JUICIO: EJECUTIVO MERCANTIL EXPEDIENTE /2020
C. JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL MUNICIPIO DE ZUMPANGO, ESTADO DE MEXICO. P R E S E N T E.
ROBERTO , con la personalidad que se me tiene por reconocida en autos y promoviendo de manera indistinta, comparezco para expresarle lo siguiente:
Con fundamento en el numeral 1388 del Código de Comercio y en apego al auto de fecha (28) veintiocho de mayo del año en curso, se solicita a su Señoría DE POR CONCLUIDA LA ETAPA PROBATORIA, esto en razón a que feneció el termino común de QUINCE DIAS ordenado por su Señoría para dicha etapa, con todos los efectos a que haya lugar; esto en razón a que la contraria no desahogo la prevención ordenada en el auto invocado en líneas que anteceden.
En el mismo orden de ideas y en consecuencia a lo solicitado en el párrafo anterior se solicita se dé continuidad a la secuela procesal; por tal SOLICITAMOS SE APERTURA LA ETAPA DE ALEGATOS, fijando fecha o plazo para reproducir estos por la vía que ordene su Señoría.
Por lo anteriormente expuesto y fundado; A USTED C. JUEZ; atentamente pido se sirva:
PRIMERO .- Que su Señoría de por concluida la etapa probatoria en
términos de Ley, tal y como se menciona en el cuerpo del presente.
SEGUNDO .- Ordene su Señoria la apertura de la etapa de alegatos y fije
fecha y forma para reproducir estos.
PROTESTAMOS LO NECESARIO.