona de color negro, atado de la marquesinas a unos trozos de madera y con lazos a varillas en la calle; se observan dos troncos de madera cortos para sentarse, dos bancos metálicos y una tabla de madera sostenida por dos tiras de blocks. Es importante resaltar que los inmuebles de la calle no se encuentran ordenados con alguna nomenclatura. La cual fue corroborada con la fijación del lugar que realizo el oficial de la Institución de nombre ***, de fecha 24 de noviembre del 2016, correspondiente al domicilio conocido ubicado en calle ***, colonia ***, en el Municipio de *** Estado de México, quien complementa la pormenorizada anterior y fija el lugar de manera escrita de la siguiente forma: Una calle de concreto hidráulico, de seis metros de ancho, con una orientación de poniente a oriente y cerrada en ese extremo, siendo en el sitio referido, en el extremo norte de la calle se ubica un inmueble de un nivel, con sus muros sin color, con su frente en dirección al sur, presentando en este extremo una puerta metálica de color negro y una ventana de color verde y por enfrente del inmueble se ubicó lo siguiente: dos trozos de madera, dos bancos metálicos, una tabla de madera sobre unos tabicones tipo block, un cilindro para gas doméstico y en el muro en su extremo poniente se observa un medidor de luz y un tubo metálico, asimismo se observa un enlonado de color negro. Plasmando lo anterior en dos placas fotográficas, que imprime en papel bond y corren agregadas al presente. De los anteriores datos de prueba al ser analizados en conjunto se desprende de manera indiciaria que en el domicilio que esta representación social solicita catear, se encuentran las sustancias que pretenden encontrar, pues el escrito por el cual se presentó la denuncia, se vio robustecidos con el informe de rendido por el elemento de la policía Ministerial, donde se describe la dinámica de la venta de las drogas al menudeo y a su vez con las actas de entrevistas recabadas a vecinos del lugar de los hechos. Pero de manera importante y trascendente con la entrevista de ***, farmacodependiente y de acuerdo a su entrevista comprador de marihuana en el lugar.

Petición que se basa en el cumulo de datos de prueba que integran la carpeta con número de NUC TEM/TEJ/TEJ/***/***/16/11, basando nuestra petición en razón al siguiente:

RELATO CIRCUNSTANCIADO.

