ACUERDO JUICIO INTESTAMENTARIO

OF. NO. 1964/2008.- EXP. NO. 91/1997.- ASUNTO: EL QUE SE INDICA.- C. LICENCIADO HUGO URIBE VÁZQUEZ.-  NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 69.- DE GUADALAJARA, JALISCO. P R E S E N T E:.- En los autos del Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de: JUAN XXX XXX denunciado por MARÍA DEL CARMEN GRACIELA XXX XXX Y SOCIOS, cuyo número de expediente se encuentra debidamente anotado al margen superior derecho, se ordeno girar a Usted atento oficio como tengo el honor de hacerlo, a efecto de que lleve a cabo la protocolización de los bienes que formen el haber hereditario y expida la escritura correspondiente, para ello le acompaño un legajo de copias fotostáticas certificadas de las constancias necesarias así como, un legajo de copias certificadas del testimonio numero 5137 y una certificación de la dirección de catastro.- Lo anterior se hace de su conocimiento para los efectos legales a que hubiere lugar.- A T E N T A M E N T E .- “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION”.- GUADALAJARA, JALISCO, 17 DE ABRIL DEL 2008.- LA C. JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- LIC. EDUVIGES XXX XXX.- Una firma ilegible.-

JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO.- P R E S EN T E:.- MARÍA DEL CARMEN GRACIELA, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTIN, FABIÁN y FRANCISCO INOCENCIO de apellidos XXX XXX, Mexicanos, mayores de edad, dedicadas a las labores del hogar las tres primeras, y el resto de los comparecientes comerciantes, designando en los términos del artículo 42 del Enjuiciamiento Civil del Estado de Jalisco como nuestros abogados patronos a los C. LICS. JULIAN DE JESÚS XXX IÑIGUEZ y/o SAMUEL XXX ZEPEDA, indistintamente, señalando como domicilio para oir y recibir notificaciones en la finca marcada con el número 3213 de la calle Eulogio Parra en el fraccionamiento Monraz de esta ciudad, autorizando para que se impongan de estas en los términos del artículo 119 del ordenamiento antes citado a las C. estudiantes de Derecho KATIA CECILIA ORNELAS XXX, y/o ALMA ANGELICA XXX PELAYO, ante Usted con el debido respeto comparecemos a manifestar:.- Como lo acreditamos con la copia certificada del acta de defunción No. 9878 del libro No. 649, expedida por el Oficial del Registro Civil No. 1 de Guadalajara, Jalisco, con fecha 13 de Octubre de 1995, falleció nuestro padre, Sr., JUAN XXX XXX. Y con el carácter de hijos legitimos de este, y consecuentemente de sus legitimos herederos, pues a la fecha ya falleció la esposa del difunto ya señalado y madre de los suscritos, nos presentamos ante esta Potestad Jurisdiccional a efecto de denunciar el juicio sucesorio intestamentario a bienes de nuestro difunto padre ya señalado, basandonos para la procedencia del mismo en las siguientes situaciones de hecho y fundamentos de derecho, a saber:.- VIA)Elegimos la vía de tramitación especial, prevista por el artículo 843 y demás relativos aplicables del Titulo Duodécimo, Capítulo VI, Sección Tercera del Enjuiciamiento Civil para el Estado de Jalisco.- COMPETENCIA) Este Tribunal es competente para conocer de la presente denuncia del juicio sucesorio intestamentario a bienes del difunto JUAN XXX XXX, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 161 Fracción V del Titulo Tercero, Capítulo II del enjuiciamiento Civil para el Estado de Jalisco, ya que el último domicilio del fallecido se encuentra situado dentro de la Jurisdicción que la Ley Organica para el Poder Judicial señala para el Primer Partido judicial del estado de Jalisco.- PERSONALIDAD) La acreditamos con las actas de nacimiento de los suscritos comparecientes a denunciar el presente juicio intestamentario, en donde consta nuestro carácter de hijos legitimos de nuestro padre hoy difunto Sr., JUAN XXX XXX, así como con el acta de defunción de este, en donde consta el carácter de su conyuge, nuestra madre hoy difunta, Sra., GRACIELA XXX BRICEÑO.- A continuación señalamos una relación de hechos, con los cuales fundamos la presente denuncia intestamentaria, así como los preceptos de derecho aplicables a esta sucesión.- H E C H O S :.- 1.- Como lo acreditamos con la copia certificada, expedida por el Oficial del Registro Civil No. 1 de Guadalajara, Jalisco, relativa a la acta de defunción de fecha 13 de Octubre de 1996, señalada bajo número 9878, del libro No. 649 de defunciones, con fecha 13 de Octubre de 1996, falleció nuestro padre, Sr., JUAN XXX XXX en la finca marcada con el No. 1661 de la calle España de esta ciudad, lugar donde se encuentra ubicado el Hospital denominado Central Quirurjica.- 2.- Tal y como ya lo señalamos, efectivamente el hoy difunto, Sr., JUAN XXX XXX, en vida fue nuestro padre, situación que acreditamos con las copias certificadas de nuestras partidas de nacimiento, expedidas por el Oficial del Registro Civil No. 1 de Guadalajara, Jalisco, en donde consta el carácter de padre del hoy difunto ya mencionado de los suscritos, así como el carácter de nuestra madre, Sra. CARMEN GRACIELA XXX DE XXX, y por ende, el entroncamiento de hijos legitimos de quien mediante este escrito le denunciamos su sucesión intestamentaria. Así mismo, para la debida tramitación de la presente sucesión intestamentaria, a efecto de que en lo futuro este Tribunal no carezca de elementos de convicción con los que se acredite lo vertido en este escrito de denuncia, y que en determinado momento con alguna omisión en la presentación de estos, se entorpezca el presente procedimiento, acompañamos a este ocurso copia fotostatica certificada expedida por la Directora del Registro Civil del Estado, relativa al acta de matrimonio de nuestros padres JUAN XXX XXX y CARMEN GRACIELA XXX BRICEÑO, señalada bajo No. 110 de fecha 27 de fecha 27 de Septiembre de 1955, levantada ante el Oficial del Registro Civil de San Juan de los Lagos, Jalisco.