Contrato de Confidencialidad

 

CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD

CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD QUE CELEBRAN POR UNA PARTE XXX S.A. DE C.V., REPRESENTADA POR EL SEÑOR Manuel XXX A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL PRESTADOR”, Y POR LA OTRA NOMBRE CLIENTE, SA. DE CV. REPRESENTADA POR EL Sr(a). NOMBRE REPRESENTANTE, EN ADELANTE DENOMINADO “EL CLIENTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

DECLARACIONES

I. Declara el representante legal de “EL PRESTADOR”:

a.     Que su representada es una persona moral de nacionalidad mexicana, constituida bajo las leyes de los Estados Unidos Mexicanos como consta en escritura número 10283/2014 otorgada ante la fe del Licenciado Rafael XXX, de la NotaríaPública 18 de la ciudad de Tijuana, Baja California.

b.     Que tiene facultades para celebrar el presente contrato como lo acredita con la escritura pública número 10283/2014 otorgada el 30 de Junio de 2014 ante la Fe del licenciado Rafael XXX, de la Notaría Pública 18 e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en el folio mercantil que le corresponde.

c.     Que su representada celebró con su cliente un contrato de prestación de servicio basado en la propuesta de servicios con número de control 0150415/01 y FECHA 15 de Abril 2015 con la finalidad de que se realice el objeto estipulado en dicho contrato que en lo sucesivo se denominará: “EL SISTEMA”, “LA APLICACIÓN” o “El TRABAJO”.

d.     Que su representada y “EL CLIENTE” firmaron el contrato de prestación de servicios antes mencionado.

e.     Que con motivo del contrato referido anteriormente y de lo declarado en el inciso c) que antecede, tanto “EL PRESTADOR” como “EL CLIENTE” pueden compartir y utilizar "información confidencial" con la finalidad del cumplimiento de lo estipulado en el contrato. Dicha "información confidencial" para efecto de este contrato es definida como cualquier secreto, técnico o información que le signifique obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas y respecto de la cual ha preservado su confidencialidad y el acceso restringido a la misma, que de una manera enunciativa más no limitativa comprende:

                    I.             La existencia del contrato de prestación de servicios referido en el inciso “C”.

    1. La posibilidad de llevar a cabo “EL TRABAJO”.
    2. Información incorporada en software de computadoras o incluida en medios de almacenamiento electrónico, así como información contenida en documentos, medios magnéticos, discos ópticos, microfilmes, películas u otros medios similares.
    3. Información revelada en forma oral o escrita, relativa a la actividad de “EL PRESTADOR” o viceversa.

 

    1. Toda información, trabajos, informes, programas, estudios, entre otros, que se generen durante la interacción entre “EL CLIENTE” y “EL PRESTADOR” con motivo de EL TRABAJO y lo estipulado en el contrato.

f.      Que con motivo de "EL TRABAJO" “EL CLIENTE” y “EL PRESTADOR” convinieron que éste último realice trabajos a que se refiere el contrato de prestación de servicios que se menciona en el inciso c) del presente contrato, por lo que “EL CLIENTE” se verá en la necesidad de facilitarle "información confidencial" a “EL PRESTADOR”, en forma regular, a efecto de que éste la aplique o utilice exclusivamente para el desarrollo de sus trabajos encomendados.

II. Declara “EL CLIENTE”:

  1. Que tiene facultades para celebrar este contrato, lo que acredita con la escritura pública número ___________ de fecha ___________ otorgada ante la fe del Notario Público ___________ del Distrito Federal licenciado ___________
  2. Que su representada se constituyó mediante escritura pública número ___________ de fecha __________________ otorgada ante la fe del Notario Público ____en la ciudad de ______________ e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio bajo la figura de Sociedad Anónima.
  3. Que derivado de las declaraciones de “EL PRESTADOR” y para el desarrollo de los trabajos que tiene encomendados, relacionadas con la factibilidad técnica, económica, comercial, jurídica y fiscal, entre otras, de llevar a cabo "EL TRABAJO" así como sobre "EL TRABAJO" mismo necesita tener conocimiento de la "información confidencial" que reconoce coloca o mantiene a “EL PRESTADOR” en una ventaja económica o competitiva frente a terceros en la realización de actividades económicas y que en el caso de que “EL CLIENTE” sea quien reciba dicha "información confidencial" de parte de “EL PRESTADOR” lo pone a su vez en ventaja económica o competitiva ante a terceros.
  4. Que es deseo de su representada celebrar y cumplir el presente contrato en los términos y condiciones del mismo. Una vez realizadas por ambas partes las declaraciones que preceden, convienen en otorgar las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- "EL CLIENTE”, cuando sea necesario, proporcionará a “EL PRESTADOR” la "información confidencial" que requiera para que la considere al desempeñar sus trabajos encomendados, en favor de “EL CLIENTE” relacionados con la factibilidad técnica, económica, comercial, jurídica y fiscal, entre otras, de llevar a cabo "EL TRABAJO" así como sobre "EL TRABAJO" mismo.

