SOLICITUD DE ORDEN DE CATEO.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16
párrafos primero y décimo primero 21 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 10 y 21 de la ley orgánica de la procuraduría general de
justicia del estado de México, 88, 89, 90, 91 y 93, 104 del Código
de Procedimientos Penales vigente en el Estado de México aplicable al momento
en que ocurrieran los hechos, concatenado con el artículo segundo transitorio
del código nacional de Procedimientos Penales esta Fiscalía solicita a su
señoría, se sirva expedir la orden de cateo, con rompimiento de cerraduras
en caso de ser necesaria, en el siguiente domicilio:
CALLE ***** SIN NÚMERO, COLONIA SAN *****, ESTADO
DE MEXICO.
Petición que se hace a partir de las siguientes
consideraciones:
En fecha 24 de Diciembre de 2015, se dio inicio a
la carpeta de investigación 665780550056515, relativa al delito de HOMICIDIO
cometido en agravio de los servidores públicos quienes respondieran en vida a
los nombres de ***** y ROSA ELIA FLORES AGUILAR, mismos que de
acuerdo al protocolo de necropsia fallecieron por la alteraciones viscerales y
tisulares producidas por quemadura de tercer grado y calcinados en el noventa y
siete por ciento de la superficie corporal lo que se considera de
mortal.
FINALIDAD DE CATEO
Dar cumplimiento a la correspondiente orden de
aprehensión librada por el hecho delictuoso de HOMICIDIO CALIFICADO
CONSISTENTE EN COMPLEMENTACION TIPICA CON PUNIBILIDAD AUTONOMA AL HABERSE
COMETIDO EL HOMICIDIO DE DOS PERSONAS EN EL MISMO HECHO en agravio de
quienes respondieran en vida a los nombres de ***** y *****y en contra de *****
alias EL TECOS; ***** alias “EL TIN y/o BIGOTES”; ***** alias “EL BUDA” y *****
alias EL HUACHINANGO, de fecha 20 de marzo de 2016, en la carpeta
administrativa ***** emitida por la Juez de Control del distrito Judicial de
Otumba Licenciada en Derecho *****; quedando pendiente por cumplimentar por
cuanto hace a los investigados ***** alias EL TECOS; ***** alias “EL TIN y/o
BIGOTES”; ***** alias “EL BUDA”, Lo anterior es así ya que de los datos
de prueba que integran la carpeta de investigación que nos ocupa, se desprende
la existencia de datos que hacen presumir fundadamente que ***** alias “EL TIN
Y/O EL BIGOTES” habita exactamente el inmueble ubicado en CALLE ***** SIN
NÚMERO, COLONIA DE SAN *****, ESTADO DE MEXICO.
El motivo su señoría por el que el suscrito
solicita la intervención judicial lo es derivado a que esta representación social
es totalmente garante de los derechos fundamentales con los que gozan los
gobernados, siendo necesario que el órgano judicial tome conocimiento de los
hechos que se investigan y actuar en el marco del derecho penal, ya que de lo
contrario el poner del conocimiento a los moradores del inmueble a catear, la
necesidad del desarrollo de algún tipo de diligencia ministerial entorpecería
la investigación y con ello el investigado lograría sustraerse de la acción de
justicia y no estar en aptitud de esclarecer los hechos que nos ocupan y
el probable culpable quede impune, esto amalgamado a que de la investigación de
campo realizada por los elementos de la policía ministerial adscritos a esta
Fiscalía, se desprende que la propiedad a catear se encuentra actualmente
habitado por el investigado ***** alias “EL TIN Y/O EL BIGOTES”, de ello
la importancia de la orden judicial para dar cumplimiento a la orden de
aprehensión librada por su homologo, respecto al hecho delictuoso