- 3.- Asímismo, como lo acreditamos con la copia certificada expedida por el Oficial del Registro Civil No. 10 de Guadalajara, Jalisco, relativa al acta de defunción No. 361 del libro No. 58, el día 20 de Enero de 1981, falleció nuestra madre Sra., CARMEN GRACIELA XXX DE XXX, misma que al igual que nuestro difunto padre Sr., JUAN XXX XXX, murió intestada, y ante tal situación, mediante expediente número 109/86, ventilado ante el Juzgado Segundo de lo Familiar del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, se tramito por parte de los suscritos y de nuestro difunto padre ya citado, el juicio sucesorio intestamentario correspondiente.- 4.- Es menester mencionar, que en los términos del artículo 843 del Enjuiciamiento Civil para el Estado de Jalisco, manifestamos BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que a nuestro difunto padre no le asiste conyuge Superstite, puesto que una vez que falleció nuestra madre, nunca se volvio a casar, ni tampoco tenemos conocimiento de que hasta antes de su muerte haya tenido concubina alguna, y asimismo no expresamos el nombre y domicilio de parientes en línea recta, puesto que a los suscritos conforme a lo que marca la Ley aplicable correspondiente, nos asiste un mejor derecho a heredar sobre la sucesión correspondiente, esto en virtud de que tal y como ya lo acreditamos, resultamos ser legitimos hijos del difunto ya citado, y consecuentemente sus legitimos herederos, resultando aplicable al respecto lo dispuesto por los artículos 2911 Fracción I, 2913, 2914 y 2915 del actual Código Civil para el Estado de Jalisco.- 5.- A virtud de lo anterior, con fundamento en los dispositivos invocados en el punto antes citado, en nuestro carácter de hijos legitimos de nuestros padres ya señalados, y consecuentemente de sus legitimos herederos, nos presentamos a promover el presente juicio intestamentario a bienes de nuestro padre Sr., JUAN XXX XXX, ya que Bajo Protesta de Decir Verdad tenemos conocimiento que este en vida no otorgo disposición testamentaria, teniendo como su último domicilio, la finca marcada con el número 1994 de la calle Isla Borneo de esta ciudad.- D E R E C H O:.- Fundamos la presente denuncia de juicio sucesorio intestamentario, en lo que toca al fondo del negocio, conforme a lo dispuesto por los Artículos 2652,2653, 2655, 2656, 2661, 2663, 2908 Fracción I, 2922 Fracción I, 2913, 2914, 2915, y demás relativos aplicables del Titulo Cuarto, Capitulos I y II del Código Civil para el Estado de Jalisco, y en cuanto a la forma, los Artículos 817, 818, 823, 836, 843 y 847 del Enjuiciamiento Civil para el Estado de Jalisco en vigor.- Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted H. Juez, respetuosamente,.- S O L I C I T A M O S:.- PRIMERO.- Se nos tenga en los términos de este escrito denunciando la sucesión intestamentaria a bienes de nuestro padre, Sr. JUAN XXX XXX.- SEGUNDO.- Se nos tenga acreditando en los términos del artículo 823 del Enjuiciamiento Civil para el Estado de Jalisco, el fallecimiento de quien mediante este escrito se denuncia su sucesión, a través del acta de defunción que al efecto se acompaña.- TERCERO.-Se nos tenga acreditando nuestro entroncamiento con el finado, mediante nuestras partidas de nacimiento que al efecto acompañamos a este ocurso, conforme a lo dispuesto por el artículo 2913, en relación con lo señalado por los númerales 2914 y 2915, dispositivos del Código Civil para el Estado de Jalisco.- CUARTO.- Se giren atentos oficios al C. Director del Archivo de Instrumentos Públicos del Estado, así como al Procurador General del Estado, a fin de que informe este Tribunal si existe o no disposición testamentaria otorgada por el Sr. JUAN XXX XXX.- QUINTO.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 844, en relación con el númeral 839 del Enjuiciamiento Civil para el Estado de Jalisco, en el auto que admita la presente denuncia del juicio intestamentario correspondiente, ordene su mande públicar por tres veces de diez en diez días, en el Boletin Judicial y en el periodico o diario que a criterio de su Señoria lo ordene, edictos en los que se le haga saber a los interesados la radicación del presente intestado, previniendoles que deberán de presentarse a justificar y deducir sus derechos en un término de 30 días, quienes crean tenerlo respecto de la presente sucesión.- SEXTO.- Se nos tenga acompañando copias certificadas por la Directora del Registro civil del Estado y del Oficial del Registro civil No. 10 de Guadalajara, Jalisco, respectivamente del acta de matrimonio de nuestros padres JUAN XXX XXX y GRACIELA XXX BRISEÑO DE XXX, y del acta de defunción de esta última, como elementos de prueba para la debida tramitación del presente juicio intestamentario.- SÉPTIMO.- Consecuentemente a criterio de su Señoria, se gire atento oficio al Juez Segundo de lo Familiar a efecto de que envie a este Tribunal copias fotostaticas certificadas de todo lo actuado dentro del expediente No. 1097/86, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de la Sra. CARMEN GRACIELA XXX DE XXX.- OCTAVO.- Se nos tenga designando como nuestros Abogados Patronos a los Profesionistas ya señalados en este ocurso, quienes aceptan y protestan el cargo qu8e se confiere al calce del mismo y como domicilio para recibir notificaciones el indicado.- A T E N T A M E N T E:.- Guadalajara, Jalisco a fecha de su presentación.- MARÍA DEL CARMEN GRACIELA XXX XXX.- MARÍA ANTONIA XXX XXX.- LIDIA ELSA XXX XXX..- JUAN MARTIN XXX XXX.- FABIÁN XXX XXX.- FRANCISCO INOCENCIO XXX XXX.- Aceptamos el cargo de Abogados Patronos que se nos confiere y protestamos su fiel y legal desempeño: LIC. JULIAN DE JESÚS XXX IÑIGUEZ.- CED. FED. No. 2302014.- CED. DIR. PROF. EDO. No. 5373(1).- LIC. SAMUEL XXX ZEPEDA.- CED. FED. No. 1818107.- CED. DIR.PROF.EDO.No. 4078(1).- Siete firmas ilegibles.-

