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AUDIENCIA DESAHOGO DE PRUEBAS Y CONVENIO DE GUARDA Y CUSTODIA DEFINITIVA

 

AUDIENCIA DESAHOGO DE PRUEBAS

En la ciudad de México, siendo lasTRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE, día y hora señalados para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE DESAHOGO DE PRUEBAS en el expediente en que se actúa, presentes en este Juzgado ante su titular, el JUEZ OCTAVO DE LO FAMILIAR EN LA CIUDAD DE MÉXICO, Licenciado LUIS ENRIQUE DOMÍNGUEZ ALZÚA, ante el Secretario de Acuerdos “A”, Licenciado MARCO ANTONIO RAMOS ZEPEDA, con quien actúa, autoriza y da fe, comparece la señora LUZ MARÍA BARRERA FLORES, identificándose con credencial para votar con clave de elector BRFLLZ81042309M900, expedida a su favor por el REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES dependiente del INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, encontrándose debidamente asistida de su abogado patrono, Licenciado ERIC ADRIÁN HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, quien a su vez se identifica con copia certificada de cédula profesional número 5973843, expedida a su favor por la DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONES dependiente de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA; asimismo comparece el señor EDGAR OMAR GARCÍA VÁZQUEZ, identificándose con credencial para votar con clave de elector GRVZED80102909H300, expedida a su favor por el REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES dependiente del INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, encontrándose debidamente asistida de su abogada patrona, Licenciada ADRIANA GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, quien a su vez se identifica con copia certificada de cédula profesional número 1323522, expedida a su favor por la DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONES dependiente de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA; documentos que se tienen a la vista, da fe de los mismos y en este acto se devuelven a los interesados.- EL SECRETARIO DE ACUERDOS “A” CERTIFICA Y HACE CONSTAR que se da cuenta a su Señoría con tres escritos, dos presentados el día catorce de junio de dos mil diecisiete, mientras que el tercero el día de la fecha, ello debido a las cargas de trabajo de este Juzgado.- Doy fe.- EL JUEZ ACUERDA: Téngase por practicada la certificación que antecede para los efectos legales a que haya lugar.- Agréguese a sus autos la razón asentada por LUZ MARÍA BARRERA FLORES para que obre como corresponda, en términos de la misma se le tiene por notificada del contenido del proveído dictado el día veintinueve de mayo de la anualidad en curso, visible de la foja noventa y nueve a la ciento uno, para los efectos legales a que haya lugar.- Agréguese a sus autos el segundo de los escritos de cuenta para que obre como corresponda, cuyo acuerdo se reserva para ser dictado en los términos previstos por el artículo 89 del

Código de Procedimientos Civiles.- Agréguese a sus autos el tercero de los escritos de cuenta para que obre como corresponda, en términos del mismo se tiene a EDGAR OMAR GARCÍA VÁZQUEZ exhibiendo el sobre cerrado que dice contener el pliego de posiciones que deberá absolver su contraparte, el cual se ordena guardar en el seguro de este Juzgado para ser abierto en el momento procesal oportuno.-

EN USO DE LA VOZ AMBAS PARTES MANIFIESTAN: Que después de haber sostenido pláticas sometemos a consideración de su Señoría el presente convenio al tenor de las siguientes:

C L Á U S U LA S

PRIMERA.- Ambas partes están de acuerdo en que la guarda y custodia definitiva de los menores hijos de las partes, RAFAEL GARCÍA BARRERA y LUZ ELENA GARCÍA BARRERA, quedará a cargo de la señora LUZ MARÍA BARRERA FLORES, la cual ejercerá en el domicilio ubicado en Avenida Tetlalpa manzana 3, lote 15, colonia Ampliación Santiago, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México, con número telefónico 5554293998; por su parte el señor EDGAR OMAR GARCÍA VÁZQUEZ, señala como domicilio en Calle Manuel M. López número 101, Edificio 2, Letra D, Departamento 201, Colonia Santiago Zapotitilán, Delegación Tlahuac, Ciudad de México, con número telefónico 5558630069.-

SEGUNDA.- Ambas partes están de acuerdo en que el señor EDGAR OMAR GARCÍA VÁZQUEZ, podrá convivir con sus menores hijosRAFAEL GARCÍA BARRERA y LUZ ELENA GARCÍA BARRERA, de la siguiente manera:

Los días domingo de cada semana en el CENTRO DE CONVIVENCIA FAMILIAR SUPERVISADA “PLAZA JUÁREZ” en un horario comprendido de las diez a las once horas.-