de HOMICIDIO CALIFICADO CONSISTENTE EN COMPLEMENTACION TIPICA CON
PUNIBILIDAD AUTONOMA AL HABERSE COMETIDO EL HOMICIDIO DE DOS PERSONAS EN EL
MISMO HECHO, cometido en agravio de quienes respondieran en vida a los nombres
de ***** y *****y en contra del hoy investigado dentro de la carpeta
de investigación que nos ocupa, de la cual se desprende el siguiente:
Que el día veinticuatro de Diciembre de año dos mil
quince, siendo aproximadamente veinte horas con cuarenta y cinco minutos, el
testigo presencial de los *****, arribo al inmueble destinado a casa habitación
y a negocio de elaboración de pan ubicado en CALLE *****, NUMERO 3, BARRIO *****,
ESTADO DE MEXICO, encontrándose frente a este inmueble estacionados dos
vehículos el primero de la marca Volkswagen tipo golf color gris, con placas de
circulación *****, el segundo vehículo de la marca Nissan, tipo Tsuru,
modelo 2014, placas de circulación *****, pintada con logotipos e insignias de
la policía Municipal de *****, Estado de México, del mismo modo se hallaba
abierta la puerta principal del inmueble en cuestión, escuchando el testigo de
los hechos que del interior escucho la voz de la víctima *****que
profería “NO ME HAGAS NADA YO NO VOY A DECIR”, decidiendo *****,
esconderse detrás de unos magueyes localizados frente a la casa número tres,
logrando observar el instante en que salen del inmueble ***** alias
“HUACHINANGO y/o HUACHINANGAS”, ***** alias “EL TIN”, *****, alias “EL TECOS” y
***** alias “EL BUDA”, los primeros tres portaban armas de fuego, precisamente *****
alias “HUACHINANGO y/o HUACHINANGAS” y ***** alias “EL TIN”, salen sujetando a
las hoy victimas *****y *****, obligándoles a subir a la parte trasera de
la unidad oficial, siendo pateadospor *****, alias “EL TECOS”, ***** abordo la
patrulla del lado del conductor y ***** lo hizo en el mismo vehículo de costado
del copiloto, mientras que el sujeto de nombre ***** alias “EL BUDA” expresa
“EN LAS NOPALERAS, LES DAMOS EN LA MADRE” subiéndose al carro Volkswagen, tipo
golf, poniendo en marcha los vehículos con dirección a la avenida ***** y al
cruzar el puente de la autopista se internan en el *****, EJIDOS DE *****,
MUNICIPIO DE *****, ESTADO DE MEXICO, terreno destinado a la siembra de
nopales, donde se acciona un arma de fuego en al menos dos ocasiones,
incendiando el vehículo oficial con las dos víctimas en su interior quienes
perdieron la vida a consecuencia de las alteraciones viscerales y tisulares
consecutivas a quemaduras de tercer grado lo que se clasifico de mortal,
huyendo los activos a bordo del vehículo Volkswagen tipo golf color gris,
con placas de circulación *****, siendo observados nuevamente por el
testigo presencial de los hechos, realizando el hallazgo de los occisos y la
unidad oficial calcinada el día veinticinco de Diciembre de año dos mil quince.
Respecto a los datos de prueba con que cuenta esta
fiscalía, se tiene:
ORDEN DE APREHENSIÓN por el injusto penal
de HOMICIDIO CALIFICADO CONSISTENTE EN COMPLEMENTACION TIPICA CON
PUNIBILIDAD AUTONOMA AL HABERSE COMETIDO EL HOMICIDIO DE DOS PERSONAS EN EL
MISMO HECHO en agravio de quienes respondieran en vida a los nombres
de ***** y *****y en contra de ***** alias EL TECOS; ***** alias “EL TIN
y/o BIGOTES”; ***** alias “EL BUDA” y ***** alias EL HUACHINANGO, de fecha 20
de marzo de 2016, en la carpeta administrativa ***** emitida por la Juez de
Control del distrito Judicial de Otumba Licenciada en Derecho *****.