Guadalajara, Jalisco, 22 veintidós de Enero de 1997—mil novecientos noventa y siete,.-Con fundamento en los artículos 843, 844, 846 y relativo del Código de Procedimientos Civiles del Estado, se tiene a MARÍA DEL CARMEN GRACIELA, MARÍA—ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTIN, FABIÁN Y FRANCISCO INOCENCIO de apellidos XXX XXX..- en la vía de Tramitación Especial denunciando juicio sucesorio intestamentario a bienes de JUAN XXX XXX.- y estando debidamente demostrado la defunción con la copia certificada del acta respectiva que se acompaña, se tiene como RADICADA en este Juzgado Segundo de lo Familiar la sucesión que denuncia que quedo abierta para todo los efectos legales el día trece de Octubre de mil novecientos noventa y cinco.- Públiquese edictos por tres veces de diez en diez días en los periódicos Boletín Judicial y el Occidental convocando interesandos para que se presenten a deducir y justificar derechos hereditarios dentro del término de treinta días contados a partir de la última publicación y para el mismo fin publíquese un edicto por diez días consecutivos en los estrados de los Juzgados Familiares locales.- Gírese atentos oficios la C. Procurador de Justicia del Estado y al C. Director del Archivo de instrumentos Públicos del Estado, de conformidad con el artículo 2882 del Código Civil del Estado para que informen si en esa dependencia a su digno cargo existe registrada disposición testamentaria otorgada por el de cujus.- Dése al C. Agente del Ministerio Público de la adscripción la intervención que en derecho le corresponde. Se les tiene señalando domicilio y autorizados para recibir notifica-###y como Abogado Patrono sólo al primero de los profesionistas mencionados a quien se discierne el cargo en vista de su aceptación y protesta.- NOTIFÍQUESE.- EL JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- LIC. MA. MERCEDES ESPINOSA DE OROZCO.- EL PRIMER SECRETARIO.- LIC. MARÍA DE LA LUZ ROSAS ARANDA.- Dos firmas ilegibles.-

Guadalajara, Jalisco, a 30 treinta.- ilegible.- Por recibido el escrito de LINA REYNA ARIAS CERON, presentado el día 05 cinco de junio del año en curso, visto su contenido, con fundamento en los dispuesto por los artículos 844 y 846 del Enjuiciamiento Civil del Estado, se le tiene acompañando los periódicos El Occidental y el Boletín Judicial en donde consta haberse realizado la publicación de los edictos ordenados en autos; los que se ordena glosar a las actuaciones para todos los efectos legales a que haya lugar. Siéntese por parte de la Secretaría de este Juzgado la certificación y cómputo correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- EL C. JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- LIC. MA. MERCEDES ESPINOSA DE OROZCO.- EL PRIMER SECRETARIO.- LIC. MARÍA DE LA LUZ ROSAS ARANDA.- Dos firmas ilegibles.-

LA C. LICENCIADA MARÍA DE LA LUZ ROSAS ARANDA, PRI- ilegible- SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR, DE-ilegible- PARTIDO JUDICIAL, CERTIFICA Y HACE CONSTAR:.- Que las publicaciones ordenadas fueron publicadas –ilegible- Boletín Judicial los días 17 de abril, 12 y 26 de –ilegible- de los corrientes, en el Occidental los días 16, 26 –ilegible- abril y 6 de mayo del año en curso, asi como por diez días en los estrados de los Juzgados Familiares Local por lo que el término para deducir derechos hereditar-ilegible- empezo el día 27 de mayo y fenece el 08 de julio del presente año, lo que se asienta para constancia en vía de certificación el 30 treinta de Junio de 1997 mil novecientos noventa y siete.- EL PRIMER SECRETARIO.- LIC. MARÍA DE LA LUZ ROSAS ARANDA.- Una firma ilegible.-

Guadalajara, Jalisco, a quince de Agosto de 1997 mil novecientos noventa y siete.- Por recibido el escrito de MARÍA DEL CARMEN GRACIELA, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTIN, FABIÁN Y FRANCISCO INOCENCIO de apellidos XXX XXX, presentado el día 10 diez de Julio del año en curso, visto su contenido, como lo solicitan, de conformidad con lo establecido por el artículo 846 del Enjuiciamiento Civil del Estado, se declaran como Únicos y Universales herederos a bienes de JUAN XXX XXX a MARÍA DEL CARMEN GRACIELA, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTIN, FABIÁN y FRANCISCO INOCENCIO de apellidos XXX XXX, por haber acreditado su entroncamiento con el autor de la sucesión.- Se omite la junta prevista por el numeral 847 del ordenamiento legal invocado y se designa Albacea a FABIÁN XXX XXX, por emitir voto a su favor la totalidad de los herederos, a quien se le discierne el cargo conferido en vista de su aceptación y protesta se le autoriza para que formule Operaciones de Inventario y Avalúo en los términos de ley.- NOTIFÍQUESE.- EL JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.P.M.L.- LIC. MARÍA DE LA LUZ ROSAS ARANDA.- EL PRIMER SECRETARIO.P.M.L.-Dos firmas ilegibles.-