 

 

 

A partir de la fecha de celebración del presente contrato, ambas partes se obligan a no enajenarla, arrendarla, prestarla, grabarla, negociarla, revelarla, publicarla, enseñarla, darla a conocer, transmitirla o de alguna otra forma divulgarla o proporcionarla a cualquier persona física o moral, nacional o extranjera, pública o privada, por cualquier medio, aún cuando se trate de incluirla o entregarla en otros documentos como estudios, reportes, propuestas u ofertas, ni en todo ni en parte, por ningún motivo a terceras personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, presentes o futuras, que no hayan sido autorizadas previamente y por escrito por cualquiera de las partes que resultase responsable conforme a lo previsto en la cláusula segunda.

De igual forma, a partir de la fecha de celebración del presente contrato ambas partes se obligan; a no enajenarla, arrendarla, prestarla, grabarla, negociarla, revelarla, publicarla, enseñarla, darla a conocer, transmitirla o de alguna otra forma divulgarla o proporcionarla por cualquier medio, aún cuando se trate de incluirla o entregarla en otros documentos como estudios, reportes, propuestas u ofertas, ni en su totalidad ni en parte, por ningún motivo a sociedades de las cuales alguna de las partes  sea accionista, asesor, causahabiente, apoderado, consejero, comisario, tenedor de acciones y, en general, tenga alguna relación de índole cualquiera por sí o por terceras personas.

Así mismo, ambas partes convienen expresamente en que no podrán aprovechar o utilizar, en ningún caso, la "información confidencial" para sí o para fines propios.

La obligación de no enajenar, arrendar, prestar, grabar, negociar, revelar, publicar, enseñar, dar a conocer, transmitir o de alguna otra forma divulgar o proporcionar a cualquier persona física o moral, nacional o extranjera, pública o privada, presente o futura, por cualquier medio, incluyendo los indicados en el párrafo segundo de esta cláusula primera, la "información confidencial" prevista en este contrato se extiende a sus socios, consejeros, representantes legales, directivos, gerentes, asesores, dependientes y demás personas físicas o morales que guarden relación con alguna de las partes,  por lo que éste último se obliga a comprometer a las personas referidas en este párrafo al cumplimiento de este contrato y, de igual forma, a no referirse a la "información confidencial" en público ni en privado, independientemente de los fines de la exposición, ya sea cátedra, conferencia o cualquier otro medio, sin importar si dichas cátedras o conferencias o demás medios son o no pagados.

En virtud de lo anterior, queda entendido que ambas partes deben asegurarse que cada receptor de información mencionados en el párrafo que antecede se adhiera al compromiso de confidencialidad previsto en este contrato.

Las partes contratantes reconocen y convienen que toda la información relacionada con el subinciso V), inciso d) de las Declaraciones de “EL PRESTADOR” es en todo tiempo propiedad de “EL PRESTADOR” por lo que “EL CLIENTE” acuerda observar en este sentido lo dispuesto en el párrafo que antecede y, en general lo convenido en este instrumento.

 

“EL CLIENTE” podrá reclamar o solicitar se le devuelva la "información confidencial" en cualquier tiempo mediante solicitud formal hacia “EL PRESTADOR”.

“EL CLIENTE” deberá devolver, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que reciba el comunicado, los originales, copias y reproducciones de la "información confidencial" que tenga en su posesión así como la que esté en posesión de personas a las cuales la "información confidencial" les haya sido divulgada.