En fecha 24 de noviembre del 2016, a las 13:00 horas, se recibió en la Fiscalía Regional de Tejupilco, una Denuncia Ciudadana, la cual fue turnada al suscrito Agente del Ministerio Público adscrito Primer Turno de Tejupilco, mediante oficio ***/***/2016, de la Unidad de Investigación de Tejupilco; Se trata de una foja útil, de papel bond tamaño carta, impreso por una sola de sus caras, con la leyenda “…Villa de *** a 24 de abril del 2016. SEÑOR SUBPROCURADOR DE JUSTICIA DE TEJUPILCO. Quiero hacer de su conocimiento que en la calle de ***, sin número, en la Colonia *** en ***, existe un lugar donde venden marihuana y cocaína, es una casa de un piso, sin pintar y con la pared muy sucia, tiene una ventana y una puerta negra, en el frente tiene un plástico negro, porque por las noches venden antojitos. El que distribuye la droga le apodan el gordo, es hijo de la dueña de la casa; vende todo el día y hasta las doce de la noche, despacha desde la ventana o por la puerta. Al lugar llega gente en camionetas, motos, se estacionan como quieren llegan silbando con sus coches o gritando. Hago la denuncia, porque en lo personal, no me gusta que este tipo de sujetos viciosos este cerca de mi domicilio, ya lo reporte a la policía de *** y no hacen nada. Solicitando a Usted, su intervención; como comprenderá no puedo dar mi nombre, porque son mis vecinos y tengo temor de pudieran tener alguna represalia con mi familia; pero tampoco, puedo permitir que mis hijos estén viendo cómo se drogan los sujetos en la calle o los coches después de comprar su droga. GRACIAS…”. SIC. Por tratarse de una denuncia anónima se dio inicio al NUC TEM/TEJ/TEJ/***/***/16/11 y con fundamento en los artículos 131 fracción II y 221 tercer párrafo del Código Nacional de Procedimientos Penales, se ordenó a la Policía Ministerial la investigación del hecho delictuoso. En fecha 24 de noviembre del año 2016, el Agente de la Policía Ministerial Investigadora del Estado de México ***, rindió un informe en el que señaló:  Una vez que recibió el presente oficio, en la presente fecha procedió a trasladarse al domicilio ubicado en calle de ***, sin número en la colonia ***, en  ***, México; una vez ubicado en dicho lugar, tuvo a la vista un inmueble de un solo nivel sin pintar, con aplanado y sin pintura destinada a casa habitación, en el extremo norte de la calle con su frente en dirección al sur, observó que dicho inmueble presenta en su fachada como vía de acceso una puerta color negra, metálica al centro, y una ventana metálica de color verde, apreciándose en el frente de la casa un plástico o lona de color negro, atado de la marquesinas a unos trozos de madera y con lazos a varillas en la calle; se observan dos troncos de madera cortos para sentarse, dos bancos metálicos y una tabla de madera sostenida por dos tiras de blocks. Por lo que respecta a la nomenclatura del lugar señalo que los inmuebles de la calle no se encuentran ordenados con números oficiales. Continua el elemento al señalar; Así mismo, al encontrarse a una distancia de cuarenta metros al poniente del domicilio descrito, en la esquina que forman las calles de *** y ***, en misma Colonia ***, se entrevisto con dos personas del sexo masculino vecinos del lugar, quienes se negaron a proporcionar sus nombres, pero le confirmaron que en el inmueble antes descrito que tiene un  plástico negro al exterior, se vende droga desde hace aproximadamente un año; señalaron que el vendedor de marihuana y cocaína al menudeo, es un sujeto del sexo masculino de aproximadamente veinticinco o treinta años, que le apodan “EL GORDO” describiéndolo como una persona de complexión robusta, de un metro con setenta de estatura, tez moreno claro, cabello corto, cejas pobladas, nariz, chata, ojos de color negro boca mediana labios regulares; señalaron que los compradores llegan en vehículos y motocicletas; los cuales, llegan a consumir la droga en el lugar, se han suscitado algunas peleas entre ellos, han llegado a molestar a algunas mujeres o retado a golpes a las personas que les reclaman cuando obstruyen sus entradas. Señalaron que la mamá del sujeto que vende la droga, por las noches vende tacos y quesadillas, en el exterior del domicilio y con eso disfrazan un poco la venta de droga del lugar; sin embargo los vecinos no le compran por esta situación. Entrevistas que se plasmaron en los formatos correspondientes que en ese momento el elemento policiaco elaboro y corren agregados a la presente investigación, aun y cuando los entrevistados no quisieron proporcionar sus nombres, pero en ellos consta la media filiación y lugar de localización de los entrevistados, siendo la PRIMERA PERSONA de cuarenta  años de edad, estatura un metro sesenta centímetros, complexión regular, tez morena, pelo largo, frente mediana, cejas pobladas, ojos chicos color cafés, nariz chica recta, labios delgados, boca chica, que vestía camisa azul cielo, pantalón azul marino de mezclilla, botas de vestir de color negro; la SEGUNDA PERSONA, ser de sesenta años de edad, estatura un metro con setenta de estatura, tez blanca, pelo entre cano, frente mediana, cejas semipobladas, ojos medianos, color cafés claros, nariz recta boca mediana, labios gruesos, camisa blanca, pantalón gris y huaraches negros. Los entrevistados tienen su domicilio a veinte metros del lugar, sobre la misma calle de ***, colonia ***, en ***, siendo una casa de un nivel, aplanado en color blanco, con puerta metálica en color negra y ventanas blancas. Se dio intervención a un perito en Perito en materia de criminalística y fotografía, para la fijación escrita y fotográfica del lugar del inmueble donde se señala se realiza la venta de drogas al menudeo. Continuando con la investigación en la investigación y con la con la finalidad de establecer la dinámica, que se sigue en el lugar, para realizar la venta de drogas, el elemento policiaco realizó acciones de vigilancia al inmueble ubicado calle de *** sin número, colonia ***, en ***, permaneciendo en el sitio dentro de un horario de las diecisiete cuarenta, a las diecinueve treinta horas, percatándose que a las (1) dieciocho horas, llego una persona del sexo masculino de aproximadamente veinte años, en una motocicleta, comenzó a silbar y salió un sujeto que coincide con la media filiación proporcionada por las