Exp. 91/97.- Intestado.- C. JUEZ SEGUNDDO DE LO FAMILIAR.- P R E S E N T E.- FABIÁN XXX XXX, con el carácter de Albacea, que tengo reconocido en los autos del Juicio Sucesorio de Intestado a bienes del SR. JUAN XXX XXX, bajo numero de expediente dejo anotado al rubro, por así convenir a nuestros intereses vengo a señalar nuevo domicilio para recibir toda clase de notificaciones y documentos en la finca marcada con el numero 1175 despacho 105 de la Avenida Paseos de los Filósofos, Edificio “San Pablo” Colinas de la Normal de esta capital, autorizando en los términos del artículo 42 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado a los Señores Licenciados GUSTAVO ASCENCIO MARTÍNEZ y/o JUAN RAZO VENEGAS, quienes al final señalan su número de cedula profesional aceptan el cargo conferido y protestan su fiel y legal desempeño, revocando todos y cada uno de los nombrados anteriormente, ante Usted C. Juez con el debido respeto comparezco a manifestar:.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 854, 855, 856, 860 y demás relativos del Enjuiciamiento Civil en el Estado, vengo a formular en memorias simples extrajudiciales “OPERACIONES DE INVENTARIO Y AVALUO”, respecto de los bienes que conforman la masa hereditaria del autor de la sucesión JUAN XXX XXX, firmando al calce el presente ocurso todos y cada uno de los herederos reconocidos en autos expresando su conformidad, mismo que realizo de la siguiente manera:.- I N V E N T A R I O   Y  A V A L U O.- Por lo que respecta al orden que determina el artículo 860 de la Ley Adjetiva del I al VI no existen bienes que enlistar.- Bienes Inmuebles:.- 1.- Departamento marcado con el número 5288 de la calle Guadalupe Sevilla del Fraccionamiento Paseos del Sol, Municipio de Zapopan, Jalisco, con una superficie aproximada de 135.00 ciento treinta y cinco metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos: al Noroeste en 4.50 cuatro metros cincuenta centímetros con el Lote 13 trece; Al Sureste en 4.50 cuatro metros cincuenta centímetros con la calle Guadalupe Sevilla; siguiendo al Noreste en 30.00 treinta metros con la vivienda numero 5276-A cinco mil doscientos setenta y seis con letra “A”; al Suroeste en 30 treinta metros con vivienda numero 5288-A cinco mil doscientos ochenta y ocho con letra “A”. Al departamento le corresponde un porcentaje del 8.1483342 por ciento sobre las áreas comunes.- Dicho bien fue adquirido por el autor de la sucesión por su vendedora señorita María de los Ángeles Hernández Celis, quien esta a su vez adquirió del señor Ezequiel Carrazazo Sandoval y su esposa, en escritura publica 5965 cinco mil novecientos sesenta y cinco, otorgada el día 12 doce de enero de 1989 mil novecientos ochenta y nueve siete, ante la fe del Lic. Carlos Hijar Escareño, Notario Publico Suplente, Adscrito al Titular número 01 uno de Guadalajara, la que se registro bajo el documento número 31 treinta y uno, folios del 230 doscientos treinta al 235 dos cientos treinta y cinco, libro 4888 cuatro mil ochocientos ochenta y ocho, de la Sección Primera de la Segunda Ofician del Registro Publico de la Propiedad.- El Inmueble señalado actualmente esta inscrito a favor de nuestro padre JUAN XXX XXX, con fecha 18 de marzo de 1996, bajo orden 272,900 mediante incorporación al documento numero 14 catorce folios del 83 ochenta y tres al 89 ochenta y nueve del libro 10,307 de la Sección Primera de esa Oficina del Registro Publico de la Propiedad.- El cual le asigno un valor de $474,807.00 (Cuatrocientos setenta y cuatro mil ochocientos ochenta y siete pesos 00/100 Moneda Nacional).- Se anexa copia certificada del testimonio número 5137 de fecha 06 seis de Abril de 1990 mil novecientos noventa, pasado ante la fe del Lic. Silviano Camberos Garibi, Notario Publico numero 01 uno de la Municipalidad de Zapopan, Jalisco.- 2.- Predio edificado ubicado en Isla Borneo Número 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con una superficie de 217.00 doscientos diecisiete metros cuadrados con las siguientes medidas y linderos: Norte en 20.76 veinte metros con setenta y seis centímetros, con el Lote 19 diecinueve; Al Sur en 20.50 veinte metros con cincuenta centímetros, con la calle de su ubicación; Al Oriente en 10.29 diez metros con veintinueve centímetros con el Lote 17 diecisiete, Al Poniente en 11.28 once metros con veintiocho centímetros con la calle Reyes Católicos.- Dicho inmueble fue adquirido por el autor de la sucesión por compra al Sr. Eduardo Rigoberto Velasco Dávalos, en la población de Tlaquepaque, Jalisco, el 30 treinta de Enero de 1980 mil novecientos ochenta, en escritura publica numero 2476 dos mil cuatrocientos setenta y seis ante la fe del Notario Publico Lic. Juan López XXX, este a su vez adquirió por compra a Daniel Paz Uribe con fecha 14 catorce de Enero de 1977 mil novecientos setenta y siete en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.- Exhibiendo para tal efecto constancia catastral expedida por la Tesorería Municipal, Dirección de Catastro del H. Ayuntamiento Constitucional de Guadalajara, en la cual se encuentra registrada a favor de SR. JUAN XXX XXX, correspondiente a la Cuenta Numero 79275, según clave catastral D6514-623-020.- No se exhibe escritura pública por no estar localizada; dentro del trámite de protocolización se proporcionará los datos e inscripciones del Registro Publico de la Propiedad.- Se le señala un valor de $862,051.00 (Ochocientos sesenta y dos mil cincuenta y un pesos 00/100 M.N.).- Por lo anteriormente expuesto y fundado atentamente le:.- P I D O:.- PRIMERO.- Se me tenga formulando en memorias simples y extrajudiciales Operaciones de Inventario y Avaluó, respecto de la masa hereditaria perteneciente al autor de la sucesión.- SEGUNDO.-No es caso de dar vista a los herederos reconocidos en la presente sucesión respecto de esta gestión, en virtud expresar en este ocurso su conformidad y aceptación en torno al enlistado de bienes.- A T E N T A M E N T E.- Guadalajara, Jalisco el día de su presentación.- SR. FABIÁN XXX ALDEPEÑA.- Albacea.- Expresamos conformidad.- MARÍA DEL CARMEN XXX XXX.- MARÍA ANTONIA XXX XXX.- LIDIA ELSA XXX XXX.- JUAN MARTIN XXX XXX.- FRANCISCO INOCENCIO XXX XXX.- Aceptamos el cargo conferido y protestamos Su fiel y legal desempeño.- LIC. GUSTAVO ASCENCIO MARTÍNEZ.- Ced. Prof. Fed. 430662.- Ced. Prof. Edo. 866(1).- LIC. JUAN RAZO VENEGAS.- Ced. Prof. Fed. 1344494.- Ced. Prof. Edo. 2917(1).- Ocho firmas ilegibles.-

