RAZÓN DE DILIGENCIA DE EMPLAZAMIENTO

 

RAZÓN DE DILIGENCIA DE EMPLAZAMIENTO

En municipio de Valle de Bravo, Estado de México, siendo las once horas, con cincuenta minutos, del día veinticinco del mes de mayo del año dos mil veintitrés, el suscrito Ejecutor adscrito al juzgado civil del distrito judicial de Valle de Bravo, Estado de México. En cumplimiento a lo ordenado por auto(s) de fecha(s) ocho de mayo de dos mil veintitrés, emitido por el Juez Tercero Familiar de Texcoco, Estado de México, y al de dieciséis de mayo de dos mil veintitrés, dictado por el Juez Civil del Distrito Judicial de Valle de Bravo, Estado de México, me constituí en el inmueble señalado en autos como domicilio de la persona demandada, ubicado en calle de los Rosales, sin número, barrio La Ranchería, en Villa de Colorines, municipio de Valle de Bravo, Estado de México, cerciorado de estar en el inmueble correcto por así indicarlo la nomenclatura oficial que aparece en una placa metálica en la esquina de dicha calle, y donde se menciona el nombre de la calle, colonia y municipio, así como por el dicho de la parte actora, y por el vecino de la casa de enfrente, quien no refiere su nombre por decir no es su deseo hacerlo y quien no se identifica por la misma causa, pero cuya media filiación es de aproximadamente cincuenta años, tez morena, cabello corto negro, frente amplia, ceja poblada, ojos chicos, boca mediana, con una complexión robusta, con una estatura aproximada de 1.60 metros: siendo el inmueble referido una casa de dos plantas de bloc, con puertas y ventanas de madera, techo de lámina; y cerciorado de que dicho inmueble corresponde al domicilio del demandado(a) por el dicho de la vecina antes referida quien dice si conoce a la persona buscada y si vive en dicha casa y lo sabe porque es su familiar, sin decir cuál es el parentesco que los une, por el dicho de igual manera de la parte actora, persona que me acompaña y quien es quien me indica que dicho inmueble es el que habita la persona buscada.

Enseguida llamo en el domicilio de actuación a la puerta de acceso al mismo, acudiendo del interior quien dice ser la persona buscada, pero al requerirle se identifique con el suscrito se niega a hacerlo, por lo que procedo a proporcionar su media filiación, siendo la siguiente; del sexo femenino, de aproximadamente cincuenta y cinco años, tez morena, complexión robusta, frente amplia, cabello negro, ojos chicos, boca mediana, nariz oval, estatura aproximada 1.50 metros; persona ante quien me identifico con gafete oficial número de empleado, expedido por el Poder Judicial del Estado de México. Acto seguido le hago saber el motivo de la presente diligencia, haciendo de su conocimiento previa lectura del auto respectivo que se admitió ante el juzgado Tercero Familiar de Texcoco, Estado de México, demanda de controversia del orden familiar y estado civil de las personas, promovida por la parte actora.

Enseguida con las copias simples exhibidas de la demanda y documentos anexos, debidamente selladas y cotejadas con los originales, procedo a correrle traslado a la parte demandada de manera personal y directa: certificando el suscrito que se entregan las copias de traslado consistentes en escrito inicial de demanda, y anexos remitidos por el Juez Exhortante, antes mencionadas, mismas que coinciden con sus originales exhibidos, tanto de la demanda, así como de los documentos anexos, haciéndole de su conocimiento tanto en forma verbal como escrita que en este acto se le emplaza a juicio para que comparezca al Juzgado Tercero Familiar de Texcoco, Estado de México, a efecto de que dentro del plazo de nueve días hábiles, ocurra al juzgado antes referido a contestar la demanda entablada en su contra, apercibida que en caso de no hacerlo se les tendrá por confesa de los hechos básicos de la misma o por contestada en sentido negativo según sea el caso; y ofrezca los medios de convicción que a su interés convenga. Asimismo, le prevengo a la parte demandada, para que señale domicilio procesal dentro del poblado de Xocottlan o colonia centro de la Ciudad de Texcoco, México y/o domicilio electrónico (FEGEM) para oír y recibir notificaciones con el apercibimiento, que para el caso no hacerlo las posteriores notificaciones se le realizarán por lista y boletín judicial, que se exhibe diariamente en lugar visible de este tribunal, del área donde se ubica ese Tribunal, dándola por terminada la presente siendo las once horas, con cincuenta y ocho minutos, del día veinticinco de mayo del año dos mil veintitrés, firmando al calce los que en ella intervinieron y quisieron hacerlo, dando cuenta al Juez del conocimiento para constancia legal. La persona con quien se entiende la diligencia no firma de recibo en el instructivo respectivo por decir no es su deseo hacerlo, dando cuenta para debida constancia legal. DOY FE

EJECUTOR EN FUNCIONES DE NOTIFICADOR