Si bien la Medicina legal posee una doctrina con contenido metodológico y técnico propio, ésta necesita relacionarse con otras ciencias, de las que sigue su evolución y progreso, para ir apropiándose de todos aquellos elementos que en algún momento le permitan resolver un problema jurídico. De todas estas relaciones, las más importantes son las que establece con la medicina en general y las diversas especialidades médicas, seguidas por las que mantiene con el derecho y, finalmente, con las ciencias físico-químicas.
Por lo que se refiere a la medicina, establece relaciones con todas las especialidades médicas y muy especialmente con la Patología general, la Anatomía patológica, la Traumatología, la Obstetricia y Ginecología, la Psiquiatría y psicología, entre otras muchas, por lo que estas especialidades son propias de la especialidad de la medicina Legal y Forense.
Por su propia naturaleza, se relaciona la medicina legal con el Derecho, relación que tiene una doble vertiente: por un lado, de carácter general, apropiándose de la mentalidad jurídica, que es la única manera de proporcionar elementos periciales útiles a la justicia; y de carácter especial, por otro lado, a fin de conocer en cada caso la específica naturaleza del problema jurídico para el que se precisa su auxilio, único modo de orientar, en el sentido más práctico, de la intervención del médico Forense.
Como decía el profesor Piga Pascual, si una peritación se hace “por algo y para algo”, nunca se debe ignorar el “por qué”, ya que de él depende el “cómo” de nuestras actuaciones.
Finalmente, la técnica médico-legal se relaciona de modo íntimo con las ciencias físico-químicas y naturales. La química le es imprescindible en la investigación de manchas, polvos y cenizas y, sobre todo, en la investigación toxicológica y criminalística.
También se relaciona con la física, aprovechando de estas técnicas tales como: la fluorescencia, la espectroscopia, la electroforesis, cromatografía, etc.; con la biología; con la botánica, y con la zoología entre otros.