personas entrevistadas, el motociclista le entrego un billete y tipo saco de su bolsa tipo mariconera que portaba en el pecho, un pequeño envoltorio que entrego, al motociclista y luego se alejó del lugar, regresando el sujeto al interior del inmueble. (2) diecinueve horas diez minutos, llego un joven que conducía un motoneta negra, se estaciono, comenzó a gritar “GORDO” salió la persona del inmueble, le entrego unos billetes y el sujeto envoltorios que portaba en la bolsa o mariconera, en ese momento se percató de la presencia del  investigador y el motociclista se alejó apresuradamente del lugar, mientras que el sujeto ingresó al inmueble. (3) diecinueve horas veinticinco minutos, llegó un joven caminando, hacia el domicilio descrito anteriormente, se detuvo frente a la puerta y toco en dos ocasiones, sin obtener respuesta; posteriormente se retiró con dirección hacia donde se encontraba el investigador; quien aprovecho para llamarlo y cuestionarlo respecto a su presencia en el lugar; manifestó responder al nombre de *** de 18 años de edad; manifestó haber acudido al lugar por un dinero que le debía “EL GORDO”, de un teléfono celular que le vendió. Posteriormente, señaló ser fármaco dependiente y al preguntarle nuevamente respecto a su presencia en el lugar, señaló que le había ido a comprar un toque de mota, corroboro que en el lugar mencionado se vende marihuana, cocaína y metanfetamina, pero que desconocía porque no había salido el “GORDO”, que siempre salen a la primera. Se le invito a rendir entrevista al respecto, accediendo de manera voluntaria y quien se encuentra presente en la sala de espera de este centro de justicia, para que declare en relación a los hechos que se investigan. Siendo plenamente corroborada la identidad del joven testigo de nombre ***, con la consulte e impresión que realizó el investigador en la página del CURP, realizando un acta pormenorizada que contiene inspección realizada por el policía ministerial investigador ***, donde señalo que en fecha veinticuatro de noviembre del 2016, tuvo a la vista una impresión de un CURP a favor de ***, con número ***, con fecha de nacimiento en el 28 de agosto de 1998, en el municipio de Tlatlaya Estado de México, el cual fue obtenido en la página electrónica de la secretaria de Gobernación. Entrevista que posteriormente fue formalizada ante el suscrito agente del Ministerio Público de Tejupílco al señalar ***, en fecha veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis, que es consumidor de droga desde hace tres años, que con frecuencia es decir cada cuatro o cinco días acude al domicilio ubicado en calle de *** sin número, colonia ***, en ***, que es una casa de un solo nivel sin pintar que tiene una puerta color negra y  una ventana de herrería color verde, por las cuales un hombre que apodan “EL GORDO” le vende marihuana, se la vende en la cantidad de 100 pesos. También sabe qué vende metanfetamina o cocaína, los cuales da en 150 pesos la bolsita. La droga la guarda en su casa y solo trae una o dos dosis en su bolsa que siempre trae colgada. Aclaro que se presentó a petición de la policía ministerial toda vez que “EL GORDO”, cuando quiere marihuana, primero le pide que se la pague y luego entra a su casa a sacar las bolsitas, se burla mucho de él y ha llegado a  llegado a pegarle, como jugando pero si le pega fuerte, pero por su necesidad de consumir marihuana, es por lo que tiene que aguantar ese trato cuando va a comprar. Se cuenta  el acta pormenorizada que contiene el acta pormenorizada del lugar señalado como el de los hechos realizada por el policía ministerial investigador ***,  donde señalo que en fecha veinticuatro de noviembre del 2016, se trasladó y constituyo en calle de ***, sin número en la colonia ***, en  ***, México; donde tuvo a la vista un inmueble de un solo nivel sin pintar, con aplanado destinada a casa habitación, el extremo norte de la calle con su frente en dirección al sur, observándose que dicho inmueble presenta en su fachada como vía de acceso una puerta color negra, metálica al centro, y una ventana metálica de color verde, apreciándose en el frente de la casa un plástico o lona de color negro, atado de la marquesinas a unos trozos de madera y con lazos a varillas en la calle; se observan dos troncos de madera cortos para sentarse, dos bancos metálicos y una tabla de madera sostenida por dos tiras de blocks. Es importante resaltar que los inmuebles de la calle no se encuentran ordenados con alguna nomenclatura. La cual fue corroborada con la fijación del lugar que realizo el oficial de la Institución de nombre ***, de fecha 24 de noviembre del 2016, correspondiente al domicilio conocido ubicado en calle ***, colonia ***, en el Municipio de *** Estado de México, quien complementa la pormenorizada anterior y fija el lugar de manera escrita de la siguiente forma: Una calle de concreto hidráulico, de seis metros de ancho, con una orientación de poniente a oriente y cerrada en ese extremo, siendo en el sitio referido, en el extremo norte de la calle se ubica un inmueble de un nivel, con sus muros sin color, con su frente en dirección al sur, presentando en este extremo una puerta metálica de color negro y una ventana de color verde y por enfrente del inmueble se ubicó lo siguiente: dos trozos de madera, dos bancos metálicos, una tabla de madera sobre unos tabicones tipo block, un cilindro para gas doméstico y en el muro en su extremo poniente se observa un medidor de luz y un tubo metálico, asimismo se observa un enlonado de color negro. Plasmando lo anterior en dos placas fotográficas, que imprime en papel bond y corren agregadas al presente. De los anteriores datos de prueba al ser analizados en conjunto se desprende de manera indiciaria que en el domicilio que esta representación social solicita catear, se encuentran las sustancias que pretenden encontrar, pues el escrito por el cual se presentó la denuncia, se vio robustecidos con el informe de rendido por el elemento de la policía Ministerial, donde se describe la dinámica de la venta de las drogas al menudeo y a su vez con las actas de entrevistas recabadas a vecinos del lugar de los hechos. Pero de manera importante y trascendente con la entrevista de ***, farmacodependiente y de acuerdo a su entrevista comprador de marihuana en el lugar.