TERCERA.- En virtud de lo pactado con antelación, ambas partes solicitan se gire atento oficio a la Subdirección de Evaluación Psicológica, para que se practique estudio psicológico tanto a las partes, como a los menores hijos de éstas, y así se esté en posibilidad de determinar sobre las convivencias entre los citados infantes con sus menores hijos; estudios que solicitan, de no existir inconveniente legal alguno, sean practicadas en día domingo, mientras que el resultado remitido a este Juzgado antes de la diligencia en la cual su Señoría dialogará con nuestros menores hijos.- 

CUARTA.- Ambas partes están de acuerdo en que el porcentaje decretado por concepto de pensión alimenticia provisional quede con el carácter de definitivo.-

Asimismo, ambas partes solicitan les sea expedida copia certificada del presente convenio, siendo todo lo que desean manifestar.-

EL JUEZ ACUERDA:Téngase por hechas las manifestaciones vertidas por las partes en el presente juicio, visto el contenido de las mismas y toda vez que el convenio que celebran las partes no contiene cláusula contraria al derecho, a la moral, ni a las buenas costumbres, es de aprobarse y se aprueba provisionalmente, lo anterior sin perjuicio de lo establecido por el artículo 94 del Código de Procedimientos Civiles, debiendo continuarse con la tramitación de la presente controversia únicamente por lo que hace al régimen de convivencias solicitado en la demanda reconvencional.- Atendiendo a los horarios disponibles en el CENTRO DE CONVIVENCIA FAMILIAR SUPERVISADA, PLAZA JUÁREZ, se determina que el señor EDGAR OMAR GARCÍA VÁZQUEZ, podrá convivir con sus menores hijosRAFAEL GARCÍA BARRERA y LUZ ELENA GARCÍA BARRERA, los días domingo de cada semana en el CENTRO DE CONVIVENCIA FAMILIAR SUPERVISADA “PLAZA JUÁREZ” en un horario comprendido de las diez a las once horas, exhortándose a ambas partes para que proporcionen las facilidades necesarias a fin de que las convivencias decretadas con antelación se lleven a cabo, en el entendido que las mismas dará inició una vez que ambas partes se encuentren debidamente notificadas del contenido del presente proveído.- En ese orden de ideas, requiérase a la señora LUZ MARÍA BARRERA FLORES para que en el término de tres días, señale el nombre de la persona tercero emergente quien en su caso pudiera realizar la entrega recepción de sus menores hijos; con el apercibimiento que de no hacerlo así, de conformidad con lo que establecen los artículos 61, 62 y 73 del Código de Procedimientos Civiles, se hará acreedora a una medida de apremio por desacato a este mandato judicial, consistente en una multa por el equivalente a $7,500.00 (siete mil quinientos pesos 00/100 moneda nacional).- Hecho lo anterior, gírese atento oficio a la Directora del referido Centro de Convivencia, haciendo de su conocimiento lo ordenado con antelación.- Asimismo gírese atento oficio a la SUBDIRECCIÓN DE EVALUACIÓN PSICOLÓGICA, para que de no existir inconveniente legal alguno, se sirva practicar estudios psicológicos tanto a las parte, como a los menores hijos de éstas, a fin de estar en posibilidad de determinar cuál de los progenitores es el más apto para ejercer la guarda y custodia de sus menores hijos, así como la viabilidad de llevar a cabo convivencias entre los citados infantes y su progenitor, así como también si existe violencia familiar, en cuyo caso, quien es generador y víctima de la

misma.- De igual forma y de existir la posibilidad, que la práctica de los referidos estudios sea realizados tales estudios, lo cuales deberán ser cubiertos por ambas partes por partes iguales; remitiendo el resultado de los citados estudios a la brevedad posible.- En virtud de lo anterior, se difiere la celebración de la presente audiencia, señalándose para su continuación las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, debiendo preparar las mismas conforme lo ya ordenado en autos, quedando en este acto debidamente citados los comparecientes y subsistentes los apercibimientos decretados con antelación.- En el entendido que la fecha señalada en líneas anteriores, obedece a las cargas de trabajo, así como a lo saturado de la agenda que se lleva en esta secretaria; siendo aplicable al respecto la siguiente tesis que se transcribe: AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, SEÑALAMIENTO DE. Si bien es cierto que conforme al artículo 147 de la Ley de Amparo, debe señalarse en el auto en que se admite la demanda, día y hora para la celebración de la audiencia, a más tardar dentro del término de treinta días, también lo es que esta disposición legal debe entenderse en términos hábiles, armonizándolo con las dificultades que en la práctica se presente, toda vez que siendo muchos los negocios que se ventilan en los Tribunales Federales, humanamente sería imposible observar la ley a este respecto. Consecuentemente, no es ilegal la resolución de un Juez de Distrito que cita para la celebración de la audiencia una fecha posterior a los treinta días que marca la ley, si tal señalamiento obedece a necesidades imperiosas y no a mala fe o dolo de parte del juzgador. TESIS VISIBLE en el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época. Tomo LXVIII. Pág. 519. Tesis Aislada; ello atendiendo a que aún cuando dicho criterio se creó en el ámbito federal, el mismo no dejar de ser válido para el ámbito local, atento al principio analógico, esto es: “DONDE EXISTE LA MISMA RAZÓN, DEBE APLICARSE LA MISMA DISPOSICIÓN.- De conformidad con lo que establece el artículo 71 del Código de Procedimientos Civiles, expídase a cada una de las partes copia certificada de la presente diligencia, las cuales serán entregadas por conducto de persona autorizada, previo pago de derechos y toma de razón que por su recibo obre en autos.- Con lo que concluyó la presente audiencia siendo las quince horas con quince minutos del día en que se actúa, firmando quien en ella intervino en unión del Juez Octavo de lo Familiar, Licenciado LUIS ENRIQUE DOMÍNGUEZ ALZÚA, en unión del Secretario de Acuerdos “A”, Licenciado MARCO ANTONIO RAMOS ZEPEDA, quien autoriza y da fe.-

