Dictamen de justificación para la asignación directa de la obra “_________”.
REFERENCIAS DEL CONTRATO INICIAL:
ADJUDICACIÓN DIRECTA POR PATENTE CONSTRUCCIÓN DE ____
EMPRESA ___
FECHA DE INICIO ___
FECHA DE TERMINACIÓN ___
MONTO TOTAL DEL CONTRATO $ ___ (___ PESOS 64/100 M. N.), I. V. A. INCLUIDO.
I. Antecedentes:
Dentro de las acciones estratégicas establecidas en el Plan Municipal de Desarrollo del Municipio de Querétaro, es una prioridad para la Entidad el mejoramiento de la infraestructura educativa y recreativa para beneficio de todas las familias de la Entidad.
Con este propósito ____ solicitó la instalación del ___ para responder a las demandas de la población mayoritariamente joven de la Delegación Santa Rosa Jáuregui y ofrecerle mejores espacios de esparcimiento y mejorar su calidad de vida.
Para el cumplimiento del objetivo anterior, fueron realizados los trámites necesarios ante la SEDESOL, la Secretaría de Desarrollo Social y el contratista; y llevadas a cabo diferentes reuniones de trabajo en las cuales fueron definidos los objetivos y alcances del proyecto así como las especificaciones particulares de la obra a ejecutarse.
En virtud de las características de la obra y las especificaciones solicitadas, fueron analizadas diferentes opciones constructivas con ventajas probadas frente a sistemas tradicionales, bajo aspectos de economía, rapidez de edificación y sobre todo de bajo mantenimiento, llegando a la conclusión que el método de elementos prefabricados de PVC de patente única RBS (Royal Building Systems) propuesto por la empresa MEIDAT Sistemas Constructivos, S.A. de C.V., era el más adecuada.
Finalmente, con fecha 20 de junio de 2007, el Comité de Planeación para el Desarrollo del Municipio de Querétaro emitió el oficio de control No ___ por un importe de $___ (___ 64/100 M. N.), IVA incluido, para la obra denominada “____”, Delegación Santa Rosa Jáuregui.
II. Análisis:
El método de “Royal Building Systems” se trata de un sistema constructivo prefabricado compuesto por piezas especiales de PVC (polímero reforzado) que se ensamblan entre sí con un machihembrado, con rellenos de material aislante térmico o concreto con varillas de refuerzo en sentido vertical y compuesto por dos piezas básicas: el panel y el conector, que se desliza en el panel anterior, ambos de 100 mm de espesor y longitud variable.
El sistema tiene como ventajas: la rapidez de construcción; facilidad de transportación y manejo del material; un acabado aparente y de bajo mantenimiento tanto en muros como en cubiertas; está fabricado con PVC de alta resistencia, durabilidad y fortaleza, no flamable; permite alojar las instalaciones en el interior de los paneles; evita el uso de cimbras y es un sistema integral de construcción; puede combinarse con otros sistemas constructivos, utilizándolo solamente como cubierta; no requiere personal calificado para su instalación; es un material impermeable; se puede considerar como una estructura de tipo ligero, que resulta conveniente para terrenos de poca capacidad de carga o con problemas de estabilidad, manejando una cimentación de tipo de losa continua.
Este sistema constructivo cumple con los requisitos de seguridad estructural, condiciones de iluminación y confort térmico para su uso en espacios educativos, lo que, aunado a su bajo costo de mantenimiento en sus paredes que facilitan la limpieza y son resistentes a las substancias descontaminantes y desbacterizantes de uso periódico, redunda en ventajas para el uso propuesto.
IV.- Conclusión:
Derivado del análisis de lo anterior, esta Secretaria de Obras Públicas Municipales determina asignar directamente la obra denominada “____”, Delegación Santa Rosa Jáuregui, en la Delegación Josefa Vergara y Hernández, Querétaro, Qro., a la empresa ___, S.A. de C. V., por un importe total de $ ___ (____ PESOS 64/100 M. N.), incluyendo el impuesto al valor agregado y un tiempo de ejecución del 20 de agosto al 30 de septiembre del 2007 (Anexos 2 y 3). Ello en función de que su representante legal posee la representación exclusiva para el Estado de Querétaro de la patente No. 183421, expedida el día 31 de mayo de 1993 por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (Anexo No. 1).
Lo anterior, toda vez de que se cuenta con el fundamento y motivación necesaria para justificar dicha adjudicación, al encontrarse en los supuestos del artículo 42, fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas (para recursos del Estado o del Municipio usar el artículo 32 de la Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro)
0.
Se elabora el presente dictamen en la ciudad de Santiago de Querétaro, Qro., el día 23 20 de julio de 2007, para los trámites a que haya lugar, firmando al calce las siguientes personas:
Elaboró.
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Autorizó.
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