Acta de Debate por el delito de homicidio culposo, lesiones leves y lesiones graves en Argentina



///// la  Ciudad de Buenos Aires  a los  veinticinco días del mes de febrero del año dos mil once  procedí a levantar el acta de debate correspondiente a la causa nro XXX  seguida contra XXX -de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. XXX, nacido el 5 de mayo de 1964 en Paranacito, Isla de Ybicui, Provincia de Entre Ríos, hijo de XXX,  divorciado, con Prio. Pol. S.P. (ó Serie 110) N°121.876 y Prio. Reinc. Nº02067472, con último domicilio aportado en autos en Chile 1316, Tigre, Provincia de Buenos Aires- y a XXX –de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. XXX, nacido el 3 de enero de 1980 en la Ciudad de Buenos Aires, XXX con último domicilio aportado en autos en la calle XXX, Provincia de Buenos Aires- por el delito de homicidio culposo,  respecto de XXX,  lesiones leves,  respecto de XXX y lesiones graves respecto de XXX, como vocales. Intervienen como apoderados de la querella,  los Dres.  XXX, quien también se encuentra presente. En representación  del Ministerio Público Fiscal, interviene  el Dr. XXX. Por la defensa de Pereyra  lo hacen los Dres.  XXX,  en tanto ejerce la defensa de Piriz,  el Dr.  XXX. Reanudado el debate informé respecto de los testigos convocados para el día de hoy que se encontraban presentes XXX. También informé que el testigo Leonardo Favio Otero se encuentra en el exterior y regresa el día 18 de marzo. Que el testigo Segundo Roca  no pudo ser ubicado en el domicilio y que quedaba pendiente averiguar datos sobre su paradero a través de los testigos Justo y Pasciuto. Finalmente informé que el testigo Daniel Fernando Lencinas no pudo ser ubicado dando cuenta de las diligencias realizadas y que obran a fs. 1168/1170; 1244; y las que surgen de las actuaciones que anteceden. También hice saber que conforme surgía de fs. 72 el médico del hospital Ramos Mejía que atendió al testigo aporta el mismo domicilio obrante en autos y que de las constancias de fs. 389/390  del hospital mencionado no se informaba domicilio.  Finalmente hice saber que quedaba pendiente resolver la situación del testigo XXX que volvía de vacaciones el día 28 de febrero. Por último hice saber lo informado por el médico forense Vayo respecto del testigo Torres Agüero.  Luego se continuó con la prueba testimonial. Se deja constancia que se informó a los testigos sobre las penas con las que se reprime el falso testimonio y prestaron juramento de decir verdad. En primer lugar se convocó al testigo HECTOR TILVE  quien refirió que conocía a Piriz porque era conductor de la empresa ETA de la que es Presidente y lo conoció realmente después de este hecho. Sigue siendo presidente de esta empresa. A preguntas de la querella dijo que es presidente de la empresa desde  hacía 44 años. Dijo que conocía a Otero por ser accionista de la empresa.  Se le preguntó cómo se seleccionan los choferes de la empresa y dijo que dependía del momento,  porque en la actualidad había un movimiento mucho menor de choferes debido  a que tienen un sueldo mejor en este momento.  La selección se realiza tomando al conductor.  Que en este caso de Piriz hacía cuatro días que  había obtenido el registro cuando se presentó en la  empresa a pedir trabajo y como se necesitaba para obtener  este registro el certificado de buena conducta,  lo tomaron. Se lo hace evaluar por conductores de la empresa y si esta todo bien sale a trabajar. Tenía hechos los cursos obligatorios para manejar este tipo de transportes. No recordó cuánto tiempo trabajó hasta que se produjo el siniestro. Explicó que las multas por infracciones de tránsito las pagan los conductores. Dijo que ellos no aplican sanciones porque no se lo puede sancionar dos veces por una misma falta pero igualmente si un chofer tiene numerosas multas,  esta circunstancia es tenida en cuenta.  Explicó que hacía más de un año que les otorgaron 5 minutos más en los recorridos para que los choferes no cometan faltas en la calle.  Cada falta hace que le descuenten puntos en el scoring. Señaló que el colectivo 105 nacía  en Villa Parque Caseros y tiene dos ramales y termina en el correo central. Se presentan dos veces por año los controles a los conductores. No pueden ir más allá de 60 km por hora porque no pueden llevar el colectivo a más de esa velocidad. Hay horarios de verano y de invierno por la diferencia que hay en el tránsito durante el año y la temporada estival. Las dos cabeceras que salen se juntan en Saenz Peña y de allí hasta correo central tienen el mismo recorrido.  