Prueba pericial en incendio dictamen en criminalistica

“(...) Ahora bien, en caso de que la prueba pericial en incendio sea admitida a la parte demandada, de forma ad cautelam se designa como perito de nuestra parte al Dr. ****** ****** ******* ********, quien cuenta con cédula profesional *******, y tiene su domicilio en calle ******** ***** ******* ***************** ** **** ****** ** ********* ******* , así mismose amplía el cuestionario de la prueba pericial con las siguientes preguntas:
Se indica a los peritos que el domicilio de la parte actora es el ubicado en ******** ** ******* ****************** ** ******** *************** ************* **** (sic), Mazatlán, Sinaloa.
1.- Que indique el perito el lugar del siniestro de conformidad con el plano catastral del municipio de Mazatlán, Sinaloa.
2.- Que confirme si el siniestro sucedió en *****

** *** *************** ****** ******* **** ******** ***
******* *** **** *** *** ***** ********* ** *********Sinaloa).

3.- Tomando en cuenta el domicilio del actor, que indique a qué distancia se encontraba el lugar del siniestro del domicilio del accionante.
4.- Que diga si influye en la corrosión de los restos del vehículo el hecho de que se encuentra a la intemperie y el clima de la ciudad de Mazatlán.
5.- Que diga si es posible determinar en base a los restos del vehículo si éste se siniestró de forma accidental/imprevista o provocada.
6.- Que indique las técnicas y materiales que se utilizan para determinar si un incendio fue de forma accidental/imprevista o provocada.
7.- Que diga el perito la razón de su dicho.”. (Fojas 298-299).
14. El dictamen pericial de especialista de la parte demandada se aprecia a fojas 352-370, en el que se precisaron las siguientes conclusiones:
CONCLUSIÓN EN LABORATORIO DE CRIMINALÍSTICA FORENSE.- Se determina que presenta la unidad asegurada en las muestras tomadas en el interior de la misma, siendo en la zona de foco incendiario, se encontraron la exposición directa en sus materiales de los siguientes químicos:


 RECINA
 ACETONA
 METILETILCETONA HEXANO
 BUTANO
 ISOBUTANO
 PROPANO

CONCLUSIONES Y OBSERVACIONES.- De lo anteriormente expuesto y analizado en el presente dictamen pericial en materia de incendio y explosivos, se determinan los siguientes puntos de consideración:
PRIMERO.- La unidad asegurada presenta daño por exposición a sistema incendiario en el 96% de su estructura.
SEGUNDO.- La unidad asegurada presentacomo “foco incendiario” tres zonas siendo la primera lazona de los asientos delanteros, segunda zona parte media del piso entre los asientos delanteros y asientos traseros, tercera zona en los asientos traseros, esto debido a la mayor concentración de sistema de oxidación en sus materiales por la intensa exposición a sistema calorífico.
TERCERO.- Se verificó la zona del motor en la cual presenta daño estructural pero únicamente por la exposición a calor incendiario que proviene del interior de la cabina de la unidad asegurada y que se analiza.
CUARTO.- Se verificó el sistema eléctrico de la unidad asegurada, tanto en la zona de motor, como en el interior de la cabina en la zona de controles, en los cuales se observa que presentan el cableado su coloración en cobre siendo éste debido a que su exposición al calor fue del exterior a su interior, por lo que se acredita que el funcionamiento eléctrico y electrónico se encontraba en óptimas condiciones de uso y no fue el iniciador del presente evento de incendio que se analiza.
QUINTO.- En el rastreo de muestras carbonizadas en el interior de la unidad asegurada encontramos dos envases de metal, tipo cilíndricos, propio de aerosoles.
SEXTO.- En el lugar de los hechos se localizó también otro envase tipo cilíndrico de la marca********” siendo éste un aerosol de pintura para interior de secado rápido.
SÉPTIMO.- Del resultado de las muestras tomadas de material carbonizado ubicado en las zonas de foco incendiarios, las cuales fueron embaladas y en cadena de custodia llevadas a laboratorio en materia de criminalística, se determinó que se encuentran afectadas por la exposición directa de los materiales tales como resina, acetona, metiletilcetona, hexano, butano, isobutano, propano, siendo estos elementos químicos un alto contenido volátil muy propio como utilización de iniciador y propagador de incendio.
