C.JUEZ DE DISTRITO EN TURNO DEL ________________________ CIRCUITO
PRESENTE.-
________________________, mexican@, mayor de edad, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en calle __________________________________________________, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer lo siguiente:
Fundada en los artículos 103, fracción I, 107, fracciones I y VII, de la Constitución Federal; 1°, fracción I, 107, 112, y 118, de la Ley de materia, vengo a solicitar el Amparo y Protección de la Justicia Federal en contra de los actos y autoridades que posteriormente expresaremos, cabe mencionar que la suscrita me encuentro impugnando ante su Señoría, la aplicación de normas generales que ya han sido declaradas inconstitucionales por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación. A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 108 de la Ley de la materia, manifiesto:
I.- NOMBRES Y DOMICILIOS DE LOS QUEJOSOS.-
Ha quedado expresado en el proemio de esta demanda
II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO.- Por la naturaleza del asunto, no existe tercer interesado.
III.- AUTORIDADES RESPONSABLES.-
1) El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;
2) La Cámara de Senadores del Congreso de la Unión;
3) La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión,
4) El Comisionado Estatal para la protección de riesgos sanitarios (Dr. Carlos Alberto Aguilar Acosta)
5) El Director Ejecutivo de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias químicas de la COFEPRIS (Alberto Miguel Guzmán)
ACTOS RECLAMADOS
Del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, la promulgación y orden de publicación de la Ley General de Salud, en específico de los artículos 235, 237,247, 248, 375, 376, 235, 289, 421, 421 Bis y 289.
De las Cámaras de Diputados y Senadores, la expedición de la Ley General de Salud, en específico de los artículos 235, 237,247, 248, 375, 376, 235, 289, 421, 421 Bis y 289.
(Solo si te encuentras en un estado distinto a la ciudad de México se agrega esta autoridad) El Comisionado Estatal para la protección de riesgos sanitarios, la aplicación en perjuicio del quejoso de los artículos 235, 237, 247, 248, 375, 376, 235, 289, 421, 421 Bis y 289 de la Ley General de Salud.
Del Director Ejecutivo de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias químicas de la COFEPRIS reclamamos los actos de cumplimiento, observancia, trámite y ejecución de los actos que haya realizado en la aplicación, concreta o implícita, de los numerales 235, 237, 247, 248, 375, 376, 235, 289, 421, 421 Bis y 289 de la Ley General de Salud. Así mismo reclamamos la negativa de otorgar el permiso correspondiente a lo peticionado, dicho oficio es el siguiente:
Oficio No. 203301EL350364. Signado por el Director Ejecutivo de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias químicas de la COFEPRIS.
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PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS
Se viola en mi perjuicio el artículo 1ro. Constitucional, ligado al libre desarrollo de la personalidad, toda vez que las responsables no atienden de manera congruente al criterio emitido por la Primera Sala de Nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación, bajo el rubro “INCONSTITUCIONALIDAD DE LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA AL CONSUMO LÚDICO O RECREATIVO DE MARIHUANA PREVISTA POR LA LEY GENERAL DE SALUD.”
Bajo protesta de decir verdad manifiesto los antecedentes que constituyen el acto reclamado:
1.- Con fecha ____________________________, la quejosa alcé petición formal dirigida a la Dirección Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a través de la Comisión Estatal de San Luis Potosí para la Protección contra Riesgos Sanitarios;
2.- En fecha ________________________________________, el Director Ejecutivo de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias químicas de la COFEPRIS mediante oficio número 203301EL350364, analizó mi peticion y se permitió informarme que mi solicitud era improcedente, toda vez que en la Ley General de Salud, no se establece facultad alguna para que la citada autoridad sanitaria pudiese otorgar a mi favor una autorización para el consumo individual del estupefaciente “cannabis” (sativa, índica y americana o mariguana, su resina, preparados y semillas) y del psicotrópico “THC” (tetrahidrocannabinol, los siguientes isómeros: ∆6a (10a), ∆6a (7), ∆7, ∆8, ∆9, ∆10, ∆9 (11) y sus variantes estereoquímicas).
VII.- CONCEPTOS DE VIOLACION.-
Como primera premisa podemos observar que la Constitución protege el libre desarrollo de la personalidad, aunado a la declaratoria de inconstitucionalidad respecto a las prohibiciones para el uso lúdico de la marihuana. El uso lúdico de cannabis “marihuana” se encuentra permitido a través de la interpretación del criterio emitido por la Primera Sala de Nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación, bajo el rubro “INCONSTITUCIONALIDAD DE LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA AL CONSUMO LÚDICO O RECREATIVO DE MARIHUANA PREVISTA POR LA LEY GENERAL DE SALUD.”
Como segunda premisa, podemos observar tal cual como se desprende de los antecedentes del acto reclamado, que formule peticiones ante la COFEPRIS, con la finalidad de obtener permiso para el uso lúdico del cannabis, mismo que fue negado por la autoridad responsable denominada Director Ejecutivo de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias químicas de la COFEPRIS.
Como última y tercera premisa, puedo deducir que lo jurídicamente correcto atendiendo a los criterios constitucionales citados ante líneas, sería que la responsable citada otorgase un permiso a la quejosa, mediante el cual se inaplicaran y se desincorporaran de manera presente y futura de mi esfera jurídica los artículos 235 último párrafo, 237, 245 fracción I, 247 último párrafo, y 248 de la Ley General de Salud, y por consecuencia, otorgarse a los impetrantes la autorización sanitaria respecto de las sustancias que refiero y para los efectos materiales otorgar una autorización administrativa para el consumo personal de marihuana, así como los actos necesarios para materializar el autoconsumo mencionado, tales como:
- Siembra
- Cultivo
- Cosecha
- Acondicionamiento
- Posesión
- Transporte
- Adquisición de la planta, derivados o su semilla
Lo anterior, para hacer efectivo los fines que la quejosa denominamos lúdicos o recreativos.
Por conclusión, puedo deducir que no permitirme la autorización solicitada para los fines mencionados violenta mi libre desarrollo de la personalidad, lo cual es un agravio personal y directo en mi esfera jurídica, por tal motivo es por lo que acudo al juicio de amparo en espera de que las citadas violaciones en mi perjuicio se dejen insubsistentes y se me permita gozar de los derechos humanos que nuestra constitución salvaguarda.
PRUEBAS
Documental 1 que se hace valer en el acuse de recibo de la solicitud elevada a la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios. De los mismos se desprende la solicitud a autoridad para la emisión del permiso solicitado.
Documental 2 que se hacen valer en el oficio 203301EL350364 signado por el Director Ejecutivo de Regulación de Estupefacientes, Psicotrópicos y Sustancias químicas de la COFEPRIS. Del mismo se desprende la negativa de la autoridad para la emisión del permiso solicitado.
Por lo expuesto y fundado, A USTED C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO, atentamente pido se sirva:
PRIMERO. Tenerme por presentada con este escrito, con las Copias simples necesarias, solicitando el amparo y protección de la Justicia Federal contra actos de las autoridades señaladas como responsables.
SEGUNDO. Seguido el juicio de amparo acatando el número 118 de la ley de la materia, dictar sentencia definitiva declarando que la Justicia de la Unión me ampara y protege contra actos de las autoridades señaladas como responsables.
PROTESTO LO NECESARIO.
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