Se le pregunta si un chofer se atrasa sistemáticamente,  cómo es controlado y dijo que tiene un sistema que se llama ojo del cielo y tienen a la vista a  todos los colectivos con su recorrido y se ve como va realizando ese recorrido. Que si se adelanta hay un display donde le surge el problema que tiene ese vehículo  y si  se atrasa estos no  son considerados,  ya que son muy comunes estos atrasos por los problemas que se conocen de tránsito. Cuando existe un atraso en un colectivo se atrasan todos los que lo siguen  porque el problema es generalizado para todos y este problema se maneja desde la terminal,  y desde allí se va produciendo la separación de un colectivo al otro. Este sistema ojo del cielo lo tiene la empresa desde  hacía más de cinco años y en agosto de 2007 ya estaba implementado este sistema.  Los retrasos en el recorrido no son motivo de sanción. Dijo que el recorrido de la línea 105 abarca puntos que son blanco de manifestaciones y por eso adoptaron este sistema para guiar al chofer si tiene que hacer cambios de recorrido.  Se le preguntó por el hecho de que Piriz imprimió más velocidad después de Plaza Once y dijo  que no conocía el hecho ni lo dicho por los testigos en este sentido,  pero indicó que tenían  un sistema de control por el cual el chofer no puede ir a más de 60 km por hora.  Se le preguntó frente a accidentes con muertos qué sucedía y dijo que entendía  que para estos temas estaba  la justicia porque hay que ver el grado de culpabilidad del conductor. En este caso aclaró que  el conductor estuvo detenido y seis meses en tratamiento psicológico y luego renunció y se fue de la empresa, porque probablemente se sentiría inseguro de conducir un transporte público de pasajeros. Se le preguntó cuando la justicia falla y dicta una condena qué medida toma la empresa y dijo que la medida la toma la justicia y ellos obedecen lo que dictamina la justicia si por ejemplo se le extrajo la licencia y se le hacen exámenes físicos y psíquicos al chofer.  A preguntas del fiscal dijo que el limitador de velocidad se estableció por un decreto del año 72  y lo tiene cada unidad. Después se va reglamentando y existe la obligación de tener la velocidad de 60 km de máxima y que cierre automáticamente las puertas cuando el vehículo circula a 5 km.  Este limitador tiene una traba por la cual  no entra la quinta cuando el vehículo circula a 60 km. El chofer no tiene ninguna posibilidad de desbloquear este sistema.  Solo un mecánico puede hacerlo. En los micros de larga distancia hay un tacógrafo donde se marca la velocidad que desarrolla el vehículo y no pueden pasar de 90  y le permite levantar la velocidad para pasar a un auto que le permite ir a 100 o 110 km,  pero luego debe volver a la velocidad normal.  Se le preguntó por qué razón se puede cambiar el recorrido y dijo que era frente a manifestaciones o arreglos de cuadras y ahí les avisan a los choferes y les cambian el recorrido.  Dijo que el chofer solo no lo puede hacer porque cuando sale del recorrido sin permiso suena una alarma. Estas eran las normas en el año 2007.  Si el conductor encuentra una manifestación no prevista por la empresa,  avisa a la empresa y allí se avisa a los que vienen atrás.  Señaló que a los  pasajeros  no se le explicaba particularmente porque los desvíos eran  de dos cuadras no más. El conductor normalmente les va avisando y además los pasajeros están acostumbrados. Si le avisan al chofer de un desvío se lo hace a través del display y quedan registros en la empresa de estos cambios o si se adelanta o atrasa. No sabe si tiene registros del 2007.  Ellos tienen control  de todo y la velocidad en las bocacalles es de 20 km y se le pregunta si un colectivo hubiese pasado a 60 km  por una bocacalle si se hubiese registrado y dijo que en este siniestro por el que fue convocado,  hicieron desde la empresa  un estudio y  el conductor pasó en hora por la intersección anterior y en la de  Callao. Por ello concluyen en que venía a la velocidad que correspondía.  