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Solicitud de Régimen de Convivencias Provisional Supervisado en el Centro de Convivencias del Poder Judicial
[DATO SENSIBLE]
[NOMBRE]
Vs
[NOMBRE]
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE VIOLENCIA FAMILIAR
ASUNTO: SE SOLICITA DE MANERA URGENTE UN RÉGIMEN DE CONVIVENCIAS DE FORMA PROVISIONAL DE MANERA SUPERVISADA EN EL CENTRO DE CONVIVENCIAS PERTENECIENTE AL PODER JUDICIAL.
JUEZ EN LÍNEA ESPECIALIZADO EN MATERIA DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE MÉXICO.
PRESENTE:
[NOMBRE], con la personalidad que tengo debidamente acreditado en los autos del expediente al rubro citado, comparezco de la manera más atenta para exponer lo siguiente:
Por medio del presente ocurso y en razón a los hechos argumentados por la actora en su escrito de demanda, así como en sus promociones, vengo a hacerle del conocimiento a este juzgador que tales hechos carecen de sustento legal alguno ya que de mala fe, queriendo sorprender a esta autoridad, menciona situaciones fuera de la realidad, ya que no concatena o presenta prueba alguna respecto de lo que argumenta, por lo que en este acto y en razón al estado en que se encuentra el presente asunto debido a que la audiencia inicial es hasta a finales de enero del 2025, su Señoría BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD no he podido tener contacto con mis menores hijas, no he tenido convivencias con mis hijas porque la señora no me lo permite, en virtud de lo anterior C. Juez ruego se pronuncie en atención al interés superior de mis menores hijas se fije DE MANERA URGENTE UN RÉGIMEN DE CONVIVENCIAS DE FORMA PROVISIONAL DE MANERA SUPERVISADA EN CENTRO DE CONVIVENCIAS PERTENECIENTE AL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, para efectos de no perder ese vínculo paterno filial que tengo con mis menores hijas y que por consecuencia de los actos de la hoy demandada se están viendo afectados sus intereses.
Sustentando lo antes mencionado se invoca la siguiente tesis jurisprudencial:
Registro digital: 2004703
Instancia: Primera Sala
Décima Época
Materia(s): Constitucional, Civil
Tesis: 1a. CCCVI/2013 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro XXV, Octubre de 2013, Tomo 2, página 1051
Tipo: Aislada
GUARDA Y CUSTODIA DE UN MENOR DE EDAD Y RÉGIMEN DE CONVIVENCIA. SON INSTITUCIONES PARALELAS Y COMPLEMENTARIAS DIRIGIDAS A SALVAGUARDAR EL DERECHO DE LOS MENORES DE EDAD A LA CONVIVENCIA FAMILIAR EN CONTEXTOS DE CRISIS INTRAFAMILIAR.
Ante la existencia de situaciones en donde los desacuerdos personales hacen imposible la convivencia entre los padres, el Estado se encuentra obligado a encontrar mecanismos que garanticen el derecho de los menores de edad a mantener relaciones personales y de trato directo con cada uno de sus padres de forma regular, asegurando así la continuación de la convivencia familiar. El legislador, teniendo en consideración lo anterior, ha establecido diversas instituciones jurídicas tendientes a salvaguardar el derecho-deber de los progenitores a participar activamente en la crianza y educación de sus hijos menores de edad y, particularmente, asegurar la convivencia regular del menor con ambos progenitores en contextos de crisis intrafamiliar. Dentro de estas instituciones se encuentran la fijación de la guarda y custodia a cargo de uno de los padres y, paralelamente, el derecho de visitas o régimen de convivencia a favor del otro. Estas figuras son complementarias entre sí y garantizan, bajo estas situaciones extenuantes, el derecho del menor a vivir en familia y convivir con ambos padres, asegurando así el sano desarrollo de su personalidad.
Amparo directo en revisión 583/2013. 11 de septiembre de 2013. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Javier Mijangos y González.
Por lo expuesto y fundado;
A USTED C. JUEZ ATENTAMENTE PIDO
ÚNICO. - Tenerme por presentado en los términos del presente escrito y acordar de conformidad lo solicitado.
PROTESTO LO NECESARIO
[DOMICILIO], A SEPTIEMBRE DE 2024
[NOMBRE]