///// la Ciudad de Buenos
Aires a los veinticinco días del mes de febrero del año
dos mil once procedí a levantar el acta
de debate correspondiente a la causa nro
XXX
seguida contra XXX -de nacionalidad argentina, titular del D.N.I. XXX,
nacido el 5 de mayo de 1964 en Paranacito, Isla de Ybicui, Provincia de Entre
Ríos, hijo de XXX, divorciado, con Prio.
Pol. S.P. (ó Serie 110) N°121.876 y Prio. Reinc. Nº02067472, con último domicilio
aportado en autos en Chile 1316, Tigre,
Provincia de Buenos Aires- y a XXX –de
nacionalidad argentina, titular del D.N.I. XXX, nacido el 3 de enero de 1980 en
la Ciudad de Buenos Aires, XXX con último domicilio aportado en autos en la
calle XXX, Provincia de Buenos Aires- por el delito de
homicidio culposo, respecto de XXX, lesiones leves, respecto de XXX y lesiones graves respecto de XXX, como vocales. Intervienen como
apoderados de la querella, los
Dres. XXX, quien también se encuentra
presente. En representación del
Ministerio Público Fiscal, interviene el
Dr. XXX. Por la defensa de Pereyra lo
hacen los Dres. XXX, en tanto ejerce la defensa de Piriz, el Dr.
XXX. Reanudado el debate informé respecto de los testigos
convocados para el día de hoy que se encontraban presentes XXX. También informé
que el testigo Leonardo Favio Otero se encuentra en el exterior y regresa el
día 18 de marzo. Que el testigo Segundo Roca
no pudo ser ubicado en el domicilio y que quedaba pendiente averiguar
datos sobre su paradero a través de los testigos Justo y Pasciuto. Finalmente
informé que el testigo Daniel Fernando Lencinas no pudo ser ubicado dando
cuenta de las diligencias realizadas y que obran a fs. 1168/1170; 1244; y las
que surgen de las actuaciones que anteceden. También hice saber que conforme
surgía de fs. 72 el médico del hospital Ramos Mejía que atendió al testigo
aporta el mismo domicilio obrante en autos y que de las constancias de fs.
389/390 del hospital mencionado no se informaba
domicilio. Finalmente hice saber que
quedaba pendiente resolver la situación del testigo XXX que volvía de
vacaciones el día 28 de febrero. Por último hice saber lo informado por el
médico forense Vayo respecto del testigo Torres Agüero. Luego se continuó con la prueba testimonial.
Se deja constancia que se informó a los testigos sobre las penas con las que se
reprime el falso testimonio y prestaron juramento de decir verdad. En primer lugar se convocó al testigo HECTOR TILVE quien refirió que conocía a Piriz porque
era conductor de la empresa ETA de la que es Presidente y lo conoció realmente
después de este hecho. Sigue siendo presidente de esta empresa. A preguntas de
la querella dijo que es presidente de la empresa desde hacía 44 años. Dijo que conocía a Otero por
ser accionista de la empresa. Se le
preguntó cómo se seleccionan los choferes de la empresa y dijo que dependía del
momento, porque en la actualidad había
un movimiento mucho menor de choferes debido
a que tienen un sueldo mejor en este momento. La selección se realiza tomando al conductor. Que en este caso de Piriz hacía cuatro días
que había obtenido el registro cuando se
presentó en la empresa a pedir trabajo y
como se necesitaba para obtener este
registro el certificado de buena conducta, lo tomaron. Se lo hace evaluar por conductores
de la empresa y si esta todo bien sale a trabajar. Tenía hechos los cursos
obligatorios para manejar este tipo de transportes. No recordó cuánto tiempo
trabajó hasta que se produjo el siniestro. Explicó que las multas por
infracciones de tránsito las pagan los conductores. Dijo que ellos no aplican
sanciones porque no se lo puede sancionar dos veces por una misma falta pero
igualmente si un chofer tiene numerosas multas,
esta circunstancia es tenida en cuenta.