 

FORMATO PROPUESTA DE CONVENIO DE DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA




PROPUESTA DE CONVENIO DE DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA

     En concordancia con la exposición de motivos que da origen al juicio de divorcio sin expresión de causa, y que deriva de la resolución emitida en contradicción de tesis 180/2011, de fecha 22 de agosto de 2012, por los Tribunales Colegiados (Cuarto y Séptimo) en materia civil del Primer Circuito, no debe pasarse por alto que las cuestiones inherentes al matrimonio objeto de los convenios constituyen prestaciones principales de la demanda (Tesis jurisprudencial 120/2012-10a.), y considerando  que pudiera existir un desacuerdo entre las partes, el juicio deberá resolverse en atención a los principios de determinación del valor de las prestaciones que sean reclamadas  y de las circunstancias especiales del caso.


PROPUESTA DE CONVENIO DE DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA QUE, CON ARREGLO A LO  PREVISTO EN EL ARTICULO 270 DEL CÓDIGO CIVIL DE  BAJA CALIFORNIA, SUSCRIBE Y PRESENTA EL SEÑOR PPP, ANTE EL C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL PARTIDO JUDICIAL PLAYAS DE ROSARITO, BAJA CALIFORNIA, PARA EFECTO DE DAR CONCLUIDA LA FASE DE NEGOCIACIÓN DEL JUICIO DE DIVORCIO EN CUESTIÓN, Y EN LA INTELIGENCIA QUE LA PARTE  DEMANDADA, SEÑORA VVVV ACEPTE LA PRESENTE PROPUESTA, MISMA QUE SE OFRECE AL TENOR DE LAS  SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS. 

DEMANDA DE ALIMENTOS - Modelo - Ejemplo - Formato


FORMULARIO DE DEMANDA DE PENSIÓN ALIMENTICIA CUANDO EL DEMANDADO TIENE DEPOSITOS BANCARIOS SUFICIENTES

VS

DEMANDA INICIAL
JUICIO CONTROVERSIA DE ALIMENTOS

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO
DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL

________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ________________ y autorizando para oírlas y recibirlas en mi nombre y recoger toda clase de documentos y valores, en los términos del Artículo ________________ del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal a los señores Lic. ________________, con cédula profesional número ________________, Lic. ________________, con cédula profesional número ________________, atentamente comparezco a exponer:

Que en la VÍA DE CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR vengo a demandar del señor ________________, quien tiene su domicilio ubicado en ________________, las siguientes prestaciones:

d. El pago de una pensión alimenticia para nuestros menores hijos de nombres ________________.

e. El aseguramiento de la pensión que sea fijada, conforme a la ley.

f. El pago de los gastos y costas que el presente juicio origina.

Fundo mi demanda en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho:

¿Qué es el Principio del Interés Superior del Menor?

INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. 


También conocido como interés superior del niño o de la niñez, principio que encomienda especiales cuidados a los adultos para un sector de la sociedad vulnerable de cualquier núcleo familiar, pues como se ha venido mencionando en anteriores apartados, son estos núcleos los encargados de inculcar los valores y educación hacia los menores que tengan bajo su cuidado.
 

