RAMO: DIRECCION DE DESARROLLO URBANO
OFICIO: DDU/156/2006
ASUNTO: Orden de Clausura, Colocación
de Sellos y Multa
Corregidora, Qro. 22 de diciembre del 2006
VENDOR
Av. No. 340
Col. General Anaya, México, D.F.
P r e s e n t e
Por este conducto me permito informarle que con fundamento en el Artículo 86 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro de Arteaga, 30 fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro 17, Fracción I, II Y XIII, 22 Fracción 1, VII, VIII, 241 y 244 del Código Urbano para el Estado de Querétaro y como resultado de la inspección realizada por personal adscrito a esta dependencia, en Carretera Libre a Celaya KM 6, Corregidora Qro. se observó que continua la colocación de un anuncio autosoportado, el cual no cuenta con las autorizaciones correspondientes, y en base que hasta el momento no se le ha dado respuesta ni seguimiento alguno. SE EMITE ORDEN DE CLAUSURA Y COLOCACIÓN DE SELLOS PARA EL ANUNCIO CITADO QUE SE INSTALO BAJO SU RESPONSABILIDAD EN LA DIRECCIÓN ANTERIORMENTE INDICADA, ORDENANDOLE REGULARIZAR DE MANERA INMEDIATA SU SITUACIÓN, ASI MISMO SE HA HECHO ACREEDOR A UNA MULTA POR 1,000 DIAS DE SALARIO MINIMO VIGENTE EN EL MUNICIPIO. Toda vez que se encuentra violando lo estipulado en los Artículos 256, 424, 425 426 y 427 del Código Urbano para el Estado de Querétaro así como los Artículos 6, 46, 51, 71, 72, 74 y 75 del Reglamento General de Construcción para el Estado de Querétaro.
Así mismo, se le requiere para que en un plazo no mayor a tres días hábiles contando a partir de la recepción del presente documento, informe por escrito a esta Secretaría de la orden indicada, apercibido de que en caso contrario se hará acreedor a las sanciones que establecen conforme a lo dispuesto en los artículos 17 Fracciones I, IV, VI, VII, VIII, XIII; 251, 256, 450, 554, 455, 457, 458, 460, 461, 497, 498, 501, 503, 506 y 512, del Código Urbano para el Estado de Querétaro.
No emitiendo informarle que de violar los sellos se hará acreedor a las sanciones correspondientes de conformidad con el Código Civil del Estado de Querétaro y demás disposiciones aplicables.
Sin otro particular, quedo de usted.
A T E N T A M E N T E
Arq. Alejandro
Director de Desarrollo Urbano.
CCP: Tesorería
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