Hecho que se afirma a partir de los siguientes datos de prueba:

1).- La denuncia ciudadana de fecha 24 de noviembre del 2016, constante de una foja útil, impresa en papel bond tamaño carta impreso por una sola de sus caras, con la leyenda “…Villa de *** a 24 de abril del 2016. SEÑOR SUBPROCURADOR DE JUSTICIA DE TEJUPILCO. Quiero hacer de su conocimiento que en la calle de ***, sin número, en la Colonia *** en ***, existe un lugar donde venden marihuana y cocaína, es una casa de un piso, sin pintar y con la pared muy sucia, tiene una ventana y una puerta negra, en el frente tiene un plástico negro, porque por las noches venden antojitos. El que distribuye la droga le apodan el gordo, es hijo de la dueña de la casa; vende todo el día y hasta las doce de la noche, despacha desde la ventana o por la puerta. Al lugar llega gente en camionetas, motos, se estacionan como quieren llegan silbando con sus coches o gritando. Hago la denuncia, porque en lo personal, no me gusta que este tipo de sujetos viciosos este cerca de mi domicilio, ya lo reporte a la policía de *** y no hacen nada. Solicitando a Usted, su intervención; como comprenderá no puedo dar mi nombre, porque son mis vecinos y tengo temor de pudieran tener alguna represalia con mi familia; pero tampoco, puedo permitir que mis hijos estén viendo cómo se drogan los sujetos en la calle o los coches después de comprar su droga. GRACIAS…”
2).- Con el informe de investigación signado en fecha veinticuatro de noviembre  del dos mil dieciséis, por el Agente de la Policía Ministerial Investigadora del Estado de México ***, quien en su informe refiere “..Una vez que el suscrito recibió el presente oficio, en la presente fecha procedí a trasladarme al domicilio ubicado en calle de ***, sin número en la colonia ***, en  ***, México; una vez ubicados en dicho lugar, se tiene a la vista un inmueble de un solo nivel sin pintar, con aplanado y sin pintura destinada a casa habitación, con su frente en el extremo norte de la calle con su frente en dirección al sur, observándose que dicho inmueble presenta en su fachada como vía de acceso una puerta color negra, metálica al centro, y una ventana metálica de color verde, apreciándose en el frente de la casa un plástico o lona de color negro, atado de la marquesinas a unos trozos de madera y con lazos a varillas en la calle; se observan dos troncos de madera cortos para sentarse, dos bancos metálicos y una tabla de madera sostenida por dos tiras de blocks. Es importante resaltar que los inmuebles de la calle no se encuentran ordenados con alguna nomenclatura.