El menor, concepto que abarcaría diversos puntos a delimitar, especialmente el biológico, ya que la minoría de edad es bien sabida es hasta antes de los dieciocho años, y hasta antes de esa edad se estaría contemplando a recién nacidos, a infantes con los primeros tres años de vida, posteriormente menores de tres a once años; dando un pequeño salto y cuidado a adolescentes de doce años hasta antes de los dieciocho, etapa en la que comienzan a discernir u distinguir con un poco más de facilidad cuestiones de vida social e intrafamiliar, a este respecto cual fuere su edad y estando en el rango de minoría de edad, es un sector tan vulnerable de la sociedad, pues no están en condiciones físicas, psicológicas y menos aún cuentan con la experiencia para enfrentar los problemas cotidianos que la vida requiere, siendo así tan necesario que este sector tenga especiales cuidados a su situación vulnerable, pues de otro modo sino es por el derecho y los principios de normatividad internacional reconocidos no podrían valerse por sí mismos, gracias a este reconocimiento se han ido implementando en las legislaciones locales los especiales cuidados, viendo un progreso el cual vale la pena destacar de tal manera que “los principios sustantivos reconocidos en el Derecho de Menores son: el interés superior del niño, la protección y la especificidad de la materia”, que para mejor comprensión se tratará de justificar el porqué de tan especiales cuidados. 

PERSONAS QUE EJERCEN LA PATRIA POTESTAD Y PERSONAS SUJETAS A PATRIA POTESTAD - Concepto y ejemplos

Por lo que concierne a este tema podemos mencionar que va enfocado hacia los padres de familia como primer supuesto de protección de sus menores hijos, situándonos en el supuesto de la unión de dos personas las cuales decidieron procrear o bien por imposibilidad o decisión adoptar como parte de su familia a menores, surgiendo así la responsabilidad de brindarles cuidados necesarios para el sano desarrollo de los menores que tengan bajo su cuidado y protección. Dicha figura parte del derecho civil, especialmente adjudicado al derecho familiar, nos remonta a la etapa romanista donde el concepto de “pater potesta” nos dice qué es la potestad o facultad que ejerce el padre sobre todos sus descendientes y aún sobre las mujeres que no contrajeran nupcias, así también sobre la esposa, siendo en esencia el padre el cabeza de familia. 


La patria potestad, nos dice el Doctor Ernesto Gutiérrez y González que es “el conjunto de deberes que la ley impone, en primer lugar, al padre y a la madre, respecto de sus descendientes en primer grado, incapaces por cualquier causa, para su educación y custodia, así como para la guarda de sus bienes patrimonial pecuniarios.
 

Hoy día, en nuestra sociedad, se pueden ver insertos los distintos tipos de familia que la sociedad y el derecho van reconociendo, desde aquellas familias sin considerar a los ascendientes o colaterales las cuales están conformadas tradicionalmente por el padre y la madre e hijos, también tenemos aquellas familias monoparentales, es decir que sólo se conforma por la madre o el padre, respectivamente sus descendientes, un tercer grupo de familia está compuesto actualmente por personas del mismo sexo; tema controversial por cuestiones de reconocimiento de derechos, además, se cuestiona la forma de convivencia, educación y crianza en el supuesto de que adopten a menores como sea su decisión y como les sea posible.
 

¿Quiénes son los sujetos del Derecho Familiar?


SUJETOS DEL DERECHO FAMILIAR


Debemos recordar que la familia debe cumplir ciertas funciones y cuidados para mantener el buen desarrollo y convivencia entre sus integrantes, por lo tanto procederemos al estudio particular de quienes integran un grupo de familia para llegar así al análisis de las relaciones sociales de quienes la integran, matizando la importancia que implica el llevar una sana convivencia donde debe procurarse y brindarse protección al principio de interés superior del o de los menores de edad que forman farte de una familia.


En el análisis de los diversos grupos familiares, generalmente encontramos entre sus integrantes a los siguientes sujetos de familia:


  1. a)  Cónyuges y/o Concubinos.
  2. b)  Parientes.
  3. c)  Personas que ejercen y están sujetas a la patria potestad.
  4. d)  Adoptantes y adoptados.
  5. e)  Tutores, incapaces y curadores.
a) Por cónyuges o concubinos; se entiende como aquella unión de hecho o de derecho de dos personas mayores con capacidad y ejercicio de realizar actos jurídicos de manera libre y voluntaria con la finalidad de vivir conjuntamente, derivado de esa unión surgen derechos y obligaciones recíprocas, siendo la decisión libre de la pareja procrear o no hijos o en su defecto adoptar o no, procurando ante todo el respeto, la igualdad y la ayuda mutua. Consideramos que de esta unión va a depender el número de integrantes descendientes cuando dentro de los fines del matrimonio o concubinato está la procreación o la adopción de hijos menores, por lo tanto es el primer lazo de unión familiar de los sujetos de familia.

Definición, concepto, tipos de familia - Funciones de la Familia


CONCEPTOS DE FAMILIA.

La familia, es entendida aquel núcleo donde los individuos pertenecen desde su nacimiento, inclusive desde su adopción si es el caso, donde crecen y se desarrollan para luego integrarse en la sociedad y formar a través de lazos sentimentales por la unión de dos personas su propio grupo familiar, desde luego implica que tales sujetos lleven inculcados en sí valores morales, éticos y personales por aquella educación que se supone debe ser primordialmente por su núcleo familiar de origen, lo anterior es de vital importancia a futuro, pues influye en cómo inculcarán la educación a su descendencia, pero ante esta forma de organización y convivencia, ¿qué conocemos acerca de la familia?, ¿cuáles son sus orígenes?, ¿tenemos un concepto acerca de qué es la familia?, ¿nos sentimos pertenecidos a nuestro grupo familiar? 