Exp. 91/97.- Intestado.- C. JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- P R E S E N T E.- MARÍA DEL CARMEN, GRACIELA, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTIN, FABIÁN y FRANCISCO INOCENCIO todos de apellidos XXX XXX, con el carácter de herederos reconocidos en los autos del Juicio Sucesorio de Intestado a bienes del SR. JUAN XXX CAPMPOS, bajo numero de expediente dejamos anotado al rubro ante Usted C. Juez con el debido respeto comparecemos a manifestar:.- Por así convenir a nuestros intereses venimos a solicitar AUTORIZACIÓN JUDICIAL para la venta del siguiente inmueble: Departamento marcado con el número 5288 de la calle Guadalupe Sevilla del Fraccionamiento Paseos del Sol, Municipio de Zapopan, Jalisco, con una superficie aproximada de 135.00 ciento treinta y cinco metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos. Al Noroeste en 4.50 cuatro metros cincuenta centímetros con el Lote 13 trece; Al Sureste en 4.50 cuatro metros cincuenta centímetros con la calle Guadalupe Sevilla; siguiendo al Noroeste en 30.00 treinta metros con la vivienda numero 5276-A cinco mil doscientos setenta y seis con letra “A”; al Suroeste en 30 treinta metros con vivienda numero 5288-A cinco mil doscientos ochenta y ocho con letra “A”. Al departamento le corresponde un porcentaje del 8.1483342 por ciento sobre las áreas comunes.- Dicho bien fue adquirido por el autor de la sucesión por su vendedora señorita María de los Ángeles Hernández Celis, quien esta a su vez adquirió del señor Ezequiel Carrazazo Sandoval y su esposa, en escritura publica 5965 cinco mil novecientos sesenta y cinco, otorgada el día 12 doce de enero de 1989 mil novecientos ochenta y nueve siete, ante la fe del Lic. Carlos Hijas Escareño, Notario Publico Suplente, adscrito al Titular número 01 uno de Guadalajara, la que se registro bajo el documento número 31 treinta y uno, folios del 230 doscientos treinta al 235 doscientos treinta y cinco, libro 4888 cuatro mil ochocientos ochenta y ocho, de la Sección Primera de la Segunda Oficina del Registro Publico de la Propiedad.- El Inmueble señalado actualmente esta inscrito a favor de nuestro padre JUAN XXX XXX, con fecha 18 de marzo de 1996, bajo orden 272,900 mediante incorporación al documento numero 14 catorce folios del 83 ochenta y tres al 89 ochenta y nueve del libro 10,307 de la Sección Primera de esa Oficina del Registro Publico de la Propiedad.- Autorizo al Albacea de la presente sucesión SR. FABIÁN XXX XXX, para que realice la operación de compraventa o cuantas gestiones sean necesarias para su formalización del citado bien a terceras personas interesadas.- Por lo anteriormente expuesto atentamente le.- P E D I M O S:.- ÚNICO.- Se nos tenga solicitando AUTORIZACIÓN JUDICIAL para ventana del inmueble descrito en líneas anteriores por los motivos antes expuestos, así mismo autorizando al Sr. FABIÁN XXX XXX, en su carácter de Albacea de la presente sucesión, para que realice dicha operación, presentándose este ocurso ratificado ante la presencia judicial.- A T E N T A M E N T E.- Guadalajara, Jalisco a la fecha de su presentación.- MARÍA DEL CARMEN XXX XXX.- LIDIA ELSA XXX XXX.- FABIÁN XXX XXX.- MARÍA ANTONIA XXX XXX.- JUAN MARTIN XXX XXX.- FRANCISCO INOCENCIO XXX XXX.- Seis  firmas ilegibles.-

Siendo las 10:50 diez horas con cincuenta minutos del día 28 veintiocho de Abril del año 2004 dos mil cuatro, fueron presente en el local del Juzgado Segundo de lo Familiar los C.C. MARÍA DEL CARMEN GRACIELA, MARÍA ANTONIO, LIDIA ELSA, JUAN MARTIN, FABIÁN Y FRANCISCO INOCENCIO de apellidos XXX XXX, identificándose los cuatro primeros con credencial para votar con fotografía números 78037346, 114888331, 020201017 y 158810324 expedidas por el Instituto Federal Electoral y el quinto de ellos con licencia de conducir expedida por la Secretaría de Vialidad y Transporte número 568038, respectivamente, de las cuales exhiben copias simples, se hace constar que FRANCISCO INOCENCIO XXX XXX no cuenta en este momento con documento idóneo que lo identifique sin embargo es plenamente identificado como la persona quien dice ser por la totalidad de sus hermanos aquí presenten quienes expresan que FRANCISCO INOCENCIO XXX XXX es su hermano y agregan los comparecientes que ratifican en todas y cada una de sus partes el contenido del presente escrito y firma para constancia en unión de la Secretario de Acuerdos Licenciada María de la Luz Rosas Aranda, quien autoriza y da fe.- Siete firmas ilegibles.-