Así mismo, al encontramos a una distancia de cuarenta metros al poniente del domicilio descrito, en la esquina que forman las calles de *** y ***, en misma Colonia ***, me entrevisto con dos personas del sexo masculino vecinos del lugar; quienes se negaron a proporcionar sus nombres, pero confirmaron que en el inmueble antes descrito que tiene un  plástico negro al exterior, se vende droga desde hace aproximadamente un año; señalaron que el vendedor de marihuana y cocaína al menudeo, es un sujeto del sexo masculino de aproximadamente veinticinco o treinta años, que le apodan “EL GORDO” describiéndolo como una persona de complexión robusta, de un metro con setenta de estatura, tez moreno claro, cabello corto, cejas pobladas, nariz, chata, ojos de color negro boca mediana labios regulares; señalaron que los compradores llegan en vehículos y motocicletas; los cuales, llegan a consumir la droga en el lugar, se han suscitado algunas peleas entre ellos, han llegado a molestar a algunas mujeres o retado a golpes a las personas que les reclaman cuando obstruyen sus entradas. Señalaron que la mamá del sujeto que vende la droga, por las noches vende tacos y quesadillas en el exterior del domicilio y con eso disfrazan un poco la venta de droga del lugar; sin embargo los vecinos no le compran por esta situación. Lo anterior se plasma en los formatos de entrevista que en ese momento se elaboraron aun y cuando no quisieron proporcionar sus nombres, se procede a proporcionar su media filiación. PRIMERA ser de cuarenta  años de edad, estatura un metro sesenta centímetros, complexión regular, tez morena, pelo largo, frente mediana, cejas pobladas, ojos chicos color cafés, nariz chica recta, labios delgados, boca chica, que vestía camisa azul cielo, pantalón azul marino de mezclilla, botas de vestir de color negro; la SEGUNDA, ser de sesenta años de edad, estatura un metro con setenta de estatura, tez blanca, pelo entre cano, frente mediana, cejas semipobladas, ojos medianos, color cafés claros, nariz recta boca mediana, labios gruesos, camisa blanca, pantalón gris y huaraches negros. Los entrevistados tienen su domicilio a veinte metros del lugar, sobre la misma calle de ***, colonia ***, en ***, siendo una casa de un nivel, aplanado en color blanco, con puerta metálica en color negra y ventanas blancas. Se llamó a un perito en Perito en criminalística y fotografía, para la fijación del lugar, en placas fotográficas.

Asimismo, hago de su conocimiento que en presente fecha cuatro de noviembre del dos mil dieciséis, se realizaron acciones de vigilancia al inmueble ubicado calle de *** sin número, colonia ***, en ***, permaneciendo cerca del lugar en un horario de las diecisiete cuarenta horas a las diecinueve treinta horas, percatándome que a las (1) dieciocho horas, llego una persona del sexo masculino de aproximadamente veinte años, en una motocicleta, comenzó a silbar y salió un sujeto que coincide con la media filiación proporcionada por las personas entrevistadas, el motociclista le entrego un billete y el saco de su bolsa tipo mariconera que portaba en el pecho, un pequeño envoltorio que entrego, al motociclista y luego se alejó del lugar, regresando el sujeto al interior del inmueble. (2) diecinueve horas diez minutos, llego un joven que conducía un motoneta negra, se estaciono, comenzó a gritar “GORDO” salió la persona del inmueble, le entrego unos billetes y el sujeto envoltorios que portaba en la bolsa o mariconera, en ese momento se al parecer se percatan de la presencia del  suscrito, el motociclista se alejó apresuradamente del lugar, mientras que el sujeto ingresó al inmueble. (3) diecinueve horas veinticinco minutos, llegó un joven caminando, hacia el domicilio descrito anteriormente, se detuvo frente a la puerta y toco en dos ocasiones, sin obtener respuesta; posteriormente se retiró con dirección hacia donde se encontraba el suscrito; quien aprovecho para llamarlo y cuestionarlo respecto a su presencia en el lugar; manifestó responder al nombre de *** de 18 años de edad; manifestó haber acudido al lugar por un dinero que le debía “EL GORDO”, de un teléfono celular que le vendió. Posteriormente, señaló ser fármaco dependiente y al preguntarle nuevamente respecto a su presencia en el lugar, señaló que le había ido a comprar un toque de mota, corroboro que en el lugar mencionado se vende marihuana, cocaína y metanfetamina, pero que desconocía porque no había salido el “GORDO”, que siempre salen a la primera. Se le invito a rendir entrevista al respecto, accediendo de manera voluntaria y quien se encuentra presente en la sala de espera de este centro de justicia, para que declare en relación a los hechos que se investigan. No omito mencionar que con la finalidad de acreditar la identidad ***, se realizó una consulta de su CURP. La cual se agrega al presente.