No hicieron el control desde Plaza Misserere.  A preguntas de la defensa de Piriz sobre este estudio que hizo la empresa  si tenía alguna constancia y dijo que no,  que una constancia propiamente dicha no,  porque había que comprar un rastreo de horas para que intervenga un escribano que era carísimo.  Por eso,  cuando hicieron este trabajo de este modo, el escribano no lo quiso certificar. Dijo que había que poner semáforos intermitentes para que el conductor sepa que va a cambiar el semáforo a rojo y frene.  Dijo que el semáforo de Callao y Mitre se les había acortado  un segundo y medio y esto lo hizo el gobierno de la ciudad y fue para todos los semáforos para agilizar el tránsito,  no solo para el de Callao y Mitre. Dijo que el sistema de ojo del cielo fue el primer sistema de GPS que se utilizó en el transporte de pasajeros. El sistema de control de velocidad  es un sistema que se controla mediante una inspección técnica. No recuerda exactamente en el caso del interno 30 qué había pasado.  A preguntas del Dr. Bianchi dijo que no sabe si la empresa ha sido demandada en sede civil pero creía que el reclamo iba dirigido a la compañía de seguros. Ellos pagaban únicamente una franquicia de $ 40.000 que se actualiza.  Acto seguido se convocó a la SRA. GLORIA BEATRIZ ROMANO, quien a preguntas de la Fiscalía  dijo que subió al colectivo 60 en Salta y San Juan.  Tenía que bajar en Sarmiento para tomar el subte para ir a la casa de su hijo. Había una parada en la mitad de Rivadavia y Mitre. El colectivo arrancó con la luz verde y ella se levantó porque tenía que bajar en la próxima parada y ahí lo chocó el otro colectivo.  Entre la parada que hizo y el accidente no paró el colectivo sino que iba cruzando B. Mitre.  Ella cuando vio que el semáforo estaba en verde se paró para bajar. Ella estaba sentada detrás del conductor. Habían pocas personas, cinco. Dijo que no llegó a tocar timbre y cuando ella se levantó ya estaba por cruzar la calle el  colectivo. Ella se sentó y quedó atontada y perdió los anteojos.  Desde el momento que salió de la parada de Callao entre B.Mitre y Rivadavia no paró más hasta la colisión. Subieron dos personas en esa parada y estaba estacionado el colectivo justo en la parada. Las dos personas que subieron eran una persona mayor y un chico joven que la auxilió a ella.   Refirió que no escuchó comentarios previos a la colisión. A preguntas del Dr. Bianchi dijo que desde que subió al colectivo hasta la colisión el conductor manejaba normal.  El Sr. Fiscal General solicitó se lea a la testigo su  declaración de fs. 567/568,  y previo reconocer la firma se dio lectura  cuando dijo que escuchó que un pasajero le gritó al chofer que tuviera cuidado  que lo chocaban y dijo que sí era tal como se leía. Que era un señor que iba sentado al lado del conductor.  También aclaró que recordaba que subieron un chico joven y una mujer de su edad. Se le preguntó si podía ser que subieron en distintos momentos y dijo que creía que habían subido juntos.  Explicó que podía ser que se estuviera equivocando ahora porque fue el chico que la auxilió y ahora tiene dudas si subió en ese momento o si ya venía viajando de antes.  Dijo que en este caso en particular no recordaba si hubo un inspector que controló una planilla en ese momento o habló algo con el conductor. Se enteró de lo ocurrido al otro día porque ese día fue  al hospital. Recién al día siguiente se dio cuenta de lo grave que había sido el choque. Refirió que la parada estaba a mitad de cuadra y sale el colectivo y vio que estaba el semáforo en verde y ahí se levantó. Dijo que en ese momento el choque fue contra otro colectivo pero desconocía la línea a la que pertenecía. Dijo que el 60 iba por el primer carril. Le parece que no había más autos. Adelante del colectivo iba un auto pero no recordó si era taxi o un auto particular. La Avda estaba más o menos vacía.  Acto seguido declaró HECTOR ADRIAN RODRIGUEZ ALEGRE quien dijo que iba caminando por la vereda de enfrente hacia Rivadavia de espaldas al accidente y escuchó un ruido y al darse vuelta vio que habían chocado dos colectivos.  Vio el semáforo que estaba en diagonal a él que cambiaba de amarillo a verde.  