De conformidad a lo dispuesto por los artículos 77 Fracción I del Código de Procedimientos Civiles y 112 Fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial ambos del Estado de Jalisco, doy cuenta a usted C. Juez, con los escritos presentados por MARÍA DEL CARMEN, GRACIELA, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTIN, FABIÁN Y FRANCISCO INOCENCIO de apellidos XXX ALDEPEÑA.- EL SECRETARIO DE ACUERDOS.- LIC. MARÍA DE LA LUZ ROSAS ARANDA.- Una firma Ilegible.- Guadalajara, Jalisco, a 18 dieciocho de Mayo del año 2004 dos mil cuatro.- Por recibido el escrito de FABIÁN XXX XXX, presentado el día 28 veintiocho de Abril del año en curso, visto su contenido, de conformidad con lo establecido por los artículos 854 y 869 del Enjuiciamiento Civil del Estado, se tiene formulando Operaciones de Inventario y avalúo de los bienes que conforman el haber hereditario, previo su aprobación deberá manifestarse en relación al proveído de fecha 12 doce de junio de 1998 mil novecientos noventa y ocho.- En atención a lo solicitado por MARÍA DEL CARMEN, GRACIELA, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTIN FABIÁN Y FRANCISCO INOCENCIO de apellidos XXX XXX, en su ocurso de fecha 28 veintiocho de abril del año en curso con apoyo en lo previsto por los ordinales 67 y 888 del Código Procesal Civil, indíquese que una vez que se de cumplimiento a la prevención realizada por el auto que antecede se proveerá lo conducente.- NOTIFÍQUESE.- EL JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- LIC. MA. MERCEDES ESPINOSA DE OROZCO.- EL SECRETARIO DE ACUERDOS.- LIC. MARÍA DE LA LUZ ROSAS ARANDA.- Dos firmas ilegibles.-

EXP.- 91/97.- Juicio Intestado:.-  C. JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- P R E S E N T E :.- FABIÁN, MARÍA DEL CARMEN GRACIELA, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTIN y INOCENCIO FRANCISCO, todos de apellidos XXX XXX, el primero con el carácter de Albacea y los segundos como herederos reconocidos en los autos del Juicio Sucesorio de Intestado a bienes del JUAN XXX XXX, bajo número de expediente dejo anotado al rubro, ante Usted C. Juez con el debido respeto comparecemos a manifestar;.- A).- En atención al auto de fecha 18 dieciocho de Mayo del año en curso, expresamos nuevamente nuestra conformidad en torno a la formulación de Operaciones de Inventario y Avalúo realizado por el albacea de los bienes que conforman el haber hereditario y que en relación a la manifestación expresada en el proveído de fecha 12 doce de Junio de 1998 mil novecientos noventa y ocho, dejamos sin efecto para formular dicho Inventario en forma solemne ante Fedatario Público, como lo establecía los numerales 857 y 858 del Enjuiciamiento Civil en el Estado, por considerar que dicho trámite resulta demasiado oneroso y de conformidad a las nuevas disposiciones nos permite realizarlo en la forma expresada en escrito de fecha 28 veintiocho de Abril de la presente anualidad.- B).- Por otro lado el párrafo segundo del auto que se menciona y dado lo expresado en el párrafo anterior, manifestamos conjuntamente nuestro deseo de enajenar el primer bien inmueble inventariado ya que con su producto de la venta a terceras personas interesadas se cubran las deudas contraídas por el autor de la sucesión, las cargas fiscales, los gastos, honorarios originados por la defensa de dicho inmueble en diversos juicios, como del trámite de la presente sucesión, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 888 de la ley adjetiva de la entidad, asimismo nuestra voluntad fue ratificada ante la presencia judicial.- C).- Este H. Juzgado fue omiso al no proveer la designación de Abogados Patronos de los Señores Licenciados GUSTAVO ASCENCIO MARTÍNEZ y/o JUAN RAZO VENEGAS, quienes, expresaron su número de cédula profesional y aceptaron el cargo conferido y protestaron su fiel y legal desempeño, revocando todos y cada uno de los nombrados anteriormente en consecuencia solicitamos se les reconozca dicho carácter en proveído expreso.- Por lo anteriormente expuesto y fundado atentamente le:.- P E D I M O S :.- ÚNICO.- Se provea de conformidad a lo solicitado en el cuerpo del presente ocurso, concretamente la aprobación definitiva de las Operaciones de Inventario y Avalúo presentadas por el Albacea, dejando sin efecto lo peticionado en escrito fechado 12 doce de Mayo de 1998 mil novecientos noventa y ocho. Se nos tenga expresando nuevamente nuestra voluntad para enajenar a terceras personas el inmueble descrito en el primer punto del Inventario respectivo, por las razones expresadas, de igual manera se les reconozca como Abogados Patronos a los profesionistas antes indicados.- A T E N T A M E N T E :.- Guadalajara, Jal. El día de su presentación.- FABIÁN XXX XXX.- ALBACEA.- MARÍA DEL CARMEN XXX XXX.-  MARÍA ANTONIA XXX XXX.- LIDIA ELSA XXX XXX.- JUAN MARTIN XXX XXX.- FRANCISCO INOCENCIO XXX XXX.- Seis firmas legibles.-

