IMPROCEDENCIA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SE ACTUALIZA CUANDO EL ACTOR MANIFIESTA DESCONOCER LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y LA AUTORIDAD, AL CONTESTAR LA DEMANDA, NIEGA SU EXISTENCIA.

Época: Décima Época 
Registro: 2021573 
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito 
Tipo de Tesis: Aislada 
Fuente: Semanario Judicial de la Federación 
Publicación: viernes 07 de febrero de 2020 10:09 h 
Materia(s): (Administrativa) 
Tesis: II.2o.A.8 A (10a.) 

IMPROCEDENCIA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SE ACTUALIZA CUANDO EL ACTOR MANIFIESTA DESCONOCER LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA Y LA AUTORIDAD, AL CONTESTAR LA DEMANDA, NIEGA SU EXISTENCIA.

El artículo 16, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establece que cuando el actor niega conocer el acto impugnado, porque no le fue notificado o lo fue ilegalmente, debe expresarlo en su demanda y señalar la autoridad a quien se lo atribuye, lo que genera la obligación a cargo de ésta de exhibir, al contestar la demanda, la constancia del acto administrativo de que se trate y de su notificación, para que aquél tenga la oportunidad de impugnarlos en ampliación de la demanda. No obstante, cuando la autoridad demandada niega la existencia de la resolución controvertida, no le es exigible que la aporte, porque la hipótesis normativa citada parte del hecho de que efectivamente existe y la demandada así lo reconoce; de ahí que ante esa negativa, el promovente debe aportar datos o pruebas para demostrar lo contrario. Por tanto, si no hay evidencia en autos que desvirtúe la negativa de la autoridad, se actualizan las causales de improcedencia y sobreseimiento previstas, respectivamente, en los artículos 8o., fracción XI y 9o., fracción II, de la ley mencionada.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 497/2017. Control ML, S.C. 7 de septiembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Mónica Alejandra Soto Bueno. Secretaria: Liliana Bueno Casales.

Amparo directo 311/2017. Control ML, S.C. 29 de septiembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Mónica Alejandra Soto Bueno. Secretaria: Liliana Bueno Casales.

Amparo directo 517/2017. Control ML, S.C. 12 de enero de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Mónica Alejandra Soto Bueno. Secretaria: Liliana Bueno Casales.

Amparo directo 309/2019. Recursos Interactivos La Moderna, S.A. de C.V. 12 de septiembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Mónica Alejandra Soto Bueno. Secretaria: Liliana Bueno Casales.

Esta tesis se publicó el viernes 07 de febrero de 2020 a las 10:09 horas en el Semanario Judicial de la Federación.