Explicó que hacía más de un año que les otorgaron 5 minutos más en los
recorridos para que los choferes no cometan faltas en la calle. Cada falta hace que le descuenten puntos en
el scoring. Señaló que el colectivo 105 nacía
en Villa Parque Caseros y tiene dos ramales y termina en el correo
central. Se presentan dos veces por año los controles a los conductores. No
pueden ir más allá de 60 km por hora porque no pueden llevar el colectivo a más
de esa velocidad. Hay horarios de verano y de invierno por la diferencia que
hay en el tránsito durante el año y la temporada estival. Las dos cabeceras que
salen se juntan en Saenz Peña y de allí hasta correo central tienen el mismo
recorrido. Se le pregunta si un chofer
se atrasa sistemáticamente, cómo es
controlado y dijo que tiene un sistema que se llama ojo del cielo y tienen a la
vista a todos los colectivos con su
recorrido y se ve como va realizando ese recorrido. Que si se adelanta hay un
display donde le surge el problema que tiene ese vehículo y si se
atrasa estos no son considerados, ya que son muy comunes estos atrasos por los
problemas que se conocen de tránsito. Cuando existe un atraso en un colectivo
se atrasan todos los que lo siguen porque el problema es generalizado para todos
y este problema se maneja desde la terminal,
y desde allí se va produciendo la separación de un colectivo al otro.
Este sistema ojo del cielo lo tiene la empresa desde hacía más de cinco años y en agosto de 2007 ya
estaba implementado este sistema. Los
retrasos en el recorrido no son motivo de sanción. Dijo que el recorrido de la
línea 105 abarca puntos que son blanco de manifestaciones y por eso adoptaron
este sistema para guiar al chofer si tiene que hacer cambios de recorrido. Se le preguntó por el hecho de que Piriz
imprimió más velocidad después de Plaza Once y dijo que no conocía el hecho ni lo dicho por los
testigos en este sentido, pero indicó
que tenían un sistema de control por el
cual el chofer no puede ir a más de 60 km por hora. Se le preguntó frente a accidentes con muertos
qué sucedía y dijo que entendía que para
estos temas estaba la justicia porque
hay que ver el grado de culpabilidad del conductor. En este caso aclaró que el conductor estuvo detenido y seis meses en
tratamiento psicológico y luego renunció y se fue de la empresa, porque
probablemente se sentiría inseguro de conducir un transporte público de
pasajeros. Se le preguntó cuando la justicia falla y dicta una condena qué
medida toma la empresa y dijo que la medida la toma la justicia y ellos
obedecen lo que dictamina la justicia si por ejemplo se le extrajo la licencia
y se le hacen exámenes físicos y psíquicos al chofer. A preguntas del fiscal dijo que el limitador
de velocidad se estableció por un decreto del año 72 y lo tiene cada unidad. Después se va
reglamentando y existe la obligación de tener la velocidad de 60 km de máxima y
que cierre automáticamente las puertas cuando el vehículo circula a 5 km. Este limitador tiene una traba por la cual no entra la quinta cuando el vehículo circula
a 60 km. El chofer no tiene ninguna posibilidad de desbloquear este
sistema. Solo un mecánico puede hacerlo.
En los micros de larga distancia hay un tacógrafo donde se marca la velocidad
que desarrolla el vehículo y no pueden pasar de 90 y le permite levantar la velocidad para pasar
a un auto que le permite ir a 100 o 110 km, pero luego debe volver a la velocidad normal. Se le preguntó por qué razón se puede cambiar
el recorrido y dijo que era frente a manifestaciones o arreglos de cuadras y
ahí les avisan a los choferes y les cambian el recorrido. Dijo que el chofer solo no lo puede hacer
porque cuando sale del recorrido sin permiso suena una alarma. Estas eran las
normas en el año 2007. Si el conductor
encuentra una manifestación no prevista por la empresa, avisa a la empresa y allí se avisa a los que
vienen atrás. Señaló que a los pasajeros no se le explicaba particularmente porque los
desvíos eran de dos cuadras no más. El
conductor normalmente les va avisando y además los pasajeros están
acostumbrados. Si le avisan al chofer de un desvío se lo hace a través del
display y quedan registros en la empresa de estos cambios o si se adelanta o
atrasa. No sabe si tiene registros del 2007. Ellos tienen control de todo y la velocidad en las bocacalles es
de 20 km y se le pregunta si un colectivo hubiese pasado a 60 km por una bocacalle si se hubiese registrado y
dijo que en este siniestro por el que fue convocado, hicieron desde la empresa un estudio y
el conductor pasó en hora por la intersección anterior y en la de Callao. Por ello concluyen en que venía a la
velocidad que correspondía. No hicieron
el control desde Plaza Misserere. A
preguntas de la defensa de Piriz sobre este estudio que hizo la empresa si tenía alguna constancia y dijo que no, que una constancia propiamente dicha no, porque había que comprar un rastreo de horas