OCTAVO.- Se acredita que mediante la utilización de acelerantes e iniciador de incendio tales como resina, acetona, metiletilcetona, hexano, butano, isobutano, propano, expuesto en forma directa y deliberada en la zona de focos incendiarios ubicados en la estructura de la unidad vehicular analizada, se acredita que el presente incendio es iniciado por FACTOR HUMANO. (...)”. (Fojas 368-370).

15. El perito de la parte actora presentó su dictamen el siete de mayo de dos mil trece, cuya parte de interés, dice:
“VIII.- CONCLUSIONES
1.- Determinar sí o no cumple bajo los protocolos de investigación y su sustento científico, “Químico Forense en el PERITAJE DE INCENDIOS REALIZADO A LA UNIDAD ASEGURADA con número de siniestro exp.
, sin fecha de elaboración y sin el apartado
de “A QUIEN” se dirige esta documental. Compuesta por 19 (diecinueve fojas), firmado por EL LIC. ****** ****** ******* ******
A) No cumple la formalidad científica en aplicar el objetivo material bajo el estudio criminalística sistemático, exacto, verificable y por consiguiente falible bajo los protocolos de investigación del lugar del siniestro, tipo incendio de vehículo”.
b) No cumple la formalidad protocolaria y la ética, ya que asevera y determina que sus resultados fueron bajo pruebas de laboratorio; utilizando métodos cromatografía, gaseosa, acoplada a espectrometría de masas. Y eso es falso, ya que simuló que los elementos bajo los siguientes valores considerativos “límites de inflamación encontrados en tabla y manuales de propiedades físico-químico se han obtenido en condiciones ambientales de temperatura y presión. Respecto a otras condiciones se puede establecer los siguientes límites: se obtuvo y se acopló como una prueba obtenida de equipo copio de la página web: http/www.jmcprl.net/ntps/@datos/ntp _379.htm y no de métodos cromatografía gaseosa, acoplada a espectrometría de masas.
c) No cumple y no determina qué tipo de sustancias se obtiene de las muestras recolectadas en el interior del vehículo”, ya que no determinan el método de recolección y no existe un resultado documental del químico forense, con su nombre y cédula anexando una gráfica que determine la existencia de resina, ACETONA, METILETILCETONA, HEXANO, BUTANO, ISOBUTANO, PROPANO Y BAJO QUÉ MÉTODO UTILIZÓ para determinar tal existencia de estos elementos.
d) No cumple y no hay muestras, ni fotos que determinen que “el perito forense debió de concentrar la pequeña cantidad de muestra, mediante la adsorción del residuo de acelerante en tiras de carbono activado, luego este concentrado es diluido desde el carbón activado disolviendo en solvente adecuado como lo señala en su descripción del peritaje.
e) No cumple con los métodos para la investigación de un hecho y su recolección para ser analizados en un laboratorio y como su resguardo. Y en emitir un resultado químico forense en base a su método y gráfico que determina la existencia.
f) Considerando tal dictamen, carece del protocolo del manejo de la escena del hecho, carente de documentales y bitácora del arribo, hora y lugar, ni fotos, donde indicaría el momento, lugar y hora del arribo del hecho, ya que su ausencia de todo ello, carece de toda legitimación, al no exhibir tomas fotográficas de indicios en lugar localizada (sic), este hecho significa manipulación de la escena de lugar, con ello se rompe el protocolo de la investigación, lo que se alteró la escena del hecho, como las tomas fotográficas de corto y larga distancia del vehículo, en el lugar del siniestro, no existe, solamente existen fotos del vehículo en el lugar que fue resguardado, y eso indica que está contaminada la escena y el vehículo con todos sus componentes externos e internos y asimismo no existe fijación de muestras dactilares de los frascos encontrados para determinar una posible impresión dactilar, para su comparación y así evitar especulación o hipótesis falsas.