Al respecto, la doctrina podría darnos matices acerca de los conceptos y orígenes de la familia para así tener un acercamiento y mejor panorama a este ramo del derecho, para después responder de manera subjetiva a las subsecuentes preguntas antes planteadas, valdría la pena reflexionar acerca de si quienes conforman un núcleo familiar influyen de manera positiva en la crianza, cuidado, desarrollo y sobre todo educación de los menores, la familia es pues el primer medio natural de desarrollo personal y social de todos los individuos quienes en un futuro están en posibilidad de formar un grupo familiar insertados en sociedad.
 

Contrato de donación de acciones

Contrato de donación de acciones que celebran por una parte y por su propio derecho ________________ a quien en lo sucesivo se le denominará "EL DONANTE", y por la otra y por su propio derecho, _________________ a quien en lo sucesivo se le denominará "EL DONATARIO", al tenor de las siguientes: 
DECLARACIONES 
  1. Declara "EL DONANTE":
    1. Ser persona física, mexicana, mayor de edad, con capacidad jurídica para contratar y obligarse, con domicilio en ______________ en _______________ y clave de Registro Federal de Contribuyentes __________ 
    2. Que por así convenir a sus intereses es su deseo la celebración del presente contrato entregando a "EL DONATARIO" ____________ acciones de que es titular dentro de la Sociedad Mercantil denominada _____________, de ________________, las cuales tienen un valor nominal de $___________ (_____________), por lo que equivalen a la cantidad de $__________ (____________). 
    3. Continúa declarando que desea donar las acciones de que es propietaria, las que han sido mencionadas en el inciso anterior, con todo aquello que de hecho y por derecho les corresponde tanto de activos como de pasivos respecto del patrimonio de dicha sociedad. 
      Asimismo declara "EL DONANTE" que hasta donde tiene conocimiento como accionista, las operaciones efectuadas por la Sociedad Emisora han sido encaminadas a la correcta consecución de su fin social.
    4. Que se reserva los bienes suficientes para vivir según sus circunstancias. 
  2. Declara "EL DONATARIO":
    1. Ser persona física, mexicana, mayor de edad, con capacidad jurídica para contratar y obligarse, con domicilio en _______________, en ________________ y clave de Registro Federal de Contribuyentes ________________. 
    2. Que por así convenir a sus intereses está de acuerdo en recibir en donación las acciones mencionadas en el inciso b) de la declaración I del presente contrato. 
    Por lo anteriormente expuesto, los comparecientes otorgan las siguientes 
    CLAUSULAS
    PRIMERA. "EL DONANTE" transfiere a favor de "EL DONATARIO" las acciones mencionadas en el inciso b) de la declaración 1, del presente contrato, haciendo asimismo en este acto, formal entrega de las mismas.
    SEGUNDA. La donación, objeto del presente contrato, se entiende efectuada a título gratuito y en forma absoluta, por lo que "EL DONANTE" renuncia desde ahora a intentar cualquier acción a que pudiere tener derecho con ese motivo.
    TERCERA. El "DONATARIO" acepta expresamente la donación pactada a su favor y recibe las acciones antes mencionadas.
    CUARTA. Manifiestan expresamente los otorgantes que en la celebración de este contrato no hay error ni violencia que pudiera viciar su consentimiento, en virtud de haber verificado la exactitud de sus declaraciones y manifestando su voluntad libremente.
    QUINTA. Son competentes para conocer de cualquier controversia que pudiera surgir con motivo de la INTERPRETACION y cumplimiento de lo estipulado en este contrato, los tribunales de la ciudad de______________, a cuya jurisdicción se someten sus otorgantes renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro.
    SEXTA. Convienen las partes en que los gastos, derechos e impuestos que cause el presente contrato, serán por cuenta exclusiva del "DONATARIO".
    Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo ratifican y firman por duplicado, ante dos testigos, quedando el original en poder del "DONATARIO" y un tanto más en el del "DONANTE" para su resguardo y demás fines consiguientes. 
    En ___________ a __________ de ___________. 
    ________________________
    DONANTE
    ________________________
    DONATARIO 
    ________________________
    TESTIGO 
    ________________________
    TESTIGO

Escrito solicitando pruebas para mejor proveer dentro de controversia del orden familiar alimentos (pensión alimenticia)


XXXX
VS.
XXXX.
EXPEDIENTE: 1XXXX/2019
SECRETARÍA: “B”
CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR: ALIMENTOS.

