ESCRITO DESAHOGANDO PREVENCION EN AMPARO INDIRECTO

XXX, S.A. DE C.V.

CONTRA

DIRECTOR GENERAL DE ORDENAMIENTO E IMPACTO AMBIENTAL DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO Y OTRAS.

JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.

EXPEDIENTE: XXX/2018-VI.



C. JUEZ DÉCIMO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ.
P R E S E N T E.


XXX, en mi carácter de Apoderado Legal de la sociedad Quejosa denominada XXX, S.A. DE C.V., personalidad que tengo reconocida en el acuerdo de fecha 14 de agosto de 2018, dictado en el Juicio de Amparo referido en el proemio del presente escrito, con el debido respeto comparezco para exponer:


Que mediante el proveído de fecha 14 de agosto del presente año, notificado a mi representada el pasado 15 del mismo mes y año, ese H. Juzgado de Distrito requirió a la Quejosa los siguientes puntos:


a)     Señale si el domicilio sobre el que se encuentra la construcción de cuarenta y seis casas habitación, es decir, el ubicado en: Lote 9, Manzana XI, Fraccionamiento de tipo residencial Campestre denominado "XXX", Atizapán de Zaragoza, Estado de México, es el mismo o coincidente con el que aparece en la orden de visita de inspección número: PROPAEM/XXX/2018, así como en el acta de visita correspondiente, a saber, el sito en: Boulevard Valle Escondido, sin número, Colonia Calacoaya (entre cerrada de la Cruz Calacoaya y Colegio Cedros Norte), Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.


b)    Referente al hecho marcado con el arábigo 5) de su demanda, manifieste si es que en el mismo únicamente se quiso precisar que el trece de noviembre de dos mil quince se le trasmitió un fideicomiso, entendiéndose este último como el que señala en el diverso antecedente identificado como 1), o bien, se trata de diversa idea inconclusa.


c)     Remitir réplicas del escrito aclaratorio para correr traslado a las partes, en términos de lo establecido en el artículo 110 de la Ley de Amparo.


Ahora bien, a través del presente ocurso y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, se procede a desahogar lo requerido por ese Juzgado, de la siguiente manera:



1)    Por lo que hace a lo referido en el inciso a), se manifiesta que, el domicilio donde se encuentra la construcción de cuarenta y seis viviendas, es el mismo y es coincidente con el que se señala en la Orden de Inspección Número: PROPAEM/XXX/2018, de fecha 31 de julio de 2018, y en el Acta de Visita de Inspección No. PROPAEM/XXX/2018, diligenciada ese mismo día. Es importante precisar que, el domicilio ubicado como Lote 9, Manzana XI, del Fraccionamiento de tipo residencial campestre denominado “XXX”, corresponde a la identificación del lote en el plano de autorización del fraccionamiento, en tanto que el domicilio establecido en el Acta de Visita de Inspección y Orden de Visita de Inspección corresponde a la nomenclatura oficial asignada por el municipio, pero se reitera que se trata del mismo predio.



2)    Con relación a lo requerido en el punto b), se manifiesta que, se trata de una idea inconclusa y ajena a la secuencia de los antecedentes, pues la narrativa sobre la aportación del Lote 9 de la Manzana XI, del Fraccionamiento “XXX”, al Fideicomiso de Administración Inmobiliaria Número F/1584, que consta en la escritura número 54,183, de fecha 13 de noviembre de 2015, está incorporada en el antecedente 1), del escrito inicial de demanda, por lo que, lo descrito en el antecedente identificado como 5), no debe tomarse en cuenta, al no referirse a un hecho distinto al consignado en el arábigo 1).



3)      De conformidad con lo requerido, se exhiben 9 juegos de copias del presente ocurso para su traslado a las partes del presente juicio, de acuerdo a lo requerido a foja 4 del proveído de referencia.


Por lo anterior, se solicita a ese H. Juzgado de Distrito, tenga por desahogados todos y cada uno de los puntos contenidos en el proveído de fecha 14 de agosto del presente año, dejando sin efecto el apercibimiento decretado en éste y se admita a trámite la demanda de garantías.


POR LO EXPUESTO Y FUNDADO, A USTED C. JUEZ DE DISTRITO, ATENTAMENTE SOLICITO SE SIRVA:


PRIMERO.- Tenerme por presentado con el carácter con el que me ostento, desahogando en tiempo y forma la prevención dictada por ese H. Juzgado, a través del proveído de fecha 14 de agosto de 2018.



SEGUNDO.- Dejar sin efectos el apercibimiento decretado en el acuerdo referido en el punto que antecede.



TERCERO.- Tener por exhibidas las copias del presente ocurso que también fueron requeridas a través del acuerdo de fecha 14 de agosto de 2018.



CUARTO.- Se realice la certificación y compulsa del presente ocurso, sobre las copias fotostáticas simples que para tal efecto se acompañan, con la finalidad de que obre en el incidente de suspensión.



QUINTO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 278 y 279 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, autorizar la expedición a costa de la quejosa, de copia certificada del proveído que recaiga a la presentación del presente libelo, tanto en el cuaderno principal como en el incidental, por así convenir al interés de mi representada.



SEXTO.- Conceder la suspensión provisional solicitada para los efectos indicados y, en su oportunidad, otorgar la suspensión definitiva.



SÉPTIMO.- Señalar fecha y hora para que tenga verificativo la Audiencia Constitucional, al tiempo que se emplace a las autoridades responsables para que rindan su informe con justificación en la forma y plazo señalados por la Ley, además de seguir el juicio en todos sus trámites legales y, en el momento procesal oportuno, conceder el Amparo y Protección de la Justicia Federal en los términos solicitados.





PROTESTO LO NECESARIO
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a 15 de agosto de 2018.




XXX
Apoderado Legal de XXX, S.A. DE C.V.