XXX MARIA DEL SOCORRO
vs
ALEJANDRO XXX
JUICIO: ORDINARIO CIVIL
EXPEDIENTE: XXX/2020
SECRETARIA B.
INCIDENTE DE NULIDAD.
C. JUEZ CUADRAGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
EVERARDO LUÍS XXX, en mi carácter de apoderado legal de la C. MARÍA DEL SOCORRO XXX, personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en autos del juicio al rubro indicado, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo lo siguiente:
Desahogo vista ordenada por acuerdo de fecha 26 de abril de 2021 con relación a la pertinencia de la prueba pericial en materia de grafoscopía, documentoscopia y dactiloscopia (en adelante LA PRUEBA PERICIAL) ofrecida por la parte demandada en su Incidente de Nulidad de Actuación por Falsedad de Firma (en adelante EL INCIDENTE):
Señalo que la prueba pericial ofrecida es INCONDUCENTE Y NO DEBE SER ADMITIDA por los siguientes motivos:
a)Porque EL INCIDENTE ha quedado sin materia, cuenta habida de la ratificación de mi escrito presentado el día 30 de noviembre de 2020 que se llevó acabo precisamente el día 20 de abril de 2021 y obra en autos, con lo cual, el hecho que motiva EL INCIDENTE queda desvirtuado, porque ahora su Señoría cuenta con la seguridad Jurídica que dicho escrito si fue firmado de mi puño y letra como consecuencia de la referida ratificación.
b)Porque además de lo anterior, EL INCIDENTE queda sin materia a consecuencia del desistimiento del escrito de autorización presentado el 30 de noviembre de 2021 que el suscrito presentó precisamente el día 14 de abril de 2021 y aclarado mediante escrito presentado con esta misma fecha.
c) Porque es notorio que, EL INCIDENTE es frívolo e improcedente y no requiere presentación y gasto en peritos, por lo tanto, con fundamento en el drtículo 72 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, dicho incidente, debe ser declarado sin materia o sobreseído. La frivolidad es evidente porque ningún objeto práctico conduciría el desahogo de la prueba pericial y de todo el proceso incidental porque su conclusión no modificaría la posición de las partes en el presente Juicio ni afectaría ningún derecho procesal o de fondo, con lo cual, dicho incidente se ha vuelto absurdo e inconducente.
Como consecuencia, solicito a su señoría inadmita la prueba pericial propuesta por la parte demandada y; declare sin materia EL INCIDENTE, por los motivos a qué me refiero en los incisos anteriores.
Para el caso que su Señoría determine necesario el desahogo de la pericial en cuestión, señalo como perito de mi parte a XXX, Perito en Grafoscopía, Documentoscopía y Dactiloscopía por la Sociedad Mexicana de Juristas y peritos S.C., como consta en la credencial de perito con número SMJP-GRAF-2017-08, con domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en XXX 66, colonia San Pedro de los Pinos, Ciudad de México, C.P. 03800, quien bajo protesta de decir verdad manifiesto que conoce los puntos materia de la prueba y cuenta con conocimientos y capacidad técnica para rendir ante su Señoría el dictamen que corresponda, lo cual se acredita con la copia de la constancia antes mencionada.
La prueba pericial ofrecida versará sobre el análisis del origen gráfico de la firma atribuida al suscrito EVERARDO LUIS XXX que aparece en el escrito presentado por el suscrito el día 30 de noviembre de 2020 con el objeto que los peritos determinen si dicha firma corresponde al puño y letra del suscrito.
Con relación a la ampliación de puntos materia del cuestionario que propone la parte demandada, señalo que no es mi voluntad agregar cuestionamiento adicional, por lo tanto, sólo deberá ser resuelto el cuestionario propuesto por el demandado.
Por Io anteriormente expuesto:
A USTED C. JUEZ, atentamente solicito se sirva.
PRIMERO. Tenerme por presentado desahogando la vista ordenada por acuerdo de fecha 26 de abril del año en CUrso, con relación a la pertinencia de la prueba pericial propuesta por la parte demandada, dentro de su incidente de nulidad de actuación por falsedad de firma.
SEGUNDO. Dejar de recibir la prueba pericial propuesta por la parte demandada y decretar que el presente incidente ha quedado sin materia, por las razones que vierto en el presente escrito.
TERCERO. Para el caso de estimar necesario la admisión de la prueba pericial propuesta por la parte demandada, solicito que se tenga por nombrado al perito a qué me refiero en el presente escrito.
PROTESTO LO NECESARIO
Ciudad de México, a la fecha de su presentación