NATURALEZA DEL ESTADO
1 —Distintos modos como puede conocerse el Estado. 2.—Teorias que consideran al Estado de un modo predominantemente objetivo. 3—-Teorfas que consideran al Estado como una situación. 4.—TeorIas que identifian al Estado con uno de sus elementos. 5.—Doctrinas que tratan de reducir al Estado a un organismo natural. 6—No puede estudiarse al .Estado sólo desde un punto de vista objetivo.
En el capítulo correspondiente al método para el estudio de la Teoría del Estado, hicimos .el estudio de la naturaleza del Estado, al determinar el supuesto ontológico en que debe basarse la elección de dicho método.
Determinamos en esa ocasión la clase de ser que es el Estado, la realidad existencial que le corresponde, o sea, desciframos su na• turaleza.
En
virtud de la observación de los seres que nos rodean, y de su clasificación
llegamos a establecer que el interrogante ¿Qué es el Estado? y que corresponde
precisamente al planteamiento del problema de su naturaleza, se contesta
diciendo que es un ente cultural, por presentar las caracterfsticas que
distinguen a estos seres, especificándose en la realidad, como el resultado de
la actividad finalística del hombre.
Dentro de los entes culturales, localizamos al Estado, como un ser social y en el grupo de los seres sociales, lo catalogamos con uria realidad propia, por presentar, dentro de su concepto, las notas distintivas de su peculiar finalidad: tratar de obtener el bien público temporal por el atributo de soberanía, como cualidad del poder que en ei mismo existe.
Los anteriores datos, nos sirven de punto de partida, para analizar otras doctrinas expuestas en torno al problema de la naturaleza del Estado, con objeto de afirmar nuestro conocimiento en tema tan importante dentro de la teoría política.
BIBLIOGRAFIA: JELINEK: op. cit., pp. 109-119.
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Para lograr esa finalidad en el desarrollo de este tema
vamos a seguir, haciendo las aclaraciones necesarias, la que hace
Jéllinek en su Teoría General del Estado.
l . DrsTINTos MODOS COMO PUEDE CONOCERSE EL EsTAno.—Jellinek estima que antes de pretender solucionar el problema de la naturaleza del Estado, debemos indagar los distintos puntos de vista desde los cuales se puede alcanzar ese conocimiento, desde los cuales se puede enfocar el objeto propio de nuestra materia, que es el Estado.
La observación nos
hace saber que el Estado es una realidad que existe en forma objetiva, que es
un conjunto de relaciones sociales que se desenvuelven en el tiempo y en el
espacio. Este primer punto de vista, considera al Estado de una manera
objetiva. Pero debemos tomar en cuenta que ese conjunto de relaciones que
existen en el
tiempo y en el espacio son
relaciones y acciones humanas, y que por esta circunstancia llevan impresas las
marcas correspondientes a la naturaleza anímica que las inspira, y en esto se
distinguen de las relacio• nes de las sociedades de los animales, pues éstas
son guiadas exclusivamente por el instinto biológico. Por esta circunstancia,
de que las relaciones humanas que fórman la realidad del Estado tienen ese
contenido anímico, se puede concebir al Estado desde él punto de vista de las
mentes que dan contenido humano al hecho social. Esta manera de considerar al
Estado es desde un punto de vista subjetivo. Este punto de vista no se opone al
punto de vista objetivo, sino que Io completa. No sólo determina al Estado como
un conjunto de acciones y relaciones humanas, sino que toma en cuenta que en
ellas existe un contenido psíquico, el contenido humano de esas relacimes y de
esos hechos.
Pero dentro de este punto de vista subjetivo, existen dos direcciones: la primera de ellas tiehe por objeto el estudio del Estado, como fenómeno social, estudia los hechos reales subjetivos y objetivos en que consiste la vida concreta del Estado y dentro de ellos el aspecto histórico•político del Estado: el origen, la transformación y la deca. dencia del Estado. Estudia los supuestos sociales y la acción del Estado, los elementos de que se compone, propios del mismo, y sus re[aciones internas, pero tomando siempre a la naturaleza anímica de los seres humanos, que actúan dando realidad a los hechos políticos.
Dentro de este punto de vista subjetivo existe una segunda dirección, que lo enfoca desde el punto de vista de su aspecto jurídico. Es un punto de vista subjetivo que enfoca el conocimiento del Estado dentro de esta faceta, dentro de este aspecto jurídico, que está formado por el conjunto de normas que lo estructuran y que rigen su actividad.