g) No cumple los métodos de investigación criminalística bajo sus métodos y principios: fijación, recolección, embalaje, planimetría del lugar y todo aquello que tenga que ver con hipótesis de un incendio provocado no hay un sustento científico para determinar acción humana, lo que se obtiene bajo este manejo erróneo del perito o las personas que acudieron al lugar donde está depositado el carro, no es concluyente y alto grado de error en el desarrollo del dictamen, sus resultados del estudio, son especulativos e hipotéticos, sin sustento científico y además no cumplen los requerimientos científicos de una pericial.”. (Fojas 394- 395). 21. Así, el especialista de la parte actora,
presentó otro dictamen, en el que expuso lo siguiente:
“(...) RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS DE LA PARTE ACTORA.-
a).- SÍ PRESENTA DAÑO ESTRUCTURAL DERIVADO DE LA EXPOSICIÓN AL FUEGO DERIVADO DEL INCENDIO QUE LO CONSUMIÓ, Y ESTE DAÑO OCASIONADO ES DEL 100%, YA QUE LA UNIDAD EN SÍ NO PUEDE VOLVER A FUNCIONAR COMO VEHÍCULO.
b).- EL VEHÍCULO PRESENTA COMO ZONA DE FOCO INCENDIARIA EL MOTOR DEL VEHÍCULO, PROPAGÁNDOSE A LA CABINA Y ASIENTOS DEL MISMO.
c) .- DESPUÉS DEL ANÁLISIS DEL GENERADOS (SIC) DE ENERGÍA SE OBTUVO QUE DEL MISMO SE DESPRENDIÓ EL INCENDIO EN RAZÓN DE QUE EL INCENDIO INICIÓ DEL MOTOR HACÍA LA CABINA.
d).- SE LOCALIZÓ UN ENVASE DE METAL QUE ERA UN DESPONCHA LLANTAS, QUE DE ACUERDO A LA INFORMACIÓN QUE EXISTE EN EL EXPEDIENTE, CORRESPONDE AL DESPONCHA LLANTAS QUE HIZO ENTREGA LA AGENCIA DE AUTOS QUE VENDIÓ EL VEHÍCULO A SU PROPIETARIO.
e).- EL INCENDIO NO FUE PROVOCADO POR FACTOR HUMANO, DERIVADO DEL ANÁLISIS DE LOS VESTIGIOS QUE QUEDARON EN LA ESCENA DEL SINIESTRO. AHORA BIEN, MEDIANTE AUTO DE FECHA DE 06 DE ABRIL DE 2017, SE REQUIRIÓ PORQUE SEDIERA RESPUESTA A LA AMPLIACIÓN DEL DICTAMEN EMITIDO POR LA PARTE ACTORA, EL CUAL CONSTA DE LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:
(...)
4. QUE DIGA SI INFLUYE EN LA CORROSIÓN DE LOS RESTOS DEL VEHÍCULO POR EL HECHO DE QUE SE ENCUENTRE A LA INTEMPERIE Y POR EL CLIMA DE LA CIUDAD DE MAZATLÁN.
RESPUESTA: SÍ INFLUYE, POR LAS SIGUIENTES RAZONES.
a).- LA CIUDAD ESTÁ SITUADA AL LADO DEL MAR (CON MUCHA HUMEDAD Y SALITRE EN EL AMBIENTE) TIENE UN CLIMA BENIGNO, CUANDO CALIENTA MUCHO EL SOL Y LA ATMÓSFERA RECIBE MUCHA ENERGÍA, EL AGUA ATMOSFÉRICA LA ABSORBE SIN ELEVAR MUCHO SU TEMPERATURA. POR LA NOCHE PIERDE MUCHO CALOR, PERO TAMPOCO DESCIENDE DEMASIADO LA TEMPERATURA.
b).- AL MOMENTO DE REALIZAR SU INVESTIGACIÓN POR PARTE DE LA ASEGURADORA, TRANSCURRIERON VARIOS DÍAS, HACIENDO CON ESTO QUE EL VEHÍCULO SUFRIERA MODIFICACIONES POR EL SÓLO TRANSCURSO DEL TIEMPO AL ESTAR SUJETO AL CLIMA CALUROSO Y SALITROSO DE LA CIUDAD DE MAZATLÁN, SINALOA, HACIENDO CON ESTO QUE LOS MATERIALES DE LA UNIDAD SE ALTERAN POR LA SOLA EXPOSICIÓN AL CLIMA SIN ESTAR PROTEGIDA LA UNIDAD.