AVANCE DE INVESTIGACION DE FECHA 09 DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, REALIZADO POR LOS AGENTES DE LA POLICIA DE
INVESTIGACION ***** y *****. Por medio del presente nos permitimos informar a
usted, que con el fin de dar cabal cumplimiento a la orden de aprehensión
otorgada por el C. Juez de Control del Distrito Judicial de Otumba, Estado de
México, en fecha 20 de marzo de 2016, derivada de la carpeta administrativa *****,
relativa al hecho delictuoso de HOMICIDIO CALIFICADO CONSISTENTE EN
COMPLEMENTACION TIPICA CON PUNIBILIDAD AUTONOMA AL HABERSE COMETIDO EL
HOMICIDIO DE DOS PERSONAS EN EL MISMO HECHO, cometido en agravio de
quienes en vida respondieran a los nombres de ***** y *****y en contra de *****
alias EL TIN y/o EL BIGOTES; ***** alias EL BUDA y ***** alias EL TECOS.
Los suscritos nos hemos dado a la terea de realizar
recorrido de vigilancia en diferentes días y horarios en las Calles de la
Colonia San *****, Municipio de *****, Estado de México, con la intención
de lograr la captura de los antes mencionados , siendo el caso que el día de
hoy, siendo aproximadamente las diez horas con cuarenta y cinco minutos
los suscritos nos encontrábamos circulando a bordo de la nuestra unidad
oficial de la marca FORD FOCUS DE COLOR BLANCO, CON MATRICULAS *****, precisamente
sobre la calle Monterrey, Colonia de *****,*****, Estado de México, momento en
que en sentido contrario a nosotros circulaba un vehículo de la marca CHEVROLET
tipo AVEO de color blanco, percatándonos que el mismo era conducido por un
sujeto que contaba con las características fisionómicas de quien se sabe
responde al nombre de ***** alias EL TIN y/o EL BIGOTES, lo anterior por contar
con una fotografía de este sujeto dentro de la carpeta de investigación que nos
ocupa, ante esta situación el compañero *****, quien conducía nuestra unidad da
la vuelta en “u”, y le indica por medio del altavoz que detuviera la marcha sin
embargo el vehículo AVEO imprimió más velocidad, dirigiéndose hacia la Calle *****
y casi al estar al final de esta calle, detiene su marcha y el conductor
desciende corriendo del vehículo AVEO dejándolo abandonado con la puerta
del lado del conductor abierta, por lo que de igual forma mi compañero se
detiene detrás del vehículo AVEO y desciendo comenzando a correr detrás de este
sujeto mismo que ingreso a un inmueble con zaguán de color verde inmueble
ubicado en Calle *****, sin número, Colonia San *****, Municipio de *****,
Estado de México, el cual mide aproximadamente setenta metros de longitud por
unos cien metros de profundidad, delimitado por cuatro caminos de terracería,
con construcción solo en la mitad del predio delimitada con barda de tabique de
color gris, contando con cuatro accesos, uno en cada punto cardinal. La otra
mitad se trata de un terreno baldío delimitado solo en una esquina con barda de
tabique de color gris. Ante esto regrese a la unidad oficial donde se
encontraba mi compañero estableciendo que dicho vehículo contaba con placas de
circulación ***** del Estado de *****. En ese momento salió del inmueble donde
ingreso el sujeto un grupo de aproximadamente ocho personas entre hombres y
mujeres los cuales traían consigo palos, quienes se aproximaban hacia nuestras
personas y por motivos de seguridad abordamos nuestra unidad y nos retiramos ya
que se solicitó apoyo de la policía municipal sin embargo nunca llegaron,
además se estableció que este domicilio se trata de la misma dirección que se
encuentra plasmada en el oficio de orden de captura en contra de ***** alias EL
TIN y/o EL BIGOTES.