ASUNTO: SE SOLICITAN DIVERSOS OFICIOS PARA EL EFECTO DE CONOCER LA CAPACIDAD ECONÓMICA QUE REALMENTE TENGA EL DEUDOR ALIMENTARIO.


C. JUEZA 11º DE LO FAMILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
PRESENTE


XXXX, por mi propio y personal derecho, con la personalidad debidamente acreditada de actora dentro de la presente Controversia del Orden Familiar cuyos datos al rubro se citan, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Atenta al contenido del acuerdo dictado en fecha veintiuno de octubre del dos mil diecinueve, y toda vez que el demandado XXXX no dio contestación a la demanda, ni desahogo el requerimiento en relación a la fuente y monto de sus ingresos, ni exhibió en el presente Juzgado Familiar Billete de Depósito a favor de la acreedora alimentista XXXX que amparara el 25% veinticinco por ciento del sueldo y demás percepciones ordinarias y extraordinarias del deudor alimentario, con el presente escrito, dentro de tiempo y forma legales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 941 y 942 el Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México vigente, que facultan a la juzgadora a actuar oficiosamente en la recopilación de pruebas, especialmente tratándose de alimentos, VENGO A SOLICITAR A SU SEÑORÍA SE SIRVA GIRAR DIVERSOS OFICIOS PARA EL EFECTO DE ESTABLECER LA CAPACIDAD ECONÓMICA REAL DEL DEUDOR ALIMENTARIO XXXX, a las siguientes autoridades:

1.- REGISTRO NACIONAL DE VALORES DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, con domicilio en Insurgentes Sur 1971, Conjunto Plaza Inn, Torre Norte, 7º  Piso, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, Código Postal 01020, Ciudad de México, a efecto de que informe a este Juzgado, lo siguiente:

A)    Informe las cuentas bancarias del deudor alimentario XXXX con Clave Única de Registro de Población XXXX y Registro Federal de Contribuyentes XXXX.

B)    Si lo anterior resulta afirmativo, remita las copias en las que apoye sus manifestaciones.

Recurso de revisión en Juicio de Amparo Indirecto en contra de la negativa de ordenar las medidas de protección en controversia del orden familiar


QUEJOSA RECURRENTE: XXX.

AMPARO INDIRECTO: XXX/2019-IV.

ASUNTO: SE INTERPONE RECURSO DE REVISIÓN.


JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO
PRESENTE

XXX, por mi propio y personal derecho, en mi calidad de Quejosa dentro del Juicio de Garantías cuyos datos al rubro se citan, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Atenta a la resolución dictada el pasado veintisiete de enero del dos mil veinte, notificada a la suscrita mediante Lista de Publicación correspondiente al veintiocho de ese propio mes y año, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 81 Fracción I inciso e) de la Ley de Amparo, dentro del término de DIEZ DÍAS concedido, vengo a INTERPONER RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA DE LA SENTENCIA QUE NIEGA EL AMPARO A LA QUEJOSA XXX, solicitando a esa H. Autoridad se sirva remitir el presente y las constancias que integran el expediente al Tribunal de alzada, por ser así conforme a derecho.

RECURSO DE REVISIÓN

QUEJOSA RECURRENTE: XXX.
AMPARO INDIRECTO: XXX/2019-IV
PROCEDENCIA: JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

SE INTERPONE RECURSO DE REVISIÓN

H. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO EN TURNO.
P R E S E N T E

Demanda de Amparo Indirecto contra el monto de la multa impuesta a una persona con discapacidad por incumplimiento al régimen de visitas y convivencias



QUEJOSA: XXX.
DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO.

H. JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO EN TURNO.
P R E S E N T E.

XXX, por mi propio y personal derecho, en mi calidad de PERSONA CON DISCAPACIDAD que sufro de HEMIPARESIA DERECHO Y TRASTORNO DEL LENGUAJE DIAGNOSTICADO COMO AFASIA como secuela del episodio de ECLAMPSIA ATÍPICA Y ECV, imposibilitándome para cualquier tipo de comunicación oral; haciendo de su conocimiento que LA COMPRENSIÓN DEL LENGUAJE SE ENCUENTRA SUFICIENTEMENTE CONSERVADA LO CUAL ME PERMITE COMPRENDER UNA CONVERSACIÓN, INSTRUCCIONES E INCLUSO APORTAR OPINIONES, señalo como domicilio particular para oír y recibir todo tipo de notificaciones aún las de carácter personal, el ubicado en XXXNÚMERO 17, BOSQUE RESIDENCIAL DEL SUR, ALCALDÍA XOCHIMILCO, EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO, autorizando a las Licenciadas en Derecho, así como al C. XXX, ante Usted con el debido respeto, comparezco para exponer:

Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 103, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1º, 2º,  5º, 107, fracción V (CONTRA ACTOS EN JUICIO CUYOS EFECTOS SEAN DE IMPOSIBLE REPARACION, ENTENDIÉNDOSE POR ELLOS LOS QUE AFECTEN MATERIALMENTE DERECHOS SUSTANTIVOS TUTELADOS EN LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL ESTADO MEXICANO SEA PARTE) y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo, vengo dentro del término de QUINCE DÍAS concedidos por Ley, a demandar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de la Sentencia dictada el 9 de Enero del 2020, por la H. Tercera Sala Familiar de la Ciudad de México, dentro del Toca 2280/2018, que impone a la quejosa XXX la multa por la cantidad de $7,500.00 (SIETE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) por desacato a una orden judicial, en la Controversia del Orden Familiar: Guarda y Custodia, y Régimen de Visitas y Convivencias, materia del expediente 166/2017, en el índice del Juzgado Primero de lo Familiar de la Ciudad de México.

Demanda de Amparo Indirecto en contra de la negativa para dictar medidas de proteccion por violencia familiar a una persona discapacitada y menor


QUEJOSA: XXX.
DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO.

H. JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN TURNO.
P R E S E N T E.

XXX, por mi propio y personal derecho, en mi calidad de PERSONA DISCAPACITADA que sufro de HEMIPARESIA DERECHO Y TRASTORNO DEL LENGUAJE DIAGNOSTICADO COMO AFASIA como secuela del episodio de ECLAMPSIA ATÍPICA Y ECV, imposibilitándome para cualquier tipo de comunicación oral; haciendo de su conocimiento que LA COMPRENSIÓN DEL LENGUAJE SE ENCUENTRA SUFICIENTEMENTE CONSERVADA LO CUAL ME PERMITE COMPRENDER UNA CONVERSACIÓN, INSTRUCCIONES E INCLUSO APORTAR OPINIONES, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley de Amparo, señalo como domicilio particular para oír y recibir todo tipo de notificaciones aún las de carácter personal, el ubicado en XXX NÚMERO 17, XXX, ALCALDÍA XOCHIMILCO, EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO, así como a las personas para el efecto de  reproducir constancias del expediente de Amparo a través de cámara fotográfica, escáner u otros dispositivos semejantes, a la  C. XXX, y al C. XXX, ante Usted con el debido respeto, comparezco para exponer:

Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 103, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1º, 2º,  5º, 107, fracción V (CONTRA ACTOS EN JUICIO CUYOS EFECTOS SEAN DE IMPOSIBLE REPARACION, ENTENDIÉNDOSE POR ELLOS LOS QUE AFECTEN MATERIALMENTE DERECHOS SUSTANTIVOS TUTELADOS EN LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL ESTADO MEXICANO SEA PARTE) y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo, vengo dentro del término de QUINCE DÍAS concedidos por Ley, a demandar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de la negativa de dictar la medidas u órdenes de protección necesarias para salvaguardar la integridad física y psíquica del menor XXX, así como de la XXX, consistente en la SUSPENSIÓN DEL RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS PROVISIONAL CON EL VICTIMARIO XXX, la ENTREGA DE LOS ORIGINALES DEL PASAPORTE Y VISA DEL MENOR, así como la omisión de señalar fecha de diligencia para el efecto de que EL LICENCIADO C. ACTUARIO ADSCRITO A ÉSTE JUZGADO, ACOMPAÑADO DE DIEZ ELEMENTOS DE FUERZA PÚBLICA CON FACULTADES DE ROMPIMIENTO DE CERRADURAS proceda a entregar a la suscrita XXX, en mi calidad de MUJER DISCAPACITADA VÍCTIMA DE VIOLENCIA FAMILIAR, la posesión física y material del domicilio conyugal ubicado en AVENIDA XXX, NÚMERO 1617, DEPARTAMENTO C-301, EDIFICIO NOGAL, COLONIA DEL VALLE, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, CIUDAD DE MÉXICO, así como que se REALICE UN INVENTARIO DE LO QUE SE ENCUENTRE AL INTERIOR DE DICHO INMUEBLE, toda vez que el agresor XXX cambió la cerradura de dicho inmueble del cual soy copropietaria, tal y como lo manifesté en el Dictamen Pericial Psicológico que: “…departamentos, todo, chapas no puedo abrir, muebles, silla, recámara, yo pagué, mi dinero, Enrique, ni ropa, nada…la chapa, no la abre…”, MANIFESTANDO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que se encuentran muebles, ropa, pertenencias personales de la suscrita, así como documentos e incluso valores de las que desconozco el estado de los mismos, asimismo se destaca la Violencia Patrimonial y Económica en la Audiencia de Ley celebrada el primero de febrero del dos mil dieciocho, en el desahogo de la Prueba Confesional a su cargo, manifestó espontáneamente al contestar la posición número OCHENTA Y CUATRO “…que ella vive con sus papás y tiene su residencia que ella optó por no utilizarla.” Materia de la resolución de fecha veintiocho de agosto del dos mil diecinueve, emitida por la H. Tercera Sala Familiar de la Ciudad de México, en el Toca 842/2019, derivado de la Controversia Familiar de Guarda y Custodia, y Régimen de Visitas y Convivencias, que se ventila ante el Juzgado Primero de lo Familiar de la Ciudad de México, bajo el número de expediente 166/2017, Secretaría B.
           