El 105 tenía paso y el 60 evidentemente había avanzado en rojo. El semáforo de Mitre no tenía visión. El 105 vio que ya pasaba y seguía de largo. Refirió que el choque en sí no lo vio sino que se dio vuelta después del choque. Se acercó y se dio cuenta que había sido algo grave y le dijo al policía pero no le prestaron atención y por eso cuando vio en los diarios la noticia,  se presentó para declarar lo que  había visto.  Del lado del Banco Nación le parece que había una persona arrollada por el 105. A preguntas de la querella sobre si había otros vehículos sobre Callao y dijo que no lo recordaba porque eso no lo vio,  ni se fijó si había coches o cómo estaban sino que solo vio el semáforo y la cola del 105 entrando por Mitre. A preguntas de la defensa de Piriz dijo que es del barrio y tiene comercio allí.  A pedido del Dr. Bianchi, se le exhibió su declaración de fs. 400 y reconoció la firma.  Se le preguntó si el 105 estaba circulando y dijo que vio la cola que seguía por Mitre.  Al 60 ya lo vio parado.  Se dio lectura cuando dijo que por la explosión entendía que ambos colectivos venían rápido y dijo que no podía sostener eso,  ni aportar datos sobre la velocidad de los vehículos. Agregó además que en ese momento se fue al negocio y no se acercó en el momento sino que fue al negocio y después volvió para ver qué había pasado. Cuando volvió había un policía y se arrimó y le dijo lo que había visto y después se comunicó pero no recuerda bien con quién ni como se contactó para declarar. Dijo que era probable que lo hubiesen contactado de una compañía de seguros,  pero no recordó de qué línea.  Estaba a 50 mts de la esquina en  diagonal, y miró en diagonal al frente y no había obstáculos para ver.  Tiene  comercio en Rivadavia 1827. A pedido de la querella se dio lectura cuando dijo que el 105 tenía que haber cruzado la avenida en amarillo y el 60 debió haber avanzado en rojo para que ocurriera lo que ocurrió  y dijo que hoy por hoy  sostenía esto que dijo en esa oportunidad,  que debió haber sido así. Posteriormente declaró ANTONIO EDUARDO GONCALVES VILAO, quien a preguntas de la Fiscalía dijo que viajaba en el colectivo de la línea 60.  Había subido en Plaza Constitución e iba a Tigre,  en el último asiento de a uno.  Explicó que en un momento sintió como una bomba y se pegó con el manubrio en la boca y fue a parar a la puerta del medio del colectivo y una señora embarazada también cayó con él ahí.  El chofer les preguntó si estaban bien y quedó ahí y llegó la ambulancia y los llevó al Hospital Fernández. Refirió que allí  lo revisaron y le dolía bastante la boca y le dijeron que le querían dar un punto y él no quiso. Después cuando llegó a su casa le dolió más y se le hinchó mucho la boca. Se fue a hacer ver al hospital Argerich,  que queda más cerca de su casa,  y le dijeron que iba a perder los dientes y le sacaron todos los dientes de abajo y se curó la boca a buches. Agregó que perdió 8 dientes. Fue varias veces al hospital Argerich por esto. Se le preguntó si estaba consciente cuando iba en el viaje o iba distraído y dijo que iba distraído pero iba agarrado. También dijo  que el colectivo iba directo y no hizo ninguna parada.  Acto seguido se convocó a ESTEBAN ROBERTO IGLESIAS, quien refirió que conocía a Piriz porque es inspector de la línea 105. A preguntas de la querella dijo que trabaja en la línea 105 desde el año 99 y fue chofer un año y pasó como inspector.  Dijo que su trabajo consiste en controlar horarios y los desvíos de la ciudad cuando hay piquetes y manifestaciones. Dijo que él estaba en la calle trabajando.  En este caso llegó al lugar del hecho media hora más tarde del accidente.  El estaba en Plaza de Mayo el día del accidente. Señaló que durante el recorrido hay cuatro inspectores  por turno y él era el más cercano al lugar del hecho.  Que su trabajo es fundamentalmente de hacer los desvíos para que puedan llegar al correo central.  No recordó si el día de este hecho había algún desvío. En ese momento estaba todo tranquilo. Refirió que en Plaza Once hay un desvío por  Cromañon y este desvío está hace tanto tiempo que  ya es recorrido habitual.  Cree que el día de hecho no había desvíos en el recorrido,  no lo recuerda pero no cree porque estaba todo tranquilo.  Se le preguntó por las sanciones por demoras en el recorrido y dijo que por atraso no se sanciona.  Que sí se sanciona por adelantarse al horario.  