para que intervenga un escribano que era carísimo. Por eso,
cuando hicieron este trabajo de este modo, el escribano no lo quiso
certificar. Dijo que había que poner semáforos intermitentes para que el
conductor sepa que va a cambiar el semáforo a rojo y frene. Dijo que el semáforo de Callao y Mitre se les
había acortado un segundo y medio y esto
lo hizo el gobierno de la ciudad y fue para todos los semáforos para agilizar
el tránsito, no solo para el de Callao y
Mitre. Dijo que el sistema de ojo del cielo fue el primer sistema de GPS que se
utilizó en el transporte de pasajeros. El sistema de control de velocidad es un sistema que se controla mediante una
inspección técnica. No recuerda exactamente en el caso del interno 30 qué había
pasado. A preguntas del Dr. Bianchi dijo
que no sabe si la empresa ha sido demandada en sede civil pero creía que el
reclamo iba dirigido a la compañía de seguros. Ellos pagaban únicamente una
franquicia de $ 40.000 que se actualiza. Acto seguido se convocó a la SRA. GLORIA BEATRIZ ROMANO, quien a
preguntas de la Fiscalía dijo que subió
al colectivo 60 en Salta y San Juan. Tenía
que bajar en Sarmiento para tomar el subte para ir a la casa de su hijo. Había
una parada en la mitad de Rivadavia y Mitre. El colectivo arrancó con la luz
verde y ella se levantó porque tenía que bajar en la próxima parada y ahí lo
chocó el otro colectivo. Entre la parada
que hizo y el accidente no paró el colectivo sino que iba cruzando B.
Mitre. Ella cuando vio que el semáforo
estaba en verde se paró para bajar. Ella estaba sentada detrás del conductor.
Habían pocas personas, cinco. Dijo que no llegó a tocar timbre y cuando ella se
levantó ya estaba por cruzar la calle el
colectivo. Ella se sentó y quedó atontada y perdió los anteojos. Desde el momento que salió de la parada de
Callao entre B.Mitre y Rivadavia no paró más hasta la colisión. Subieron dos
personas en esa parada y estaba estacionado el colectivo justo en la parada.
Las dos personas que subieron eran una persona mayor y un chico joven que la
auxilió a ella. Refirió que no escuchó
comentarios previos a la colisión. A preguntas del Dr. Bianchi dijo que desde
que subió al colectivo hasta la colisión el conductor manejaba normal. El Sr. Fiscal General solicitó se lea a la
testigo su declaración de fs.
567/568, y previo reconocer la firma se
dio lectura cuando dijo que escuchó que
un pasajero le gritó al chofer que tuviera cuidado que lo chocaban y dijo que sí era tal como se
leía. Que era un señor que iba sentado al lado del conductor. También aclaró que recordaba que subieron un
chico joven y una mujer de su edad. Se le preguntó si podía ser que subieron en
distintos momentos y dijo que creía que habían subido juntos. Explicó que podía ser que se estuviera
equivocando ahora porque fue el chico que la auxilió y ahora tiene dudas si
subió en ese momento o si ya venía viajando de antes. Dijo que en este caso en particular no
recordaba si hubo un inspector que controló una planilla en ese momento o habló
algo con el conductor. Se enteró de lo ocurrido al otro día porque ese día
fue al hospital. Recién al día siguiente
se dio cuenta de lo grave que había sido el choque. Refirió que la parada
estaba a mitad de cuadra y sale el colectivo y vio que estaba el semáforo en
verde y ahí se levantó. Dijo que en ese momento el choque fue contra otro
colectivo pero desconocía la línea a la que pertenecía. Dijo que el 60 iba por
el primer carril. Le parece que no había más autos. Adelante del colectivo iba
un auto pero no recordó si era taxi o un auto particular. La Avda estaba más o
menos vacía. Acto seguido declaró HECTOR ADRIAN RODRIGUEZ ALEGRE quien
dijo que iba caminando por la vereda de enfrente hacia Rivadavia de espaldas al
accidente y escuchó un ruido y al darse vuelta vio que habían chocado dos
colectivos. Vio el semáforo que estaba
en diagonal a él que cambiaba de amarillo a verde. El 105 tenía paso y el 60 evidentemente había
avanzado en rojo. El semáforo de Mitre no tenía visión. El 105 vio que ya
pasaba y seguía de largo. Refirió que el choque en sí no lo vio sino que se dio
vuelta después del choque. Se acercó y se dio cuenta que había sido algo grave
y le dijo al policía pero no le prestaron atención y por eso cuando vio en los
diarios la noticia, se presentó para
declarar lo que había visto. Del lado del Banco Nación le parece que había
una persona arrollada por el 105. A preguntas de la querella sobre si había
otros vehículos sobre Callao y dijo que no lo recordaba porque eso no lo
vio, ni se fijó si había coches o cómo
estaban sino que solo vio el semáforo y la cola del 105 entrando por Mitre. A
preguntas de la defensa de Piriz dijo que es del barrio y tiene comercio
allí. A pedido del Dr. Bianchi, se le
exhibió su declaración de fs. 400 y reconoció la firma. Se le preguntó si el 105 estaba circulando y
dijo que vio la cola que seguía por Mitre.