3).-Con el acta pormenorizada que contiene inspección ministerial del lugar señalado como el de los hechos realizada por el policía ministerial investigador ***,  donde señalo que en fecha veinticuatro de noviembre del 2016, se trasladó y constituyo en la ubicado en calle de ***, sin número en la colonia ***, en  ***, México; una vez ubicados en dicho lugar, se tiene a la vista un inmueble de un solo nivel sin pintar, con aplanado y sin pintura destinada a casa habitación, el extremo norte de la calle con su frente en dirección al sur, observándose que dicho inmueble presenta en su fachada como vía de acceso una puerta color negra, metálica al centro, y una ventana metálica de color verde, apreciándose en el frente de la casa un plástico o lona de color negro, atado de la marquesinas a unos trozos de madera y con lazos a varillas en la calle; se observan dos troncos de madera cortos para sentarse, dos bancos metálicos y una tabla de madera sostenida por dos tiras de blocks. Es importante resaltar que los inmuebles de la calle no se encuentran ordenados con alguna nomenclatura.

4).- Con las actas de entrevistas elaboradas por el elemento de la Policía Ministerial Investigador *** en fecha 24 de noviembre del 2016, que se plasmaron en los formatos correspondientes, que corren agregados a la presente investigación, aun y cuando los entrevistados no quisieron proporcionar sus nombres, pero en ellos consta la media filiación y lugar de localización de los entrevistados, siendo la PRIMERA PERSONA de cuarenta  años de edad, estatura un metro sesenta centímetros, complexión regular, tez morena, pelo largo, frente mediana, cejas pobladas, ojos chicos color cafés, nariz chica recta, labios delgados, boca chica, que vestía camisa azul cielo, pantalón azul marino de mezclilla, botas de vestir de color negro; la SEGUNDA PERSONA, ser de sesenta años de edad, estatura un metro con setenta de estatura, tez blanca, pelo entre cano, frente mediana, cejas semipobladas, ojos medianos, color cafés claros, nariz recta boca mediana, labios gruesos, camisa blanca, pantalón gris y huaraches negros. Los entrevistados tienen su domicilio a veinte metros del lugar, sobre la misma calle de ***, colonia ***, en ***, siendo una casa de un nivel, aplanado en color blanco, con puerta metálica en color negra y ventanas blancas.

5).- El acta pormenorizada que contiene inspección realizada por el policía ministerial investigador ***,  de fecha veinticuatro de noviembre del 2016, donde señala haber tenido a la vista una impresión de un CURP a favor de ***, con número ***, con fecha de nacimiento en el 28 de agosto de 1998, en el municipio de Tlatlaya Estado de México, la cual fue obtenida de la página electrónica de la Secretaria de Gobernacion.

6).-Con la entrevista de un testigo de nombre ***, de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis, quien robustece la información recabada en el sentido  de referir que soy consumidor de droga desde hace tres años, que con frecuencia es decir cada cuatro o cinco días acudo al domicilio ubicado en calle de *** sin número, colonia ***, en ***, que es una casa de un solo nivel sin pintar que tiene una puerta color negra y  una ventana de herrería color verde, por las cuales un hombre que apodan “EL GORDO” me vende marihuana, me la vende en la cantidad de 100 pesos. También sé qué vende metanfetamina o cocaína, los cuales da en 150 pesos la bolsita. La droga la guarda en su casa y solo trae una o dos dosis en su bolsa que siempre trae colgada.  Me presento a petición de la policía ministerial toda vez que “EL GORDO”, cuando quiero mariguana, primero me pide que se la pague y luego entra a su casa a sacar las bolsitas, se burla mucho de mí y ha llegado a  llegado a pegarme, como jugando pero si me pega fuerte, pero por mi necesidad de consumir marihuana, es por lo que tengo que aguantar ese trato cuando voy a comprar.
7).- Con la descripción del lugar practicada por el perito oficial de la Institución de nombre ***, de fecha 24 de noviembre del 2016, correspondiente al domicilio conocido ubicado en calle ***, colonia ***, en el Municipio de *** Estado de México;   quien describe el lugar como: Una calle de concreto hidráulico, de seis metros de ancho, con una orientación de poniente a oriente y cerrada en ese extremo, siendo en el sitio referido, en el extremo norte de la calle se ubica un inmueble de un nivel, con sus muros sin color, con su frente en dirección al sur, presentando en este extremo una puerta metálica de color negro y una ventana de color verde y por enfrente del inmueble se ubicó lo siguiente: dos trozos de madera, dos bancos metálicos, una tabla de madera sobre unos tabicones tipo block, un cilindro para gas doméstico y en el muro en su extremo poniente se observa un medidor de luz y un tubo metálico, asimismo se observa un enlonado de color negro. Plasmando lo anterior en dos placas fotográficas, que imprime en papel bond y corren agregadas al presente.