Anexando al presente dos placas fotográficas del
inmueble donde se escondió el sujeto buscado
AVANCE DE INVESTIGACION DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, REALIZADO POR LOS AGENTES DE LA POLICIA DE
INVESTIGACION ***** y *****. Por medio del presente nos permitimos informar a
usted, que derivado de los hechos del día de ayer nueve de septiembre del año
en curso, narrados en el informe de investigación recibido por el Agente del
Ministerio Publico, el día de hoy diez del mes y año en corriente siendo las
siete horas nos constituimos en las inmediaciones del domicilio ubicado en la
Calle *****, sin número, Colonia San *****, Municipio de *****, Estado de
México, con la finalidad de montar una guardia de vigilancia fija esto a bordo
de la unidad oficial de la marca Dodge, tipo promaster de color blanco, con
placas de circulación *****, con la intención de cumplimentar el mandato
judicial en contra de ***** alias EL TIN y/o EL BIGOTES; observando que siendo
aproximadamente las nueve horas con cuarenta minutos una camioneta de las conocidas
de tres y media toneladas de color rojo, modelo no reciente y sin placas de
circulación sin puertas en la caja de carga se estaciono frente el acceso
principal de la casa que nos importa misma camioneta que se observaba cargada
de cajas de tunas, observando que el sujeto buscado abrió el zaguán y dicho
vehículo ingreso al inmueble de inmediato ***** alias EL TIN y/o EL BIGOTES,
cerro, por lo que continuamos en dicha vigilancia a la espera de que este el
probable responsable abandonara su inmueble y lograr nuestro cometido, fue
aproximadamente a las trece horas que fue abierto el zaguán por el mismo *****
alias EL TIN y/o EL BIGOTES, pero ahora la misma camioneta salió del inmueble
cargada de pastura, observando que la misma era tripulada por dos sujetos del
sexo masculino en la cabina y uno más encima de la pastura arriba de la caja de
carga, por ultimo siendo aproximadamente las dieciséis horas salió del inmueble
el vehículo CHEVROLET tipo AVEO de color blanco, con placas de circulación *****
del Estado de *****, por tal motivo lo seguimos a bordo nuestra unidad ya que
dicho vehículo se trataba del mismo en el cual se ha observado viajar a nuestro
objetivo sin embargo dicho vehículo se estaciono frente a una tienda a unas
calles del domicilio vigilado estableciendo que dicho vehículo era
conducido por una persona del sexo femenino de aproximadamente treinta años de
edad de complexión medio robusta, cabello largo, es por lo anterior que con el
debido respeto solicito se realicen las gestiones necesarias ante la autoridad
judicial para la obtención de orden de cateo para dar cumplimiento a la orden
de captura ya que se trata de una persona con alta
peligrosidad.
ACTA PORMENORIZADA E INSPECCIÓN MINISTERIAL DEL DOMICILIO
A CATEAR UBICADO EN CALLE *****, SIN NUMERO, SIN NÚMERO, COLONIA DE *****,
MUNICIPIO DE *****, ESTADO DE MÉXICO. EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS
ARTÍCULOS 252 Y 265 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES VIGENTES PARA EL ESTADO
DE MÉXICO.- Siendo las TRECE HORAS, del día DOCE DE SEPTIEMBRE DE AÑO
DOS MIL DIECISÉIS, el personal de actuación se trasladó en compañía del jefe de
Grupo de la Policía Ministerial adscrito a la Fiscalía Especial de Homicidios
del Valle de México ***** al domicilio ubicado en *****, SIN NUMERO, EN LA
COLONIA *****, EN EL MUNICIPIO DE *****, ESTADO DE MÉXICO, siendo que se
tiene a la vista una calle pavimentada con circulación de acuerdo a los puntos
cardinales en dirección al nororiente, misma que a media calle continua en
terracería y hace esquina con un inmueble que se aprecia delimitado con barda
perímetros de aproximadamente tres metros de altura, se aprecia que de lado
oriente cuenta con un zaguán en material de herrería en color verde de tres
metros de ancho por dos metros cincuenta centímetros de altura en dos hojas,
continuando en dirección al poniente se aprecia un portón en material de
herrería de cuatro metros de ancho por dos metros cincuenta centímetros de
altura en color café en dos hojas, en la parte superior se aprecia que dicho
inmueble cuenta con domo, al continuar en dirección al poniente se aprecia a
diez metros de distancia otro zaguán de herrería en color verde de tres metros
de ancho por dos metros cincuenta centímetros de altura, al continuar al
poniente y a quince metros de distancia se aprecia la continuación de la barda
perimetral.