SEGUNDA.- ”EL CLIENTE” debe autorizar por escrito y previamente a “EL PRESTADOR” en caso de que sea deseo de “EL CLIENTE”, o necesidad de “EL PRESTADOR” divulgar todo o parte de la "información confidencial" a un tercero.

“EL CLIENTE” podrá negar la referida autorización sin expresar causa alguna.

Si “EL CLIENTE” otorga la autorización escrita firmará con el tercero para tal efecto, un contrato de confidencialidad previamente a que se proporcione toda o en parte cualquier "información confidencial" al tercero, para lo cual “EL CLIENTE” deberá cerciorarse antes de divulgar la "información confidencial" si efectivamente “EL PRESTADOR” y el tercero firmaron el correspondiente contrato de confidencialidad.

TERCERA.- ”EL CLIENTE” conviene en no celebrar con ninguna persona física o moral, nacional o extranjera, pública o privada, presente o futura, cualquier clase de acuerdo, convenio, contrato, negociación o asumir obligaciones que estén en conflicto con el presente convenio o que deriven o impliquen el incumplimiento del mismo.

CUARTA.- Los elementos específicos que se consideran como parte de la "información confidencial" definida anteriormente, se detallan en el "Anexo A" que se agrega a este convenio como parte integrante del mismo, el cual firman las partes de común acuerdo.

Asimismo, formará parte integrante de dicho "Anexo A" la "información confidencial" relacionada con el subinciso V), inciso d), de las Declaraciones de “EL PRESTADOR”, que se vaya integrando con posterioridad a la firma del mismo.

QUINTA.- En caso de que alguna de las partes incumpla con las obligaciones a su cargo, previstas en este instrumento, pagará a su contraparte una indemnización correspondiente a los daños y perjuicios que por este concepto se generasen, o bien, una pena convencional equivalente a la cantidad que tenga el costo del proyecto señalado en el contrato de prestación de servicios o cualquier tercero cesionario del referido contrato reclame a la parte que incurra en el incumplimiento como resultado del mismo para este convenio, además de las cantidades que se generen por concepto de gastos de abogados y del procedimiento judicial que o cualquier tercero cesionario del contrato de prestación de servicios entable en contra de la

 

parte que incumple, así como los gastos de abogados y del procedimiento judicial que se tenga que promover en contra de la misma.

SEXTA.- La vigencia del presente convenio será de _____ años contados a partir de la fecha de firma del mismo.

SEPTIMA.- En caso de que una o más de las disposiciones contenidas en este contrato sea, por cualquier razón, inválida, ilegal o no pueda ejercitarse en cualquier aspecto, tal invalidez o ilegalidad no afectará cualquier otra disposición aquí prevista y este contrato será interpretado como si tal disposición inválida o ilegal nunca hubiera sido incluida.

OCTAVA.- El presente contrato solo puede ser modificado mediante convenio por escrito suscrito por todas las partes contratantes.

NOVENA.- Todo aviso o notificación que deban hacerse las partes respecto del presente contrato se realizará vía correo electrónico o por escrito a los siguientes domicilios:

“EL PRESTADOR”: Plaza San José, L-5, Blvd. Insurgentes 16701, Col. El Porvenir. Tijuana B.C.     C.P. 22224

“EL CLIENTE”: (dirección)

Asimismo, si por cualquier causa alguna de las partes contratantes cambia su domicilio, la parte que sufra el cambio deberá notificarlo con una anticipación de cinco días naturales a la fecha en que ocurra el cambio, de lo contrario las notificaciones hechas al anterior domicilio surtirán todos sus efectos.

DECIMA.- Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para la resolución de cualquier controversia relacionada con el mismo las partes convienen en que se apliquen las cláusulas de este contrato y las leyes aplicables en el estado de Baja California, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por cualquier causa pudiere corresponderles.

DECIMA PRIMERA.- Las partes reconocen y aceptan que las presentes declaraciones y cláusulas contenidas en este convenio dejan sin efecto cualquier acuerdo o negociación sostenido por ellas previamente, prevaleciendo lo dispuesto en este instrumento respecto de cualquier otro acuerdo anterior.

 

 

 

 

 

Leído que fue en todas sus partes el contenido del presente contrato y conociendo las partes contratantes el alcance de todas las declaraciones y cláusulas lo suscriben por duplicado en la ciudad de ___________, Estado de ____________ a ______________ de ____________de ____________.