MODELO DE CONTESTACION A DEMANDA SOBRE NULIDAD DE ACTA DE RECONOCIMIENTO DE HIJO, CON RECONVENCION


MODELO DE CONTESTACION A DEMANDA SOBRE NULIDAD DE ACTA DE RECONOCIMIENTO DE HIJO, CON RECONVENCION
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VS
C. DIRECTOR DEL REGISTRO
CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL Y
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ORDINARIO CIVIL NULIDAD DE ACTA
PRESENTE:
C. JUEZ QUINTO DE LO FAMILIAR.
--------------------, en representación y en ejercicio de la patria potestad de mi menor hijo --------------------, señalando como domicilio para oír notificaciones el despacho ----- del edificio marcado con el número ------ de las calles -------------------- de esta ciudad, autorizando para oirías al C. --------------------, ante Usted respetuosamente comparezco y expongo.
A nombre de mi menor hijo, vengo a dar contestación a la demanda, de la siguiente manera:
PRESTACIONES
Carece de derecho y de acción el actor para demandar a mi menor hijo --------------------, las prestaciones que señala con los incisos a) y b), por las razones que se exponen en  la contestación a los hechos.
HECHOS
I. Este hecho es cierto.
II. Es cierto este hecho.
III. Este hecho es falso.
IV. Este hecho es falso, la verdad es que el actor, mediante un escrito firmado ante dos testigos dio su consentimiento para que nuestro menor hijo apareciera con su apellido en el acta que ataca y siendo así, la falta de la formalidad a que se refiere en el correlativo que se contesta es atribuible solamente a él y no a la suscrita, ni al menor hijo; por lo que el acta no esta afectada de nulidad absoluta o de pleno derecho, como perversamente lo pretende.
V. Este hecho es falso siendo la verdad que el actor lo su consentimiento mediante un escrito privado firmado anta dos testigos, cuyos datos, domicilios y firmas aparecen en el cuerpo de dicho escrito.
DERECHO
UNICO. Es inaplicable el capítulo de derecho invocado por el actor, por las razones que se han expuesto en la contestación a los hechos de la demanda inicial.
RECONVENCION
Contrademando o reconvengo al señor -----------------------, con domicilio en el despacho ---- del número -------- de las calles -----------------, colonia --------------, de esta ciudad, las siguientes contraprestaciones:
a] El reconocimiento como hijo suyo en favor del menor --------------------.
b] La declaración por sentencia definitiva que el menor -------------------- es su hijo.
c] El pago de los gastos y costas del juicio.
La reconvención se fundamenta en los siguientes hechos y preceptos legales:
HECHOS
I. En unión libre y haciendo vida marital con el señor --------------------, procreamos al menor hijo --------------------.
II. El domicilio marital lo establecimos en la casa número -------------- de las calles de ------------------ colonia --------------------, Delegación -------------------- Distrito Federal, en donde vivimos como marido y mujer formando una familia a los ojos de todo el mundo por un lapso de ocho años aproximadamente a la fecha.
III. El demandado, ante vecinos, amigos la sociedad ha tratado al menor hijo --------------------, como hijo que es, dándole y reconociéndole ese estado civil; pero siempre se ha negado a registrarlo y reconocerlo como su hijo ante las Oficinas del Registro Civil correspondiente.
IV. Haciendo vida marital y vida en común con el demandado concebí al menor referido en el domicilio marital, menor que nació el día ---------- del mes de -------------- del año de --------------- como según lo demuestro con el acta de nacimiento que se anexa como documento base de la acción.
V. Los padres del demandado y demás familiares tratan y reconocen al menor hijo como su nieto y sobrino dándole el carácter de familiar por lazos de sangre.
VI. En la escuela, el demandado ha firmado documentos relacionados con el menor hijo, relación de padre e hijo, como lo demuestro con las boletas de calificaciones firmadas por dicho demandado y que se anexan como documentos base de la acción.
DERECHO
PRIMERO. Por cuanto al fondo son aplicables los artículos 292, 293, 382 fracciones II, III y IV, 383, 384, 388 y demás relativos del Código Civil.
SEGUNDO. norman el procedimiento los artículos del 255 al 277 del Código de Procedimientos Civiles.
Proveer conforme a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO.
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