Siendo las 9:40 nueve horas con cuarenta minutos del día de 11 once de julio del año 2005 dos mil cinco, fueron presentes en el local de este Juzgado Segundo de lo Familiar, los señores FABIÁN, MARÍA DEL CARMEN GRACIELA, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTÍN E INOCENCIO FRANCISCO todos de apellidos XXX XXX, quienes se identifican en el orden mencionado el primero con su licencia de chofer numero 568038 expedida por la Secretaría de Vialidad y Transporte, los restantes con sus credenciales para votar con fotografia con numero de folios 079772470442, 0797823843685, 0118028048643, 0797094475264 y 0797098089722 expedidas por el Instituto Federal Electoral, manifiestan que comparecen a ratificar en todos y cada uno de sus términos el presente, mediante el cual otorgan conformidad con las operaciones de inventario y avalúo, así como con la solicitud de enajenar el bien que refieren y firman para constancia esta acta ante la presencia Judicial de la Licencia MAYRA NAYELY CERVANTES GUTIERREZ Secretario de Acuerdos, quien legalmente actúa y da fe.- nueve firmas ilegibles.-

EXP. 91/97.- GUADALAJARA, JALISCO, A 10 DIEZ DE AGOSTO DEL AÑO 2005 DOS MIL CINCO.- Por recibido el escrito que suscribe FABIÁN, MARÍA DEL CARMEN, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTÍN E INOCENCIO FRANCISCO todos de apellidos XXX XXX, el primero en su carácter de albacea de esta sucesión, presentado en la Oficialía de Partes de este juzgado el día 11 once de julio del año en curso, visto su contenido, se tienen por realizadas las manifestaciones vertidas en su ocurso de cuenta, tomando en consideración que mediante decreto 17340 publicado en El Periódico Oficial del Estado con fecha 3 tres de marzo de 1998 mil novecientos noventa y ocho, que entro en vigor al día siguiente de su publicación, la retroactividad de la ley no puede aplicarse en perjuicio de persona alguna, en consecuencia, previo a proveer lo que en derecho proceda deberán exhibir a este Juzgado el oficio 2412 girado por este Tribunal.- NOTIFÍQUESE.- LA JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- LIC. MA MERCEDES ESPINOSA DE OROZCO.- LA SECRETARIO DE ACUERDOS.- LIC. MAYRA NAYELY CERVANTES GUTIERREZ.- Dos firmas ilegibles.-

Exp. 91/97.- Juicio Sucesorio.- C. JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- P R E S E N T E.- FABIÁN XXX XXX, con el carácter de Albacea que tengo reconocido dentro Juicio Sucesorio de Intestado a bienes del SR. JUAN XXX XXX, bajo número de expediente dejo anotado al rubro ante Usted C. Juez con el debido respeto comparezco a manifestar:.- En atención al auto de fecha 10 diez de Agosto del año en curso, en relación a la exhibición del oficio No. 2412 de fecha 25 veinticinco de Junio de 1998 mil novecientos noventa y ocho, girado por este H. Juzgado al Sr. Lic. Juan Lomeli García, Notario Publico Número 06 seis de esta municipalidad, para que procediera a solicitud del suscrito a la formalización de las Operaciones de Inventario y Avaluó Solemnes, en tal sentido, Bajo Protesta de Conducirme con Verdad, manifiesto, “Que dicho comunicado fue recibido por mi autorizado de aquella época el Sr. Lic. Arturo Villaruel López, por parte de este H. Juzgado con fecha 26 veintiséis Junio de 1998 mil novecientos noventa y ocho, para que fuese entregado conjuntamente con las constancias del juicio a dicho fedatario público según consta en actuaciones, lo que nunca aconteció en la especie por razones que desconozco, prueba de ello que el suscrito con interés manifiesto presente el 28 veintiocho de Abril del 2004 dos mil cuatro, en memorias simple y extrajudiciales las operaciones de inventario y avaluó de la masa hereditaria del autor de la sucesión, aprovechando las reformas al Código de Procedimientos Civiles, sobre este tema, ya que dicho tramite ante dicho Notario Público resultaba demasiado oneroso, mismas que actualmente están reconocidas y aceptadas por los herederos, lo que resulta en concepto del promovente inútil tal exhibición del citado oficio para continuar la causa”, en consecuencia solicito sean aprobadas en sus término y se provea de conformidad la promoción presentada el 11 once de Julio del presente año por estar ajustada a derecho, hecho lo anterior se me expidan copias certificas de todo lo actuado para los efecto de acatar la voluntad de todos los herederos.- Por lo anteriormente expuesto atentamente le:.- P I D O :.- ÚNICO.- Se sirva acordar el presente ocurso en base a las manifestaciones vertidas con anterioridad.- A T E N T A M E N T E .- Guadalajara, Jalisco el día de su presentación.- SR. FABIÁN XXX XXX.- Una firma ilegible.-