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Habiendo determinado que el conocimiento del Estado puede enfocarse desde un punto de vista objetivo o subjetivo debemos indicar que no ha habido en relación con estos puntos de vista un criterio unitario para estudiar al Estado; no existe una doctrina única con estos puntos de observación de la realidad estatal, sino que existen diversas teorías que podemos clasificar desde el ángulo del cual enfocan su particular conocimiento del Estado, debiendo tomar en Consideración que muchas veces no enfocan ese conocimiento desde un ángulo exclusivo, sino que a veces toman diversos puntos de vista. Pero del análisis de las mismas saldrá la determinación de las diversas perspectivas que consideran en su estudio.
2. TEORíAS QUE CONSIDERAN AL ESTADO DE UN MODO PREDOMINANTEMENTE OBJETIVO.—NO obstante la imposibilidad de considerar al Estado como una simple realidad física, existen teorías que se prop()nen examinar y entender al Estado como un simple ser exterior, completamente desligado del elemento interno de la vida del hombre. Son las teorías en que predomina el aspecto objetivo del ser del Estado.
Dentro de ellas encontramos la que considera al Estado como un hecho. Existen doctrinas que afirman la realidad del Estado, pero sin desentrañar el sentido de esa realidad.
Estas doctrinas dicen que es un hecho; y generalmente no dicen qué clase de hecho es: si físico, sociológico o si está provisto de una existencia especial.
En una forma amplia, dentro de su fase
primitiva, podemos catalogar dentro de esas doctrinas la que considera al
Estado en su puro aspecto sociológico, que estudiamos en el capítulo "El
Estado y el Derecho", aun cuando precisan que la
realidad del Estado consiste en un hecho sociológico, pero sin referirse a
otros aspectos de la realidad política ni in.terpretar)os.
3. TEORfAS QUE CONSIDERAN AL ESTADO COMO UNA SITUACIÓN.—En segundo término dentro de las teorías que estudian al Estado de manera predominantemente objetiva, existen, además, otras que consideran al Estado como una situación. Son las que dicen que han de examinar al "Estado en cuanto Estado"
Estas doctrinas dicen que lo que llamamos Estado no es sino una situación en las relaciones de dominación que existen formándolo; que es una simple abstracción que hacemos de esas relaciones que varían constantemente; en forma ficticia hacemos una síntesis de esas relaciones, y a esa síntesis la llamamos Estado.
Éstas no son propiamente doctrinas realistas, pues consideran
al Estado como una ficción ya que por una simple operación mental lla• mamos
Estado a la síntesis que hacemos de las relaciones de hechos que varían
constantemente. Se trata de una teoría anticientffica, porque reduce al Estado a una simple
creación de nuestra mente, siendo la realidad del Estado exclusivamente un
conjunto constantemente variable de relaciones humanas.
4. TEORfAS QUE IDENTIFICAN AL ESTADO CON UNO
DE SUS ELEMENTos.—Perteneceh también al grupo de las doctrinas objetivas y
dicen que con objeto de evitar las ficciones tratan de elaborar una teoría
realista y quieren construir su teoría, identificando al Estado con alguno de
los elementos que lo componen. Estos elementos son según ellas: el territorio,
la población y el poder. Estas doctrinas analizan los -elementos del Estado y
tratan de identificar al Estado con alguno de ellos. Y así dicen, Dor ejemplo,
que el Estado es el territorio. Es la teoría patrimonial. Estas teorías
patrimoniales fueron rápidamente desechadas.. Tuvieron mayor aceotación las que
consideran al Estado como Pueblo, cuando dicen: "El Estado y los hombres
que lo componen son una misma cosa." Este concepto lo encontramos en la
antigüedad; lo hallamos a menudo, por ejemplo, en Platón. En la Edad Media
también existió este concepto, cuando se dice que el pueblo es la fuente de
toda la organización del Derecho público. También pasa este concepto a los
tiempos modernos, por ejemplo, en la teorfa moderna de la soberañfa y del poder
constituyente también, se ema plea esta misma teoría. Según ella, los poderes
del Estado nacen del pueblo; sólo puede concebirse el poder del Estado como
surgiendo del pueblo, en tanto están virtualmenté cóntenidas en él las
funciones del Estado. Esta concepción pasa a los textos constitucionales.
Así, en la Constitución de los
Estados Unidos de América, y concretamente en el artículo 39 de la Constitución
Política del Estado mexicano, que dice: "Todo poder dimana del pueblo y se
instituye precisamente para beneficio de éste. La soberanfa radica en el
pueblo. . . " Debemos hacer notar la vaguedad de esta doctrina, pues no
dice qué entiende por pueblo. El pueblo no es algo que resulte de sumar las
voluntades particulares de los individuos que lo componen. El vocablo Puebl'o
es confuso y como tal debemos tomar esta teoría; aun• que a primera vista
parece muv precisa, es una teoría jurídica confusa.
Por último, dentro de este orden de doctrinas que identifican al Estado con uno de sus elementos, encontramos las que lo confunden con los gobernantes o la autoridad. Esta teoría identifica al Estado con el Gobierno; considera a los individuos que ejercen el poder, gobernantes, como la encarnación del Estado. El pueblo y el territorio
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sólo son los objetos de la actividad del príncipe, del gobernante, en cuya acción se encuentra contenida toda la actividad del Estado.