Con los anteriores datos de prueba que se han señalado, esta fiscalía considera que es indispensable para el éxito de la investigación dentro de la carpeta en que se actúa, que se realice la diligencia de cateo en el inmueble ubicado en domicilio ubicado en calle *** sin número, colonia ***, en el Municipio de *** Estado de México, inmueble de un nivel, con sus muros sin color, con su frente en dirección al sur, presentando en este extremo una puerta metálica de color negro y una ventana de color verde y por enfrente del inmueble se ubicó lo siguiente: dos trozos de madera, dos bancos metálicos, una tabla de madera sobre unos tabicones tipo block, un cilindro para gas doméstico y en el muro en su extremo poniente se observa un medidor de luz y un tubo metálico, asimismo se observa un enlonado de color negro, ya que se cuenta con datos de prueba idóneos, pertinentes y en su conjunto suficientes para establecer razonadamente la existencia del hecho delictuoso de delitos contra la salud, aunado a que a criterio del que suscribe, se reúnen los requisitos exigidos por el artículo 16 constitucional y los artículos 282 y 283 del Código Nacional de Procedimientos Penales

Dado que refiero que efectivamente de los datos de prueba existentes y que se han puesto en conocimiento en el multicitado domicilio arrojan que pueden encontrarse la existencia de indicios específicamente drogas específicamente “psicotrópicos y estupefacientes”, esto de acuerdo a la investigación de esta fiscalía.

Por lo que de concederse la orden de cateo solicitada, esta Fiscalía considera idóneo y pertinente solicitar un término de setenta y dos horas para la práctica del mismo, esto en razón del despliegue técnico y táctico que se requiere para practicar la diligencia, ya que se requiere el movimiento del personal suficiente por parte de diversas dependencias para el éxito de la citada diligencia.

Por lo que también hago mención que solo se limitara la práctica del cateo a la búsqueda de lo siguiente:

1.- PSICOTRÓPICOS Y ESTUPEFACIENTES
Dicha diligencia se practicara por los agentes del Ministerio Público Licenciados ***. Quienes la realizaran de manera conjunta o indistintamente y se auxiliaran y acompañarán de PERITOS en CRIMINALÍSTICA y FOTOGRAFÍA, ELEMENTOS DE LA POLICÍA MINISTERIAL ELEMENTOS DE LA BASE DE OPERACIONES MIXTAS, POR PARTE DE ELEMENTOS DE LA SECRETARIA DE  MARINA Y ARMADA DE MÉXICO, EJERCITO MEXICANO Y ELEMENTOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA QUIENES DE MANERA CONJUNTA O INDISTINTAMENTE REALIZARAN LA CUSTODIA DE LA REPRESENTACIÓN SOCIAL.

Solicitando que se pueda llevar a cabo el día y hora que se estime oportuno, la práctica de CATEO, que para el caso de la necesidad urgente de la medida sea haga el rompimiento de chapas, cerraduras, candados, cadenas, sean auxiliados por una persona de oficio cerrajero o bien forzando aquellas, ello a efecto de permitir el acceso a tales domicilios. Acatando que en su práctica se haga ante la presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del domicilio a catear o, en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia, que al término se deberá de elaborar un acta circunstanciada respectiva en la que se describan y detallen pormenorizadamente las incidencias, entregando un tanto al ocupante de dicho lugar, agregando el original a las diligencias que motivan el cateo; de acuerdo a lo previsto en el artículo  288 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para este nuevo sistema de justicia penal. POR LO EXPUESTO Y FUNDADO.


ATENTAMENTE
EL C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO AL
H. *** DE TEJUPILCO, ESTADO DE MÉXICO.

LIC. ***