LA OXIDACIÓN DE LOS RESTOS DEL VEHÍCULO SE ENCUENTRAN ALTERADOS O CONTAMINADOS, EN SU CASO MODIFICADO A LOS OCURRIDOS DE MANERA ORIGINAL, CUANDO SE GENERÓ EL SINIESTRO, TODA VEZ QUE DESDE LA FECHA EN QUE SUCEDIÓ EL SINIESTRO (3 DE JUNIO DEL 2011), A LA FECHA QUE SE ELABORÓ EL DICTAMEN, TRANSCURRIERON MÁS DE 20 MESES, LO QUE SIN DUDA, POR EL SIMPLE AMBIENTE ATMOSFÉRICO DE LA CIUDAD DE MAZATLÁN, SE TIENE SIN DUDA ALGUNA, QUE LOS RESTOS DEL VEHÍCULO SE ENCUENTRAN CONTAMINADOS Y ALTERADOS POR EL SIMPLE CLIMA AMBIENTAL DE DICHA CIUDAD PORTUARIA, QUE ES CALUROSO Y SALITROSO, CON LO CUAL SÍ SE INFLUYE EN LA CORROSIÓN DEL VEHÍCULO EL CLIMA DAÑINO DE MAZATLÁN PARA LA VIDA Y CONSERVACIÓN DE LOS METALES COMO LOS DEL AUTO OBJETO DEL PRESENTE JUICIO.
5. QUE DIGA SI ES POSIBLE DETERMINAR EN BASE A LOS RESTOS DEL VEHÍCULO SI ESTE SINIESTRO DE FORMA ACCIDENTAL, IMPREVISTA O PROVOCADA:
RESPUESTA: SÍ ES POSIBLE, POR LAS SIGUIENTES RAZONES:
A) CUMPLIÉNDOSE LOS PROTOCOLOS DE RECOLECCIÓN DE EVIDENCIAS FÍSICAS, QUÍMICAS, MATERIALES (EN EL CASO QUE NOS OCUPA Y ADEMÁS FOTOGRAFÍAS DOCUMENTALES QUE ILUSTRAN EL DÍA EN QUE OCURRIÓ EL SINIESTRO, DE LA MISMA MANERA LA RECOLECCIÓN DE MUESTRAS Y FIJACIÓN PARA SU RECOLECCIÓN Y MANEJO DE EVIDENCIA Y SU PROPIA CADENA DE CUSTODIA), MISMA QUE NO FUE OBSERVADA, NI POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, NI POR LA ASEGURADORA DEMANDADA, NO HAY ELEMENTOS PARA DETERMINAR QUE EL SINIESTRO HAYA SIDO PROVOCADO FÍSICA Y QUÍMICAS, (Sic) Y SUMINISTRARLAS A LOS MÉTODOS DE DETECCIÓN DE SUSTANCIAS MOLECULARES.
B) CONSIDERACIÓN: TODOS LOS VEHÍCULOS DE ALTA TECNOLOGÍA, SON CAUSALES DE ALTO CALENTAMIENTO EN SU SISTEMA DE CONDUCTORES ELÉCTRICOS Y GENERADORES DE FUENTE DE ENERGÍA.
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C) EN EL CASO QUE NOS OCUPA NO EVIDENCIA FÍSICA, MATERIAL O PRESUNCIONAL QUE NOS LLEVE A LA CONCLUSIÓN DE QUE EL INCENDIO OCURRIDO AL VEHÍCULO
ASEGURADO FUE PROVOCADO.
6.- QUE INDIQUE LAS TÉCNICAS Y MATERIALES QUE SE UTILIZAN PARA DETERMINAR SI UN INCENDIO FUE DE FORMA ACCIDENTAL, IMPREVISTA O PROVOCADA.