EXP. 91/97.- GUADALAJARA, JALISCO, A 2 DOS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 DOS MIL CINCO.- Por recibido el escrito que suscribe FABIÁN XXX XXX, albacea de esta sucesión, presentado en la oficialía de partes de este Juzgado el día 23 veintitrés de agosto del año que corre, visto su contenido, se tienen bajo protesta de decir verdad las manifestaciones vertidas en su ocurso de cuenta, quedando cumplimentada la prevención realizada en el auto de fecha 10 diez de agosto del año que corre, en consecuencia, se procede a acordar los escritos que se encuentran glosados de la foja 46 cuarenta y seis a la 50 cincuenta de actuaciones en los siguientes términos.- Con apoyo en lo establecido en el artículo 860 fracción VII del Enjuiciamiento Civil del Estado, indíquese al albacea que previamente a proveer lo que en derecho proceda en relación a lo que peticiona en el primero de los escritos, deberá exhibir el testimonio 2476 pasado ante la fe del Licenciado JUAN LÓPEZ XXX con el que acredite la propiedad del segundo de los bienes, toda vez que el documento que presenta es insuficiente, cobra aplicación la jurisprudencia “PROPIEDAD DE INMUEBLE, PRUEBA DE LA.- La propiedad de los bienes inmuebles sólo se acredita con la escritura respectiva, seas pública, sea privada, según la cuantía establecida por el Código Civil para tal clase de documentos; y los certificados del catastro, aún expedidos por autoridad competente, no son prueba de la propiedad”.- Quinta Epoca Semanario Judicial de la Federación, Tercera Sala, Tomo CVI, página 921.- Instancia: Tercera Sala, Fuente: Semanario Judicial de la Federación Tomo: XCIX, página 2417.- En términos de los arábigos 42 y 107 del cuerpo de leyes en comento, se les tiene señalando como domicilio para recibir notificaciones la finca marcada con el numero 1175 mil ciento setenta y cinco despacho 105 ciento cinco de la Avenida Paseos de los Filósofos, Edificio “San Pablo”, Colinas de la Normal de esta capital, se reconoce como su abogado patrono a los Licenciados GUSTAVO ASCENCIO MARTÍNEZ Y JUAN RAZO VENEGAS a quienes se discierne el cargo en virtud de la aceptación y protesta.- Respecto al segundo de los libelos de cuenta, como lo piden MARÍA DEL CARMEN, GRACIELA, MARÍA ANTONIA, LIDIA ELSA, JUAN MARTÍN, FABIÁN Y FRANCISCO INOCENCIO todos de apellidos XXX XXX, por ilegible.- razones que exponen, con apoyo en lo previsto en el artículo 888 del Enjuiciamiento Civil del Estado, se les concede autorización Judicial para vender fuera de subasta pública el bien inmueble listado bajo el numero 1 de las operaciones de inventario y avalúo, expídanse las copias certificadas a fin de que sean remitidas al Notario Público que en su oportunidad señalen, a efecto de que levante la escritura respectiva.- NOTIFÍQUESE.- LA JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR POR M. DE L.- LIC. MAYRA NAYELY CERVANTES GUTIERREZ.- LA SECRETARIO DE ACUERDOS POR M. D EL.- LIC. CLAUDIA ISELA MORAN SALCEDO.- Dos firmas ilegibles.-

Exp. 91/1997.- Intestado.- C. JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- P R E S E N T E.-JUAN RAZO VENEGAS, con el carácter de abogado patrono del Albacea y de todos los herederos reconocidos dentro del Juicios Sucesorio de Intestado a bienes del SR. JUAN XXX XXX, ante Usted C. Juez con el debido respeto comparezco a manifestar:.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 8 de la Constitución General del Republica, por así convenir a nuestros intereses vengo a solicitar se nos expida copia certificada a nuestra costa del nombramiento del Albacea cuya designación recae en la persona de SR. FABIÁN XXX XXX, por ser necesaria para presentarla como elemento de prueba en diverso negocio, previo pago de derecho correspondiente y constancia dejada en actuaciones.- En virtud de la inactividad procesal del presente negoció continúese la causa según su estado.- Por lo anteriormente expuesto y fundado atentamente le:.- P I D O .- ÚNICO.- Se provea de conformidad a los solicitado.- A T E N T A M E N T E.- Guadalajara, Jalisco el día de su presentación.- LIC. JUAN RAZO VENEGAS.- Una firma ilegible.-

EXP. 91/1997.- AUTO.- EXPIDANSE COPIAS CERTIFICADAS.- GUADALAJARA, JALISCO, 29 VEINTINUEVE DE JUNIO DEL AÑO 2007 DOS MIL SIETE.- Por recibido el escrito que suscribe JUAN RAZO VENEGAS, presentado a este juzgado el día 24 veinticuatro de Abril del año en curso, visto su contenido y a lo que solicita el abogado patrono de los denunciantes, expídansele fotocopias certificadas de las constancias que indica, previo pago del impuesto correspondiente, recibo y razón que se otorgue en autos, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 62 del Enjuiciamiento Civil del estado, en relación con el diverso artículo 25 de la Ley de Ingresos del Estado.- Se hace del conocimiento a los interesados del presente juicio, el cambio de Titular de éste Juzgado, fungiendo como Juez la Licenciado EDUVIGES XXX XXX; así como su Secretario de Acuerdos Licenciada MARTHA TOSCANO MARTÍNEZ, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 110 del cuerpo de leyes invocado.- Toda vez que sea deja de actuar por mas de cuatro meses, se ordena notificar de manera personal el presente proveído a las partes, lo anterior de conformidad a lo establecido en el articulo 109 fracción III de la Legislación Procesal Civil de la Entidad.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.- LA C. JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR.- LIC. EDUVIGES GONZALEZ GONZALEZ.- LA C. SECRETARIO DE ACUERDOS.- LIC. MARTHA TOSCANO MARTÍNEZ.- Dos firmas ilegibles.-

LA LIC. MARTHA TOSCANO MARTÍNEZ SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DE ESTE PRIMER PARTIDO JUDICIAL, HACE CONSTAR Y CERTIFICA: Que las presentes copias fotostáticas que constan de 15 quince fojas útiles, concuerdan fielmente con su original, de donde se compulsa y se expide en virtud de un mandato judicial, derivadas del Juicio Sucesorio intestamentario a bienes de JUAN XXX XXX denunciado por MARÍA DEL CARMEN GRACIELA XXX XXX Y OTROS, expediente número 91/97.- Se hizo el pago del impuesto correspondiente al Estado bajo recibo oficial número 19737900, expedido por la Secretaría de Finanzas del Gobierno de Jalisco.- Guadalajara, Jalisco a 4 cuatro de octubre del 2007 dos mil siete.- LA SECRETARIO DE ACUERDOS.- LIC. MARTHA TOSCANO MARTÍNEZ.- Una firma ilegible.-