ESCRITO INICIAL DE RECTIFICACION DE ACTA DEL ESTADO CIVIL

DIONISIO XXX HERNANDEZ VS.

C. OFICIAL 01 DEL REGISTRO CIVIL DE IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO.

RECTIFICACION DE ACTA DEL ESTADO CIVIL.

ESCRITO INICIAL

JUZGADO CIVIL DE CHALCO CON RESIDENCIA EN IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO.

EN TURNO

DIONISIO XXX HERNANDEZ, por mi propio derecho, designando como mi Abogado Patrono en términos de lo dispuesto en los artículos del 1.93., al 1.95., del Código de Procedimientos Civiles en vigor al Licenciado en  , quier cuenta con título en tal materia, así como la cédula profesional número 3866964, la cual se encuentra debidamente registrada ante el Tribunal Superior de Justicia del estado de México, con el número de NIP   señalando en términos de lo dispuesto en el artículo 1.168., del Código de procedimientos Civiles en vigor el correo electrónico institucional asignado a mi Abogado Patrono   para recibir todo tipo de notificaciones incluidas las de carácter personal, solicitando desde este momento en términos de lo dispuesto en el artículo 1.119. Bis, del Código en consulta se me autorice el acceso al expediente electrónico que por motivo del presente asunto se integre, mediante la firma electrónica de mi Abogado Patrono MEZA640720HMCZML04 así mismo autorizo para imponerse de los autos al C. Javier Rodríguez González, ante Usted, comparezco para exponer:

Vengo por medio del presente, en la Vía de las Controversias Sobre el Estado Civil de las Persona y del Derecho de Familia, mediante Tramite Sumario, a demandar del C. OFICIAL 01 DEL REGISTRO CIVIL DE IXTAPALUCA ESTADO DE MEXICO, quien puede ser notificado de la presente demanda, en las oficinas que ocupa la Oficialía del Registro Civil 01 de Ixtapaluca, en el primer piso del Palacio Municipal ubicado en el número 1 de las calles de Municipio Libre, en el Centro de la Población de Ixtapaluca, Estado de México, las siguientes:

PRESTACIONES

a)                             La rectificación del acta de Matrimonio del suscrito, que se encuentra inscrita con el número 129, del Libro 01, de fecha 14 de abril de 1984, de la Oficialía a su cargo, para corregir los datos esenciales que obran en la misma, respecto de los padres del suscrito contrayente, toda vez que, por un error, de manera incompleta, se asentaron como nombres del padre y madre del contrayente ERNESTO XXX, y MARGARITA HERNANDEZ siendo lo correcto asentar los nombres completos POLICARPO ERNESTO XXX CERON, y BLANCA MARGARITA HERNANDEZ HITA.

b)                             Que mediante Resolución Judicial se declare procedente la rectificación que se demanda, remitiéndose copia certificada de la misma al demandado, para la inscripción de dicha resolución, en el acta de Matrimonio del suscrito que se encuentra inscrita con el número 129, del Libro 01, de fecha 14 de abril de 1984 de la Oficialía 01 del Registro Civil de Ixtapaluca, Estado de México, para todos efectos legales conducentes.

Fundo mis prestaciones en los siguientes:

HECHOS

1)                             Tal como lo acredito con la copia certificada del acta de Matrimonio del suscrito, extraída directamente del Libro del Registro Civil en el cual se encuentra asentada, que acompaño al presente como anexo uno, contraje matrimonio con la señora REYNA AVILA ALBARRAN, el día catorce, de abril de mil novecientos ochenta y cuatro, bajo el régimen de sociedad conyugal, ante el Oficial 01 del Registro Civil de Ixtapaluca, Estado de México, quedando registrada el acta correspondiente con el número 129, del Libro 01, fecha 14 de abril de 1984, de la Oficialía 01 del Registro Civil de Ixtapaluca, Estado de México, siendo el caso que, por un error, de manera incompleta, se asentaron como nombres de los padres del suscrito contrayente ERNESTO XXX, y MARGARITA HERNANDEZ siendo lo correcto asentar los nombres completos POLICARPO ERNESTO XXX CERON, y BLANCA MARGARITA HERNANDEZ HITA.

2)                             El error existente, en el acta de Matrimonio del suscrito, queda acreditado, con la copia certificada del acta de Nacimiento del suscrito, extraída directamente del Libro del Registro

Civil en el cual se encuentra asentada, que acompaño al presente como anexo dos, pues con la misma se acredita que el suscrito soy hijo de POLICARPO ERNESTO XXX CERON y BLANCA MARGARITA HERNANDEZ HITA.

3)                             Conforme a lo dispuesto en el artículo 3.39., fracción I, del Código Civil para el Estado de México, el suscrito me encuentro legitimado para promover el presente asunto, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.5., del ordenamiento invocado el Estado Civil de las personas solo se prueba con las constancias relativas del Registro Civil, por lo que el acta de nacimiento del suscrito DIONISIO XXX HERNANDEZ hace prueba plena de la procedencia de la acción intentada.

Para acreditar la procedencia de mi acción ofrezco desde este momento las

siguientes:

PRUEBAS

LAS DOCUMENTALES PUBLICAS. - Consistentes en la copía certificada del Acta de Matrimonio celebrado entre el suscrito DIONISIO XXX HERNANDEZ y REYNA AVILA ALBARRAN (anexo uno), copia certificada del acta de Nacimiento del suscrito Contrayente DIONISIO PÉREZ HERNÁNDEZ, (anexo dos), estas pruebas las relaciono con los hechos 1, 2 y 3, de mi escrito inicial de demanda, para demostrar lo afirmado en los mismos, así como la procedencia de mi acción.

LAS PRESUNCIONES. - Tanto las legales como las humanas, que del presente asunto se deriven, en todo en cuanto a mi derecho beneficie.

DERECHO

Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 3.5., 3.37., 3.38., 3.39., y demás relativos y aplicables, del Código Civil en vigor.

Norman el presente procedimiento los artículos del 5.1., 5.64-Bis. del Código de Procedimientos Civiles en vigor.

Por lo anteriormente expuesto y fundado de Usted, C. JUEZ, atentamente solicito:

UNICO - Tenerme por presentado en los términos de este ocurso acordando de conformidad con los mismos, tomando en consideración la naturaleza del presente asunto resolverlo mediante el tramite sumario previsto en el artículo 5.49., del Código de Procedimientos Civiles en vigor.