Ciudad de México a quince de noviembre de dos mil dieciocho.-
- - - Téngase por hecha la certificación que antecede para los efectos legales a que haya lugar.-
Se tiene a OSCAR RAMÍREZ MOO interponiendo el RECURSO DE QUEJA en contra del auto dictado el día ocho de noviembre de dos mil dieciocho; mismo que se admite a trámite con fundamento en lo dispuesto por los artículos 723 fracción III y 725 del Código de Procedimientos Civiles, en consecuencia dentro del término de CINCO DÍAS otorgado por el último precepto normativo, ríndase el respectivo INFORME CON JUSTIFICACIÓN debiéndose remitir a la H. SALA FAMILIARque corresponda de este H. Tribunal, acompañado de las copias certificadas de las constancias que se estimen conducentes.- Asimismo remítase el cuaderno original del presente recurso de queja, para su debida substanciación.- NOTIFÍQUESE.