Este concepto lo encontramos, por ejemplo, en Hobbes. El pueblo, por un contrato, con objeto de ir más allá de la anarquía, de la guerra de todos contra todos, celebra un contrato y se somete al Gobierno, trasmitiéndole la voluntad popular, y a partir de entonces el Estado se confunde con esa persona o con ese grupo de personas a quienes se ha trasmitido la autoridad del pueblo.
También encontramos este concepto en la doctrina francesa del absolutismo; por ejemplo, en Bossuet: el Estado identificado con el Gobierno, hasta el punto de que Luis XIV llegó a decir: "El Estado soy yo." En el siglo XIX, Haller de Alemania, fue más allá: llegó a decir que el Prfncipe es anterior al Estado y el pueblo sólo es una creación de su autoridad.
Bornhak y Von Seydel consideran que existen dos elementos en el Estado: uno activo, la autoridad, y otro pasivo, el pueblo y el territorio. Autoridad o dominador y Estado son una misma cosa.
Estas teorías son
érróneas, porque sólo toman en cuenta uno de los elementos del Estado; reducen
a éste a una de sus partes y son absolutamente falsas, pues no es posible
identificar al todo con una de sus partes. Uno de los elementos del Estado es
la autoridad, pero no todo en el Estado es autoridad. Hemos dicho que en su
base se encuentra un coniunto de relaciones y acciones humanas y que ellas
están sujetas a un orden jurídico que es impuesto por el poder.
Lo absurdo de las teorías que identifican al Estado con el Go.bierno salta a la vista si tomamos en cuenta que al morir el gobernante moriría el Estado, desaparecería el Estado. Y vemos que en la realidad esto no es asf, y es que la autoridad es una institución independiente de los individuos que la detentan, y por ser un elemento del Estado, existe continuidad en el mismo; aun cuando cambien los gobernantes subsiste el poder, la autoridad, porque subsiste el Estado, del que la autoridad sólo es una parte. Hay que precisar que el Estado se integra por gobernantes y gobernados, por ello es absurdo y peligroso identificarlo exclusivamente con el gTupo gobernante.
5.
DOCTRINAS QUE TRATAN DE REDUCIR AL ESTADO A UN
ORGANI* MO NATURAL.—Por último, dentro de estas doctrinas objetivas encontramos
las que tratan de reducir gl Estado a un organismo natural. Estas doctrinas lo
consideran como una formación orgánica, de carácter físico, con todas sus
consecuencias: el Estado tendrá una existencia condicionada por leyes materiale.s,
una existencia independiente de la de los seres que lo forman. Las teorías
antropomórficas se dan dentro de este grupo de doctrinas
y asimilan el Estado, al organismo hu:
mano, considerando al
territorio como el sistema óseo y muscular; al comercio, como el sistema
circulatorio, y al Gobierno, como el sistema nervioso. No hace falta
profundizar mucho para damos cuenta de la falsedad de esta teoría. En temas
anteriores ya apartamos al Estado del mundo sensible, orgánico e inorgánico.
Vimos que es absurdo pretender que el Estado tiene una naturaleza sensible
inorgánica; no es una roca, ni es tierra. Tampoco es cierto que pueda
asimilarse al mundo sensible orgánico; no es un animal ni un ser humano
gigantesco. Lo catalogamos como un ente de cultura. Por lo tanto, vemos que
esta teoría organicista es absurda y falsa, y la desechamos.
6.
No PUEDE
ESTUDIARSE AL ESTADO sóL0 DESDE UN PUNTO DE
TA OBJETIVO.—Las doctrinas que
hemos analizado son falsas, porque la naturaleza del Estado no se puede
estudiar desde un solo punto de vista. El Estado es un ser de naturaleza
compleja, en su realidad existe en efecto una realidad exterior objetiva, o
fenoménica cuyo estudio debe ser hecho desde un punto de vista adecuado al
mismo o sea objetivo. Pero esa realidad exterior no agota la naturaleza del
Estado, su estudio completo debe realizarse estudiando los otros aspectos que
presenta, pues el objeto de la Teoría del Estado, como hemos visto, es llegar a
establecer principios de validcz obligatoria y univasal en relación con el
fenómeno político que estudia, de acuerdo con su misma denominacibn de ser una
Teoría y no un conocimiento particular, y si en la realidad del. Estado existe
un conjunto diverso de notas, elementos o aspectos, hay que tomar en
consideración todos ellos para llegar al conocimiento pleno de esa realidad,
que de ctra manera aparece a nuestra mente deformada o mutilada y en
consecuencia no llegamos a la verdad sino al error.