Apreciando a conciencia todos y cada uno de los
datos de prueba que constan en la investigación, que enlazados de manera lógica
jurídica, nos llevan a complementar la verdad histórica de los hechos, de los
que se tiene conocimiento hasta este momento en la investigación, datos
de prueba que se desprende que el investigado de manera conjunta con otros tres
sujetos uno de ellos ya capturado privaron de la vida a los servidores
públicos hoy víctimas, tan es así que existe una orden de aprehensión en su
contra y la misma está pendiente por cumplimentar por tres coautores,
y en este momento a criterio del suscrito existen datos que hacen
presumir fundadamente que uno de los sustraídos habita en el inmueble que
se pretende catear, siendo de vital trascendencia para la ciudadanía dar
cumplimiento al mandato emitido por una autoridad judicial toda vez que el
investigado se encuentra relacionado con un delito de alto impacto
social y además es un delito considerado como grave por nuestra Legislación
Penal que es el de HOMICIDIO CALIFICADO.
Por lo que atento a lo dispuesto por el artículo 21
constitucional, en el cual se señala “que compete al ministerio público y a la
policía ministerial la investigación y persecución de los delitos, y para que
se cumpla con dicha facultad, ajustados a la garantía de legalidad, para la
afectación a la esfera de derechos del gobernado”, atento al imperativo del
artículo 16 de la constitución, por el carácter de urgente del cateo que se
solicita, se sirva decretarlo, a fin de una pronta y eficaz procuración de la
justicia.
Por lo tanto, para el efecto de no transgredir la
garantía de la inviolabilidad del domicilio, evitando cometer actos de molestia
que puedan ser constitutivos de algún delito o de afectación contra los
gobernados, sin pasar por alto que en el artículo 17 de la constitución
política de los estados unidos mexicanos, establece como lineamiento de la
administración y procuración de justicia, que la misma deba ser pronta,
completa e imparcial, de lo que se desprende que para actualizar
permanentemente el estado de derecho en el cumplimiento de las funciones
conferidas al ministerio público, se solicita a usted, por ser competente de
esta jurisdicción, la orden de cateo correspondiente para que de inmediato se
lleven a cabo las diligencias solicitadas, actualizándose de esta manera la
garantía de expedirles y prontitud de procuración y administración de justicia,
ya que el cumplimiento de un mandamiento judicial no puede dejarse al capricho
del gobernado, lo que implicara el quebrantamiento del orden jurídico y social,
cuando nadie debe estar al margen de la ley, sino a su estricto e inmediato
cumplimiento, para el combate a la delincuencia, pero con arreglo a derecho.
En virtud de lo anterior se solicita autorice el
rompimiento de las chapas y cerraduras que sean necesarias para llevar acabo la
misma, así mismo, autorice el uso de la fuerza pública que sea necesaria para
la debida práctica del cateo solicitado en el caso de que se presente
resistencia u oposición de las personas que se encuentren en dicho lugar.
Asimismo que se nos autorice que la diligencia sea practicada con horario con
un mínimo de plazo de 72 horas naturales y fecha abierta con el propósito de
que esta autoridad ministerial lo realice en el momento oportuno una vez que
haya agotado la logística para dicha diligencia y no poner en riesgo la
integridad de los gobernados así como del personal actuante.
En caso de que se favorezca con el otorgamiento de
la orden de cateo, solicito a usted se autorice conjunta o indistintamente, a
los Agentes del Ministerio Público *****mismos que se encuentran adscritos a la
Fiscalía Especializada en Homicidios del Valle de México, para que realicen la
diligencia de cateo solicitada, quienes serán auxiliados por los elementos de
la policía ministerial adscritos a la Fiscalía Especializada en Homicidios y
Mandamientos Judiciales, peritos en materia de criminalística de campo y
fotografía que designe el Subdirector de Servicios Periciales una vez que se
gire el oficio correspondiente en caso de ser otorgada la correspondiente
orden.
Por lo anteriormente expuesto y fundado; a usted C.
Juez atentamente pido:
ÚNICO.- Tenerme por presentado el escrito
solicitando se sirva librar orden de cateo en el domicilio señalado en el
cuerpo del presente.
ATENTAMENTE
LIC. *****.
AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO
ADSCRITO A LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN HOMICIDIO
DEL VALLE DE MÉXICO, CON SEDE EN ECATEPEC, ESTADO
DE MÉXICO.