Al 60 ya lo vio parado. Se dio
lectura cuando dijo que por la explosión entendía que ambos colectivos venían
rápido y dijo que no podía sostener eso,
ni aportar datos sobre la velocidad de los vehículos. Agregó además que
en ese momento se fue al negocio y no se acercó en el momento sino que fue al
negocio y después volvió para ver qué había pasado. Cuando volvió había un
policía y se arrimó y le dijo lo que había visto y después se comunicó pero no
recuerda bien con quién ni como se contactó para declarar. Dijo que era
probable que lo hubiesen contactado de una compañía de seguros, pero no recordó de qué línea. Estaba a 50 mts de la esquina en diagonal, y miró en diagonal al frente y no había
obstáculos para ver. Tiene comercio en Rivadavia 1827. A pedido de la
querella se dio lectura cuando dijo que el 105 tenía que haber cruzado la
avenida en amarillo y el 60 debió haber avanzado en rojo para que ocurriera lo
que ocurrió y dijo que hoy por hoy sostenía esto que dijo en esa
oportunidad, que debió haber sido así.
Posteriormente declaró ANTONIO EDUARDO
GONCALVES VILAO, quien a preguntas de la Fiscalía dijo que viajaba en el
colectivo de la línea 60. Había subido
en Plaza Constitución e iba a Tigre, en
el último asiento de a uno. Explicó que
en un momento sintió como una bomba y se pegó con el manubrio en la boca y fue
a parar a la puerta del medio del colectivo y una señora embarazada también
cayó con él ahí. El chofer les preguntó
si estaban bien y quedó ahí y llegó la ambulancia y los llevó al Hospital Fernández.
Refirió que allí lo revisaron y le dolía
bastante la boca y le dijeron que le querían dar un punto y él no quiso. Después
cuando llegó a su casa le dolió más y se le hinchó mucho la boca. Se fue a
hacer ver al hospital Argerich, que
queda más cerca de su casa, y le dijeron
que iba a perder los dientes y le sacaron todos los dientes de abajo y se curó
la boca a buches. Agregó que perdió 8 dientes. Fue varias veces al hospital
Argerich por esto. Se le preguntó si estaba consciente cuando iba en el viaje o
iba distraído y dijo que iba distraído pero iba agarrado. También dijo que el colectivo iba directo y no hizo ninguna
parada. Acto seguido se convocó a ESTEBAN ROBERTO IGLESIAS, quien refirió
que conocía a Piriz porque es inspector de la línea 105. A preguntas de la
querella dijo que trabaja en la línea 105 desde el año 99 y fue chofer un año y
pasó como inspector. Dijo que su trabajo
consiste en controlar horarios y los desvíos de la ciudad cuando hay piquetes y
manifestaciones. Dijo que él estaba en la calle trabajando. En este caso llegó al lugar del hecho media
hora más tarde del accidente. El estaba
en Plaza de Mayo el día del accidente. Señaló que durante el recorrido hay
cuatro inspectores por turno y él era el
más cercano al lugar del hecho. Que su
trabajo es fundamentalmente de hacer los desvíos para que puedan llegar al
correo central. No recordó si el día de
este hecho había algún desvío. En ese momento estaba todo tranquilo. Refirió
que en Plaza Once hay un desvío por Cromañon y este desvío está hace tanto tiempo que
ya es recorrido habitual. Cree que el día de hecho no había desvíos en
el recorrido, no lo recuerda pero no
cree porque estaba todo tranquilo. Se le
preguntó por las sanciones por demoras en el recorrido y dijo que por atraso no
se sanciona. Que sí se sanciona por
adelantarse al horario. Se le preguntó
si sabía cuál sería la razón por la que el colectivo iba más rápido después de
once y dijo que podía ser que fuera porque no se levantaba mucha gente en esas
paradas en esa hora y al no parar da la sensación de ir más apurado. Luego declaró JULIO MARCELO PASCIUTO, quien
indicó que conocía a Pereyra porque trabaja en la misma empresa que él. Se
desempeña Pereyra como inspector. A
preguntas de la querella dijo que era Presidente de Monsa y este cargo lo
ejerce desde el año 2006. Del año 2002 al 2006 fue vicepresidente. Agregó que además era accionista de la empresa