RESPUESTA.- ME REMITO A LAS RESPUESTAS DADAS EN ESE SENTIDO Y QUE CONSTAN EN EL DICTAMEN ELABORADO POR EL SUSCRITO Y QUE OBRAN EN LAS FOJAS 371 A 395.
7.- QUE DIGA EL PERITO LA RAZÓN DE SU DICHO:
RESPECTA.- ME REMITO AL DICTAMEN RENDIDO POR EL SUSCRITO VISIBLE A FOJAS 371 A 395, DEL EXPEDIENTE QUE NOS OCUPA.
A MANERA DE CONCLUSIÓN, SE DETERMINA QUE NO EXISTE FORMA DE ACREDITAR QUE EL INCENDIO DEL VEHÍCULO OBJETO DE LA PRESENTE LITIS, FUE PROVOCADO, EN CONSECUENCIA SE CONCLUYE, QUE EL INCENDIO FUE GENERADO DE MANERA IMPREVISTA, POR CAUSAS AJENAS AL ASEGURADO.”. (Fojas 572-576).
22. Respecto al perito de la parte demandada, presentó su respectivo segundo dictamen, del que se desprende lo siguiente:
“(...) CONCLUSIONES Y OBSERVACIONES. De lo anteriormente expuesto y analizado en el presente dictamen pericial en materia de incendio y explosivos, se determinan los siguientes puntos de consideración:
CONCLUSIONES DE PLANTEAMIENTO GENERAL:
PRIMERO.- La unidad asegurada presenta daño por exposición a sistema incendiario en el 96% de su estructura.
SEGUNDO.- La unidad asegurada presenta como “foco incendiario” tres zonas siendo la primera lazona de los asientos delanteros, segunda zona parte media del piso entre los asientos delanteros y asientos traseros, tercera zona en los asientos traseros, esto debido a la mayor concentración de sistema de oxidación en sus materiales por la intensa exposición a sistema calorífico.
TERCERO.- Se verificó la zona del motor en la cual presenta daño estructural pero únicamente por la exposición a calor incendiario que proviene del interior de la cabina de la unidad asegurada y que se analiza.
CUARTO.- Se verificó el sistema eléctrico de la unidad asegurada, tanto en la zona del motor, como en el interior de la cabina en la zona de controles, en los cuales se observa que presentan el cableado su coloración en cobre siendo éste debido a que su exposición al calor fue del exterior a su interior, por lo que se acredita que el funcionamiento eléctrico y electrónico se encontraba en óptimas condiciones de uso y no fue el iniciador del presente evento de incendio que se analiza.
QUINTO.- En el rastreo de muestras carbonizadas en el interior de la unidad asegurada encontramos dos envases de metal, tipo cilíndrico, propios de aerosoles.
SEXTO.- En el lugar de los hechos se localizó también otro envase tipo cilíndrico de la marca“AMERICAN” siendo éste un aerosol de pintura parainterior de secado rápido.
SÉPTIMO.- Del resultado de las muestras tomadas de material carbonizado ubicado en las zonas de foco incendiarios, las cuales fueron embaladas y en cadena de custodia llevadas a laboratorio en materia de criminalística, se determinó que se encuentran afectadas por la exposición directa de los materiales tales como resina, acetona, metiletilcetona, hexano, butano, isobutano, propano, siendo estos elementos químicos un alto contenido volátil muy propio como utilización de iniciador y propagador de incendio.
OCTAVO.- Se acredita que mediante la utilización de acelerantes e iniciador de incendio tales como resina, acetona, metiletilcetona, hexano, butano, isobutano, propano, expuesto en forma directa y deliberada en la zona de focos incendiarios ubicados en la estructura de la unidad vehicular analizada, se acredita que el presente incendio es iniciado por FACTOR HUMANO.
CONCLUSIONES DE PLANTEAMIENTO PARTICULAR EN CUESTIONAMIENTO PROPUESTO POR LA PARTE ACTORA:
(...)