Se le preguntó si sabía cuál sería la razón por la que el colectivo iba más rápido después de once y dijo que podía ser que fuera porque no se levantaba mucha gente en esas paradas en esa hora y al no parar da la sensación de ir más apurado.  Luego declaró JULIO MARCELO PASCIUTO,  quien indicó que conocía a Pereyra porque trabaja en la misma empresa que él. Se desempeña  Pereyra como inspector. A preguntas de la querella dijo que era Presidente de Monsa y este cargo lo ejerce desde el año  2006.  Del año 2002 al 2006 fue vicepresidente.  Agregó que además era accionista de la empresa desde el año  84,  y comenzó siendo chofer. Indicó que  Pereyra trabajaba  en la empresa desde hacía 18 o 19 años.  Se le preguntó cómo se contrata a un chofer y dijo que hoy en día no hay recambio de choferes pero en general se los capacita y se hacen exámenes psicológicos y cuando están aptos se los contrata.  Que la empresa tiene 1350 trabajadores entre choferes,  administrativos y técnicos.  Cuando el chofer tiene infracciones de tránsito se los llama y se los cita y se los sanciona y se les efectúa una advertencia.  La ART también los cita y hasta se les puede sacar la licencia. Se le preguntó qué pasaba cuando el chofer está involucrado en una causa penal,  y  dijo que no había muchas causas penales en la empresa y que las decisiones que se tomaban en esos casos,  tenían  mucho  que ver con la persona, qué tipo de trabajador era.  Que si una persona tiene dos o más causas penales era raro que siga trabajando en la empresa. Agregó que mientras el  conductor tenga  registro y siga habilitado por la ART y con su carnet para conducir,  sigue siendo chofer y manejando.  Dijo que el señor Pereyra, como todos los trabajadores de Monsa,  va una vez por mes a realizar los controles y si tiene el registro habilitante siguen siendo choferes. A preguntas de la Fiscalía sobre si sabía si Pereyra en algún momento tuvo impedido conducir vehículos y dijo que no lo sabía. Dijo que no recordaba que Pereyra tuviera condenas con inhabilitación por dos años para conducir.  Antes de este hecho no recordó que Pereyra estuviera asignado a otra tarea por estar inhabilitado. Se le preguntó si una persona que tiene dos inhabilitaciones  por lesiones culposas,  cual es la política de la empresa, si mantenerlo en la conducción y dijo que el señor Pereyra era muy buen conductor y también muy buena persona y por eso se lo mantuvo en otra labor. Finalmente declaró ROBERTO JUSTO, quien dijo que conocía a Pereyra porque trabajaban en la misma empresa porque era conductor y el trabajaba en tránsito. Actualmente no trabaja en la empresa.  A preguntas de la querella dijo que en agosto de 2007 trabajaba en Monsa en Tráfico, controlando a los inspectores en la calle que a su vez controlan a los choferes. Controlan los vehículos y los distancian unos de otros para que no se amontonen todos.  Dijo que si llegaban atrasados era un problema de tránsito seguro y que llegar adelantados,  era algo que no ocurría. Que lo que se hacía era separar un vehículo de otro, haciéndolos esperar un semáforo.  A preguntas de la Fiscalía dijo que algunos inspectores tenían puestos fijos y otros rotan. Se le preguntó si  de Constitución a Callao y Mitre  qué control o inspector había y dijo que en la parada de Constitución siempre había un inspector. El otro podía estar en Callao y Corrientes. Dijo que al Sr.  Milano lo conocía y dijo que podía ser que estuviera asignado en Callao y Corrientes y Callao y Rivadavia y se le preguntó si podía ser que estuviera en Callao y B. Mitre y dijo que si podía ser. Agregó que cuando había un puesto con inspectores  el chofer  debía detenerse salvo que se le indique que siga. Ahí dejan la planilla y el inspector firma que lo controló y ahí sigue o los separan con un semáforo si es preciso.  Una vez que suben todos los pasajeros se da la partida y el inspector le entrega la planilla al chofer. Finalizada la prueba testimonial del día de la fecha tomó la palabra la querella y manifestó que  desiste del testimonio de  Segundo Roca. También desiste del testigo Leonardo Favio  Otero.  Por Presidencia se tuvo por desistidos a los  testigos Segundo  Roca y Leonardo Favio  Otero. Por su parte,  el Sr. Fiscal General dijo que respecto del testigo Encinas que fue pedido por esa parte,  se habían agotado todos los recursos que tenía el tribunal para lograr la comparecencia.  