desde el año 84, y comenzó siendo chofer. Indicó que Pereyra trabajaba en la empresa desde hacía 18 o 19 años. Se le preguntó cómo se contrata a un chofer y
dijo que hoy en día no hay recambio de choferes pero en general se los capacita
y se hacen exámenes psicológicos y cuando están aptos se los contrata. Que la empresa tiene 1350 trabajadores entre
choferes, administrativos y técnicos. Cuando el chofer tiene infracciones de
tránsito se los llama y se los cita y se los sanciona y se les efectúa una
advertencia. La ART también los cita y
hasta se les puede sacar la licencia. Se le preguntó qué pasaba cuando el
chofer está involucrado en una causa penal,
y dijo que no había muchas causas
penales en la empresa y que las decisiones que se tomaban en esos casos, tenían
mucho que ver con la persona, qué
tipo de trabajador era. Que si una
persona tiene dos o más causas penales era raro que siga trabajando en la
empresa. Agregó que mientras el conductor tenga registro y siga habilitado por la ART y con
su carnet para conducir, sigue siendo
chofer y manejando. Dijo que el señor
Pereyra, como todos los trabajadores de Monsa,
va una vez por mes a realizar los controles y si tiene el registro
habilitante siguen siendo choferes. A preguntas de la Fiscalía sobre si sabía
si Pereyra en algún momento tuvo impedido conducir vehículos y dijo que no lo
sabía. Dijo que no recordaba que Pereyra tuviera condenas con inhabilitación
por dos años para conducir. Antes de
este hecho no recordó que Pereyra estuviera asignado a otra tarea por estar
inhabilitado. Se le preguntó si una persona que tiene dos inhabilitaciones por lesiones culposas, cual es la política de la empresa, si
mantenerlo en la conducción y dijo que el señor Pereyra era muy buen conductor
y también muy buena persona y por eso se lo mantuvo en otra labor. Finalmente
declaró ROBERTO JUSTO, quien dijo
que conocía a Pereyra porque trabajaban en la misma empresa porque era
conductor y el trabajaba en tránsito. Actualmente no trabaja en la empresa. A preguntas de la querella dijo que en agosto
de 2007 trabajaba en Monsa en Tráfico, controlando a los inspectores en la
calle que a su vez controlan a los choferes. Controlan los vehículos y los
distancian unos de otros para que no se amontonen todos. Dijo que si llegaban atrasados era un
problema de tránsito seguro y que llegar adelantados, era algo que no ocurría. Que lo que se hacía
era separar un vehículo de otro, haciéndolos esperar un semáforo. A preguntas de la Fiscalía dijo que algunos
inspectores tenían puestos fijos y otros rotan. Se le preguntó si de Constitución a Callao y Mitre qué control o inspector había y dijo que en la
parada de Constitución siempre había un inspector. El otro podía estar en
Callao y Corrientes. Dijo que al Sr. Milano lo conocía y dijo que podía ser que estuviera
asignado en Callao y Corrientes y Callao y Rivadavia y se le preguntó si podía
ser que estuviera en Callao y B. Mitre y dijo que si podía ser. Agregó que
cuando había un puesto con inspectores
el chofer debía detenerse salvo
que se le indique que siga. Ahí dejan la planilla y el inspector firma que lo
controló y ahí sigue o los separan con un semáforo si es preciso. Una vez que suben todos los pasajeros se da
la partida y el inspector le entrega la planilla al chofer. Finalizada la
prueba testimonial del día de la fecha tomó la palabra la querella y manifestó
que desiste del testimonio de Segundo Roca. También desiste del testigo
Leonardo Favio Otero. Por
Presidencia se tuvo por desistidos a los testigos Segundo Roca y Leonardo Favio Otero. Por su parte, el Sr. Fiscal General dijo que respecto del
testigo Encinas que fue pedido por esa parte,
se habían agotado todos los recursos que tenía el tribunal para lograr
la comparecencia. Que su declaración fue
recibida en Instrucción y la audiencia de este testigo fue notificada en esa
oportunidad a las partes y por ello
pidió la incorporación por lectura de este testimonio de conformidad con lo