4.- Que diga si influye en la corrosión de los restos del vehículo el hecho a que se encuentra a la intemperie y el clima de la ciudad de Mazatlán.
RESPUESTA.- La corrosión que se observa en la estructura de la unidad asegurada se debe al sistema de incendio calorífico que fue expuesto la unidad que se analizó, debido a que este sistema de incendio produce oxidación en su metal y en sus componentes, al momento de la verificación de daños y análisis de los mismos, la oxidación estaba presente en su metal peri (sic) es a consecuencia de la exposición de sistema de incendio y no por la corrosión del clima del lugar.
5.- Que diga si es posible determinar en base a los restos del vehículo si éste se siniestró de forma accidental/imprevista o provocada.
RESPUESTA: Sí es posible determinar en base a los restos del vehículo si éste se siniestró en sistema de incendio de forma accidental y provocada, ya que en un incendio que se inicia de manera accidental, el foco de incendio o inicio de incendio ocurre en un solo lugar y se propaga al resto de la unidad vehicular, en este caso en particular el incendio o foco incendiario se inicia en diversos puntos del interior de la unidad que se analizó, por lo que se acredita que fue de manera intencional el hecho de iniciar el evento de incendio sobre la estructura de la unidad que se sometió a análisis.
6.- Que indique las técnicas y materiales que se utilizan para determinar si un incendio fue de forma accidental/imprevista o provocada.
RESPUESTA: Las técnicas para determinar si un incendio se inicia en una unidad vehicular se realiza en primer término en búsqueda y análisis del grado en que fue afectado dicho vehículo en su estructura, así mismo se observa el lugar de concentración de sistema calorífico afectado en dicha estructura, observando daño estructural en demasía, oxidación estructural en demasía, horizontes de incendio formados y plasmados en la estructura de la unidad vehicular, análisis y verificación de sistemas eléctricos y electrónicos, concentraciones y generadores de energía eléctrica, conductores y distribuidores de sistemas eléctricos, análisis y fuga de materiales volátiles utilizados en el sistema de propulsión propia de la unidad, como lo es gasolina, aceite volátiles, mezcla de aceite y gasolina como falla en sus conductores de gasolina, así como falla en el sistema del motor, calentamiento por fricción en rodamiento de unidad vehicular, posibles impactos de colisión o volcadura de la unidad vehicular que se analiza. Respecto al análisis químico mediante la Cromatografía de cuyo proceso es el siguiente: Para entender más ampliamente la Cromatografía es importante mencionar que dicho sistema se emplea desde 1906, descubierto por el Botánico Ruso Mikhail Semenovich Tsweet, y es un método físico de separación para la caracterización de mezclas complejas, la cual tiene aplicación en todas las ramas de la ciencia. Es un conjunto de técnicas basadas en el principio de retención selectiva, cuyo objetivo es separar los distintos componentes de una mezcla, permitiendo identificar y determinar las cantidades de dichos componentes, la Cromatografía proviene del griego que indica “Cromos” que significa color y “Grafos”que significa escritura, por lo que indica que dependiendo del color significa el material utilizado y aplicado en un plano. Para el estudio Cromatográfico se toman muestra de material carbonizado ubicado en las zonas de foco incendiario o inicio del incendio, tomando en consideración y bajo la norma física general en la que se basa en la norma “Que la materia no se destruye sólo se transforma”, es por ello que las moléculas de cualquier cuerpo que fue sometido a altos índices de calor producidos por incendio sus iones negativos e iones positivos se modifican, es por ello que esas muestras se someten al material químico de Peróxido de hidrógeno comercialmente conocido como Agua Oxigenada por ser altamente polar y devuelve a sus moléculas a su estado original, con los elementos de muestra y se reposa en tiras de carbón activado para su absorción, se produce calor entre 190 a 210 grados centígrados, y el color desprendido de las muestras indican el material utilizado, principalmente líquidos.
7.- Que diga el perito la razón de su dicho.
RESPUESTA: La razón de mi dicho es en todos y cada uno de los estudios en materia de Criminalística y mi experiencia en estudio de incendio y explosivos por más de 20 años(...)”.(Fojas 597-602).