Que su declaración fue recibida en Instrucción y la audiencia de este testigo fue notificada en esa oportunidad  a las partes y por ello pidió la incorporación por lectura de este testimonio de conformidad con lo establecido en el art. 391 inc. 3 del C.P.P. Acto seguido todas las partes prestaron  conformidad para la incorporación por lectura solicitada. Por Presidencia se tuvo por incorporado la declaración de Encinas de fs. 541/542.  El Sr. Fiscal General solicitó por lo dicho por el testigo  Gonzalez Vilao,  que se solicite al Hospital Argerich las constancias de las atenciones médicas que dijo el testigo tuvo en ese hospital y que remitan la historia clínica en su caso,  y que se remita al Cuerpo medico forense para que establezca si el tratamiento que se le practicó y las extracciones que dijo el testigo  tiene relación directa con lo acaecido el día de hecho que se juzga y de ser afirmativo se establezca  el carácter  de la lesión. Ambas defensas prestaron  conformidad,  como así también la querella, motivo por el cual  por Presidencia se dispuso en este sentido.  Acto seguido  el imputado Piriz solicitó AMPLIAR SU INDAGATORIA.  Se convocó a Piriz y se le recordaron sus derechos. En esta oportunidad  REFIRIÓ:   que iba a prestar declaración sobre los hechos del 27 de agosto. Dijo que  empezó su jornada a las 15 hs y había terminado su primer vuelta y estaba cumpliendo la segunda y circulaba por Mitre  a 40 km y en Junín subió un pasajero. Al llegar a Callao aminoró la marcha y vio el semáforo en verde y retomó la marcha y cuando está terminando de cruzar la mitad del colectivo sintió el impacto sobre el lado derecho y perdió el control de la unidad, se tiró a la izquierda,  se le desacomodó del volante y cuando se pudo acomodar tenía una pared que se le caía encima y su instinto fue  resguarde y soltó el volante. Dijo que  sea cual fuera la velocidad a la que hubiese ido,  esto hubiera pasado igual  porque  el colectivo lo chocó. Ahí vio que había una persona en la vereda y estaba sacado, nervioso,  pero nunca  abandonó el lugar.  Refirió que estaba el semáforo en verde y dijo que cuando él cruzó no estaba el colectivo  por eso no lo esquivó. Dijo que la persona que falleció estaba en la trompa del colectivo y al impactarlo el colectivo 60 lo empujó hacia la vereda. No vio al peatón que estaba allí. Esperó cuatro años para conseguir este  trabajo que anhelaba y obtuvo su registro y lo llamaron de varias empresas y decidió la  línea 105 porque estaba cerca de su domicilio. Que  entregó un currículum y al día siguiente lo llamaron.  Ese día no estaba adelantado ni con apuro,  y no tuvo la más mínima intención de que esto hubiese pasado. Reitera las disculpas a los familiares aunque no se sienta culpable. Aclaró que el trabajo que tenía,  que le estaba dando todo,  a su vez le hizo perder todo. Estaba formando una familia y estuvo detenido dos meses en el penal de Ezeiza.  A preguntas de la querella dijo que empezó a trabajar diez meses antes del accidente. Dijo que se desvió por órdenes de la cabecera.  Esta muy angustiado por lo que pasó.  Dijo que cuando lo impacto el colectivo lo subió a la vereda y se descolocó del asiento. Retomó el control y vio que se iba contra la segunda pared del hotel y largo el volante y se tiró. Siempre fue amable con la gente y cumplía de  la mejor manera su trabajo.  Finalizada la indagatoria solicitó la palabra la Querella.  Dijo que la Sra. Matta tenía dudas porque no se terminaban  de aclarar los requisitos y certificado de buena conducta para obtener el registro y la habilitación para obtener el registro. Pidió se ordenen 3 oficios.  Uno a cada empresa para que remitan los legajos personales de Piriz y Pereyra y a las CNRT para que remitan los legajos personales de los imputados. Se le hizo saber que estaban en la Secretaría, junto con la documentación reservados.  La querella dijo que revisarían la documentación y dejaban pendiente el pedido para la próxima audiencia.  Se dispuso un Cuarto intermedio hasta el día jueves 3 de marzo de 2011,  a las 14. hs. No siendo para más se dio por finalizado el acto previa lectura y ratificación firmando los comparecientes después de VV.EE y por ante mí que doy fe.