establecido en el art. 391 inc. 3 del C.P.P. Acto seguido todas las partes
prestaron conformidad para la incorporación
por lectura solicitada. Por Presidencia
se tuvo por incorporado la declaración de Encinas de fs. 541/542. El Sr. Fiscal General solicitó por lo dicho
por el testigo Gonzalez Vilao, que se solicite al Hospital Argerich las
constancias de las atenciones médicas que dijo el testigo tuvo en ese hospital
y que remitan la historia clínica en su caso,
y que se remita al Cuerpo medico forense para que establezca si el
tratamiento que se le practicó y las extracciones que dijo el testigo tiene relación directa con lo acaecido el día
de hecho que se juzga y de ser afirmativo se establezca el carácter
de la lesión. Ambas defensas prestaron conformidad,
como así también la querella, motivo por el cual por Presidencia se dispuso en este
sentido. Acto seguido el imputado Piriz solicitó AMPLIAR SU INDAGATORIA. Se convocó a Piriz y se le recordaron sus
derechos. En esta oportunidad REFIRIÓ:
que iba a prestar declaración sobre los hechos del 27 de agosto. Dijo
que empezó su jornada a las 15 hs y
había terminado su primer vuelta y estaba cumpliendo la segunda y circulaba por
Mitre a 40 km y en Junín subió un
pasajero. Al llegar a Callao aminoró la marcha y vio el semáforo en verde y
retomó la marcha y cuando está terminando de cruzar la mitad del colectivo
sintió el impacto sobre el lado derecho y perdió el control de la unidad, se
tiró a la izquierda, se le desacomodó del
volante y cuando se pudo acomodar tenía una pared que se le caía encima y su
instinto fue resguarde y soltó el
volante. Dijo que sea cual fuera la
velocidad a la que hubiese ido, esto
hubiera pasado igual porque el colectivo lo chocó. Ahí vio que había una
persona en la vereda y estaba sacado, nervioso,
pero nunca abandonó el
lugar. Refirió que estaba el semáforo en
verde y dijo que cuando él cruzó no estaba el colectivo por eso no lo esquivó. Dijo que la persona
que falleció estaba en la trompa del colectivo y al impactarlo el colectivo 60
lo empujó hacia la vereda. No vio al peatón que estaba allí. Esperó cuatro años
para conseguir este trabajo que anhelaba
y obtuvo su registro y lo llamaron de varias empresas y decidió la línea 105 porque estaba cerca de su domicilio.
Que entregó un currículum y al día
siguiente lo llamaron. Ese día no estaba
adelantado ni con apuro, y no tuvo la
más mínima intención de que esto hubiese pasado. Reitera las disculpas a los
familiares aunque no se sienta culpable. Aclaró que el trabajo que tenía, que le estaba dando todo, a su vez le hizo perder todo. Estaba formando
una familia y estuvo detenido dos meses en el penal de Ezeiza. A preguntas de la querella dijo que empezó a
trabajar diez meses antes del accidente. Dijo que se desvió por órdenes de la
cabecera. Esta muy angustiado por lo que
pasó. Dijo que cuando lo impacto el
colectivo lo subió a la vereda y se descolocó del asiento. Retomó el control y
vio que se iba contra la segunda pared del hotel y largo el volante y se tiró. Siempre
fue amable con la gente y cumplía de la
mejor manera su trabajo. Finalizada la
indagatoria solicitó la palabra la Querella.
Dijo que la Sra. Matta tenía dudas porque no se terminaban de aclarar los requisitos y certificado de
buena conducta para obtener el registro y la habilitación para obtener el
registro. Pidió se ordenen 3 oficios.
Uno a cada empresa para que remitan los legajos personales de Piriz y
Pereyra y a las CNRT para que remitan los legajos personales de los imputados.
Se le hizo saber que estaban en la Secretaría, junto con la documentación
reservados. La querella dijo que
revisarían la documentación y dejaban pendiente el pedido para la próxima
audiencia. Se dispuso un Cuarto intermedio hasta el día jueves 3 de marzo de
2011, a las 14. hs. No siendo para
más se dio por finalizado el acto previa lectura y ratificación firmando los
comparecientes después de VV.EE y por ante mí que doy fe.
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