SANDRA OLIMPIA XXX MARTINEZ VS.
EDUARDO JHONATAN XXX XXX EXPEDIENTE NÚMERO:
EN NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO.
SANDRA OLIMPIA XXX MARTINEZ, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, la casa ubicada en Avenida XXX numero 436, Colonia Benito Juárez, de esta Ciudad de Netzahualcóyotl, Estado de México, autorizando para ello, así como para recoger todo tipo de documentos a los C.C. Profesionista en Derecho Licenciado Reinel XXX Tapia, con numero de cédula XXX, indistintamente, así mismo manifiesto bajo protesto de decir verdad que no tengo obligación de encontrarme inscrita ante el Registro Federal de Contribuyentes, por lo que comparezco ante usted con el debido respeto para exponer:
En vía Ejecutiva Mercantil y en Ejercicio de la Acción Cambiaría Directa que
me compete, vengo a demandar al señor EDUARDO JHONATAN XXX XXX quien tiene su domicilio para los efectos de ser requerido de pago y emplazado a Juicio, sitio en Avenida Sor Juana Ines de la Cruz numero 561, Colonia Ampliación Evolución, en Nezahualcóyot!, Estado de México, persona de quien reclamó él cumplimiento fiel de las siguientes:
A) El pago de la cantidad de $ 200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M. N.), como suerte principal;
B) El pago de los Intereses Moratorios que se han causado a razón del 5% mensual, más los que se sigan venciendo, hasta la total terminación del presente asunto.
C) El pago de los gastos y costas causados, más los que se sigan causado hasta la terminación del presente Juicio, los cuales se cuantificaran en Ejecución de Sentencia.
Me fundo para hacerlo en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho.
I. - El señor EDUARDO JHONATAN XXX XXX, acepto obligándose y se comprometió a pagar en beneficio del suscrito, (1) Título de Crédito (PAGARE) de fecha 20 DE MARZO DE 2020 ,por la cantidad de $200,000 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M. N.), con fecha de vencimiento el 20 de ABRIL del año 2020, estipulándose en el pagare para el caso de Mora un Interés del 5 % mensual, respecto de la suerte principal, hecho que se acredita con los citados documentos que anexo al presente ocurso, para que surtan los efectos legales a que haya lugar.
II. - En virtud de que mucho tiempo atrás, venció el plazo estipulado para que el hoy demandado diera cumplimiento a la obligación contraída, me he visto en la necesidad de presentarme a su domicilio en múltiples ocasiones, a efecto de solicitar se haga efectivo el pago del adeudo contraído, sin que a la fecha haya obtenido alguna respuesta positiva ya que el deudor siempre se ha negado a cumplir con su obligación, situación de la cual se han dado cuenta muchas personas.
III. - Toda vez que la hoy demandado se ha negado a cumplir con su obligación de pago, me veo en la imperiosa necesidad de acudir a este Órgano Jurisdiccional, para efecto de exigir jurídicamente el cumplimiento de las prestaciones referidas, de no hacerlo, se le embarguen bienes de su propiedad que garantice el pago de las prestaciones reclamadas.
En cuanto al fondo del presente asunto es aplicable lo dispuesto por los artículos 1,2, 3, 5, 26, 31,150,151,152,170,173, 174 y demás relativos aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Norman el procedimiento los artículos 1075,1077,1391,1392,1393 al 1414 y demás relativos aplicables del Código de Comercio, en vigor.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1401 del Código de Comercio, en este acto ofrezco a fin de acreditar los extremos de la Acción ejercitada, las siguientes:
1.- EL RECONOCIMIENTO JUDICIAL, que deberá, hacer el demandado señor EDUARDO JHONATAN XXX XXX, del contenido y firma que aparece en el pagare base de la acción; prueba que debe desahogar poniendo a la vista de la parte demandada dicho pagare por ambos lados, para el efecto de que manifieste expresamente si reconoce el contenido y la firma que aparece en el documento de referencia, apercibiéndola legalmente para el caso de inasistencia.
Estas prueba se relaciona con el hecho I y II del presente ocurso de demanda y acredita fehacientemente la deuda contraída por el demandado.
2.- LA CONFESIONAL, en forma personalísima a cargo del señor EDUARDO JHONATAN XXX XXX, persona que deberá ser citada en el domicilio que tiene señalado en autos, a fin de que comparezca a este H. Juzgado, el día y hora que señale su Señoría para el desahogo de pruebas, a efecto de que absuelva las posiciones que se exhiban en su momento, apercibiéndole legalmente para el caso de inasistencia.
Esta prueba se ofrece para acreditar que el demandado a la fecha me adeuda la cantidad señalada en la prestación A) del presente ocurso de demanda, misma que se relaciona con todos y cada uno de los hechos constitutivos de la demanda.
3. LA DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en l(UNO) Títulos de Crédito (PAGARÉ):
A) De fecha 20 DE MARZO DE 2020, por la cantidad de $200,000 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M. N.) con fecha de vencimiento 20 de ABRIL de 2020 y cumplimiento de la obligación, documentos base de la acción, que se agregara al presente ocurso de la demanda, para que surta efectos legales a que haya lugar.
Prueba que acredita fehacientemente que el demandado me adeuda la cantidad que se reclama por esta vía y se relaciona con el hecho I y II del presente ocurso de demanda.
4.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES Y LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, consistente en todo lo que se actué en el presente juicio, en tanto y cuando favorezca los intereses del suscrito.
Por lo anteriormente expuesto;
A USTED C. JUEZ, atentamente solicito;
PRIMERO.- Se sirva tenerme por presentado con este ocurso, documentos y copias simples que acompañó, al demandado señor EDUARDO JHONATAN XXX XXX, las prestaciones que reclamó en el capítulo respectivo.
SEGUNDO.- Se haga el correspondiente embargo de bienes suficientes que garantice el pago, de las prestaciones reclamadas.
TERCERO.- Previos los trámites de ley, dictar sentencia condenatoria al hoy demandado al pago de las prestaciones reclamadas.